Habilitación para el control de predadores
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¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Habilitación para el control de predadores
Objeto del trámite
Habilitar a personas para la realización del control de predadores de especies cinegéticas mediante elementos de captura (trampas) y métodos homologados.
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¿Quién puede iniciarlo?
Requisitos
- Ser mayor de edad
- Disponer de un certificado de aprovechamiento de un curso de capacitación para la obtención de la habilitación para la
realización de control de predadores por una entidad homologada de las previstas en el artículo 4.1 del Decreto 188/2014, de 7 de noviembre. -
¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
Durante todo el año.
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¿Dónde dirigirse?
Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y preferentemente en:REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE, CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO RURAL - CASTELLÓN
AVDA. HERMANOS BOU, 47
12003 Castelló de la Plana/Castellón de la Plana
Tel: 012
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE, CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO RURAL - ALICANTE
C/ PROFESOR MANUEL SALA, 2
03003 Alacant/Alicante
Tel: 012
REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE, CAMBIO CLIMÁTICO Y DESARROLLO RURAL - VALENCIA
C/ GREGORIO GEA, 27
46009 València
Tel: 012 -
¿Qué documentación se debe presentar?
Para solicitar la HABILITACIÓN
- Impreso de solicitud
- Certificado de aprovechamiento de curso de capacitación para la realización del control de predadores expedido por entidad homologada por la Generalitat.
- Fotografía tamaño carnet
Para solicitar la RENOVACIÓN DE LA HABILITACIÓN
- Impreso de solicitud
- Certificado curso de reciclaje para la realización del control de predadores expedido por entidad homologada.Impresos asociados
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¿Cómo se tramita?
Pasos
- Presentación de la solicitud junto con la documentación requerida.
- Resolución de la dirección general competente en materia de caza.Recursos que proceden contra la resolución
La resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su recepción, recurso de alzada ante el Secretario Autonómico de Medio Ambiente y Cambio Climático, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Información complementaria
Para solicitar la RENOVACIÓN:
- Cualquier persona interesada en renovar su habilitación para el control de predadores deberá solicitarlo con una antelación mínima de 30 días a la fecha de finalización del plazo de vigencia. -
Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Ley 13/2004, de 27 de diciembre, de Caza de la Comunitat Valenciana (DOCV núm. 4913, de 29/12/2004).
- Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad (BOE núm. 299, de 14/12/2007).
- Decreto 188/2014 de 7 de noviembre, del Consell, por el que se regula la figura de guarda jurado de caza en la Comunitat Valenciana y la habilitación para el control de predadores (DOCV núm. 7400 de 11/11/2014).
- Resolución de 20 de enero de 2016, de la Dirección General de Medio Natural y de Evaluación Ambiental de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural por la que se aprueba el procedimiento y contenido del registro de personas habilitadas para el control de predadores y de sus elementos de captura, así como la transmisión de la información por parte de las personas habilitadas (DOCV núm. 7722, de 17/02/2016).Lista de normativa
Ver Ley 13/2004, de 27 de diciembre
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La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.
La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las intrucciones específicas.