Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades locales - Sistemas de seguridad - Convocatoria 2024

Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Presentar solicitudes para ayudas destinadas a financiar la adquisición e instalación de sistemas de videovigilancia en municipios aragoneses.

¿Quién puede solicitarlo?

Municipios aragoneses que cumplan los requisitos de la convocatoria en relación a la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón y al Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT).

Requisitos principales

  • Cumplir los requisitos indicados en la convocatoria.
  • Las actuaciones deben ejecutarse entre el 1 de enero y el 5 de noviembre de 2024.
  • El importe mínimo del gasto debe ser de 1.500 €.

Plazos

Del 16/09/2024 al 25/10/2024

Duración del trámite

3 meses

Ayudas del Fondo de Cohesión Territorial - Entidades locales - Sistemas de seguridad - Convocatoria 2024

A través de este trámite,se pueden presentar solicitudes para optar a las ayudas convocadas para financiar la adquisición e instalación de sistemas de videovigilancia,a través de videocámaras,en puntos de acceso a municipios y núcleos habitados u otras ubicaciones estratégicas de ambos,a cargo del Fondo de Cohesión Territorial.

Plazo de presentación

Del 16/09/2024 al 25/10/2024 Consultar trámite

Dirigido a

Municipios aragoneses que cumplan los requisitos indicados en la convocatoria en relación a la clasificación en la Estructura del Sistema de Asentamientos de Aragón y al Índice Sintético de Desarrollo Territorial (ISDT) de municipios y comarcas

Requisitos

En cada una de las convocatorias aparecen los requisitos que deben cumplir los beneficiarios para realizar las solicitudes correspondientes.

Las actuaciones objeto de subvención deberán ser ejecutadas entre el 1 de enero de 2024 y el 5 de noviembre de 2024,circunstancia que se acreditará con la fecha de la emisión de la correspondiente factura. El importe mínimo del gasto,para poder solicitar la subvención,se establece en mil quinientos euros (1.500 €),siempre que la actuación permita cumplir con el objeto y finalidad de la subvención.

Documentación

Presentar en todos los casos:

Memoria de actividades:Memoria descriptiva de la actividad o actividades para las que se solicita subvención,con el contenido que se especifica en la convocatoria,firmada por la persona representante legal de la entidad local solicitante. Certificado de titularidad municipal o autorización del titular:Certificado expedido por el secretario o secretaria de la entidad local,en el que se acredite la titularidad municipal del espacio o terreno donde se ubicará el objeto de la subvención o,en su caso,documentación acreditativa de la autorización del titular del bien en el que vaya a realizarse la actuación subvencionable. Autorización de instalación y uso:Documento acreditativo del inicio del procedimiento de autorización de la instalación y utilización del sistema de videovigilancia incluyendo todas sus videocámaras. En caso de haberse resuelto favorablemente dicho procedimiento con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes,deberá aportarse la resolución por la que se autoriza la instalación y uso. Certificado de cumplimiento de requisitos:Certificado expedido por el secretario o secretaria del Ayuntamiento acreditativo del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario de la subvención y de los datos necesarios para realizar la valoración (número de habitantes censados y distancia por carretera al cuartel o puesto de la Guardia Civil más próximo).

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

En caso de que la solicitud no se presente con certificado de representante Acreditación de la representación del alcalde o alcaldesa:Certificado expedido por el secretario de la entidad local,que confirme la identidad de la persona que firma la solicitud como alcalde-presidente del municipio (representante legal de la entidad) en el caso de que la solicitud la firme con un certificado de persona física. No será necesario si la solicitud se presenta mediante certificado electrónico de representante. Acreditación de la representación:Acreditación de que la persona que actúa como representante tiene poder de representación. No será necesario si la solicitud se presenta mediante certificado electrónico de representante. En caso de que las cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con las personas o entidades proveedoras Certificado de medidas de racionalización del gasto:Certificado del secretario o secretaria de la entidad local,de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y de haber presentado planes económico-financieros,en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deuda con proveedores. Descargar modelo

Documentación que consultará la administración

Ver detalles

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite",completa la solicitud,sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente. Consultar trámite

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica. Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica. Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro:

Más información

Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE DESPOBLACIÓN

Normativa

Orden FOM/2024,de 13 de septiembre Orden ORDEN DDJ/260/2024,de 13 de marzo Orden VMV/1795/2021,de 30 de noviembre Decreto 202/2014,de 2 de diciembre Decreto 165/2017,de 31 de octubre

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 16/09/2024 al 25/10/2024 Consultar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite,la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación

Resolución

3 meses Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución,puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. Saber más sobre el silencio administrativo

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