Solicitud del certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias.

Actualizado el 21 de mayo de 2020
Ver en la web de la administración
  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Solicitud del certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias.

    Objeto del trámite

    Obtener un certificado por el que se acredita estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Pública valenciana, a los efectos de concurrir a la adjudicación de contratos de las administraciones públicas o de obtener subvenciones.
    El certificado ahora puede solicitarlo de forma telemática, utilizando las nuevas tecnologías, que permiten la cumplimentación, el pago del modelo 046-9771 de autoliquidación, y la posterior obtención del certificado.
    Este sistema permite así una tramitación más rápida y efectiva, evitando a los usuarios el desplazamiento a las oficinas bancarias y ampliando el horario en el que pueden realizar los pagos.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    Cualquier persona física o jurídica que desee concurrir a contratos o que solicite subvenciones.

  • ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?

    Tasas 2018
    CUANTÍA Y OBTENCIÓN DEL MODELO
    - Si usted obtiene el modelo 046-9771 en las direcciones territoriales de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico
    deberá abonar una tasa de 0,30 euros.
    - Si usted obtiene el modelo 046-9771 a través del sistema Sara, Tributos en Internet, no deberá abonar ningún importe.
    - Por prestación del servicio: 7 euros.
    - Compulsa relativa a los certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda valenciana: 2,50 euros.
    (Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat).
    PAGO DE LA TASA DE FORMA TELEMÁTICA
    1. A través del pago telemático genérico.
    Aquellas personas que cuenten con DNI electrónico o personas físicas o jurídicas con certificado electrónico emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica, y habiendo generado previamente la tasa por Internet a través del Sistema Sar@ o con el impreso cumplimentado obtenido de las direcciones territoriales, podrán realizar el pago telemáticamente. Ver enlace en información complementaria: Pago telemático genérico.
    2. A través de la banca electrónica, banca telefónica, adeudo 'on-line', de las entidades financieras colaboradoras:
    Los medios a través de los que se pueden efectuar los ingresos a favor de la Generalitat son varios, pero no todas las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos tienen habilitados cada uno de ellos.
    Ver enlace en información complementaria: Entidades colaboradoras y formas de pago.
    PAGO DE LA TASA DE FORMA PRESENCIAL
    A través de oficinas y cajeros de las entidades financieras colaboradoras:
    Los medios a través de los que se pueden efectuar los ingresos a favor de la Generalitat son varios, pero no todas las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos tienen habilitados cada uno de ellos.
    Ver enlace en información complementaria: Entidades colaboradoras y formas de pago.

    Enlace relacionado con el pago de las tasas

    http://www.chap.gva.es/web/tributos-y-juego/tributos-impuestos-declaraciones-tasas-046-conseconomiahaciendaempleo

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    En el momento en que vayan a resultar adjudicatarios en los procedimientos de licitacion de contratos publicos o de solicitar ayudas o subvenciones.

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    Presencial.- Aportando la documentación que se indica en el apartado ¿Qué documentación se debe presentar?, dirigíendose preferente a:
    - REGISTRO DE LA DIRECCION TERRITORIAL DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO - CASTELLÓ - Castellón
    Pl. Tetuan, 38-39 - 12001 - Castelló de nla Plana - Tel. 012
    - REGISTRO DE LA DIRECCION TERRITORIAL DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO - ALACANT - Alicante
    C/ Churruca, 25, 03003 - Alacant - Tel. 012 - Fax.- 965126414
    - REGISTRO DE LA DIRECCION TERRITORIAL DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO - VALÈNCIA - Valencia
    C/ Gregorio Gea, 14 - 46009 - Valencia - Tel. 012 - Fax.- 961271160
    - También a cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
    - Y, también:
    - A los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    - También a cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.

    REGISTRO GENERAL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA VALENCIANA (ATV)
    C/ GREGORIO GEA, 14
    46009 València
    Tel: 012
    REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO - CASTELLÓN
    PL. TETUÁN, 38-39
    12001 Castelló de la Plana
    Tel: 012
    REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO - ALICANTE
    C/ CHURRUCA, 25
    03003 Alacant/Alicante
    Tel: 965594812

    Por internet

    A través del enlace correspondiente:

    http://www.chap.gva.es/web/tributos-y-juego/tributos-certestaralcorriente

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    DE FORMA TELEMÁTICA
    Accediendo a través del enlace: http://www.chap.gva.es/web/tributos-y-juego/tributos-certestaralcorriente
    DE FORMA PRESENCIAL
    Cumplimentando el modelo de tasa y aportando los siguientes documentos:
    Persona física:
    - Impreso modelo 046-9771
    .
    - Fotocopia del NIF o etiquetas fiscales del interesado.
    - En caso de que el solicitante sea persona distinta del interesado, deberá aportar autorización de este, firmada por ambos, y presentar su NIF.
    Persona jurídica:
    - Impreso modelo 046-9771
    .
    - Fotocopia del NIF de la entidad o etiquetas fiscales.
    - La persona que venga a tramitar la solicitud deberá aportar además:
    · Autorización firmada por el representante de la empresa.
    · Documento que acredite los poderes de dicho representante.
    Comunidad de bienes:
    - Contrato de constitución de la comunidad
    .
    - NIF o justificación de haberlo solicitado ante la Administración Tributaria.
    - Cuando el solicitante no sea uno de los comuneros deberá presentarse, además del DNI del solicitante, un documento de representación para esa finalidad firmado al menos por uno de los comuneros cuyo DNI se acreditará asimismo.

