TECE - Solicitud de admisión a EXAMEN TEÓRICO para la obtención de los títulos de: capitán de yate, patrón de yate, patrón de embarcaciones de recreo, patrón para navegación básica.

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    TECE - Solicitud de admisión a EXAMEN TEÓRICO para la obtención de los títulos de: capitán de yate, patrón de yate, patrón de embarcaciones de recreo, patrón para navegación básica.

    Objeto del trámite

    Obtención de los diferentes títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Las personas físicas interesadas en obtener el correspondiente título y que reúnan los requisitos que figuran a continuación:

    Requisitos

    Para obtener las atribuciones básicas de los títulos correspondientes, las personas que superen los exámenes teóricos deberán acreditar la realización de las prácticas básicas de seguridad y navegación, así como las de radiocomunicaciones o cursos de radio-operador corto/largo alcance, que en cada caso corresponda conforme se establece en los anexos II, III y IV del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, así como el resto de requisitos establecidos en la citada norma. Para obtener atribuciones complementarias de los títulos, será necesario superar las prácticas a que se refieren los anexos V o VI del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo.
    Los aspirantes deberán tener cumplidos 18 años de edad en el momento en que se realicen las pruebas para la obtención de los títulos, a excepción de las pruebas para la obtención del título de patrón para la navegación básica en la que podrán presentarse los menores de edad que hayan cumplido 16 años en el momento de realización de la prueba y acrediten el consentimiento por escrito de sus padres o tutores, dicho consentimiento se acreditará en el momento de solicitud del título de patrón para la navegación básica.
    Los aspirantes que no se presenten en las pruebas en el día y hora señalados, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el tribunal, serán excluidos de la prueba y perderán los derechos de examen.
    Para el examen teórico de patrón de yate y capitán de yate, se deberá estar en posesión del título inmediatamente anterior. Dicha acreditación se presentará en el momento de realizar la matricula del examen.
    Para el examen de patrón de embarcaciones de recreo complementario, se deberá estar en posesión del título de patrón para la navegación básica o haber superado el examen teórico de patrón para la navegación básica. Dicha acreditación se producirá en el momento de realizar la matrícula. En el caso de aspirantes que se encuentren aptos en el examen teórico de patrón para la navegación básica, únicamente se admitirán a la prueba complementaria de patrón de embarcaciones de recreo, los calificados aptos en las pruebas realizadas por la administración de la Generalitat y no hayan transcurrido más de dos convocatorias desde que se obtuvo dicha calificación de apto. Una vez transcurridas estas dos convocatorias, si el interesado desea presentarse nuevamente a la prueba complementaria de patrón de embarcaciones de recreo deberá solicitar el título de patrón para la navegación básica.

  • ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?

    Tasas 2019
    Patrón de embarcaciones de recreo completo y complementario:
    Capitán de yate: 103,00 euros
    Patrón de yate: 82,40 euros
    Patrón emb. de recreo: 61,80 euros
    Patrón naveg. básica: 61,80 euros
    BENEFICIOS FISCALES EN FAMILIAS NUMEROSAS Y EN FAMILIAS MONOPARENTALES:
    a) Exención total del pago de las tasas, en familias (numerosas o monoparentales) de categoría especial.
    b) Bonificación del 50% del importe de las tasas, en familias (numerosas o monoparentales) de categoría general.

    Enlace relacionado con el pago de las tasas

    http://www.citma.gva.es/web/actividades-nauticas/inf-admin/tasas-naut/modelos-046-sara

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    El plazo de presentación de solicitudes se iniciará y finalizará según lo indicado para cada convocatoria. (Ver exámenes y plazo de matrícula en el apartado Información complementaria.)
    No se admitirá ninguna solicitud presentada fuera del plazo establecido.

