AYUDA A LOS AGRICULTORES Y GANADEROS DE ZONAS CON LIMITACIONES NATURALES U OTRAS LIMITACIONES ESPECÍFICAS (PAC)
Plazo de tramitación:
Fuera de plazo
Plazo de resolución:
6 meses
La concesión de ayudas para compensar a los agricultores y ganaderos que ejercen su actividad en zonas con limitaciones naturales, de montaña y/o distintas a las de montaña y/o con otras limitaciones específicas.
Quién puede solicitarlo
Personas físicas, socios de SAT, Cooperativa o Sociedad Civil que cumplan los requisitos anteriormente citados
Requisitos y observaciones
DE LOS BENEFICIARIOS:
- Ser titular de una explotación agraria que obtenga al menos el 50% de su renta total de la actividad agraria ejercida en su explotación y cuyo tiempo de trabajo dedicado a actividades no relacionadas con la explotación sea inferior a la mitad de su tiempo de trabajo total, o ser titular de un explotación agraria que esté dada de alta en el Registro de Explotaciones Agrarias Prioritarias.
- Realizar la 'Solicitud Conjunta' ante la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, percibir el pago base y en las zonas no de montaña, estar empadronado en un municipio de alguna zona con limitaciones naturales, de Aragón ó limítrofe a Aragón.
- No percibir pensión de jubilación, incapacidad absoluta ni cualquier otra prestación pública análoga.
- Estar afiliado al régimen de la Seguridad Social que por su actividad agraria le corresponda.
DE LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS:
- Tener ubicadas sus explotaciones, total o parcialmente, en los municipios incluidos en la lista comunitaria de zonas con limitaciones naturales de Aragón. La ayuda sólo puede recaer sobre la superficie de la explotación incluida en la zona con limitaciones naturales situada en Aragón.
- Si se declara ganado en pastoreo extensivo en zonas de montaña, tener una carga ganadera mínima de 0,2 UGM por hectárea de superficie forrajera.
- Si se declara ganado en pastoreo extensivo en zonas distintas de las de montaña, tener una carga ganadera mínima de 0,2 UGM por hectárea de superficie forrajera y una carga ganadera máxima de 1 UGM por hectárea cuando la pluviometria media sea inferior a 800 mm por año, o de 2 UGM por hectárea cuando sea igual o superior.
REQUISITOS MEDIOAMBIENTALES:
- Las explotaciones deberán cumplir los requisitos obligatorios de condicionalidad.
Pueden dirigirse también a las Oficinas Comarcales Agroambientales del Dpto. (horario 9 a 14 h.)
Si en la tramitación telemática les surge alguna dificultad técnica: Soporte de consultas o incidencias o
soporte.pac@aragon.es
Correos electrónico consultas:
jlabada@aragon.es
gpellicer@aragon.es
Teléfono: 976 714648
Qué documentación necesito
Para poder formular la ?Solicitud Conjunta? se utilizará el programa informático www.aragon.es/pac , que permite la presentación y tramitación de dicha solicitud a través del Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón (no es posible su presentación en papel)
Los interesados pueden presentar su solicitud, por sí, a través de su representante o mediante la representación de las entidades habilitadas.
Se deberán presentar, si les son solicitados, los siguientes documentos:
- Certificado de empadronamiento.
- Documento de cesión de barbechos, rastrojos y AFD, firmado por ambas partes.
- En caso de socios de SAT, Cooperativa o Sociedad Civil: CIF de la sociedad y Estatutos.
Descargar formularios:
AYUDA A LOS AGRICULTORES Y GANADEROS DE ZONAS CON LIMITACIONES NATURALES
- Lista de municipios que han cambiado
- Listado municipios
- Mapa
ANEXO V. Solicitud de ayuda ZLN de socio de una sociedad civil, sociedad agraria de transformación o sociedad cooperativa agraria
Lugar y forma de presentación
De manera presencial en las Oficinas de información y registro
Normativa
- Normativa Europea vigente
- Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, regula la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda así como la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural (BOE nº 307, 20 de diciembre de 2014) -Modificado por Real Decreto 745/2016, de 30 de diciembre (BOE nº 316, de 31/12/2016)
- Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón ( BOA nº 68 de 10 de abril de 2015)
- Decreto 136/2013, de 30 de julio, del Gobierno de Aragón, sobre subvenciones en materia de agricultura, ganadería y medio ambiente (BOA nº 156, de 8 agosto 2013).
- Orden DRS/57/2016, de 28 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020 (BOA nº 32, 17 de febrero de 2016).
- Orden DRS/59/2019, de 4 de febrero, de modificación de la Orden DRS/57/2016, de 28 de enero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de pagos a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020. (BOA nº 31, 14 febrero 2019).
- Orden DRS/143/2019, de 19 de febrero, por la que se establecen las medidas para la presentación de la 'Solicitud Conjunta' de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2019 (BOA nº 43, 4 marzo 2019)
- Orden DRS/402/2019, de 15 de abril, que modifica la Orden DRS/143/2019, de 19 de febrero, por la que se establecen las medidas para la presentación de la Solicitud Conjunta de ayudas de la Política Agrícola Común para el año 2019. (BOA n.º 80, 26 abril 2019)
Organismo responsable
Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente
Más información
Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 414, indícanoslo para darte una mejor información
Gestión del trámite
Antes de iniciar el trámite online necesitarás:
Tener un certificado digital.
Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.
Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.
Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.
Descargar formularios:
AYUDA A LOS AGRICULTORES Y GANADEROS DE ZONAS CON LIMITACIONES NATURALES
- Lista de municipios que han cambiado
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de ZUERA
CM SAN JUAN, 50800, ZUERA
Tel. 976 694466
Oficina Comarcal de CALATAYUD
CL AMPARADOS 2, 50300, CALATAYUD
Tel. 976 889068
Oficina Comarcal de MONTALBÁN
PLAZA CORTES DE ARAGON, 44700, MONTALBÁN
Tel. 978 754000
Oficina Comarcal de SARIÑENA
CL PIO XII 15, 22200, SARIÑENA
Tel. 974 571300
Oficina Comarcal de CALAMOCHA
CL MELCHOR DE LUZON 6, 44200, CALAMOCHA
Tel. 978 730505
Oficina Comarcal de MUNIESA
CL MAYOR 19, 44780, MUNIESA
Tel. 978 810910
Oficina Comarcal de EPILA
CL CORTES DE ARAGON 37, 50290, EPILA
Tel. 976 819114
Oficina Comarcal de DAROCA
CL ALFONSO I 1, 50360, DAROCA
Tel. 976 545010
Oficina Comarcal de MONZÓN
CL RIO VERO 2, 22400, MONZÓN
Tel. 974 400964
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
PLAZA SAN PEDRO NOLASCO 7, 50071, ZARAGOZA
Tel. 976 714851
Oficina Comarcal de ALAGÓN
CL BALTASAR GRACIAN 5, 50630, ALAGÓN
Tel. 976 616070
Oficina Comarcal de LA ALMUNIA
AV CORAZON DE JESUS 11, 50100, LA ALMUNIA
Tel. 976 819001