Aprobación del plan de emergencias y normas de explotación de presas, embalses y balsas - Tramitación. 2130. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a los dueños de presas, embalses y balsas pedir la aprobación de un plan de emergencia y de las normas para usarlos, si están en las categorías A y B.
¿Quién puede solicitarlo?
Dueños de presas, embalses y balsas.
Requisitos principales
- Presas, embalses y balsas clasificadas en las categorías A o B.
- Tener el informe favorable de la Dirección General competente en materia de protección civil antes de empezar este trámite.
Plazos
En plazo permanente
Duración del trámite
6 meses
Información adicional
El Instituto Aragonés del Agua puede consultar los títulos universitarios del director técnico y del responsable de seguridad. Si no se permite esta consulta, se deben presentar los títulos.
Resumen
Este trámite permite a los dueños de presas, embalses y balsas pedir la aprobación de un plan de emergencia y de las normas para usarlos, si están en las categorías A y B.
Quién puede usar este servicio
- Dueños de las presas, embalses y balsas.
Antes de empezar
- Debes tener el informe favorable de la Dirección General competente en materia de protección civil.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Solicitud de aprobación del plan de emergencias y normas de uso, firmada por el representante legal.
- Justificante del pago de la tasa 49 por la clasificación y aprobación de planes de emergencia.
- Plan de emergencia.
- Normas de uso de la instalación.
- Documento de consulta y verificación de datos del director técnico.
- Títulos universitarios del director técnico y del responsable de seguridad.
- Informe favorable de la Dirección General competente en materia de protección civil.
- Documento de consulta y verificación de datos del responsable de seguridad.
- Títulos universitarios (si no se autoriza la consulta de datos del director técnico y del responsable de seguridad).
- Aprobación del plan de autoprotección por el titular de la actividad.
Requisitos previos
- Presas, embalses y balsas clasificadas en las categorías A o B.
Costes y plazos
- Tasa 49 por clasificación y aprobación de planes de emergencia de presas, embalses y balsas.
- Plazo de presentación: En plazo permanente.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
- Pulsa en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Después de hacerlo
Qué sucede después
- Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
- Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Plazos de resolución
- 6 meses.
- Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
- Saber más sobre el silencio administrativo
Ayuda
Contacto
- Teléfono: 976 716 655
- Correo electrónico: iaa@aragon.es
- Otros canales: Avenida José Atarés 102, planta 4, C.P. 50018 Zaragoza
- Presencial: Horario oficina Días laborales de 9:00 a 14:00 horas
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
- INSTITUTO ARAGONÉS DEL AGUA
Normativa
- Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas. Artículo 123 bis
- Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón. Artículos 1.2.d), 8 y 19.2.d)
- Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas
- Decreto 205/2018, de 21 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la clasificación y registro de seguridad de presas, embalses y balsas competencia de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Decreto 237/2006, de 4 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Plan Especial de Protección Civil de Emergencias por Inundaciones en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Real Decreto 264/2021, de 13 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas de seguridad para las presas y sus embalses