TECG - Alta de embarcaciones para la realización de prácticas básicas de seguridad y navegación de escuelas de enseñanza náutico-deportiva autorizadas.
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¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
TECG - Alta de embarcaciones para la realización de prácticas básicas de seguridad y navegación de escuelas de enseñanza náutico-deportiva autorizadas.
Objeto del trámite
Dar de alta en el registro de escuelas de enseñanza náutico-deportiva embarcaciones destinadas a prácticas de seguridad y navegación necesarias para la obtención de titulación para el manejo de embarcaciones de recreo.
Las embarcaciones deberán estar en lista 6ª. Tendrán una eslora entre 6 y 12 metros para la impartición de prácticas de la titulación de patrón para la navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo. Tendrán una eslora superior a 12 metros para la impartición de prácticas de patrón de yate y capitán de yate. -
¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Toda persona física o jurídica titular de la autorización administrativa de apertura y funcionamiento de una escuela de enseñanza náutico-deportiva en la Comunitat Valenciana.
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¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?
TASA 2019
- Modificación de la autorización inicial otorgada: 23,40 euros.Enlace relacionado con el pago de las tasas
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¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
15 días antes de iniciar las prácticas con la embarcación que se pretende dar de alta.
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¿Dónde dirigirse?
Presencial
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas o a la de alguna de las entidades que forman la Administración local si, en este último caso, se ha suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de correos. En este caso, se deberá presentar en un sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- Y, preferentemente, en:REGISTRO DE LA OFICINA PROP - VALENCIA, GREGORIO GEA I
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 València
Tel: 012
OFICINA PROP - CASTELLÓN, HERMANOS BOU
AVDA. HERMANOS BOU, 47
12003 Castelló de la Plana
Tel: 012
REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE VIVIENDA, OBRAS PÚBLICAS Y VERTEBRACIÓN DEL TERRITORIO
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 1
46018 València
Tel: 012
REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE TRANSPORTES - ALICANTE
AVDA. AGUILERA, 1
03007 Alacant/Alicante
Tel: 012Por internet
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=15979
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¿Qué documentación se debe presentar?
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante, salvo manifestación en contra, a que la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio obtenga directamente los datos relativos de identificación personal, según lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de no autorizarse, se deberá aportar:
**DNI o documento equivalente en caso de extranjeros
- Solicitud del interesado (modelo general)
- Certificado de navegabilidad
- Hoja de Registro Marítimo
- Contrato de alquiler (en caso de que la embarcación no sea propiedad de la escuela náutica)
- Autorización de alquiler embarcaciones lista 6ª
- Acreditación de disponer de seguro de responsabilidad civil en vigor, así como de accidentes de alumnos embarcados.
- Justificante del pago de la tasa.Impresos asociados
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¿Cómo se tramita?
Pasos
Una vez revisada la solicitud y documentación correspondiente, se comunicará el alta de la embarcación en el Registro de la Subdirección General de Puertos, Aeropuertos y Costas, y se realizará la anotación correspondiente.
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¿Cómo se tramita telemáticamente?
A través del enlace correspondiente:
Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=15979
Tramitación
Pinchando en el icono superior "Tramitar con certificado", de esta misma página.
Para ello ha de disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico.
También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE-PERMANENTE del Estado. Con este sistema de autenticación y firma no necesita disponer de certificado en su equipo ni usar Java o AUTOFIRMA (Ver apartado Enlaces de este trámite). -
Información complementaria
Enlaces
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Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo. (BOE nº 264, de 3/11/07).
Lista de normativa
Oficinas de la administración
Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)
Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat
Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
Departamento de Salud de Alicante - Hospital General
Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana
Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante
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- ¿Quién puede iniciarlo?
- ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?
- ¿Cuándo solicitarlo?
- ¿Dónde dirigirse?
- ¿Qué documentación se debe presentar?
- ¿Cómo se tramita?
- ¿Cómo se tramita telemáticamente?
- Información complementaria
- Fuentes jurídicas y/o documentales
- Oficinas de la administración