Solicitud de prohibición para jugadores en los establecimientos de juego (casinos de juego, salas de bingo, salones de juego y locales específicos de apuestas) de la Comunitat Valenciana.

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Solicitud de prohibición para jugadores en los establecimientos de juego (casinos de juego, salas de bingo, salones de juego y locales específicos de apuestas) de la Comunitat Valenciana.

    Objeto del trámite

    La inclusión en el registro de prohibiciones de acceso a los establecimientos de juego (casinos de juego, salas de bingo, salones de juego y locales específicos de apuestas) de la Comunitat Valenciana.
    La mejora del control administrativo que debe mantenerse sobre este tipo de actividades, con clara trascendencia económica y social, incrementando, por otra parte, las garantías necesarias que deben reunir las empresas que inciden en el desarrollo de estos juegos.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Interesados/Solicitantes

    a) Las personas que voluntariamente lo soliciten, por sí mismos o por sus representantes legales.
    b) Por resolución judicial.

  • ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?

    Este procedimiento no conlleva el pago de tasas.

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    Durante todo el año.
    Órgano donde remitirlo:
    CONSELLERIA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
    SUBDIRECCIÓN GENERAL DE JUEGO
    C/ PALAU, 12-14
    46003 VALENCIA

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
    b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
    c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
    d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
    Y preferentemente en:

    REGISTRO GENERAL DE LA AGENCIA TRIBUTARIA VALENCIANA (ATV)
    C/ GREGORIO GEA, 14
    46009 València
    Tel: 012
    REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO
    PL. NÀPOLS I SICÍLIA, 10
    46003 València
    Tel: 012
    REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO - CASTELLÓN
    PL. TETUÁN, 38-39
    12001 Castelló de la Plana
    Tel: 012
    REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE HACIENDA Y MODELO ECONÓMICO - ALICANTE
    C/ CHURRUCA, 25
    03003 Alacant/Alicante
    Tel: 965594812

    Por internet

    A través del enlace correspondiente:

    https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_Z&version=1&idioma=es&login=c&idProcGuc=18491&idCatGuc=PR

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    - Impreso de solicitud (1).
    - Fotocopia del DNI, permiso de residencia o pasaporte del jugador.
    - Solicitud del Ministerio de Hacienda, en el caso de que se quiera obtener la prohibición de acceso a establecimientos de juego en todo el territorio nacional. Para descargarse el pdf del formulario, se debe ir al enlace disponible en el apartado Impresos asociados.
    (1) NOTA:
    En el impreso de solicitud, en la casilla correspondiente, se debe indicar el tiempo de inclusión en el registro. El tiempo mínimo de permanencia en el Registro de Prohibidos será de seis meses.

    Impresos asociados

    SOLICITUD DE PROHIBICIÓN DE JUGADORES EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE JUEGO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA

    SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN/MODIFICACIÓN O CANCELACIÓN EN EL REGISTRO GENERAL DE INTERDICCIONES DE ACCESO AL JUEGO

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    - Recibida la documentación, la Secretaría Autonómica de Hacienda y Presupuestos, previa tramitación del oportuno expediente administrativo, procede a la inclusión en el registro de prohibidos correspondiente.
    - Posteriormente la información se traslada a los establecimientos de juego.
    - El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de seis meses a contar desde la fecha en que las solicitudes hayan tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
    - Transcurrido dicho plazo, los efectos del silencio administrativo se entenderán desestimatorios.

  • ¿Cómo se tramita telemáticamente?

    A través del enlace correspondiente:

    https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_Z&version=1&idioma=es&login=c&idProcGuc=18491&idCatGuc=PR

    Tramitación

    Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada, bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas) o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat.
    ( https://sede.gva.es/va/web/sede_electronica/sede_certificados ).
    IMPORTANTE: Antes de comenzar con la tramitación telemática lea atentamente toda la información de este trámite, con el objeto de preparar la documentación que sea necesaria para su tramitación, ya que accederá a una solicitud general, en el que usted mismo deberá detallar el objeto de su solicitud, rellenar los datos generales y subir toda la documentación. Para ello
    habrá que tener en cuenta que:
    1- Deberá anotarse el nombre de este trámite que está leyendo.
    2- Deberá descargar los formularios o plantillas requeridas, así como preparar cualesquiera otros documentos que estime necesario, cumplimentarlos, firmarlos, en su caso, por las personas que, según el tipo de documento, proceda, y guardarlos en su ordenador para tenerlos.
    3- En su caso, deberá proceder al pago telemático correspondiente y guardarse el justificante de pago.
    4- Una vez preparada la documentación que se considere necesaria, iniciará el trámite telemático pinchando el icono superior de "Tramitación telemática", que le llevará a identificarse mediante el Asistente de Tramitación.
    PASOS DE LA TRAMITACIÓN TELEMÁTICA:
    a) Deberá cumplimentar el formulario de datos generales.
    b) * Detalle con la mayor concreción posible la materia objeto del trámite
    * Cumplimente el nombre del trámite que se ha anotado en el campo "SOLICITUD"
    * Especifique la materia objeto de la solicitud
    * Indique igualmente el ámbito geográfico (servicios centrales, Castellón, Valencia o Alicante).
    c) Anexe los formularios y la documentación que previamente ha sido descargada y cumplimentada, incluido el justificante del pago de tasas, si procede.
    d) Hacer click sobre el botón Registrar (le facilitará el número de registro, fecha, lugar y hora de presentación).
    e) Guardar e imprimir (si lo desea) el justificante de registro.
    Su presentación telemática habrá finalizado.

  • Información complementaria

    1. La Secretaría Autonómica de Hacienda y Presupuestos elaborará un registro de personas sin acceso a los establecimientos de juego.
    2. En dicho registro se incluirán:
    a) Las personas que voluntariamente lo soliciten, por sí o por su representante, acreditando la representación por cualquier medio válido en derecho o mediante declaración en comparecencia personal del interesado.
    b) Las que, como consecuencia de expediente sancionador, queden expresamente sancionadas con prohibición de entrada por un tiempo determinado.
    3. El Registro de Prohibidos tendrá carácter reservado.
    4. Para obtener la prohibición de acceso a establecimientos de juego en todo el territorio nacional, es necesario presentar la solicitud del Ministerio de Hacienda, cuyo modelo está disponible tanto en la Subdirección General de Juego de la Secretaría Autonómica de Hacienda y Presupuestos como en el apartado Impresos asociados.

    Sanciones

    Las previstas en la Ley 4/1988, de 3 de junio, en el Decreto 44/2007 y en los Decretos 142/2009(casinos), 43/2006 (bingos) y 44/2007 (salones).

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Ley 4/1988, de 3 de junio, de la Generalitat Valenciana, del Juego de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 842, de 09/06/88).
    - Decreto 55/2015, de 30 de abril, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Salones Recreativos y Salones de Juego.
    - Decreto 56/2015, de 30 de abril, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Casinos de Juego de la Comunitat Valenciana.
    - Decreto 62/2015, de 8 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento del Juego del Bingo.

    Lista de normativa

    Ver la Ley 4/1988, de 3 de junio.

    Ver Decreto 55/2015, de 30 de abril

    Ver Decreto 56/2015, de 30 de abril

    Ver Decreto 62/2015, de 8 de mayo


Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia

Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922


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