Proceso de admisión y matrícula para el curso académico 2019-2020 en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana.

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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  • ¿Qué se puede solicitar?

    Nombre del trámite

    Proceso de admisión y matrícula para el curso académico 2019-2020 en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana.

    Objeto del trámite

    La admisión y matrícula para el curso 2019-2020 en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana.
    Opciones:
    1. Cursos curriculares presenciales de 120 horas anuales:
    Niveles: Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 de los diferentes idiomas
    (consulte la oferta de idiomas y niveles en cada una de las 24 escuelas oficiales de idomas en
    http://www.eoi.gva.es/es/admissio-i-matricula).
    Dirigido a: la ciudadanía en general y al profesorado de los centros educativos de enseñanza no universitaria que participe en las acciones formativas dentro del Plan integral de aprendizaje de lenguas para el profesorado (PIALP).
    Sesiones: cuatro horas y quince minutos semanales distribuidas en dos sesiones.
    Formato intensivo: en algunas escuelas oficiales de idiomas, el alumnado puede completar un curso curricular de 120
    horas en un solo cuatrimestre, ya sea de octubre a enero o de febrero a mayo.
    2. Cursos curriculares en línea de 120 horas anuales:
    Niveles: Intermedio B2 y Avanzado C1 de inglés; y Avanzado C1 de valenciano
    Dirigido a: profesorado de los centros educativos públicos y privados concertados de enseñanza no universitaria que
    participe en las acciones formativas dentro del Plan Integral de Aprendizaje de Lenguas para el Profesorado (PIALP).
    3. Cursos formativos complementarios presenciales de destreza oral de 30 o 60 horas anuales:
    Niveles: Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 de los diferentes idiomas.
    Dirigido a: la ciudadanía en general y al profesorado que se acoja a las acciones formativas dentro del Plan integral de
    aprendizaje de lenguas para el profesorado (PIALP).
    Finalidad: Esta oferta complementaria estará dedicada al trabajo de la destreza oral en alguno de los niveles del
    MECR impartidos (A2, B1, B2, C1 o C2), a grupos de iniciación, de preparación de las pruebas de certificación, de
    perfeccionamiento o de actualización del idioma.
    4. Prueba de Nivel:
    Dirigida a: personas con conocimientos previos en un idioma superiores al primer curso del nivel Básico A2 y que no pueden acreditarlos.
    Los cursos a distancia con el programa "That's English!" de los niveles Básico A2, Intermedio B1 e Intermedio B2 de
    inglés no forman parte de esta convocatoria.

  • ¿Quién puede iniciarlo?

    Requisitos

    Requisitos de edad:
    Con carácter general, tener dieciséis años o cumplirlos en el año natural.
    Tener catorce años o cumplirlos en el año natural para solicitar la admisión a cualquier nivel de una lengua extranjera diferente de la primera lengua extranjera que cursan en la Educación Secundaria Obligatoria.
    Tener catorce años o cumplirlos en el año natural para solicitar la admisión a cualquier nivel del idioma valenciano o del
    idioma español como lengua extranjera en caso de haber sido escolarizado en el sistema educativo valenciano durante
    un máximo de dos años antes del inicio del curso 2019-2020.
    Requisitos de admisión:
    Para acceder a nivel Básico A2:
    Puede acceder cualquier persona directamente.
    En aquellos idiomas en que el nivel Básico A2 conste de dos cursos y se quiera acceder al segundo curso será necesario acreditar el nivel o superar la prueba de nivel.
    Para acceder a nivel Intermedio B1:
    Cumplir uno de los siguientes requisitos:
    Tener el título de bachiller o un certificado académico en el que conste la primera lengua extranjera que ha
    cursado en Bachiller.
    Tener el certificado del nivel A2 obtenido por la superación de la prueba homologada que regula la Orden 20/2011, de
    24 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo.
    Haber superado las pruebas de los niveles de A2 en el Centro Universitario de Idiomas a Distancia (CUID).
    Para acceder a nivel Intermedio B2:
    Haber superado las pruebas de los niveles de B1 en el Centro Universitario de Idiomas a Distancia (CUID).
    Para acceder al curso siguiente al cursado.
    Aportar certificado de los niveles Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, de las entidades
    reconocidas en el artículo 2.2 y el anexo del Decreto 61/2013, de 17 de mayo, del Consell, por el
    que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunitat
    Valenciana y se crea la Comisión de Acreditación de Niveles de Competencia en Lenguas Extranjeras
    (http://www.dogv.gva.es/datos/2013/05/20/pdf/2013_5132.pdf).
    Para acceder al último curso del nivel que no ha superado.
    El alumnado que haya superado tres de las cuatro partes de la prueba de certificación en convocatorias anteriores podrá solicitar la admisión en el último curso del mismo nivel que no ha superado en la prueba.
    Todas las titulaciones y entidades reconocidas para acceder en las escuelas oficiales de idiomas se recogen en el anexo I (inglés), anexo II (francés), anexo III (alemán), anexo IV (italiano) y anexo V (valenciano) de la Resolución 7 de mayo de 2019, de la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo, por la que se establece el calendario y el proceso de admisión y matrícula para el curso académico 2019-2020 en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana.
    Requisitos para idioma valenciano:
    Para acceder a nivel Básico A2:
    Puede acceder cualquier persona directamente.
    Para acceder a nivel Intermedio B2:
    El alumnado que haya superado en los estudios de Bachillerato la asignatura de Valenciano y tenga el título de Bachillerato, sin que ello implique la convalidación ni expedición de ningún título del certificado de nivel B1.
    Para acceder a nivel Avanzado C1:
    El alumnado que haya superado la asignatura de Valenciano y los estudios de Bachillerato (o esté en trámite de obtener el título) en el Programa de enseñanza en valenciano, sin que ello implique la
    convalidación ni expedición de ningún título del certificado de nivel B2.
    Para acceder mediante certificados de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (JQCV):
    -El alumnado que tenga superado y certificado el nivel de conocimiento Oral (Básico A2), puede acceder al nivel Intermedio B1.
    -El alumnado que tenga superado y certificado el nivel de conocimiento Elemental (Intermedio B1), puede acceder al nivel Intermedio B2.
    -El alumnado que tenga superado y certificado el nivel de conocimiento Mitjà (Avanzado C1), puede acceder al primer curso de nivel Avanzado C2.
    -El alumnado que tenga superado y certificado el nivel de conocimiento Superior (Avanzado C2), puede dar acceso al segundo curso del nivel C2.
    Requisitos para idioma español para extranjeros:
    Los diplomas de español para extranjeros de los niveles Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2 y Avanzado C1
    (diplomas DELE del Instituto Cervantes) permiten acceder, respectivamente, al primer curso del nivel Intermedio B1,
    Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2 de español para extranjeros de las escuelas oficiales de idiomas.
    Requisitos para alumnos que provienen del programa "That's English!"
    El alumno del programa "That's English!" que ha superado los módulos 2, 6 y 10 podrá solicitar acceso a la enseñanza
    presencial de segundo curso de los niveles Básico A2, Intermedio B1, Intermedio B2 respectivamente.
    El alumnado del programa "That's English!" que haya superado los módulos 4, 8 y 12 y haya superado la prueba de
    certificación podrá solicitar acceso a la enseñanza presencial de primer curso de los niveles Intermedio B1, Intermedio
    B2 y Avanzado C1 respectivamente.
    Requisitos para profesores del Plan integral de aprendizaje de lenguas para el profesorado (PIALP)
    Los profesores que tengan acreditado un nivel de lengua reconocido por la Conselleria de Educación, Investigación,
    Cultura y Deporte podrán solicitar el acceso al curso inmediatamente superior, excepto al nivel Avanzado C2 (no incluido
    en PIALP), o a los cursos complementarios.

  • ¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?

    IMPORTANTE: SOLO realizarán el pago las personas cuya solicitud haya sido aceptada.
    El pago de las tasas se realizará a través del modelo 046 que se pondrá a su disposición en un enlace habilitado en el asistente telemático desde donde hicieron la solicitud de admisión.
    Será imprescindible para matricularse que todas las personas admitidas, excepto los alumnos de PIALP, que el modelo 046 esté rellenado y generado correctamente, así como presentar el justificante de pago bancario de la tasa.
    Las personas que durante el curso 2018-2019 han sido alumnos y deseen matricularse en el siguiente curso, también abonarán las tasas a través del asistente telemático.
    Tasas 2019
    Matrícula A2, B1, B2, C1 (por idioma y curso): 90 euros
    Matrícula C2 (por idioma): 105 euros
    Repetición de un curso (por idioma): 105 euros
    Matrícula curso intensivo A2, B1, B2, C1 (por idioma y curso): 65 euros
    Prueba de nivel: 12 euros
    Curso formativo/actualización de 120 horas: 90 euros
    Curso formativo/actualización de 60 horas: 45 euros
    Apertura de expediente: 25,50 euros
    Expedición o renovación de tarjeta de identidad (carné de alumno): 2,22 euros
    Traslado de expediente: 2,45 euros
    El alumnado de nuevo ingreso que no haya estado nunca matriculado antes en una escuela oficial de idiomas, tendrá
    que abonar la tasa de apertura de expediente y, opcionalmente, la tasa de expedición del carné de alumno.
    El alumnado que se haya matriculado en más de un idioma en diferentes escuelas solo tendrá que abonar la apertura de expediente, si procede, en una de las escuelas y presentar el justificante de matrícula en la otra escuela.
    El alumnado matriculado anteriormente en cualquiera de las EOI de la Comunitat Valenciana que quiera hacer un traslado de matrícula a otra escuela tendrá que abonar la tasa de traslado de expediente. Está incluido en este colectivo el alumnado matriculado en cursos académicos anteriores en la modalidad libre de las pruebas de certificación.
    El alumnado de PIALP estará exento del pago de los tasas de matrícula, apertura de expediente y expedición de carné
    de alumno, pero para matricularse tendrá que presentar la documentación requerida. No obstante, para la expedición de las certificaciones académicas y la prueba de nivel no estará exento del pago de los tasas correspondientes.
    El alumnado de nuevo ingreso a PIALP que haya sido admitido a un idioma que no prevé este plan no tendrá que abonar la apertura de expediente por la matrícula al otro idioma. No obstante, para la expedición de las certificaciones académicas no estará exento del pago de los tasas correspondientes.
    Se aplicarán las exenciones y las bonificaciones que prevé la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de Tasas.

  • ¿Cuándo solicitarlo?

    Plazo de presentación

    Plazos de presentación admisión
    Apertura plataforma OVIDOC para la solicitud de cursos de inglés y valenciano para el profesorado del PIALP de nuevo
    ingreso: Desde las 09:00 horas del 9 de mayo de 2019 hasta las 23:59 horas del 23 de mayo de 2019.
    Enlace OVIDOC: https://acces.edu.gva.es/sso/login.xhtml?callbackUrl=https://ovidoc.edu.gva.es/
    Apertura asistente telemático de admisión para solicitud de plaza para todo el alumnado de convocatoria ordinaria: A partir de las 09:00 horas del 12 de junio de 2019 hasta las 23:59 horas del 27 de junio de 2019.
    -Los participantes del programa PIALP realizarán una única solicitud en la que podrá elegir los idiomas inglés y/o valenciano, aunque también podrán añadir otros idiomas (con un máximo de 3, sin la consideración de PIALP en estos idiomas). Todo participante podrá realizar una única solicitud en la que se podrá elegir un máximo de tres idiomas.
    En convocatoria ordinaria solo deberán acceder al asistente telemático los siguientes colectivos:
    - Alumnado matriculado en el curso 2018-19 en alguna EOI en el idioma que solicita que no ha perdido la escolaridad y ha aprobado en la convocatoria ordinaria de mayo/junio.
    - Candidatos que no hayan estado matriculados en una EOI en el curso 2018-19 en el idioma que solicita (el profesorado PIALP de nuevo ingreso está incluido en este colectivo). Dichos candidatos deberán tener el requisito académico solicitado en el curso solicitado. En caso contrario el alumno deberá inscribirse en la prueba de nivel y solicitar plaza en el asistente telemático de la convocatoria extraordinaria.
    Preinscripción a la prueba de nivel: A partir de las 09:00 horas del 12 de junio de 2019 hasta las 23:59 horas del 8 de septiembre de 2019. Enlace a la preinscripción a la prueba de nivel: http://www.eoi.gva.es/va/admissio-i-matricula
    La prueba se hará durante el mes de septiembre en el calendario marcado por cada escuela oficial de idiomas. Información concreta al respecto en la página web de la EOI de su interés.
    Apertura asistente telemático de admisión para solicitud de plaza para todo el alumnado de convocatoria extraordinaria: A partir de las 09:00 horas del día 16 de septiembre de 2019 hasta las 23:59 horas del día 19 de septiembre de 2019.
    -Los participantes del programa PIALP realizarán una única solicitud en la que se podrá elegir los idiomas inglés y/o valenciano, aunque también podrán añadir otros idiomas (con un máximo de 3, sin la consideración de PIALP en estos idiomas). Todo participante podrá realizar una única solicitud en la que se podrá elegir un máximo de tres idiomas.
    En convocatoria extraordinaria solo deberán acceder al asistente telemático los siguientes colectivos:
    - Alumnado matriculado en el curso 2018-19 en alguna EOI en el idioma que solicita que ha aprobado en la convocatoria extraordinaria.
    - Alumnado matriculado en el curso 2018-19 en alguna EOI en el idioma que solicita que no ha aprobado en la convocatoria extraordinaria (se haya presentado o no) ni en la convocatoria ordinaria.
    - Alumnado matriculado en el curso 2018-19 en alguna EOI que solicitó renuncia (justificada o no) antes del mes de enero.
    - Alumnado matriculado en el curso 2018-19 en alguna EOI en el idioma que solicita que ha aprobado en la convocatoria ordinaria de mayo/junio.
    - Candidatos que no hayan estado matriculados en una EOI en el curso 2018-19 en el idioma que solicita. El profesorado PIALP de nuevo ingreso NO está incluido en este colectivo.
    - Alumnado que haya hecho la prueba de nivel.
    Enlace asistente: http://www.eoi.gva.es/va/admissio-i-matricula

  • ¿Dónde dirigirse?

    Presencial

    Telemático
    A través de la plataforma OVIDOC:
    -Únicamente solicitará participar en las acciones formativas dentro del Plan Integral de Aprendizaje de Lenguas para el Profesorado (PIALP) el profesorado de los centros educativos públicos y privados concertados de enseñanza no universitaria que no forme parte del mismo.
    A través de asistente telemático:
    -El alumnado general de nuevo ingreso que solicite la admisión y haga la petición de horarios y de escuelas oficiales de idiomas ofertados por orden de preferencia. Solo en caso de ser admitido efectuará el pago de las tasas.
    -El alumnado general que durante el curso 2018-2019 ha sido alumno y desee matricularse en el siguiente curso únicamente solicita la admisión y hará la petición de horarios en orden de preferencia. Solo en caso de ser admitido efectuará el pago de las tasas.
    -Las personas que han realizado la preinscripción a la prueba de nivel.
    -El alumnado PIALP presencial que solicita la petición de horarios en orden de preferencia.
    -El alumnado PIALP presencial de nuevo ingreso quesolicita la petición de horarios en orden de preferencia.
    -¡Atención! El alumnado PIALP en línea no solicita a través del asistente telemático.
    Presencial
    En las secretarías de las Escuelas Oficiales de Idiomas asignadas para la formalización de la matrícula.
    SOLO formalizarán la matrícula las personas cuyas solicitudes hayan sido admitidas y que hayan completado el trámite correctamente.

    Por internet

    A través del enlace correspondiente:

    http://www.eoi.gva.es/va/admissio-i-matricula

  • ¿Qué documentación se debe presentar?

    La documentación debe presentarse en la secretaría de la EOI asignada en el momento de formalizar la matrícula.
    Alumnado general
    Documentación general:
    Justificante del pago en la tasa, excepto alumnado PIALP.
    Justificante de horario en que han sido admitidos
    Documentación específica:
    -En caso de ser la primera vez que se matricula en esa escuela oficial de idiomas, una fotografía tamaño carné.
    -En caso de acceder a un curso superior a primero de A2, original y fotocopia del certificado acreditativo del nivel de lengua.
    -En caso de familia numerosa o monoparental debe presentar carné que lo acredite. Original y fotocopia.
    -En caso de familias víctimas del terrorismo o de violencia de género debe presentar, certificado oficial emitido por la
    Administración competente. Original y fotocopia.
    -El alumnado extranjero comunitario debe presentar pasaporte o NIE y documento que acredite el país en el que se realizó la escolarización obligatoria. Original y fotocopia.
    -El alumnado extranjero no comunitario debe presentar pasaporte, permiso de residencia o visado de estudios; y
    documento que acredite el país en el que se realizó la escolarización obligatoria. Original y fotocopia.
    Si en el momento de realizar la matrícula no se dispone del permiso de residencia, o visado de estudios, se matriculará
    condicionadamente y dispondrá de 6 meses para aportar la documentación requerida.
    -El alumnado menor de edad debe ir acompañado de padre/madre/tutor o con una autorización escrita de
    padre/madre/tutor para formalizar la matrícula.
    -El alumnado menor de 16 años durante el año 2019 que se matricule en un idioma extranjero diferente al primer idioma
    extranjero que curse en la Educación Secundaria Obligatoria debe presentar, certificado del centro docente donde
    cursa actualmente los estudios que acredite el curso que realizan y el idioma o los idiomas extranjeros que estudia.
    -El alumnado menor de edad cuyos progenitores no conviva por motivos de separación, divorcio, nulidad matrimonial, ruptura de pareja de hecho o situaciones análogas, debe personarse en la EOI, dar los datos y firmar ambos progenitores.
    -El alumnado que acceda a primer curso del nivel B1 o segundo curso del nivel A2 de la primera lengua extranjera
    cursada en Bachiller debe presentar un certificado académico en el que conste la primera lengua extranjera que ha
    cursado en Bachiller.
    -El alumnado que accede al nivel Intermedio B2 de Valenciano y que dispone del título de Bachiller, debe presentar un
    certificado académico en el que conste la superación de la asignatura de valenciano en Bachillerato.
    -El alumnado que accede al nivel Avanzado C1 de Valenciano y que dispone del título de Bachiller, debe presentar un
    certificado académico en que conste que tiene, o está en trámite de obtener, el título de Bachillerato y que lo ha cursado
    en el Programa de enseñanza en Valenciano.
    -El alumnado que presente algún tipo de discapacidad debe presentar un certificado oficial que lo acredite expedido por la Administración competente, y solicitar expresamente el tipo de adaptaciones que necesita durante el curso.
    Documentación específica del alumnado PIALP presencial o en línea de nuevo ingreso presentará:
    Solicitud presentada en la plataforma OVIDOC.
    Solicitud telemática de petición de horarios cumplimentada y firmada (solo alumnado presencial).
    Solicitud de matrícula de acuerdo con el modelo del anexo VI de la Resolución de 7 de mayo de 2019, de la Dirección
    General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo (solo alumnado en línea).
    En caso de ser la primera vez que se matricula en una escuela oficial de idiomas, una fotografía tamaño carné.
    En caso de acceder a un curso superior a primero de nivel Básico A2 de Inglés, original y fotocopia del certificado acreditativo del nivel de lengua.
    En caso de acceder a un curso superior de nivel Básico A2 de Valenciano, original y fotocopia del certificado acreditativo del nivel de lengua.
    Documentación específica del alumnado PIALP en línea matriculado en el curso 2018-2019 presentará:
    Solicitud de matrícula de acuerdo con el modelo del anexo VI de la Resolución de 7 de mayo de 2019, de la Dirección
    General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo.

  • ¿Cómo se tramita?

    Pasos

    Resultados de la adjudicación de vacantes para todo el alumnado usuario del asistente telemático (primer periodo): 15 de julio de 2019. Se enviará un correo electrónico a cada participante indicando que estos resultados ya están disponibles.
    Formalización matrícula profesorado del PIALP de los cursos en línea matriculado durante el curso 2018-2019 que ha
    superado el curso en la convocatoria ordinaria: antes del 5 de julio de 2019 en la secretaría de la EOI asignada en el momento de formalizar la matrícula.
    Formalización matrícula profesorado del PIALP de nuevo ingreso admitido en un curso en línea: antes del 5 de julio de 2019 remitiendo la documentación a la EOI de Castelló de la Plana.
    Formalización de matrícula de los usuarios del asistente telemático que han obtenido plaza en julio: desde el 16 de julio hasta el 10 de septiembre de 2019 en la secretaría de la EOI asignada en el momento de formalizar la matrícula.
    Formalización matrícula profesorado del PIALP de los cursos en línea matriculado durante el curso 2018-2019 y presentado en la convocatoria extraordinaria: antes del 23 de septiembre de 2019 en la secretaría de la EOI asignada en el momento de formalizar la matrícula.
    Resultado de la adjudicación de vacantes para todo el alumnado usuario del asistente telemático (segundo periodo): 24 de septiembre de 2019. Se enviará un correo electrónico a cada participante indicando que estos resultados ya están disponibles.
    Formalización matrícula para los candidatos que hayan obtenido plaza en septiembre: desde el 25 de septiembre de 2019 hasta el 30 de septiembre de 2019 en la secretaría de la EOI asignada en el momento de formalizar la matrícula.
    Matrícula cursos complementarios: desde el 1 de octubre hasta el 15 de octubre de 2019 u otros periodos durante el curso, de acuerdo con el inicio de las clases en los diferentes cursos complementarios en la secretaría de la EOI asignada en el momento de formalizar la matrícula.
    Período de últimas vacantes: a partir del 1 de octubre, por orden de llegada en la secretaría de la EOI de su elección en el momento de formalizar la matrícula.
    ¿Cómo se tramita telemáticamente?
    Enlace OVIDOC: https://acces.edu.gva.es/sso/login.xhtml?callbackUrl=https://ovidoc.edu.gva.es/
    Enlace asistente desde: http://www.eoi.gva.es/va/admissio-i-matricula

