Autorización de nombramiento de farmacéutico sustituto.

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Autorización de nombramiento de farmacéutico sustituto.

    Objeto del trámite

    Autorización de nombramiento de farmacéutico sustituto.

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    Previamente al inicio de la actividad del farmacéutico sustituto.

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    Debera dirigirse a la Dirección Territorial de Sanidad correspondiente a la ubicación de la oficina de farmacia, como responsable del trámite:
    * REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD-CASTELLÓN
    Avda. del Mar, 12
    12003 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana
    Tel: 964 35 80 00
    * REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD - ALICANTE
    Gerona, 26
    03002 Alacant/Alicante
    Tel: 966 47 88 00
    * REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE SANIDAD - VALENCIA
    Gran Vía Fernando el Católico, 74
    46026 Valencia
    Tel: 961 92 55 00
    No obstante, también podrá dirigirse:
    A los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    * REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERIA DE SANIDAD
    Micer Mascó, 31
    46010 Valencia
    Tel: 963 86 28 00
    O en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    - Impreso de solicitud con indicación del tiempo de duración de la sustitución.
    - Del farmacéutico propuesto:
    · Fotocopia compulsada del Título de Licenciado en Farmacia.
    · Documento acreditativo de colegiación.
    · Declaración jurada de no incompatibilidad para el ejercicio profesional en oficina de farmacia.

    Impresos asociados

    SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE NOMBRAMIENTO DE FARMACÉUTICO SUSTITUTO

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    - Presentación de la solicitud y documentación requerida.
    - Comprobación de la documentación aportada y subsanación de la solicitud, en su caso, según el art. 71.1 de la Ley 30/1992.
    - Resolución del director territorial de Sanidad, concediendo o no autorización administrativa para el nombramiento.

    Recursos que proceden contra la resolución

    Contra la resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Farmacia y Productos Sanitarios en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la fecha de notificación.

  • Información complementaria

    * FARMACÉUTICO SUSTITUTO:
    Farmacéutico sustituto o farmacéutica sustituta es el que ejerce su actividad, en lugar del titular o regente, en una oficina de farmacia.
    * CIRCUNSTANCIAS QUE MOTIVAN EL NOMBRAMIENTO DE FARMACÉUTICO SUSTITUTO:
    El farmacéutico sustituto o farmacéutica sustituta asumirá con carácter transitorio y mientras dure la sustitución, las funciones y responsabilidades del farmacéutico o farmacéutica titular, en los casos de:
    - Maternidad, accidente o enfermedad.
    - Designación o elección para el desempeño de asuntos públicos o de representación profesional.
    - Ausencias por asuntos propios.
    - Cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio militar o prestación social sustitutoria.
    - Realización de estudios de capacitación o especialización relacionadas con su actividad profesional.
    - Disfrute de vacaciones anuales.
    - Otros supuestos similares que reglamentariamente se establezcan.
    - Excepcionalmente, por razones estrictamente personales y acreditadas, previo informe de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos de la Comunidad Valenciana, la Conselleria de Sanidad podrá autorizar la designación de un sustituto o sustituta (apdo. 1.c del art. 11 de la Ley 6/1998).

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Ley 6/1998, de 22 de junio de 1998, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación Farmacéutica (DOGV nº 3273, de 26/6/98).
    - Decreto 105/1998, de 21 de julio, del Gobierno Valenciano, sobre competencias en materia de Ordenación Farmacéutica (DOGV nº 3303, de 7/8/98).
    - Circular 8/1998, de 12 de agosto de 1998, de la Secretaría General de la Conselleria de Sanidad, sobre asignación de tareas en materia de ordenación farmacéutica (DOGV nº 3312, de 20/8/98).


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