Ayuda asociada para el engorde sostenible de terneros (PAC). 1758. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener una ayuda económica para ganaderos con explotaciones de cebo de vacuno, dentro de las ayudas de la Política Agraria Común (PAC). Esta ayuda está destinada a terneros cebados procedentes de otra explotación.

¿Quién puede solicitarlo?

Ganaderos (personas físicas o jurídicas) con explotaciones dedicadas al cebo de ganado vacuno.

Requisitos principales

  • Ser ganadero (persona física o jurídica) con explotación de cebo de vacuno inscrita en REGA.
  • Los animales deben tener entre 6 y 24 meses de edad y haber sido cebados entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.
  • Los animales deben estar inscritos en el Registro General de Identificación Individual de Animales (RIIA).
  • Los animales deben permanecer al menos tres meses en la explotación.
  • Si los animales se trasladan a explotaciones intermedias (tratantes o centros de concentración), la permanencia en estas no debe superar los 15 días.
  • El número máximo de animales con derecho a la ayuda es de 1.417 por explotación y campaña.

Plazos

El plazo de presentación es del 1 de febrero de 2025 al 30 de abril de 2025.

Duración del trámite

18 meses (plazo máximo de resolución)

Información adicional

El trámite se gestiona en el Servicio de Ayudas a la Sostenibilidad Agraria (Dirección General de Producción Agraria del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación).

Resumen

Este trámite permite solicitar ayudas para explotaciones de ganado vacuno de cebo dentro de la Política Agraria Común (PAC). La ayuda está destinada a terneros cebados procedentes de otra explotación.

Quién puede usar este servicio:

  • Ganaderos (personas físicas o jurídicas) con explotaciones dedicadas a la actividad de cebo de vacuno.

Lo que necesitas

Requisitos:

  • Poseer una explotación inscrita en REGA con la clasificación zootécnica de cebo o cebadero.
  • Los animales deben tener entre 6 y 24 meses de edad, cebados entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.
  • Deben estar inscritos en el Registro General de Identificación Individual de Animales (RIIA).
  • Deben permanecer como mínimo tres meses en la explotación.
  • Si los animales se trasladan a explotaciones intermedias, la permanencia en éstas no podrá superar los 15 días.
  • El número máximo de animales con derecho a la ayuda es de 1.417 por explotación y campaña.

Documentos requeridos:

  • Solicitud Conjunta PAC (presentación online).

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Presentar la Solicitud Conjunta PAC telemáticamente a través de Iniciar trámite en el plazo establecido (del 01/02/2025 al 30/04/2025).

Después de hacerlo

  • La Administración puede requerir subsanación si falta información.
  • Se puede aportar documentación adicional.
  • El plazo máximo de resolución es de 18 meses.

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