Evaluación y acreditación de la competencia profesional adquirida a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación en distintas familias y áreas profesionales, en el ámbito de la Comunidad Valenciana

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto

Llevar a cabo, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, la evaluación y acreditación de unidades de competencia profesional adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para los candidatos preinscritos en la convocatoria de 30 de mayo de 2013 en determinadas familias profesionales, que cumpliendo los requisitos de participación no pudieron iniciar el reconocimiento, todo ello de conformidad con las bases establecidas en el anexo I de la citada convocatoria.
DEFINICIONES:
A los efectos del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, se entenderá por:
a) Competencia Profesional: el conjunto de conocimientos y capacidades que permitan el ejercicio de la actividad profesional conforme a las exigencias de la producción y el empleo.
Las competencias profesionales se incluyen en las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales.
b) Cualificación Profesional: el conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación y a través de la experiencia laboral.
Las cualificaciones profesionales se recogen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y se acreditan en títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad.
c) Vías formales de formación: Procesos formativos cuyo contenido está explícitamente diseñado en un programa que conduce a una acreditación oficial.
d) Vías no formales de formación: Procesos formativos no conducentes a acreditaciones oficiales.

Interesados/Solicitantes

Las personas que cumplan los siguientes requisitos:

Esta convocatoria se dirige únicamente a las personas preinscritas en la convocatoria abierta por la Resolución de 30 de mayo de 2013, que quedaron en lista de espera o que resultaron excluidas por no presentar, cuando fueron citados, la documentación justificativa de méritos y requisitos. En consecuencia, no pueden participar en este concurso las personas que obtuvieron plaza en la mencionada convocatoria, independientemente del resultado de la misma.
Ademas de lo reseñado, los candidatos deberán cumplir, a fecha de la convocatoria anterior, los siguientes requisitos:
1. Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración
2. Tener 20 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia de nivel 2, y de 18 años para el nivel 1.
3. Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar:
a) En el caso de experiencia laboral: justificar al menos 3 años, con un mínimo de 2000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. Para las unidades de competencia de nivel 1, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1200 horas trabajadas en total.
b) En el caso de formación: justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. Para las unidades de competencia de nivel 1, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
Los candidatos mayores de 25 años que reúnan los requisitos de experiencia laboral o formativa indicados en el apartado anterior y que no puedan justificarlos mediante los documentos señalados en el anexo IV de la Resolución, podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento. Presentarán la justificación mediante alguna prueba admitida en derecho de su experiencia laboral o aprendizajes no formales.
La falta del cumplimiento de los requisitos establecidos comporta la exclusión de la convocatoria.

Las fases de este procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales son las previstas en la convocatoria original pero se añade una previa:
CONFIRMACIÓN DE LA PREINSCRIPCIÓN
- Las personas destinatarias deberán confirmar su deseo de participar en esta convocatoria, lo que permitirá una distribución ajustada de candidatos seleccionados por sede. Se realizará de forma telemática en base a la declaración responsable de los candidatos, que será comprobada. Aquellos destinatarios que deseen participar en la presente convocatoria deberán presentar una instancia telemáticamente, que recogerá los datos conforme al modelo que figura en el Anexo II de la presente resolución. Dicha instancia deberá cumplimentarse en la web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte (Educación: Cualificaciones Profesionales) y enviarse on line:
http://www.cefe.gva.es/eva/val/ivqp/ivqp.htm
Renuncia: en caso de que algún destinatario no confirme su interés en participar en esta convocatoria dentro del plazo establecido, se entiende que renuncia a participar en la misma.
Posteriormente, en la fase de admisión e inscripción de candidatos, se contrastará el cumplimiento de los requisitos necesarios para participar y la veracidad de la autoberamación, cuando no se haya hecho ya en la convocatoria original.
- Criterios de ordenación: son los previstos en la convocatoria original y que en este caso únicamente determinarán la preferencia en la asignación de los centros solicitados.

LISTAS DE CONFIRMACIONES ADMITIDAS
* Listas provisionales de confirmaciones admitidas
En la web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte (Educación: Cualificaciones profesionales, http://www.cefe.gva.es/eva/val/ivqp/ivqp.htm se harán públicas las listas provisionales, indicando las confirmaciones admitidas, señalando el centro o sede adjudicada, y las excluidas, señalando el motivo de exclusión.
* Reclamación a las listas provisionales de confirmaciones admitidas
Durante los 5 días hábiles siguientes al de su publicación, las personas interesadas pueden reclamar a través del procedimiento telemático que se indique junto a la lista provisional.
* Listas definitivas de confirmaciones admitidas y excluidas.
El Servicio de Gestión de la Formación y Cualificación Profesional en el plazo máximo de 5 días hábiles siguientes al de la finalización del plazo de reclamación, hará pública en la web citada anteriormente, las listas definitivas con las confirmaciones admitidas, con indicación del centro o sede adjudicado, y de las excluidas, lo que tendrá efectos de respuesta a las reclamaciones presentadas.
Al publicar las listas definitivas se convocará a las confirmaciones admitidas, en adelante preinscritos admitidos, a una sesión informativa de obligada asistencia en las respectivas sedes.

ADMISIÓN E INSCRIPCIÓN EN EL CENTRO
1. Sesión inicial.
a) Los preinscritos convocados tienen que asistir personalmente a la sesión inicial de esta convocatoria en el centro o sede asignado. La falta de asistencia a la sesión informativa se entenderá como renuncia a la convocatoria, salvo que acredite un motivo de fuerza mayor, que valorará la comisión convocante.
b) En esta sesión se informará a los participantes sobre el procedimiento y las actuaciones concretas del mismo y se recogerá la siguiente documentación, que deberá ser aportada por los candidatos:
1. Fotocopia del DNI o equivalente según el caso (ver anexo IV convocatoria)
2. Documentación justificativa de los requisitos de experiencia laboral o aprendizajes no formales alegados en la solicitud original en el caso de no haber sido entregadas en la convocatoria anterior (ver anexo IV de la convocatoria)
El interesado debe presentar originales u original y copia para cotejar.

2. Revisión de la documentación aportada.
Las comisiones evaluadoras constituidas en los centros y sedes revisarán la documentación aportada por las personas candidatas.
La falsedad en los datos aportados o declarados comportará la pérdida del derecho a participar en esta convocatoria, sin perjuicio de la posible reclamación a las listas provisionales.
3. Listas provisionales de admitidos.
Las comisiones evaluadoras harán públicas, al menos en los tablones de anuncios del centro o sede, y la administración en la web de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte (Educación: Cualificaciones Profesionales, http://www.cefe.gva.es/eva/val/ivqp/ivqp.htm) la lista provisional de admitidos y de excluidos con expresión de los motivos de la exclusión.
Las personas interesadas dispondrán de 10 días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de las listas provisionales, para presentar, ante la Comisión, alegaciones contra las mismas. En estas alegaciones no se podrán presentar documentos relativos a experiencias diferentes de las aportadas inicialmente.
4. Listas definitivas de admitidos.
Las comisiones evaluadoras analizarán las alegaciones presentadas por los interesados y elaborarán las listas definitivas de admitidos y excluidos, que se expondrán en los tablones de anuncios del centro o sede, en el plazo máximo de 5 días hábiles posteriores a la finalización del plazo de presentación de reclamaciones.
Contra este acto, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Director General de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, en el plazo de un mes.

DUDAS O CONSULTAS
Cualquier duda sobre la convocatoria será atendida en el correo ivqp@gva.es y en los teléfonos siguientes: 961923382, 961923364 y 961923302 y 961923443 de 09h a 14h

Si el aspirante es seleccionado en la fase de preinscripción, junto con la solicitud y el autobaremo, presentará ante la comisión de evaluación del centro que le haya sido asignado la siguiente documentación acreditativa:

a) En caso de ciudadano español: DNI o pasaporte en vigor
En caso de ciudadano comunitario: certificado de registro de ciudadano comunitario
En caso de familiar de ciudadano comunitario: tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión Europea
En caso de ciudadano no comunitario: autorización de residencia o autorización de residencia y trabajo

b) Certificado de empadronamiento

c) Documentos justificativos de la experiencia laboral:
1) Para los trabajadores asalariados
Certificación de vida laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la Mutualidad a la que estuviera afiliado, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación, y además, contrato de trabajo o certificado/s de empresa/s conforme al modelo anexo VI de la Resolución de 30 de mayo de 2013, donde haya adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, tipo de jornada, la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. También serán válidos los certificados de empresas que contengan los datos citados anteriormente.

