AUTORIZACIÓN PARA EL EMPLEO DEL FUEGO EN SUPERFICIES AGRÍCOLAS O FORESTALES. QUEMA DE COMBUSTIBLES VEGETALES QUE TENGAN CONTINUIDAD ESPACIAL FUERA DE ÉPOCA DE PELIGRO.
Plazo de tramitación:
En plazo permanente
Plazo de resolución:
3 meses
Autorizar la quema de matorrales, pastizales, rastrojos, restos forestales y, en general, despojos vegetales que tengan continuidad con otros restos vegetales, fuera de la época de peligro, con el fin de prevenir la ocurrencia de incendios forestales.
Quién puede solicitarlo
Autor de la quema
Requisitos y observaciones
Las autorizaciones de quemas agrícolas o forestales impondrán como mínimo a la persona autorizada las condiciones que se relacionan a continuación, aunque se podrán establecer condiciones más estrictas cuando se juzgue conveniente por la especial peligrosidad de la quema:
a) Deberá existir una faja sin combustible vegetal de anchura suficiente alrededor de la zona a quemar, creando una discontinuidad efectiva entre los restos vegetales y cualquier otro material combustible.
b) Sólo podrán realizarse cuando el Índice de riesgo por uso del fuego (www.aragon.es/incendiosforestales) para la ubicación y día de su realización sean señalados en color ?verde?, quedando prohibidos en color ?rojo?. El valor de dicho índice será el publicado para ese día o, en defecto de su publicación, la última previsión publicada para esa misma fecha.
c) Sólo se podrán realizar quemas en los días en que el viento esté en calma. Si iniciados los trabajos, empeoraran las condiciones, se suspenderá inmediatamente la operación, procediéndose a apagar el fuego.
d) No se abandonará la vigilancia en la zona hasta que el fuego esté totalmente apagado y haya transcurrido un período de tiempo suficiente sin que se observen llamas o brasas incandescentes.
e) La persona autorizada tomará todas las medidas oportunas para evitar la propagación del fuego, siendo responsable de los daños que puedan producirse.
f) Durante la realización de la quema se deberá estar en posesión de la autorización, que podrá ser requerida por los agentes de la autoridad.
La época de peligro de incendios forestales puede consultarse en el apartado de normativa.
Para más información pueden dirigirse también a las: Oficinas Comarcales Agroambientales del Departamento. (horario 9 a 14 h.)
Aquellos Ayuntamientos que lo deseen podrán colaborar con el Agente de Protección de la Naturaleza para centralizar la recepción y devolución de estos documentos.
Mas información y consultas en: incendios@aragon.es
Servicio de Gestión de los Incendios Forestales y Coordinación.
Dirección General de Medio Natural y Gestión Forestal.
Qué documentación necesito
- Formulario de solicitud
Para la cumplimentación de la solicitud el Departamento facilita una aplicación WEB
Descargar formularios:
AUTORIZACIÓN PARA EL EMPLEO DEL FUEGO EN SUPERFICIES AGRÍCOLAS O FORESTALES. QUEMA DE COMBUSTIBLES VEGETALES QUE TENGAN CONTINUIDAD ESPACIAL FUERA DE ÉPOCA DE PELIGRO
Lugar y forma de presentación
De manera presencial en las Oficinas de información y registro
Normativa
-Normativa autonómica vigente
Organismo responsable
Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente
Más información
Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 831, indícanoslo para darte una mejor información
Gestión del trámite
Antes de iniciar el trámite online necesitarás:
Tener un certificado digital.
Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.
Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.
Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.
Descargar formularios: