Reclamaciones previas a la vía judicial de la propiedad de una finca
¿Dónde dirigirse?
Presencial
- Presentación del escrito de reclamación previa a la vía judicial civil.
- Dentro del plazo de los diez días siguientes a la presentación de la reclamación, la Sección Forestal procederá a la determinación precisa sobre el terreno de la parcela reclamada, uniendo un croquis autorizado por el ingeniero correspondiente.
- Si el monte o parcela aparece en el catálogo a nombre de una entidad distinta de la Generalitat Valenciana, la Sección Forestal, una vez haya unido el plano o croquis, pondrá de manifiesto el expediente a la entidad interesada (ayuntamiento), con un plazo de cinco días, para que exprese lo que convenga a su derecho, apercibiéndole de que, transcurrido ese plazo sin evacuar el trámite de audiencia, se entenderá que se opone a la reclamación.
- Si la entidad propietaria se opone expresa o tácitamente a la reclamación, se dará por terminado el procedimiento y se archivará el expediente, dándose cuenta por la Sección Forestal a la Dirección General de Gestión del Medio Natural y notificándolo al interesado, con lo que quedará expedita la vía judicial.
- Si la entidad propietaria se allanase, la Sección Forestal elevará el expediente, con su informe, en el plazo de cuatro días, a la Dirección General de Gestión del Medio Natural, para su inmediato curso al servicio jurídico.
- Si el servicio jurídico reconociese los derechos del interesado, la Dirección General de Gestión del Medio Natural elevará propuesta al conseller de Territorio y Vivienda.
- Si el conseller de Territorio y Vivienda dictara resolución estimatoria de la reclamación, la Sección Forestal excluirá la parcela del deslinde del monte y reintegrará su posesión a la persona propietaria mediante un acta de replanteo y entrega.
- Escrito del interesado, que pretende efectuar una reclamación previa a la vía judicial, haciendo constar de modo expreso que la deduce con tal carácter y unirá a los documentos justificantes un croquis del monte o parcela objeto de la reclamación.
- Documentos administrativos y títulos de carácter civil pertinentes: cédula catastral, recibos de la contribución rústica, títulos de propiedad (escrituras) y cualquier otro que considere de interés.
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SOLICITUD GENERAL - PROCEDIMIENTOS