Autorización de edificación en zonas de borde (Informe). Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permitir a los municipios de Aragón solicitar un informe previo a los consejos provinciales de urbanismo antes de aprobar la construcción de viviendas unifamiliares, almacenes o pequeñas industrias compatibles con el entorno.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos principales
- Ser una entidad local de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Estar dentro de los municipios a los que se aplica la zona de borde según el artículo 289.2 del TRLUA.
- La parcela debe tener al menos 1500 metros cuadrados.
- La zona de borde debe ser contigua al suelo urbano.
- La prolongación de las redes generales municipales no debe superar los 300 metros.
- La parcela debe estar vinculada registralmente a la edificación.
Plazos
En plazo permanente
Duración del trámite
Variable, depende del caso.
Información adicional
Las condiciones mínimas de la autorización serán las establecidas en el artículo 289.5 del TRLUA.
Resumen
Este trámite permite a los municipios aragoneses solicitar a los consejos provinciales de urbanismo un informe previo necesario para aprobar la construcción de viviendas unifamiliares, almacenes o pequeñas industrias que sean compatibles con el entorno.
Quién puede usar este servicio:
- Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos
- Municipios a los que sea de aplicación la zona de borde según el artículo 289.2 del TRLUA:
- Municipios sujetos al régimen urbanístico simplificado sin plan general.
- Municipios sujetos al régimen urbanístico simplificado en cuyo plan no se prevea suelo urbanizable.
- Municipios con plan general no sujetos a régimen urbanístico simplificado para aquellos núcleos de población inferiores a mil habitantes.
- Requisitos generales:
- La parcela deberá tener una superficie igual o superior a mil quinientos metros cuadrados.
- La zona de borde deberá ser contigua al suelo urbano.
- La prolongación de las redes generales municipales no será en ningún caso superior a trescientos metros.
- La parcela quedará vinculada registralmente a la edificación.
- Condiciones mínimas de la autorización serán las establecidas en el artículo 289.5 del TRLUA.
Cómo hacerlo
Trámite relacionado
- Emisión de informe previo a la autorización: Los municipios aragoneses pueden solicitar a los consejos provinciales de urbanismo la emisión de un informe previo para la aprobación municipal de construcciones. Este trámite está disponible de forma permanente.
Ayuda
- Teléfono: De 9 a 14 horas. 976 714 532
- Correo electrónico: dgurbanismo@aragon.es
- Teléfono: Consejo Urbanismo Zaragoza. 976 715 318
- Teléfono: Consejo Urbanismo Huesca. 974 293 060
- Teléfono: Consejo Urbanismo Teruel. 978 641 026
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO