Acogimiento familiar - Acogida de menores en FAMILIA AJENA. 1104. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a personas que cumplen los requisitos ofrecer un hogar temporal a menores que no pueden vivir con su familia de origen, complementando a la familia biológica para facilitar la recuperación familiar.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas interesadas en acoger a un menor que cumplan con los requisitos establecidos.
Requisitos principales
- Ser mayor de 25 años (al menos uno de los miembros si es pareja).
- Asistir a la Reunión Informativa Previa a la presentación de la solicitud.
Plazos
Plazo permanente
Duración del trámite
3 meses (silencio administrativo positivo)
Información adicional
La solicitud de acogimiento familiar es incompatible con la de adopción nacional. Es necesario asistir a una sesión informativa en la Dirección Provincial del IASS de residencia antes de presentar la solicitud. La valoración de idoneidad se realiza tras la asistencia al curso de formación.
Resumen
Este trámite permite solicitar el acogimiento familiar de menores que temporalmente no pueden vivir con su familia de origen. El objetivo es complementar a la familia biológica, facilitando la recuperación familiar y el eventual regreso del menor a su hogar.
Quién puede usar este servicio:
- Personas interesadas en acoger a un menor y que cumplan los requisitos.
Lo que necesitas
Requisitos:
- Ser mayor de 25 años (al menos uno de los miembros si es pareja).
- Asistir a la Reunión Informativa Previa a la presentación de la solicitud.
Documentación:
- Una fotografía de tamaño carné de cada solicitante.
- Fotocopia de la tarjeta sanitaria o documento que acredite cobertura sanitaria.
- Informe médico del estado de salud de cada solicitante.
- Fotocopia de la Declaración del IRPF o certificación de ingresos.
- Volante de empadronamiento.
Cómo hacerlo
Paso a paso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Elige la forma de presentación:
- Telemática:
- Descarga y completa el formulario: Descargar formulario
- Accede al Registro Electrónico General de Aragón (REGA): Iniciar trámite
- Completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación.
- Firma electrónicamente.
- Presencial:
- Descarga y completa el formulario: Descargar formulario
- Solicita cita previa en una oficina de información y registro: Localiza tu oficina más cercana, Pedir cita previa
- Presenta el formulario y la documentación en la oficina.
- Telemática:
Después de hacerlo
- La administración puede requerir subsanación o mejora de la solicitud: Subsanar trámite
- Puedes aportar documentación adicional: Aportar documentación
- Plazo de resolución: 3 meses. Si no se resuelve en este plazo, puedes esperar a que la administración resuelva o interponer un recurso. Más información sobre el silencio administrativo: Saber más sobre el silencio administrativo
Ayuda
- Correo electrónico: iass@aragon.es
- Ayuda con la tramitación electrónica:
- Preguntas frecuentes: Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Tutoriales en YouTube: Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Dudas o problemas administrativos:
- Servicio de Información y Registro: 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00), infoyregistro@aragon.es
- Problemas técnicos:
- Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: 976 289 414 (lunes a viernes de 8:00 a 18:00), soportesda@aragon.es, Formulario de Solicitud de Soporte Técnico, WhatsApp: +34 973 901 905 (Más información sobre el canal WhatsApp)
Más información
- Más información sobre acogida de menores: Más información sobre acogida de menores
- Normativa:
- Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor
- Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia
- Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia
- Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y Adolescencia en Aragón
- Decreto 190/2008, de 7 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de protección de menores en situación de riesgo o desamparo
- Orden CDS/751/2017, de 29 de mayo, por el que se regulan las compensaciones económicas para acogimientos familiares de menores
- Decreto 67/2003, de 8 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento y Funcionamiento del Consejo Aragonés de Adopción