Autorización de usos en el suelo no urbanizable mediante autorización especial - Emisión de informe previo a la autorización . 589. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Obtener un informe previo del Consejo Provincial de Urbanismo necesario para la aprobación municipal de autorizaciones de construcciones en suelo no urbanizable, como viviendas unifamiliares, almacenes o pequeñas industrias compatibles con el entorno.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas, personas jurídicas y entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos principales
- Someter la solicitud y su documentación a información pública por el plazo de veinte días hábiles y a informe del Consejo Provincial de Urbanismo.
- En el suelo no urbanizable especial serán autorizables las construcciones, actividades o usos establecidos en los instrumentos de ordenación territorial, planes de ordenación de los recursos naturales, la legislación sectorial o el planeamiento urbanístico.
Plazos
Plazo permanente
Duración del trámite
2 meses
Información adicional
Si el Consejo Provincial de Urbanismo emite un informe favorable y el ayuntamiento no resuelve en dos meses, se considera aprobada la autorización. Si el informe es desfavorable y el ayuntamiento no resuelve en dos meses, se considera rechazada. En caso de inactividad municipal, el solicitante puede iniciar el trámite de información pública por iniciativa privada.
Resumen
Este trámite permite a los ayuntamientos aragoneses, o a los ciudadanos en caso de inactividad municipal, solicitar al Consejo Provincial de Urbanismo un informe previo para autorizar construcciones en suelo no urbanizable. Esto incluye viviendas unifamiliares, almacenes o pequeñas industrias que sean compatibles con el entorno.
Quién puede usar este servicio:
- Personas físicas
- Personas jurídicas
- Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Solicitud dirigida al municipio, detallando:
- Superficie de la construcción.
- Características principales.
- Ubicación y extensión de la finca (con plano).
- Construcciones cercanas (en un radio de 500 metros).
- Soluciones para acceso, agua, electricidad y residuos.
- Si es de interés público o social: Justificación de dicho interés y de la conveniencia de su ubicación rural.
- Si es rehabilitación: Justificación de la conveniencia y alcance de la rehabilitación, manteniendo características tradicionales y adaptándose al paisaje.
- Si es vivienda unifamiliar: Título jurídico de la parcela mínima exigida y compromiso de inscripción en el Registro de la Propiedad.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene coste.
- El plazo de resolución es de 2 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparación: Reúne la documentación necesaria.
- Solicitud: Presenta la solicitud y la documentación en el ayuntamiento.
- Tramitación: El ayuntamiento somete la solicitud a información pública y solicita un informe al Consejo Provincial de Urbanismo.
- Resolución: El ayuntamiento decide sobre la autorización basándose en el informe del Consejo Provincial de Urbanismo.
Presentación de la solicitud:
- Telemática:
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica en este enlace.
- Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo. Descargar formulario
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Si el informe del Consejo Provincial de Urbanismo es favorable y el ayuntamiento no resuelve en 2 meses, la autorización se considera aprobada.
- Si el informe es desfavorable y el ayuntamiento no resuelve en 2 meses, la autorización se considera denegada.
- En caso de inactividad municipal, puedes iniciar el trámite de información pública por iniciativa privada.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono: 976 714 532 (de 9 a 14 horas)
- Correo electrónico: dgurbanismo@aragon.es
- Consejo Urbanismo Zaragoza: 976 715 318
- Consejo de Urbanismo Huesca: 974 293 060
- Consejo Urbanismo Teruel: 978 641 020
Ayuda con la tramitación electrónica:
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
- Dudas administrativas: Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00)
- infoyregistro@aragon.es
- Problemas técnicos: Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414 (lunes a viernes de 8:00 a 18:00)
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Normativa:
- Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón
- Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón
- Orden de 12 de abril de 1991 ,del Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, por la que se da publicidad al Acuerdo de aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias y Complementarias de ámbito provincial de Zaragoza
- Orden de 12 de abril de 1991 , del Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, por la que se da publicidad al acuerdo de aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias y Complementarias de ámbito provincial de Zaragoza. Corrección de errores
- Orden de 17 de mayo de 1991 ,del Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, por la que se da publicidad al acuerdo de aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias y Complementarias de ámbito provincial de Huesca
- Resolución de 14 de junio de 1991 , del Departamento de Ordenación Territorial, Obras Públicas y Transportes, por la que se da publicidad al acuerdo de aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias y Complementarias de ámbito provincial de Teruel