  • ¿Cómo se tramita telemáticamente?

    A través del enlace correspondiente:

    http://www.eoi.gva.es/va/admissio-i-matricula

    Tramitación

    La solicitud de participación se realiza de forma telemática; en caso de obtener una plaza se formalizará la matrícula en la secretaría de la escuela oficial de idiomas (a excepción del alumnado PIALP en línea).

  • Fuentes jurídicas y/o documentales

    Normativa

    - Decreto 155/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se regulan las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana y se establece el curriculo del nivel básico y del nivel intermedio (DOCV: 5605, 24/09/2007).
    - Orden 31 de enero de 2008, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la evaluación y promoción de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana (DOCV: 5706, de 19/02/2008).
    - Decreto 119/2008, de 5 de septiembre, del Consell por el que se establece el currículo del nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana (DOCV: 5851, de 17/09/2008).
    - Orden 87/2013, de 20 de septiembre, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la organización y funcionamiento de las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana (DOCV nº 7118, 25/09/2013).
    - Decreto 138/2014, de 29 de agosto, del Consell, por la que se establece el currículo de los niveles C1 y C2, de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana, para los idiomas alemán, español, francés, inglés y valenciano (DOGV nº 7350 de 01/09/2014).
    - RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2019, de la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo, por la que se establece el calendario y el proceso de admisión y matrícula para el curso académico 2019- 2020 en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana
    - DECRETO 61/2013, de 17 de mayo, del Consell, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunitat Valenciana y se crea la Comisión de Acreditación de Niveles de Competencia en Lenguas Extranjeras.
    - ORDEN 20/2011, de 24 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se regulan las pruebas homologadas para la obtención del certificado de Nivel Básico de las lenguas alemana, francesa, inglesa e italiana, cursadas por el alumnado de Educación Secundaria y de Formación Profesional de la Comunitat Valenciana.

    Lista de normativa

    RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2019, de la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo, por la que se establece el calendario y el proceso de admisión y matrícula para el curso académico 2019-2020 en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana

    DECRETO 155/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se regulan las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana y se establece el curriculo del nivel básico y del nivel intermedio

    ORDEN de 31 de enero de 2008, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la evaluación y promoción de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana.

    DECRETO 119/2008, de 5 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo del nivel avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana.

    DECRETO 138/2014, de 29 de agosto, del Consell, por el que se establece el currículo de los niveles C1 y C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial en la Comunitat Valenciana, para los idiomas alemán, español, francés, inglés y valenciano.

    ORDEN 87/2013, de 20 de septiembre, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regula la organización y funcionamiento de las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana.

    DECRETO 61/2013, de 17 de mayo, del Consell, por el que se establece un sistema de reconocimiento de la competencia en lenguas extranjeras en la Comunitat Valenciana y se crea la Comisión de Acreditación de Niveles de Competencia en Lenguas Extranjeras.

    ORDEN 20/2011, de 24 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se regulan las pruebas homologadas para la obtención del certificado de Nivel Básico de las lenguas alemana, francesa, inglesa e italiana, cursadas por el alumnado de Educación Secundaria y de Formación Profesional de la Comunitat Valenciana.


Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia

Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922

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