Actuaciones relativas a oficinas de farmacia - Libro recetario electrónico. 2439. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a las oficinas de farmacia en Aragón solicitar la autorización para utilizar el libro recetario electrónico.
¿Quién puede solicitarlo?
Farmacéuticos titulares de oficinas de farmacia ubicadas en Aragón.
Requisitos principales
- Ser farmacéutico/a titular de una oficina de farmacia ubicada en Aragón.
- Contar con sistemas informáticos que cumplan con los principios de seguridad, integridad, trazabilidad de cambios y accesibilidad, y que hayan sido validados para cumplir con las especificaciones requeridas.
- Anotar en el libro recetario electrónico los medicamentos psicótropos, fórmulas magistrales, preparados oficinales que precisen receta médica, medicamentos de uso humano prescritos para uso animal y aquellos que se determinen reglamentariamente.
- Consignar los datos requeridos, como fecha de dispensación, número de registro de receta, identificación del paciente y prescriptor, información de los medicamentos y número de envases.
Plazos
En plazo permanente
Duración del trámite
3 meses (si no hay respuesta en este plazo, se considera aceptado)
Resumen
Este trámite permite a las oficinas de farmacia en Aragón solicitar la autorización para utilizar el libro recetario electrónico. Este libro permite registrar electrónicamente la dispensación de medicamentos.
Quién puede usar este servicio:
Farmacéuticos titulares de oficinas de farmacia ubicadas en Aragón.
Lo que necesitas
Requisitos:
- Ser farmacéutico/a titular de una oficina de farmacia ubicada en Aragón.
- Contar con sistemas informáticos que cumplan con los principios de seguridad, integridad, trazabilidad de cambios y accesibilidad, y que hayan sido validados para cumplir con las especificaciones requeridas.
- Anotar en el libro recetario electrónico los siguientes medicamentos:
- Medicamentos psicótropos (según el anexo del Convenio de Viena y el Anexo I del Real Decreto 2829/1977, excepto Lista 1).
- Fórmulas magistrales.
- Preparados oficinales que precisen receta médica.
- Medicamentos de uso humano prescritos para uso animal.
- Aquellos que se determinen reglamentariamente.
- Consignar los siguientes datos:
- Fecha de dispensación (día, mes, año).
- Número de registro de receta.
- Identificación del paciente (código de identificación del SNS, DNI, número de tarjeta sanitaria europea o pasaporte).
- Prescripción facultativa.
- Información detallada de los medicamentos o unidades dispensadas.
- Número de envases.
- Identificación del prescriptor (nombre, apellidos, número de colegiado o ID de prescripción en recetas electrónicas).
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene coste.
- El plazo de resolución es de 3 meses. Si no hay respuesta en este plazo, se considera aceptado.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Descarga el formulario. Descargar formulario
- Completa y firma el formulario.
- Presenta el formulario y la documentación requerida a través del Registro Electrónico General de Aragón (REGA) con firma electrónica. Iniciar trámite
Después de hacerlo
- La Administración puede requerir subsanaciones si falta información en tu trámite. Subsanar trámite
- Puedes realizar alegaciones o aportar documentación adicional tras presentar tu trámite. Aportar documentación
- Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución (3 meses), se considera aceptado. Saber más sobre el silencio administrativo
Ayuda
Contacto:
- Sección de Ordenación y Control Farmacéutico: farmacia@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica:
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
- Servicio de Información y Registro:
- Teléfono: 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00)
- Correo electrónico: infoyregistro@aragon.es
- Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- Teléfono: 976 289 414 (lunes a viernes de 8:00 a 18:00)
- Correo electrónico: soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905 (Información sobre el canal WhatsApp)
Más información
Órgano responsable:
DIRECCIÓN GENERAL DE ASISTENCIA SANITARIA Y PLANIFICACIÓN
Normativa:
- Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación
- Orden Julio/2002, de 8 de julio, del Departamento de Salud, Consumo y Servicios Sociales, por la que se regula el Libro Recetario Oficial de oficinas de farmacia
- Ley 4/1999, de 25 de marzo, de Ordenación Farmacéutica para Aragón