Ayuda a los agricultores y ganaderos de zonas limitaciones naturales (PAC). 414. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Compensar a agricultores y ganaderos que desarrollan su actividad en zonas con limitaciones naturales, ya sean de montaña, distintas a las de montaña o con otras limitaciones específicas.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas, titularidades compartidas, socios de Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), socios de Cooperativas o Sociedades Civiles con finalidad exclusiva agraria.

Requisitos principales

  • Ser titular de una explotación agraria que obtenga al menos el 50% de su renta total de la actividad agraria.
  • Realizar la Solicitud Conjunta ante la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Estar afiliado al régimen de la Seguridad Social que corresponda por su actividad agraria.
  • Tener ubicadas las explotaciones agrarias, total o parcialmente, en los municipios incluidos en la lista comunitaria de zonas con limitaciones naturales de Aragón u otras limitaciones específicas.
  • Cumplir con la carga ganadera mínima requerida si se declara ganado en régimen de pastoreo extensivo.
  • Cumplir los requisitos medioambientales obligatorios de condicionalidad reforzada.
  • Cumplir las condiciones de Agricultor Activo.

Plazos

Del 01/02/2025 al 30/04/2025

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

El trámite se gestiona en el Servicio de Ayudas a la Sostenibilidad Agraria (Dirección General de Producción Agraria, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación).

Resumen

Este trámite permite solicitar ayudas para compensar a agricultores y ganaderos que trabajan en zonas con limitaciones naturales, ya sean de montaña, distintas a las de montaña, o con otras limitaciones específicas. Esta ayuda forma parte de la Política Agraria Común (PAC).

Plazo de presentación

El plazo para presentar la solicitud es del 1 de febrero de 2025 al 30 de abril de 2025.

Iniciar trámite

A quién va dirigido

Esta ayuda está dirigida a:

  • Personas físicas
  • Titularidades compartidas
  • Socios de Sociedades Agrarias de Transformación (SAT)
  • Socios de Cooperativas o Sociedades Civiles con finalidad exclusiva agraria

Requisitos

Para poder optar a estas ayudas, es necesario cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser titular de una explotación agraria que obtenga al menos el 50% de su renta total de la actividad agraria.
  • Realizar la Solicitud Conjunta ante la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Estar afiliado al régimen de la Seguridad Social que corresponda por su actividad agraria.
  • Tener ubicadas las explotaciones agrarias, total o parcialmente, en los municipios incluidos en la lista comunitaria de zonas con limitaciones naturales de Aragón u otras limitaciones específicas.
  • Si se declara ganado en régimen de pastoreo extensivo en zonas de montaña, deberá tener una carga ganadera mínima de 0,2 UGM por hectárea de superficie forrajera.
  • Si se declara ganado en pastoreo extensivo en zonas distintas de las de montaña, tener una carga ganadera mínima de 0,2 UGM por hectárea de superficie forrajera y una carga ganadera máxima de 1 UGM por hectárea cuando la pluviometría media sea inferior a 800 mm por año, o de 2 UGM por hectárea cuando sea igual o superior.
  • Las explotaciones deberán cumplir los requisitos medioambientales obligatorios de condicionalidad reforzada.
  • Cumplir las condiciones de Agricultor Activo.

Información Adicional

Este trámite se gestiona en el Servicio de Ayudas a la Sostenibilidad Agraria (Dirección General de Producción Agraria, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación).

Si tienes alguna consulta o dificultad técnica durante la tramitación telemática, puedes comunicarla a través del Soporte de consultas o incidencias.

Cómo realizar el trámite

Telemáticamente

Iniciar trámite

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Más información

Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE PRODUCCIÓN AGRARIA

Normativa

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 01/02/2025 al 30/04/2025

Iniciar trámite

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

El plazo máximo de resolución es de 3 meses.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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