Autoliquidación (modelo 887). 314. Trámites Gobierno de Aragón.
Actualizado el 7 de marzo de 2025
Ver en la web de la administraciónInformación Rápida
Objetivo
Declarar los importes facturados por el canon de saneamiento y liquidar las cantidades correspondientes.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades suministradoras de agua que facturan y perciben el Canon de Saneamiento.
Requisitos principales
- Ser una entidad suministradora de agua con abastecimiento a sujetos pasivos del canon de saneamiento.
Plazos
El Modelo 887 se presenta en enero, abril, julio y octubre, referido al trimestre natural anterior.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
La presentación del Modelo 887 no implica una resolución del Instituto Aragonés del Agua, pero puede dar lugar a procedimientos de gestión tributaria.
Resumen
Este trámite permite a las entidades suministradoras de agua declarar los importes facturados en concepto de canon de saneamiento y realizar la autoliquidación de las cantidades percibidas.
Quién puede usar este servicio:
- Entidades suministradoras de agua que facturan y perciben el Canon de Saneamiento.
Lo que necesitas
Requisitos:
- Ser una entidad suministradora de agua con abastecimiento a sujetos pasivos del canon de saneamiento.
Documentación:
- No es necesario aportar documentos adicionales.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene coste.
- El Modelo 887 se presenta en los meses de enero, abril, julio y octubre, referido al trimestre natural inmediatamente anterior.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Descarga el formulario: Descargar formulario
- Completa y firma el formulario.
- Solicita cita previa en una oficina de información y registro: Localiza tu oficina más cercana, Pedir cita previa
- Presenta el formulario completo en la oficina.
Después de hacerlo
- La presentación de la declaración no genera una resolución del Instituto Aragonés del Agua, pero puede dar lugar a procedimientos de gestión tributaria.
Ayuda
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica: Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Tutoriales en YouTube: Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00)
- infoyregistro@aragon.es
- Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414 (lunes a viernes de 8:00 a 18:00)
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905 (canal WhatsApp)
Más información
- Órgano responsable: INSTITUTO ARAGONÉS DEL AGUA
- Normativa:
- Ley 6/2001, de 17 de mayo, de Ordenación y Participación en la Gestión del Agua en Aragón
- Decreto 206/2008, de 21 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 266/2001, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento regulador del Canon de Saneamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Ley 1/1998, de 16 de febrero, sobre Reclamaciones Tributarias en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y desarrollos normativos de la legislación general tributaria en materia de actuaciones y procedimientos de aplicación de los tributos