Registro de Programas y Agrupaciones de Interés Urbanístico
Objeto
- En el caso de la incripción de Programas en el Registro de Programas: El objeto es obtener la inscripción de la aprobación definitiva municipal del correspondiente Programa de Actuación Integrada en el Registro Autonómico de Programas y Agrupaciones de Interés urbanístico.
- En el caso de la inscripción de Agrupaciones de Interés Urbanístico: El objeto es obtener la inscripción de la Agrupación de Interés Urbanístico en el Registro autonómico de Programas y Agrupaciones de Interés Urbanístico, inscripción que supone que la Agrupación adquiera personalidad jurídica
Interesados/Solicitantes
- En el caso de la incripción de Programas en el Registro de Programas, quien lo solicita es el Ayuntamiento
- En el caso de la inscripción de Agrupaciones de Interés Urbanístico, quien lo solicita es la propia Agrupación
¿Dónde dirigirse?
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- Y, preferentemente, en: