TECG - Alta de embarcaciones para la realización de prácticas básicas de seguridad y navegación de escuelas de enseñanza náutico-deportiva autorizadas.
-  ¿Qué se puede solicitar?Nombre del trámite TECG - Alta de embarcaciones para la realización de prácticas básicas de seguridad y navegación de escuelas de enseñanza náutico-deportiva autorizadas. Objeto del trámite Dar de alta en el registro de escuelas de enseñanza náutico-deportiva embarcaciones destinadas a prácticas de seguridad y navegación necesarias para la obtención de titulación para el manejo de embarcaciones de recreo. 
 Las embarcaciones deberán estar en lista 6ª. Tendrán una eslora entre 6 y 12 metros para la impartición de prácticas de la titulación de patrón para la navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo. Tendrán una eslora superior a 12 metros para la impartición de prácticas de patrón de yate y capitán de yate.
-  ¿Quién puede iniciarlo?Interesados/Solicitantes Toda persona física o jurídica titular de la autorización administrativa de apertura y funcionamiento de una escuela de enseñanza náutico-deportiva en la Comunitat Valenciana. 
-  ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?TASA 2019 
 - Modificación de la autorización inicial otorgada: 23,40 euros.Enlace relacionado con el pago de las tasas 
-  ¿Cuándo solicitarlo?Plazo de presentación 15 días antes de iniciar las prácticas con la embarcación que se pretende dar de alta. 
-  ¿Dónde dirigirse?Presencial - En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas o a la de alguna de las entidades que forman la Administración local si, en este último caso, se ha suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. 
 - También en cualquier oficina de correos. En este caso, se deberá presentar en un sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
 - Y, preferentemente, en:REGISTRO DE LA OFICINA PROP - VALENCIA, GREGORIO GEA I 
 C/ GREGORIO GEA, 27
 46009 València
 Tel: 012
 OFICINA PROP - CASTELLÓN, HERMANOS BOU
 AVDA. HERMANOS BOU, 47
 12003 Castelló de la Plana
 Tel: 012
 REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO
 C/ DE LA DEMOCRACIA, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 1
 46018 València
 Tel: 012
 REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE TRANSPORTES - ALICANTE
 AVDA. AGUILERA, 1
 03007 Alacant/Alicante
 Tel: 012Por internet A través del enlace correspondiente: Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=15979 
-  ¿Qué documentación se debe presentar?La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante, salvo manifestación en contra, a que la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio obtenga directamente los datos relativos de identificación personal, según lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de no autorizarse, se deberá aportar: 
 **DNI o documento equivalente en caso de extranjeros
 - Solicitud del interesado (modelo general)
 - Certificado de navegabilidad
 - Hoja de Registro Marítimo
 - Contrato de alquiler (en caso de que la embarcación no sea propiedad de la escuela náutica)
 - Autorización de alquiler embarcaciones lista 6ª
 - Acreditación de disponer de seguro de responsabilidad civil en vigor, así como de accidentes de alumnos embarcados.
 - Justificante del pago de la tasa.Impresos asociados 
-  ¿Cómo se tramita?Pasos Una vez revisada la solicitud y documentación correspondiente, se comunicará el alta de la embarcación en el Registro de la Subdirección General de Puertos, Aeropuertos y Costas, y se realizará la anotación correspondiente. 
-  ¿Cómo se tramita telemáticamente?A través del enlace correspondiente: Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=15979 Tramitación Pinchando en el icono superior "Tramitar con certificado", de esta misma página. 
 Para ello ha de disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico.
 También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE-PERMANENTE del Estado. Con este sistema de autenticación y firma no necesita disponer de certificado en su equipo ni usar Java o AUTOFIRMA (Ver apartado Enlaces de este trámite).
-  Información complementariaEnlaces 
-  Fuentes jurídicas y/o documentalesNormativa - Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. (BOE nº 264, de 3/11/07). Lista de normativa 
Oficinas de la administración
Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)
Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat
Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
Departamento de Salud de Alicante - Hospital General
Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana
Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante
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- ¿Qué se puede solicitar?
- ¿Quién puede iniciarlo?
- ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?
- ¿Cuándo solicitarlo?
- ¿Dónde dirigirse?
- ¿Qué documentación se debe presentar?
- ¿Cómo se tramita?
- ¿Cómo se tramita telemáticamente?
- Información complementaria
- Fuentes jurídicas y/o documentales
- Oficinas de la administración




