Acogimiento familiar - Acogida de menores en FAMILIA EXTENSA. 10330. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a personas que cumplen los requisitos solicitar la acogida temporal en familia extensa de menores que no pueden vivir con su familia de origen, complementando, no sustituyendo, a la familia biológica.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas interesadas en acoger a un menor y que reúnan los requisitos establecidos.
Requisitos principales
- Existencia de relación de parentesco por consanguinidad, adopción o afinidad hasta tercer grado entre el menor y los solicitantes.
Plazos
En plazo permanente
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
Para más información, consulta la página sobre acogida de menores: [Más información sobre acogida de menores](https://www.aragon.es/-/acogimiento-familiar).
Resumen
Este trámite permite solicitar el acogimiento familiar en familia extensa de menores que no pueden convivir con su familia de origen. La familia extensa se define como aquella con parentesco por consanguinidad, adopción o afinidad hasta tercer grado con el menor. El objetivo es complementar a la familia biológica, facilitando la recuperación familiar y el retorno del menor.
Dirigido a
Personas interesadas en acoger a un menor y que cumplan los requisitos.
Requisitos
- Existencia de relación de parentesco por consanguinidad, adopción o afinidad hasta tercer grado entre el menor y los solicitantes.
Documentación
Presentar en todos los casos:
- Una fotografía de tamaño carné de cada solicitante
- Fotocopia de la tarjeta sanitaria o documento que acredite cobertura sanitaria de cada solicitante
- Informe médico del estado de salud de cada solicitante
- Fotocopia de la Declaración del IRPF o certificación de haberes brutos
- Volante de empadronamiento
- Documentación acreditativa de la relación con la persona menor de edad
Documentación que consultará la administración
La administración consultará:
- Datos de Identidad
- Inexistencia de Antecedentes Penales
- Inexistencia de Delitos Sexuales
Formulario del trámite:
Información adicional
- Más información sobre acogida de menores
- Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño
- Carta Europea de los Derechos del Niño de 8 de julio de 1992 del Parlamento Europeo
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo. Descargar formulario
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
- Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo. Descargar formulario
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana Pedir cita previa
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico.iass@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: https://wa.me/34973901905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONÉS DE SERVICIOS SOCIALES
Normativa
- Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil
- Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia
- Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia
- Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y Adolescencia en Aragón
- Decreto 190/2008, de 7 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de protección de menores en situación de riesgo o desamparo
- Orden CDS/751/2017, de 29 de mayo, por el que se regulan las compensaciones económicas para acogimientos familiares de menores
- Decreto 67/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento y Funcionamiento del Consejo Aragonés de Adopción
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
Paso 1:
Descarga el formulario principal:
No olvides repasar el resto de documentos necesarios:
Consultar documentación
Paso 2:
Consultar formas de presentación
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Aportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.
Saber más sobre el silencio administrativo
¿Cómo realizar este trámite?
Trámites relacionados
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
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