Solicitud de cierre voluntario de un botiquín de farmacia.
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¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Solicitud de cierre voluntario de un botiquín de farmacia.
Objeto del trámite
Poner en conocimiento de la Conselleria de Sanidad el cierre del botiquín a fin de que ésta convoque de nuevo a titulares de oficinas de farmacia interesados en ellos.
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¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
El farmacéutico titular de la oficina de farmacia que tenga vinculado un botiquín.
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¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?
Importe de la Tasa
255,03 â¬
Tasa
Tasas Año 2019
Tarifa 1.a).- 255,03 euros.
- El impreso de tasas corresponde al modelo 9896.
Cuantía de la tasa: LEY 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas.Enlace relacionado con el pago de las tasas
http://www.chap.gva.es/web/tributos-y-juego/tributos-impuestos-declaraciones-tasas-046-conssanidad
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¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
La antelación mínima con que se solicitará la solicitud de cierre será de tres meses.
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¿Dónde dirigirse?
Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y preferentemente en:REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA
C/ MISSER MASCÓ, 31-33
46010 València
Tel: 012
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA - VALENCIA
GRAN VIA FERRAN EL CATÒLIC, 74
46008 València
Tel: 012
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA - CASTELLÓN
PL. HORT DELS CORDERS, 12
12001 Castelló de la Plana
Tel: 012
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD UNIVERSAL Y SALUD PÚBLICA - ALICANTE
C/ GIRONA, 26
03001 Alacant/Alicante
Tel: 012 -
¿Qué documentación se debe presentar?
Instancia en donde se expongan los motivos que justifiquen el cierre del botiquín.
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¿Cómo se tramita?
Pasos
- Presentación de la solicitud y documentación requerida.
- Recibida la solicitud, se iniciará un nuevo procedimiento de adjudicación.
- El cierre del botiquín se formalizará mediante acta de cierre, levantada por la dirección territorial de Sanidad de la respectiva provincia. -
Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Ley 6/1998, de 22 de junio de 1998, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación Farmacéutica (DOGV nº 3273, de 26/6/98).
- Orden de 1 de junio de 2000, de la Conselleria de Sanidad, por la que se regulan los botiquines farmacéuticos de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 3768, de 9/6/00).
- Corrección de errores de la Orden de 1 de junio dce 2000, de la Conselleria de Sanidad, por la que se regulan los botiquines farmacéuticos de la Comunidad Valenciana (DOGV nº 3771, de 14/6/00).Lista de normativa