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    - Presentación del impreso modelo 046-9771 y documentación complementaria ante los servicios territoriales que expiden el certificado.

    Recursos que proceden contra la resolución

    No existe recurso contra el certificado.

  • ¿Cómo se tramita telemáticamente?

    A través del enlace correspondiente:

    http://www.chap.gva.es/web/tributos-y-juego/tributos-certestaralcorriente

    Tramitación

    1.- Disponer de documento nacional de identidad electrónico expedido por el Ministerio del Interior o de certificado reconocido, de persona física o jurídica, emitido por la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV).
    Estos certificados digitales se usan para:
    - Acceder al sistema.
    - Realizar la petición de cargo en cuenta.
    2.- El usuario propietario del certificado debe ser titular o persona autorizada de una cuenta corriente abierta en una entidad financiera colaboradora que tenga habilitado como modalidad de pago el adeudo "on-line". No obstante, cada entidad puede tener, adicionalmente, sus propias restricciones de utilización, ajenas al servicio que presta la Generalitat.
    Puede consultarse la lista de entidades que tienen habilitada la realización del adeudo "on-line": ¿Dónde y cómo puedo pagar?
    3.- Requerimientos técnicos.
    - Microsoft Windows 98 o superior, Linux.
    - Adobe Acrobat Reader 5 o superior.
    - Internet Explorer 6 (o superiores), Mozilla Firefox 2.
    - Resolución de pantalla 800x600 o superior.
    - Conexión a Internet.
    - Tener instalado el componente ActiveX de firma electrónica de la Conselleria de Hacienda y Administración Pública que le solicitará el sistema (en caso de Internet Explorer).
    - Registrar en su navegador los certificados de la Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica (ACCV): http://www.accv.es/ciudadanos/ayuda/descargar-certificados-digitales
    En caso de problemas con la tramitación telemática puede contactar con:
    Soporte para incidencias informáticas: CAU Administración electrónica 961209300

  • Información complementaria

    - En algunos procedimientos que así lo tengan establecido, usted puede evitarse el desplazamiento a los servicios territoriales, así como el pago de la tasa que debe abonar al solicitar este certificado, si autoriza al órgano u organismo de la Generalitat Valenciana que le requiere el certificado a que obtenga, él mismo, directamente, esa información de la Dirección General de Tributos, conforme al Real Decreto 209/2003, de 21 de febrero, por el que se regulan los registros y las notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos.
    Todo ello, en la medida en que esta opción se admita en cada uno de los procedimientos en los que se solicita dicho certificado.
    - Para las contrataciones con la administración pública, según el artículo 130 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público:
    Las proposiciones en el procedimiento abierto y las solicitudes de participación en los procedimientos restringido y negociado y en el diálogo competitivo deberán ir acompañadas de los siguientes documentos:
    a) Los que acrediten la personalidad jurídica del empresario y, en su caso, su representación.
    b) Los que acrediten la clasificación de la empresa, en su caso, o justifiquen los requisitos de su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
    Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto en las normas de desarrollo de esta ley para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.
    c) Una declaración responsable de no estar incurso en prohibición de contratar.
    Esta declaración incluirá la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
    d) Para las empresas extranjeras, en los casos en que el contrato vaya a ejecutarse en España, la declaración de someterse a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.

    Enlaces

    Pago Telemático Genérico

    Entidades Colaboradoras y formas de pago

    Buscador de centro gestor competente

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudacion (BOE nº 3, de 3/01/91).
    - Orden de 21 de noviembre de 2003, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de declaraciones y declaraciones-liquidaciones de los tributos cuya gestión compete a la Generalitat Valenciana (DOCV nº 4652, de 17/12/03).
    - Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre (BOE nº 302, de 18/12/03).
    - Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat (DOGV nº 4971, de 22/03/05).
    - Ley 11/2006, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2007 (DOGV nº 5417, de 29/12/06).
    - Resolución de 21 de abril de 2010, de la directora general de Tributos, por la que resuelve incluir la acción «pago telemático genérico» en la relación de acciones del anexo I de la Orden de 21 de noviembre de 2003, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de declaraciones y declaraciones-liquidaciones de los tributos cuya gestión compete a la Generalitat Valenciana (DOCV nº 6261, de 06/05/10).
    - Resolución de 19 de febrero de 2013, de la Dirección General de Tributos y Juego, por la que se resuelve incluir la acción Solicitud del certificado de estar al corriente de las deudas tributarias con la Generalitat, en la relación de acciones del anexo I de la Orden de 21 de noviembre de 2003, de la Conselleria de Hacienda y Empleo, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática de declaraciones y declaraciones-liquidaciones de los tributos cuya gestión compete a la Generalitat (DOCV nº 6981, de 08/03/13).

    Lista de normativa

    Ver la Ley 58/2003, General Tributaria, de 17 de diciembre.

    Ver el Decreto Legislativo 1/2005 de 25 de Febrero

    Ver la Resolución de 19 de febrero de 2013


Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia

Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.