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
    b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
    c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
    d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
    Y preferentemente en:

    REGISTRO DE LA OFICINA PROP - VALENCIA, GREGORIO GEA I
    C/ GREGORIO GEA, 27
    46009 València
    Tel: 012
    OFICINA PROP - CASTELLÓN, HERMANOS BOU
    AVDA. HERMANOS BOU, 47
    12003 Castelló de la Plana
    Tel: 012
    REGISTRO DEL SERVICIO TERRITORIAL DE TRANSPORTES - ALICANTE
    AVDA. AGUILERA, 1
    03007 Alacant/Alicante
    Tel: 012

    Por internet

    A través del enlace correspondiente:

    Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=CIT-SOLTDDM&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=927

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    Junto con las solicitudes y dentro de los plazos establecidos para su presentación, los candidatos deben adjuntar en todos los casos:
    - Fotocopia del documento nacional de identidad en vigor o, en caso de no ser español, el NIE en vigor (ÚNICAMENTE en el caso de NO autorizar a la administración para comprobar los datos identificativos de los candidatos).
    - Justificante del pago de la tasa
    - Los beneficiarios de exenciones o bonificaciones de tasa por familia numerosa, presentarán la acreditación correspondiente o bien autorización expresa a la administración para comprobar dicha situación.
    - En las pruebas de patrón de embarcaciones de recreo complementarias, se presentará acreditación de poseer el título de patrón para la navegación básica. En los supuestos de títulos o aptos en patrón para la navegación básica otorgados por la Generalitat, no será necesaria la acreditación, ya que se comprobará de oficio al efectuar la inscripción por el departamento correspondiente.
    El pago a la entidad bancaria no sustituirá en ningún caso el trámite de presentación de la solicitud ante la administración en tiempo y forma prevista en estas bases.

    Impresos asociados

    SOLICITUD DE EXAMEN TEÓRICO PARA LA OBTENCIÓN DE LAS TITULACIONES PARA EL GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    RESULTADOS DE LOS EXAMENES
    1. Finalizados los exámenes se publicará la plantilla de resultados y una vez corregidos las calificaciones provisionales. Las publicaciones se realizarán en el tablón de anuncios de las dependencias de la Subdirección General de Puertos, Aeropuertos y Costas en Alicante, así como en la página web de la Generalitat www.habitatge.gva.es/web/actividades-nauticas, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.
    2. Los candidatos examinados dispondrán de 5 días hábiles contados a partir del día en que se hagan públicas las calificaciones provisionales de la convocatoria de la que se trate, para solicitar, la revisión de su examen por el tribunal.
    3. Las reclamaciones deberán dirigirse al presidente del tribunal, pudiendo presentarse en los lugares indicados en la base 3.2 de la presente convocatoria. En la solicitud se hará constar el nombre y apellidos de la persona que ha realizado el examen, su DNI, dirección y número de teléfono, examen realizado, y fecha de la convocatoria. Se desestimarán de oficio las reclamaciones que no cumplan con estos requisitos.
    4. Contra los resultados de la revisión de exámenes y alegaciones podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a tenor de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ante el secretario autonómico de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.
    5. Atendidas y resueltas las alegaciones y revisiones de exámenes, el tribunal elaborará las actas de calificaciones definitivas.
    6. Los exámenes se conservarán durante el plazo de 12 meses contados desde el día siguiente a la fecha de su realización, transcurrido dicho plazo serán destruidos.
    SOLICITUD DE TARJETAS DE IDENTIDAD MARÍTIMA
    El plazo establecido para las solicitudes de expedición de tarjetas de identidad marítima es de 24 meses desde la realización del examen teórico, para cuyo trámite se presentará la siguiente documentación.
    - Fotocopia del documento nacional de identidad o, en caso de no ser español, el NIE.
    - Acreditación de aptitud psicofísica ajustada a los criterios y modelo establecido en el anexo VIII del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo, publicado en el Boletín Oficial del Estado de fecha 11 de octubre de 2014.
    No será necesaria esta acreditación, si la persona interesada acredita haberlo presentado, en el ámbito de competencias de la administración de la Generalitat Valenciana, dentro del plazo de los 2 años anteriores con una solicitud de expedición de alguna titulación náutica de recreo.
    - Las personas que opten a los títulos de Patrón de yate y Capitán de yate deberán presentar fotocopia cotejada del título o tarjeta de identidad marítima de la titulación inmediatamente anterior. Asimismo si disponen de titulaciones profesionales o académicas que puedan dar lugar a convalidación de prácticas o cursos de formación, deberán presentar fotocopias cotejadas con el original.
    - Ejemplar para la administración del impreso de pago (Modelo 046. Concepto 9768 y 9753 en caso de motos náuticas) para la expedición de los títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo, con certificación mecánica o firma autorizada de la entidad colaboradora del ingreso de las cuantías de la tasa correspondiente a los derechos de examen para cada titulación, establecida en los artículos 297 y siguientes del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat Valenciana, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat y publicado en el Diari Oficial de la Comunidad Valenciana de fecha 22 de marzo de 2005, según lo establecido en la base cuarta de esta orden.
    - Certificado original de las prácticas básicas de seguridad y navegación, complementarias de navegación, prácticas de vela, así como el certificado de prácticas de radiocomunicaciones o curso de radio-operador corto/largo alcance, expedidos por escuela autorizada conforme a lo estipulado en el Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo.
    - Para la solicitud del título de patrón para la navegación básica por menores de edad que hayan cumplido 16 años se deberá adjuntar el consentimiento por escrito de sus padres o tutores.

  • ¿Cómo se tramita telemáticamente?

    A través del enlace correspondiente:

    Tramitar con certificado electrónico:https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=CIT-SOLTDDM&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=927

    Tramitación

    Pinchando en el icono superior "Tramitar con Certificado" de esta misma página.
    Para ello ha de disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico.
    También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE-PERMANENTE del Estado. Con este sistema de autenticación y firma no necesita disponer de certificado en su equipo ni usar Java o AUTOFIRMA (Ver apartado Enlaces de este trámite)
    Los matriculados mediante el sistema telemático deberán aportar el día del examen, el justificante del registro telemático así como la documentación acreditativa de los requisitos para participar en la convocatoria, que es la siguiente: original del DNI o, en caso de no tener nacionalidad española, el NIE. En caso de encontrarse en tramitación además presentarán el pasaporte. Original de la titulación de patrón de embarcaciones de recreo (en el caso de candidatos al examen de patrón de yate), o de patrón de yate (en el caso de candidatos al examen de capitán de yate). Autorización paterna o del tutor/a, para aspirantes de edad comprendida entre los 16 y 18 años (sin cumplir).
    Los beneficiarios de exenciones de tasa por familia numerosa, presentarán la acreditación correspondiente.
    Los aspirantes matriculados por este sistema, que no presenten la mencionada documentación el día del examen no serán evaluados y perderán todos los derechos a la convocatoria.

  • Información complementaria

    Según dispone el RD 875/2014 de 10 de octubre por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, en su Disposición transitoria segunda: Se reconocerán las calificaciones obtenidas por aquellas personas que hubiesen aprobado alguna de las asignaturas que conforman la totalidad de la prueba teórica, según lo estipulado en la Orden FOM 3200/2007, de 26 de octubre, durante las tres convocatorias siguientes en las que se realicen prueba de la titulación a obtener, contadas desde la entrada en vigor de este real decreto.
    Superado este plazo deberán someterse de nuevo a la totalidad de la prueba teórica de acuerdo a lo establecido en el RD 875/2014.
    Por tanto para estos casos se deberá cumplimentar la instancia de solicitud 12271 "Solicitud de exámen Teórico para la obtención de los títulos de Patrón de Yate y Capitán de Yate"
    * HORARIO Y LUGAR DE EXÁMENES
    - Los exámenes se realizarán durante el viernes tarde y sábado mañana de las fechas indicadas más abajo. Los horarios se establecerán en función de los aspirantes matriculados y la disponibilidad de aulas adecuadas.
    - Los horarios y el lugar de examen serán los anunciados por el presidente del tribunal en el tablón de anuncios de la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad en Alicante sito en la Avda. Aguilera, 1, 03007, Alicante, así como en la página web de la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio con al menos una semana de antelación a la fecha de celebración del examen.
    * FECHAS DE EXÁMENES DE 2018
    ALICANTE
    23 de febrero 2019
    Patrón de embarcaciones de recreo.
    Patrón de embarcaciones de recreo complementario. (Sólo para titulados en patrón de navegación, básica o calificados aptos en patrón navegación básica por la Generalitat).
    Patrón para navegación básica.
    Matrícula: desde el 21 de enero hasta el día 1 de febrero 2019 (inclusive).
    14 y 15 de junio 2019
    Capitán de yate.
    Patrón de yate.
    Patrón de embarcaciones de recreo.
    Patrón de embarcaciones de recreo complementario. (Sólo para titulados en patrón de navegación básica o calificados aptos en patrón navegación básica por la Generalitat).
    Patrón para navegación básica.
    Matrícula: desde el 13 de mayo hasta el día 24 de mayo 2019 (inclusive).
    CASTELLÓN
    28 de septiembre 2019
    Patrón de embarcaciones de recreo.
    Patrón de embarcaciones de recreo complementario. (Sólo para titulados en patrón de navegación básica o calificados aptos en patrón navegación básica por la Generalitat).
    Patrón para navegación básica.
    Matrícula: desde el 29 de agosto hasta el día 11 de septiembre 2019 (inclusive).
    VALÈNCIA
    12 y 13 de abril 2019
    Capitán de yate.
    Patrón de yate.
    Patrón de embarcaciones de recreo.
    Patrón de embarcaciones de recreo complementario. (Sólo para titulados en patrón de navegación básica o calificados aptos en patrón navegación básica por la Generalitat).
    Patrón para navegación básica.
    Matrícula: desde el 11 de marzo hasta el día 22 de marzo 2019 (inclusive).
    29 y 30 noviembre 2019
    Capitán de yate.
    Patrón de yate.
    Patrón de embarcaciones de recreo.
    Patrón de embarcaciones de recreo complementario. (Sólo para titulados en patrón de navegación básica o calificados aptos en patrón navegación básica por la Generalitat).
    Patrón para navegación básica.
    Matrícula desde 28 de octubre hasta el día 8 de noviembre 2019 (inclusive).
    * DESARROLLO DE LAS PRUEBAS
    1.- El desarrollo de las pruebas se regirá por lo establecido en el Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre, por la que se regulan las Titulaciones Náuticas para el Gobierno de Embarcaciones de Recreo, publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 11 de octubre de 2014, así como el Real Decreto 259/2002 de 8 de marzo, por el que se actualizan las Medidas de Seguridad en la Utilización de las Motos Náuticas.
    2.- Con el fin de poder entrar en las aulas y realizar el examen los aspirantes deberán presentarse en el lugar de la celebración del examen con lo siguiente:
    - Documento original del DNI, NIE o pasaporte todo ello en vigor, no siendo válidos a estos efectos los resguardos de renovación. En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los aspirantes la acreditación de su personalidad mediante la presentación de los documentos oficiales identificativos anteriores. La autoridad convocante, por sí misma o a propuesta del presidente/a del tribunal, puede requerir a los efectos oportunos la acreditación de los aspectos necesarios cuando crea que existen inexactitudes o falsedades en las que haya podido incurrir el aspirante, pudiendo ser excluido de la convocatoria en cualquier momento si no cumple los requisitos.
    - Justificante bancario (Modelo 046) del abono de las tasas correspondientes a la inscripción en la prueba a la Generalitat Valenciana.
    - Útiles de escritura: lápiz del nº 2, bolígrafo y goma de borrar, transportador náutico, regla, escuadra, cartabón y compás. Asimismo, se autoriza el uso de calculadoras científicas. No se permite el acceso a las aulas de examen con calculadoras programables, teléfonos móviles, agendas electrónicas, ordenadores personales, ni cualquier otro dispositivo electrónico.
    - Para los exámenes de Capitán de Yate, deberán acudir provistos del almanaque náutico del año en curso. Asimismo, y para la asignatura de inglés, no se permitirá el uso de diccionarios.
    - A la finalización de cada prueba, se entregarán todas las hojas que indique el personal colaborador, incluyendo entre otros los enunciados de preguntas, cartas náuticas, etc.
    - El personal colaborador indicará a los participantes dónde deben sentarse y puede requerirlos a cambiar de ubicación durante la prueba.
    - La contravención de estas normas o el hecho de copiar en las pruebas podrá dar lugar a la exclusión del examinando de todas las pruebas de la convocatoria en curso
    * ESTRUCTURA DE LOS EJERCICIOS Y REQUERIMIENTOS PARA SUPERARLOS:
    1. Patrón para navegación básica.
    Resolución de 27 preguntas tipo test, de formulación independiente entre sí, con 4 respuestas alternativas siendo únicamente una válida. Para ser considerado apto hay que resolver correctamente 17 preguntas en total, siendo necesario además un mínimo de 5 aciertos de las diez preguntas sobre reglamento de abordajes y un mínimo de 3 aciertos de las cinco preguntas de balizamiento. Duración del examen 45 minutos.
    2. Patrón de embarcaciones de recreo. Prueba completa.
    Resolución de 45 preguntas tipo test, de formulación independiente entre sí, con 4 respuestas alternativas siendo únicamente una válida. Para ser considerado apto hay que resolver correctamente 32 preguntas en total, siendo necesario además un mínimo de 2 aciertos de las cuatro preguntas de carta de navegación, un mínimo de 5 aciertos de las diez preguntas sobre reglamentos de abordaje, un mínimo de 3 aciertos de las cinco preguntas sobre balizamiento. Duración del examen 1 hora y 30 minutos.
    Los candidatos que no consigan superar la prueba de patrón de embarcaciones de recreo, pero sí lo hagan de acuerdo a las exigencias del patrón para la navegación básica, se les reconocerá la calificación de apto en patrón para la navegación básica, siendo válido en el ámbito exclusivo de la Generalitat Valenciana y conservándose dicho aprobado durante un periodo máximo de dos convocatorias siguientes a los efectos de realización del examen complementario de patrón de embarcaciones de recreo.
    3. Patrón de embarcaciones de recreo. Prueba complementaria.
    Resolución de 18 preguntas tipo test, de formulación independiente entre sí, con 4 respuestas alternativas siendo únicamente una válida. Para ser considerado apto hay que resolver correctamente 15 preguntas en total, siendo necesario además un mínimo de 2 aciertos en las cuatro preguntas de carta. Duración de examen 45 minutos.
    4. Patrón de yate.
    Resolución de 40 preguntas tipo test, de formulación independiente entre sí, con 4 respuestas alternativas siendo únicamente una válida. Las respuestas erróneas no invalidan una correcta. Duración del examen 2 horas. Los dos módulos, genérico y de navegación, se realizarán mediante un único llamamiento. Los aspirantes que únicamente realicen un módulo podrán abandonar el aula una vez transcurridos 45 minutos, debiendo entregar las hojas de respuesta y los enunciados del examen al personal colaborador. Los exámenes se corregirán mediante un doble criterio de valoración:
    a) Globalmente. Para lograr el aprobado se deberá responder correctamente un mínimo de 28 preguntas, no permitiéndose superar un máximo de errores en las siguientes materias:
    Teoría de navegación, máximo 5 errores permitidos.
    Navegación carta, máximo 5 errores permitidos.
    b) Por módulos temáticos. Se podrá lograr el aprobado por módulos, siempre y cuando se superen los criterios específicos de las dos materias que componen cada módulo de acuerdo a los siguientes criterios:
    Módulo genérico (seguridad/meteorología). Resolución de 20 preguntas tipo test, con 4 respuestas alternativas siendo únicamente una válida. De las 10 preguntas de seguridad en la mar, el número máximo de errores permitidos será de 5. De las 10 preguntas de meteorología, el número máximo de errores permitidos será de 5.
    Módulo de navegación (teoría navegación/carta navegación). Resolución de 20 preguntas tipo test, con 4 respuestas alternativas siendo únicamente una válida. De las 10 preguntas de teoría de navegación, el número máximo de errores permitidos será de 5. De las 10 preguntas de carta de navegación, el número máximo de errores permitidos será de 5.
    El aprobado del módulo sólo es válido en el ámbito exclusivo de la Generalitat Valenciana y se conservará durante las dos convocatorias siguientes a la de la realización del examen en la que se aprobó el módulo.
    5. Capitán de yate.
    Resolución de 40 preguntas tipo test, de formulación independiente entre sí, con 4 respuestas alternativas siendo únicamente una válida. Las respuestas erróneas no invalidan una correcta. Duración del examen 2 horas y media. Los dos módulos, genérico y de navegación, se realizarán mediante un único llamamiento. Los aspirantes que únicamente realicen un módulo podrán abandonar el aula una vez transcurridos 45 minutos, debiendo entregar las hojas de respuesta y los enunciados del examen al personal colaborador. El examen se corregirá mediante un doble criterio de valoración:
    a) Globalmente. Para lograr el aprobado se deberá responder correctamente un mínimo de 28 preguntas, no permitiéndose superar un máximo de errores en las siguientes materias:
    Teoría de navegación, máximo 5 errores permitidos.
    Cálculos de navegación, máximo 4 errores permitidos.
    b) Por módulos temáticos. Se podrá lograr el aprobado por módulos, siempre y cuando se superen los criterios específicos de las dos materias que componen cada módulo de acuerdo a los siguientes criterios:
    Módulo genérico (meteorología/inglés). Resolución de 20 preguntas tipo test, con 4 respuestas alternativas siendo únicamente una válida. De las diez preguntas de meteorología, el número máximo de errores permitidos será de 5. De las diez preguntas de ing?és, el número máximo de errores permitidos será de 5.
    Módulo de navegación (teoría navegación/cálculo navegación). Resolución de 20 preguntas tipo test, con 4 respuestas alternativas siendo únicamente una válida. De las diez preguntas de teoría de navegación, el número máximo de errores permitidos será de 5. De las diez preguntas de cálculo de navegación, el número máximo de errores permitidos será de 4.
    El aprobado del módulo sólo es válido en el ámbito exclusivo de la Generalitat Valenciana y se conservará durante las dos convocatorias siguientes a la de la realización del examen en la que se aprobó el módulo.
    * TRIBUNAL
    La Consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio nombra como tribunal para evaluar los exámenes citados, a los siguientes miembros:
    Tribunal titular
    Presidente: Pilar Álvarez Montero.
    Secretaria: Concepción Morillas Barrio.
    Vocales:
    Miguel Bru Sales.
    Natacha Jaimovitch.
    Héctor Menchén Fernández
    Tribunal suplente
    Presidente: Antonio Garcia Benito.
    Secretario: Emilio Antonio López Larrubia.
    Vocales:
    Paco Bayarri Cebrián.
    Agustín Lloret Soler.
    Los miembros de los tribunales y el personal auxiliar de examen tendrán derecho al abono de las indemnizaciones por asistencias, de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.

    Enlaces

    Enlace web: actividades náuticas

    Escuelas náuticas

    CL@VE-PERMANENTE

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre del Ministerio de Fomento, que regula las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo (BOE nº 247, de 11/10/2014).
    - Resolución de 3 de diciembre de 2018, de la Consellería de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se aprueba la convocatoria ordinaria de exámenes teóricos para la obtención de títulos náuticos para el gobierno de embarcaciones de recreo para el año 2019 (DOGV nº 8454 de 31.12.2018 ).

    Lista de normativa

    Ver Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre

    Ver Resolución de 3 de diciembre

    Lista de seguimiento

    Consultas sobre ultimas convocatorias


Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia

Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922

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