Autorización para la salida temporal de un bien incluido en el Censo general del patrimonio cultural aragonés. 676. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a los propietarios o poseedores de bienes culturales incluidos en el Censo General del Patrimonio Cultural Aragonés solicitar autorización para que estos bienes salgan temporalmente de la comunidad autónoma.
¿Quién puede solicitarlo?
Propietarios o poseedores de bienes culturales incluidos en el Censo General del Patrimonio Cultural Aragonés que deseen sacarlos temporalmente de la comunidad.
Requisitos principales
- El bien debe estar incluido en el Censo General del Patrimonio Cultural Aragonés.
Plazos
En plazo permanente
Duración del trámite
3 meses desde la recepción de la solicitud
Información adicional
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Resumen
Este trámite permite a los dueños o personas que tienen bienes culturales incluidos en el Censo General del Patrimonio Cultural Aragonés solicitar permiso para sacarlos temporalmente de Aragón.
Dirigido a
- Dueños o poseedores de bienes culturales en el Censo General del Patrimonio Cultural Aragonés que quieran sacarlos temporalmente.
Requisitos
- Que el bien esté en el Censo General del Patrimonio Cultural Aragonés.
Lo que necesitas
Documentación
Presentar siempre:
- Facility report: Informe sobre las instalaciones y recursos de la institución que organiza la exposición y pide el préstamo temporal del bien.
- Memoria valorada o proyecto de intervención del bien: Debe incluir información sobre las características del bien, su estado de conservación, problemas que tenga y una propuesta detallada de cómo se va a intervenir, con su presupuesto.
Presentar solo si aplica:
- Si quien hace la solicitud es el promotor o el representante del promotor de la salida temporal:
- Autorización del propietario: Se debe aportar si quien realiza la solicitud es el promotor o el representante del promotor de la salida temporal. Descargar modelo Autorización del propietario
Cómo hacerlo
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un sistema para identificarte y firmar electrónicamente (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Pulsa en "Iniciar trámite", rellena la solicitud, sube los documentos necesarios y firma electrónicamente.
Si no tienes firma electrónica, puedes rellenar todo online (solicitud y documentos), descargar la solicitud, firmarla y entregarla en persona.
Presencial
- Reúne todos los documentos que necesitas.
- Pide cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana / Pedir cita previa
- Entrega los documentos en la oficina.
Ayuda
- Teléfono: Dirección General de Patrimonio Cultural - 976 714 000
- Correo electrónico: Sección de Bienes Muebles del Patrimonio Cultural / patrimonio.cultural@aragon.es
- Página web: Patrimonio Cultural de Aragón /
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL
Normativa
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Subsanar trámite
Aportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación
Resolución
3 meses desde la recepción de la solicitud Saber más sobre el silencio administrativo