Aprobación proyectos de ordenación de montes, planes dasocráticos u otros instrumentos de gestión, en montes no gestionados por el Gobierno de Aragón. 376. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a los dueños de terrenos forestales presentar proyectos de ordenación, planes dasocráticos o planes técnicos para su aprobación, siempre que los montes no sean gestionados por el Gobierno de Aragón.
¿Quién puede solicitarlo?
Propietarios de terrenos forestales que deseen realizar proyectos de ordenación, planes dasocráticos o planes técnicos en montes no gestionados por el Gobierno de Aragón.
Requisitos principales
- Ser el propietario interesado del terreno forestal.
Plazos
El plazo de presentación está permanentemente abierto.
Duración del trámite
3 meses (si no se resuelve en este plazo, se puede entender como silencio administrativo)
Información adicional
Los datos personales recogidos en las solicitudes dirigidas al INAGA se incorporarán a sus actividades de tratamiento. En la página web del INAGA se puede encontrar información sobre la política de protección de datos personales y seguridad de la información.
Resumen
Este trámite permite a los propietarios de terrenos forestales presentar proyectos de ordenación, planes dasocráticos o planes técnicos para su aprobación, siempre que los montes no sean gestionados por el Gobierno de Aragón.
Quién puede usar este servicio:
- Propietarios de terrenos forestales.
Lo que necesitas
Documentación:
- Proyecto o plan de ordenación, plan dasocrático o instrumento de gestión equivalente.
- Copia de las escrituras de constitución de la sociedad y poder de representación, en caso de sociedades.
- Documento de autorización del terreno, cuando es distinto del solicitante.
- Acreditación de la propiedad de la finca, en su caso.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación necesaria.
- Presentar la solicitud telemáticamente a través del botón "Iniciar trámite".
- Si requiere asistencia para la presentación de documentación dirigida a INAGA a través del Registro Telemático, el Instituto presta atención presencial. (Servicio dirigido únicamente a personas físicas)
Después de hacerlo
- La administración revisará la solicitud y la documentación.
- Si falta información, se le comunicará para que la subsane.
- El plazo de resolución es de 3 meses.
- Si no se resuelve en este plazo, se puede entender como silencio administrativo.
Ayuda
- Teléfono: 976 716 633
- Correo electrónico: inaga@aragon.es
- Página web: Contacte con INAGA por correo electrónico
- Página web: Contacte con INAGA por teléfono
- Página web: Atención presencial en INAGA
- Página web: Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Más información
Órgano responsable:
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Normativa:
- Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
- Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
- Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por que se aprueba el Reglamento de Montes
- Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón
- Orden de 29 de diciembre de 1970 por la que se aprueban las Instrucciones Generales para la Ordenación de Montes Arbolados