Autorización de edificación en zonas de borde (Informe) - Emisión de informe previo a la autorización. 1091. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los municipios aragoneses solicitar un informe previo a los consejos provinciales de urbanismo antes de aprobar autorizaciones para construir viviendas unifamiliares, almacenes o pequeñas industrias en zonas de borde.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Requisitos principales

  • Municipios a los que sea de aplicación la zona de borde según el artículo 289.2 del TRLUA.
  • La parcela debe tener una superficie igual o superior a 1500 metros cuadrados.
  • La zona de borde debe ser contigua al suelo urbano.
  • La prolongación de las redes generales municipales no debe ser superior a 300 metros.
  • La parcela quedará vinculada registralmente a la edificación.

Plazos

En plazo permanente.

Duración del trámite

2 meses (si no se resuelve en este plazo, se considera aceptado por silencio administrativo)

Información adicional

El informe de la autorización tendrá el contenido y grado de detalle de la licencia urbanística, a la que sustituirá. La parcela quedará vinculada registralmente a la edificación.

Resumen

Este trámite permite a los ayuntamientos de Aragón solicitar un informe a los consejos provinciales de urbanismo antes de dar el visto bueno a la construcción de viviendas unifamiliares, almacenes o pequeñas industrias que sean compatibles con el entorno en zonas limítrofes.

Quién puede usar este servicio:

  • Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Lo que necesitas

Requisitos:

  • El trámite está dirigido a municipios a los que se aplica la zona de borde según el artículo 289.2 del TRLUA.
  • La parcela debe tener al menos 1500 metros cuadrados.
  • La zona de borde debe estar junto al suelo urbano.
  • La extensión de las redes municipales no debe superar los 300 metros.
  • La parcela quedará registrada y vinculada a la construcción.

Documentos requeridos:

  • Documentación técnica que detalle las condiciones mínimas para la autorización.
  • Expediente administrativo del ayuntamiento.
  • Título de propiedad de la parcela y compromiso de registrarla.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Descarga del formulario: Descarga el formulario desde este enlace.
  2. Preparación de la documentación: Reúne todos los documentos necesarios.
  3. Presentación telemática: Inicia el trámite a través del Registro Electrónico General de Aragón (REGA) en este enlace, completa los datos, sube el formulario y la documentación, y firma electrónicamente.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La administración revisará la solicitud y la documentación.
  • Si falta algo, te lo comunicarán para que lo completes.
  • El plazo máximo para resolver es de 2 meses. Si no hay respuesta en ese tiempo, se considera que la solicitud ha sido aceptada.

Ayuda

Contacto:

  • Teléfono: 976 714 532 (de 9 a 14 horas)
  • Correo electrónico: dgurbanismo@aragon.es
  • Consejo Urbanismo Zaragoza: 976 715 318
  • Consejo Urbanismo Huesca: 974 293 060
  • Consejo Urbanismo Teruel: 978 641 026

Ayuda con la tramitación electrónica:

Más información

Órgano responsable:

  • Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio

Normativa:


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