Ayudas a jóvenes que participen en actividades juveniles de tiempo libre durante el 2024. 2027. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ofrecer ayudas económicas a jóvenes menores de edad para participar en actividades juveniles de tiempo libre realizadas entre marzo y septiembre de 2024.

¿Quién puede solicitarlo?

Padres o tutores legales de jóvenes aragoneses o residentes en Aragón menores de edad que participen en actividades juveniles de tiempo libre y cumplan con los requisitos de la convocatoria.

Requisitos principales

  • Ser menor de 18 años.
  • Estar empadronado en un municipio de Aragón con residencia efectiva de al menos un año antes del inicio de la actividad.
  • No superar los límites de ingresos anuales establecidos en la orden por la unidad familiar.
  • Haber participado en una actividad juvenil de tiempo libre que promueva los principios y valores del Instituto Aragonés de la Juventud (IAJ) durante los meses de marzo a septiembre de 2024.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones o exclusiones recogidas en la Ley General de Subvenciones.

Plazos

Las solicitudes se pueden presentar desde el 22 de marzo de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024. El plazo máximo es de un mes desde la finalización de la actividad.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

La administración consultará datos adicionales como el nivel de renta, estar al corriente de pago para ayudas y subvenciones, y estar al corriente de pago con la Seguridad Social.

Resumen

Este trámite permite solicitar ayudas económicas para jóvenes menores de edad que participen en actividades juveniles de tiempo libre entre marzo y septiembre de 2024.

Quién puede usar este servicio:

Padres o tutores legales de jóvenes aragoneses o residentes en Aragón menores de edad que cumplan los requisitos.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Certificado o volante colectivo de empadronamiento.
  • Factura y justificante del pago de la actividad.
  • Certificado de asistencia a la actividad subvencionada.
  • Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del ejercicio 2022.
  • Certificado de haber percibido prestación o subsidio en el ejercicio 2022 (si aplica).
  • Justificantes de ingresos trimestrales a cuenta del IRPF de 2022 (para trabajadores por cuenta propia).
  • Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (si no se presentó declaración de la Renta).
  • Fotocopia del libro de familia completo.
  • Documentación acreditativa de circunstancias alegadas (si aplica).
  • Título de Familia Monoparental (si aplica).
  • Anexo: Declaración responsable: Descargar modelo
  • Ficha de terceros: Descargar modelo

Requisitos previos:

  • Ser menor de 18 años.
  • Estar empadronado en Aragón con al menos un año de residencia.
  • No superar los límites de ingresos anuales establecidos.
  • Haber participado en una actividad juvenil de tiempo libre promovida por el IAJ.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • No incurrir en prohibiciones de la Ley General de Subvenciones.

Plazo de presentación:

Del 22/03/2024 al 31/10/2024. Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 1 mes a contar desde la finalización de la actividad objeto de la subvención y como máximo hasta el 31 de octubre de 2024

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación: Asegúrate de tener todos los documentos necesarios.
  2. Descarga el formulario: Descargar formulario
  3. Presenta la solicitud:
    • Telemáticamente: A través del Registro Electrónico General de Aragón (REGA): Consultar trámite
    • Presencialmente: En oficinas de información y registro (cita previa) o en oficinas de Correos (en sobre abierto).

Después de hacerlo

Qué sucede después:

La administración revisará tu solicitud y la documentación aportada. Si falta información, te lo comunicarán para que la subsanes.

Plazos de resolución:

El plazo máximo de resolución es de 3 meses.

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Ayuda con la tramitación electrónica:

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Normativa:


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