Ayudas a entidades sin ánimo de lucro para fomentar actuaciones de promoción, dinamización y digitalización del comercio minorista - Convocatoria 2022. 8360. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar ayudas para entidades sin ánimo de lucro destinadas a la promoción, dinamización y digitalización del comercio minorista.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades sin ánimo de lucro que promuevan actuaciones objeto de subvención, como asociaciones, instituciones u otros organismos intermedios.

Requisitos principales

  • El periodo de gasto de las actuaciones subvencionables debe comprender desde el 1 de septiembre de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022.
  • Los justificantes de pago deben estar comprendidos entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022.

Plazos

El plazo de presentación fue del 29/03/2022 al 11/04/2022.

Duración del trámite

3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Información adicional

No será necesario aportar documentos que ya hayan sido presentados a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo se presentaron.

Resumen

Este trámite permite a entidades sin ánimo de lucro solicitar ayudas para actuaciones de promoción, dinamización y digitalización del comercio minorista.

Quién puede usar este servicio: Entidades sin ánimo de lucro que promuevan actuaciones objeto de subvención.

Lo que necesitas

Documentación:

  • Memoria descriptiva de las actuaciones.
  • Memoria económica con la relación de inversiones.
  • Presupuestos de proveedores (tres ofertas si superan 15.000 euros sin IVA).
  • Contrato del gerente dinamizador (si aplica).
  • Contratos del personal con funciones TIC (si aplica).
  • Documentos justificativos de constitución de la entidad (si no están actualizados).
  • Poder de representación (salvo que acceda con certificado de representante).
  • Acreditación de centro comercial abierto (si aplica).

Requisitos:

  • El periodo de gasto debe ser del 1 de septiembre de 2021 al 30 de septiembre de 2022.
  • Los justificantes de pago deben estar comprendidos entre el 1 de octubre de 2021 y el 30 de septiembre de 2022.

Cómo hacerlo

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
  2. Pulsa en "Iniciar trámite" en Consultar trámite, completa la solicitud, sube la documentación y firma electrónicamente.

Después de hacerlo

  • La Administración puede requerir subsanación si falta información.
  • Puedes aportar documentación adicional tras presentar el trámite.
  • El plazo de resolución es de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación.

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