Ayuda a los agricultores y ganaderos de zonas limitaciones naturales (PAC). 414. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Compensar a agricultores y ganaderos que desarrollan su actividad en zonas con limitaciones naturales, ya sean de montaña, distintas a las de montaña o con otras limitaciones específicas.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas, titularidades compartidas, socios de Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), socios de Cooperativas o Sociedades Civiles con finalidad exclusiva agraria.
Requisitos principales
- Ser titular de una explotación agraria que obtenga al menos el 50% de su renta total de la actividad agraria.
- Realizar la Solicitud Conjunta ante la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Estar afiliado al régimen de la Seguridad Social que corresponda por su actividad agraria.
- Tener ubicadas las explotaciones agrarias, total o parcialmente, en los municipios incluidos en la lista comunitaria de zonas con limitaciones naturales de Aragón u otras limitaciones específicas.
- Cumplir con la carga ganadera mínima requerida si se declara ganado en régimen de pastoreo extensivo.
- Cumplir los requisitos medioambientales obligatorios de condicionalidad reforzada.
- Cumplir las condiciones de Agricultor Activo.
Plazos
Del 01/02/2025 al 30/04/2025
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
El trámite se gestiona en el Servicio de Ayudas a la Sostenibilidad Agraria (Dirección General de Producción Agraria, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación).
Resumen
Este trámite permite solicitar ayudas para compensar a agricultores y ganaderos que trabajan en zonas con limitaciones naturales, ya sean de montaña, distintas a las de montaña, o con otras limitaciones específicas. Esta ayuda forma parte de la Política Agraria Común (PAC).
Plazo de presentación
El plazo para presentar la solicitud es del 1 de febrero de 2025 al 30 de abril de 2025.
A quién va dirigido
Esta ayuda está dirigida a:
- Personas físicas
- Titularidades compartidas
- Socios de Sociedades Agrarias de Transformación (SAT)
- Socios de Cooperativas o Sociedades Civiles con finalidad exclusiva agraria
Requisitos
Para poder optar a estas ayudas, es necesario cumplir los siguientes requisitos:
- Ser titular de una explotación agraria que obtenga al menos el 50% de su renta total de la actividad agraria.
- Realizar la Solicitud Conjunta ante la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Estar afiliado al régimen de la Seguridad Social que corresponda por su actividad agraria.
- Tener ubicadas las explotaciones agrarias, total o parcialmente, en los municipios incluidos en la lista comunitaria de zonas con limitaciones naturales de Aragón u otras limitaciones específicas.
- Si se declara ganado en régimen de pastoreo extensivo en zonas de montaña, deberá tener una carga ganadera mínima de 0,2 UGM por hectárea de superficie forrajera.
- Si se declara ganado en pastoreo extensivo en zonas distintas de las de montaña, tener una carga ganadera mínima de 0,2 UGM por hectárea de superficie forrajera y una carga ganadera máxima de 1 UGM por hectárea cuando la pluviometría media sea inferior a 800 mm por año, o de 2 UGM por hectárea cuando sea igual o superior.
- Las explotaciones deberán cumplir los requisitos medioambientales obligatorios de condicionalidad reforzada.
- Cumplir las condiciones de Agricultor Activo.
Información Adicional
Este trámite se gestiona en el Servicio de Ayudas a la Sostenibilidad Agraria (Dirección General de Producción Agraria, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación).
Si tienes alguna consulta o dificultad técnica durante la tramitación telemática, puedes comunicarla a través del Soporte de consultas o incidencias.
Cómo realizar el trámite
Telemáticamente
Contacto y ayuda
- Teléfono: 976 714 426
- Correo electrónico: jamara@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRARIA
Normativa
- Orden 93/2025, de 20 de enero, para la presentación de la solicitud única de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2025.
- Ley 30/2022, de 23 de diciembre, por la que se regulan el sistema de gestión de la Política Agrícola Común y otras materias conexas
- Real Decreto 1047/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico y otras ayudas de la Política Agrícola Común
- Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre, sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y control.
- Real Decreto 1049/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen las normas para la aplicación de la condicionalidad reforzada y de la condicionalidad social que deben cumplir las personas beneficiarias de las ayudas en el marco de la Política Agrícola Común que reciban pagos directos, determinados pagos anuales de desarrollo rural y del Programa de Opciones Específicas por la Lejanía y la Insularidad (POSEI).
- Real Decreto 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se establece y regula el Sistema de información de explotaciones agrícolas y ganaderas y de la producción agraria, así como el Registro autonómico de explotaciones agrícolas y el Cuaderno digital de explotación agrícola
- Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 01/02/2025 al 30/04/2025
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Aportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Resolución
El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
En esta página
- Resumen
- Plazo de presentación
- A quién va dirigido
- Requisitos
- Información Adicional
- Cómo realizar el trámite
- Telemáticamente
- Contacto y ayuda
- Ayuda con la tramitación electrónica
- Más información
- Órgano responsable
- Normativa
- Proceso de tramitación y acciones disponibles
- Plazo de presentación
- Subsanación
- Aportación
- Resolución
- Preguntas frecuentes
- Oficinas de la administración