Autorización de transporte público de mercancías en vehículo ligero (MDL) - Visado de autorizaciones. 10682. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Confirmar la renovación del visado para personas que realizan transporte público de mercancías en vehículos ligeros.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas que realicen servicios nacionales de transporte público de mercancías en vehículo ligero.

Requisitos principales

  • Ser persona física o jurídica.
  • Tener domicilio en España.
  • Cumplir obligaciones fiscales (alta en el censo de obligados tributarios y no tener deudas).
  • Cumplir obligaciones laborales y sociales (alta en la Seguridad Social y estar al corriente de pago).
  • No tener sanciones pendientes por infracción de la normativa de transportes.
  • Disponer de firma electrónica y equipo informático necesario.
  • Disponer de al menos un vehículo con capacidad de tracción propia, matriculado en España o en la UE.

Plazos

El visado debe confirmarse en el mes correspondiente según el último dígito del NIF del titular.

Duración del trámite

5 meses

Resumen

Este trámite permite a las personas que realizan transporte público de mercancías en vehículos ligeros confirmar el visado de oficio (renovación) de su autorización.

Solo se puede confirmar el visado en el mes que corresponda según el último dígito del NIF, de acuerdo con el calendario de visados.

Dirigido a

  • Personas físicas o jurídicas que realicen servicios nacionales de transporte público de mercancías en vehículo ligero.

Requisitos

  • Ser persona física o jurídica.
  • Tener domicilio en España.
  • Cumplir con las obligaciones fiscales:
    • Estar dado de alta en el censo de obligados tributarios (epígrafe 722.1).
    • No tener deudas con el Estado o Comunidad Autónoma en periodo ejecutivo.
  • Cumplir con las obligaciones laborales y sociales:
    • Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
    • Estar al corriente en el pago de las cuotas.
  • No tener sanciones pendientes de pago por infracción de la normativa de transportes.
  • Disponer de firma electrónica y equipo informático para documentar contratos con clientes.
  • Cumplir requisitos para los vehículos:
    • Disponer de al menos un vehículo con capacidad de tracción propia, matriculado en España o en la UE, en propiedad, arrendamiento financiero u ordinario.

Pago de tasas

Deberá abonar la Tasa 05, Tarifa 01. Por otorgamiento de nueva autorización (1 hecho imponible por autorización de empresa y 1 hecho imponible por cada vehículo adscrito).

Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Documentación

Presentar en todos los casos:

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

  • Vehículos arrendados:
    • Contrato de arrendamiento que recoja la duración, el plazo, la identificación de la empresa arrendadora y los datos del vehículo y de la autorización de arrendamiento.

Consultas que realizará la administración:

  • Consulta al Registro de Empresas y Actividades del Transporte.

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales. [Ver detalles](Ver detalles)

  • Consulta de Datos de un Vehículo
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
  • Obligaciones tributarias - Ley de transportes
  • Situación Laboral en Fecha Concreta

Información adicional

El visado se realiza según el siguiente calendario, en función del último dígito del NIF del titular:

  • NIF que termina en 1: enero.
  • NIF que termina en 2: febrero.
  • NIF que termina en 3: marzo.
  • NIF que termina en 4: abril.
  • NIF que termina en 5: mayo.
  • NIF que termina en 6: junio.
  • NIF que termina en 7: julio.
  • NIF que termina en 8: septiembre.
  • NIF que termina en 9: octubre.
  • NIF que termina en 0: noviembre.

No se tendrán en cuenta las letras que, en su caso, figuren a continuación del último dígito del referido NIF

Presentación de la solicitud

Telemática

Iniciar trámite

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Más información

Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES

Normativa

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

Iniciar trámite Consultar formas de presentación

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Plazo para la notificación de la resolución: 5 meses a contar desde la fecha de registro de entrada que conste en la solicitud

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se consider...

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

Saber más sobre el silencio administrativo [Ver más](Ver más)

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