Autorizaciones relacionadas con la formación en animales de experimentación - Renovación. 9411. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Solicitar la renovación de la capacitación para el manejo de animales de experimentación antes de que transcurran 8 años desde la obtención del certificado anterior.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas que necesiten renovar su capacitación para el manejo de animales de experimentación.
Requisitos principales
- Los requisitos varían según la autorización solicitada.
Plazos
El plazo de presentación está permanentemente abierto.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
Para más información, consulta los documentos y enlaces de interés disponibles en la página del trámite.
Resumen
Este trámite permite solicitar la renovación de la capacitación para el manejo de animales de experimentación. Es necesario realizar esta renovación antes de que transcurran 8 años desde la obtención del certificado anterior.
Plazo de presentación
El plazo para presentar la solicitud está permanentemente abierto.
Lo que necesitas
Documentación
Debes presentar la siguiente documentación:
- Acreditación de la autoría de la publicación científica (Descargar modelo)
- Certificado del secretario/a o profesor/a que acredite la actividad docente (Descargar modelo)
- Informe del Diseño del Procedimiento (Descargar modelo)
Requisitos
Los requisitos varían en función de la autorización solicitada.
Cómo hacerlo
Telemáticamente
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica: Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Pulsa en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
Presencial
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana. Pedir cita previa
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Después de hacerlo
Plazo de resolución
El plazo máximo de resolución es de 3 meses. Si tu solicitud no se ha resuelto pasado este plazo, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. Más información sobre el silencio administrativo: Saber más sobre el silencio administrativo
Ayuda
Contacto
- Teléfono: 976714000 ext. 5339
- Correo electrónico: tramites.agma.srg@aragon.es
- Presencial: Oficinas Comarcales Agroambientales / Servicio de Sanidad Animal y Vegetal
- Horario de oficina: De 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica: Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Tutoriales en YouTube sobre aspectos clave de la tramitación electrónica: Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Dudas o problemas administrativos: 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00) o infoyregistro@aragon.es
- Problemas técnicos: 976 289 414 (lunes a viernes de 8:00 a 18:00), soportesda@aragon.es, Formulario de Solicitud de Soporte Técnico o WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CALIDAD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA
Normativa
- Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos incluyendo la docencia
- Real Decreto 1386/2018, de 19 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia
- Orden ECC/566/2015, de 20 de marzo, por la que se establecen los requisitos de capacitación que debe cumplir el personal que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia