Autorización de empresa como centro de formación para obtener el certificado de aptitud profesional (CAP) - Comunicación inicio de cursos CAP. 10808. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a las empresas autorizadas como centros de formación CAP (Certificado de Aptitud Profesional) comunicar el inicio de cada curso que vayan a impartir.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas titulares de una autorización de empresa CAP.
Requisitos principales
- Ser persona física o jurídica titular de una autorización de empresa CAP.
- Disponer de firma electrónica.
- Contar con una plantilla mínima imprescindible (director docente y profesores especializados).
- Disponer de locales adecuados para impartir la parte teórica de los cursos.
- Disponer de vehículos necesarios para las prácticas.
- Contar con material didáctico adecuado.
- Tener un programa de cualificación y formación.
Plazos
La comunicación debe realizarse con al menos diez días de antelación a la fecha de inicio del curso para ciertos datos, y 24 horas antes del inicio para la relación de participantes. Cualquier variación debe notificarse electrónicamente.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Las empresas deben comunicar con antelación los datos del curso y cualquier variación. Al finalizar el curso, deben comunicar la finalización y el listado de alumnos que lo hayan superado.
Resumen
Este trámite permite a las empresas autorizadas como centros de formación para obtener el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) comunicar el inicio de cada curso que vayan a realizar al órgano competente.
Quién puede usar este servicio:
- Personas físicas o jurídicas titulares de una autorización de empresa CAP.
Lo que necesitas
Requisitos:
- Ser persona física o jurídica.
- Disponer de firma electrónica.
- Disponer de plantilla mínima imprescindible (director docente y profesores especializados).
- Disponer de locales adecuados para impartir la parte teórica de los cursos.
- Disponer de vehículos necesarios para las prácticas.
- Contar con material didáctico adecuado.
- Tener un programa de cualificación y formación.
Documentación:
- Mecánica del curso a impartir, que debe incluir: clase de curso, fechas de inicio y fin, programación, lugar e instalaciones, relación de profesores y participantes.
Cómo hacerlo
Paso a paso:
- Comunicar, por vía electrónica, al órgano competente en el territorio donde se ubique el centro, sucursal o aula móvil, cada curso que vayas a realizar.
- La comunicación debe realizarse con la siguiente antelación:
- Diez días antes del inicio del curso para los datos especificados en el anexo IV, sección 1.ª, apartado 1, letras a), b), c) y d).
- Veinticuatro horas antes del inicio del curso para los datos especificados en la letra e) del anexo IV, sección 1.ª, apartado 1.
- Cualquier variación de los datos relativos a un curso inicialmente comunicado, deberá ser notificada por vía electrónica al órgano competente.
- Finalizado el curso, el director docente expedirá un certificado a cada alumno que lo haya seguido con aprovechamiento y comunicará al órgano competente la finalización del curso y el listado de alumnos que lo hayan superado.
Iniciar trámite:
Después de hacerlo
- El órgano competente procederá a anotar en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte la realización del curso por parte de los correspondientes conductores.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Huesca. 974 293 347
- Correo electrónico. DG. dgtransportes@aragon.es
- Correo electrónico. Huesca. buzoncaphuesca@aragon.es
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Teruel. 978 641 455
- Correo electrónico. Teruel. transportesteruel@aragon.es
- Teléfono. De 9 a 14 horas. Zaragoza. 976 715 118
- Correo electrónico. Zaragoza. subtransporteszaragoza@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica:
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Más información:
- Órgano responsable: DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTES
Normativa:
- Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre
- Orden 2607/2010, de 1 de octubre, FOM por la que se establecen los requisitos que deben cumplir los formadores que impartan los cursos de cualificación inicial y formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera