Solicitudes de convalidación por estudios cursados y de exención por correspondencia con la práctica laboral, con módulos profesionales de un determinado ciclo formativo.
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¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Solicitudes de convalidación por estudios cursados y de exención por correspondencia con la práctica laboral, con módulos profesionales de un determinado ciclo formativo.
Objeto del trámite
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 13.8, serán objeto de convalidación los módulos profesionales, comunes a varios ciclos, de igual denominación, contenidos, objetivos expresados como resultados de aprendizaje, criterios de evaluación y similar duración. No obstante lo anterior, y de acuerdo con el artículo 45.2 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, quienes hubieran superado el módulo profesional de Formación y Orientación Laboral o el módulo profesional de Empresa e Iniciativa Emprendedora en cualquiera de los ciclos formativos correspondientes a los títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación tendrán convalidados dichos módulos en cualquier otro ciclo formativo establecido al amparo de la misma ley.
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¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Alumnado de los ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo en el ámbito territorial de la Comunitat
Valenciana. -
¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
Durante el primer mes del curso académico.
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¿Dónde dirigirse?
Presencial
Se presentará en el centro docente público donde conste su expediente académico.
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¿Qué documentación se debe presentar?
- Solicitud de convalidación de acuerdo con los modelos normalizados.
- A la petición se adjuntará la certificación académica oficial de los estudios cursados o, en su caso, el certificado de profesionalidad, la acreditación parcial de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación según lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. El centro incorporará al expediente académico del alumno o alumna copia compulsada de dicho documento.Impresos asociados
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¿Cómo se tramita?
Pasos
- Presentación de la documentación requerida.
- El director o directora del centro público donde conste su expediente resolverá, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presentación de la solicitud, la petición, extendiendo documento específico cuyo modelo corresponde al Anexo XVI reconociendo las convalidaciones que son de su competencia.
- Para el resto de convalidaciones no contempladas en el artículo 18 se tramitará solicitud al Ministerio de Educación conforme al siguiente procedimiento:
a) El alumno o alumna cumplimentará la solicitud, de acuerdo con el modelo del Anexo XVII, durante el primer mes del curso académico y la presentará en el Instituto de Educación Secundaria o Centro Integrado Público de Formación Profesional donde se encuentre su expediente académico, aportando la documentación sobre la que basa su petición.
b) El director o directora del centro educativo incorporará una certificación en la que se haga constar que el alumno o alumna está matriculado o matriculada en el ciclo formativo para el que solicita la convalidación y la remitirá en el plazo de un mes al Ministerio de Educación para su resolución.
- Resuelta la convalidación por el órgano competente, el alumno o alumna deberá presentar dicha resolución en el centro educativo donde conste el expediente académico y, en su caso, en el centro privado al que se encuentre adscrito, para que surta los efectos debidos.
- Hasta tanto no se resuelvan las peticiones, el alumnado deberá asistir a las actividades de formación de los módulos profesionales cuya convalidación ha solicitado y no podrá ser propuesto para realizar el módulo profesional de Formación en Centros de Trabajo ni el de Proyecto si no cumplen los requisitos exigibles por la normativa en vigor.
- Las resoluciones se registrarán mediante copia u otro procedimiento en el expediente académico del alumnado. Los módulos convalidados se consignarán en los documentos de evaluación conforme a lo previsto en el artículo 7 de esta orden. -
Información complementaria
* CONVALIDACIÓN DEL MÓDULO DE LENGUA EXTRANJERA INGLÉS
1. Con el fin de que el alumnado conozca la lengua inglesa, en sus vertientes oral y escrita, que le permita resolver situaciones que impliquen la producción y comprensión de textos relacionados con la profesión, conocer los avances de otros países, realizar propuestas de innovación en su ámbito profesional y facilitar su movilidad a cualquier país europeo, el currículo de los ciclos formativos incorpora la lengua inglesa de forma integrada en dos módulos profesionales de entre los que componen la totalidad del ciclo formativo, uno de ellos en primer curso y otro en el segundo curso o, de forma transitoria, un módulo de Inglés Técnico en cada curso académico, cuya lengua vehicular será el inglés. El currículo de estos módulos de Inglés Técnico se concreta en los respectivos anexos de los ciclos formativos.
2. La convalidación de módulos profesionales de «Inglés Técnico » de cualquier ciclo formativo, que será reconocida por la Dirección del centro docente público donde conste el expediente académico del alumno o alumna, requerirá la matriculación previa en dicho módulo profesional y la presentación de una certificación oficial mediante la que se acredite al menos una de las situaciones siguientes:
1) Tener superado el mismo módulo profesional en cualquier otro ciclo formativo cursado en la Comunitat Valenciana establecido al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2) Tener superado el módulo profesional de Inglés Técnico de un determinado curso en un ciclo de grado superior, tendrá efectos de convalidación sobre el módulo de Inglés Técnico del mismo curso de cualquier ciclo de grado medio, cursado en la Comunitat Valenciana, y establecido al amparo de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
3) Acreditar el nivel de conocimiento de lengua inglesa correspondiente al nivel B1 del Marco Común Europeo de las Lenguas. Para su acreditación se requerirá certificación expedida por las escuelas oficiales de idiomas u otros organismos oficiales nacionales o extranjeros. -
Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Orden 79/2010, de 27 de agosto, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la evaluación del alumnado de los ciclos formativos de Formación Profesional del sistema educativo en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 6348, de 06/09/2010).
Lista de normativa
Oficinas de la administración
Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana
Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia
Tel. 961925700
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia
Tel. 961209322
Dirección General de Administración Local
Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia
Tel. 963868061
Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)
Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia
Tel. 963108802
Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat
Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia
Tel. 963131000
Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia
Tel. 961209003
Departamento de Salud de la Ribera
Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira
Tel. 962458100
Departamento de Salud de Gandia
Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia
Tel. 962849500
Entidad de Infraestructuras de la Generalitat
Calle Vinatea 14, 46001, Valencia
Tel. 961964700
Departamento de Salud de Alicante - Hospital General
Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant
Tel. 965933000
Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana
Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia
Tel. 963175400
Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante
Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant
Tel. 965934922