2) Para trabajadores autónomos o por cuenta propia: certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y además, descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma, que se cumplimentará obligatoriamente en el bloque correspondiente del apartado de autobaremo del anexo II.2

3) Para trabajadores voluntarios o becarios: certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas, según el modelo del anexo VIII de la Resolución de 30 de mayo de 2013. También serán válidos los certificados de las organizaciones que contengan los datos citados anteriormente.

d) Documentos justificativos de la formación no formal:
Certificación de la entidad organizadora en la que consten los contenidos, las horas de formación y la fecha de la misma, conforme al modelo anexo VIII de la Resolución de 30 de mayo de 2013. También serán válidos los certificados de las entidades que contengan los datos citados anteriormente.

e) Solicitantes mayores de 25 años que, reuniendo los requisitos de experiencia laboral o formativa, no puedan documentarlos: Presentarán la justificación mediante alguna prueba admitida en derecho, de su experiencia laboral o aprendizajes no formales de formación.

El interesado debe presentar originales u original y copia para cotejar.

En el caso de que ya hubiera presentado la documentación y hubiera sido baremado, no deberán volverlo a hacer.

* UNIDADES DE COMPETENCIA CONVOCADAS

A) FAMILIA PROFESIONAL: SANIDAD:
1.- Cualificación profesional : Transporte sanitario (SAN025_2) (RD 295/2004)
- Unidades de competencia:
. UC0069_1 Mantener preventivamente el vehículo sanitario y controlar la dotación material del mismo.
. UC0070_2 Prestar al paciente el soporte vital básico y apoyo al soporte vital avanzado.
. UC0071_2 Trasladar al paciente al centro sanitario útil.
. UC0072_2 Aplicar técnicas de apoyo psicológico y social en situaciones de crisis.
- Título: Técnico en Emergencias Sanitarias (RD 1397/2007)
- Certificado de Profesionalidad: Transporte sanitario (SANT0208)(RD710/2011)

2.- Cualificación profesional : Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes (SAN122_2) (RD 1087/2005)
Unidades de competencia:
. UC0360_2 Colaborar en la organización y el desarrollo de la logística sanitaria en escenarios con múltiples víctimas y catástrofes, asegurando el abastecimiento y la gestión de recursos y apoyando las labores de coordinación en situaciones de crisis.
. UC0361_2 Prestar atención sanitaria inicial a múltiples víctimas.
. UC0362_2 Colaborar en la preparación y en la ejecución de planes de emergencias y de dispositivos de riesgo visibles.
. UC0072_2 Aplicar técnicas de apoyo psicológico y social en situaciones de crisis.
- Título: Técnico en Emergencias Sanitarias (RD 1397/2007)
- Certificado de profesionalidad: Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes(SANT018)(RD710/2011)


B) FAMILIA PROFESIONAL: SERVICIOS SOCIOCULTURALES Y A LA COMUNIDAD
1.- Cualificación profesional: Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (SSC320_2) (RD 1368/2007)
- Unidades de competencia.
. UC1016_2 Preparar y apoyar las intervenciones de atención a las personas y a su entorno en el ámbito institucional indicadas por el equipo interdisciplinar.
. UC1017_2 Desarrollar intervenciones de atención fisica dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional.
. UC1018_2 Desarrollar intervenciones de atención sociosanitaria dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional.
. UC1019_2 Desarrollar intervenciones de atención psicosocial dirigidas a personas dependientes en el ámbito institucional.
- Título: Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (SSCS0208) (1379/2009)
- Certificado de profesionalidad: Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales (SSCS0208)(RD721/2011)


DUDAS O CONSULTAS
Cualquier duda sobre la convocatoria será atendida en el correo ivqp@gva.es y en los teléfonos siguientes: 961923382, 961923364 y 961923302 y 961923443 de 09h a 14h

Criterios de valoración

Para ser admitido en el procedimiento será necesario:
1.- Ser una de las personas preinscritas en la convocatoria abierta por la Resolución de 30 de mayo de 2013, que quedaron en lista de espera o que resultaron excluidas por no presentar, cuando fueron citados, la documentación justificativa de méritos y requisitos. En consecuencia no pueden participar en este concurso las personas que obtuvieron plaza en la mencionada convocatoria, independientemente del resultado de la misma.
2.- Haber confirmado en tiempo y forma su preinscripción.
3.- Cumplir con los requisitos previstos en el apartado 1 del Anexo I de la Resolución de 30 de mayo de 2013.
4. Encontrarse entre los aspirantes seleccionados a participar en el procedimiento, en alguna de las cualificaciones profesionales convocadas, una vez aplicado lo establecido en las bases de la actual convocatoria.

Los preinscritos admitidos al procedimiento deberán abonar las siguientes tasas:

1. Para acceder a la fase de asesoramiento, el candidato deberá abonar 25,50 euros.
2. Por cada unidad de competencia a evaluar, el candidato deberá abonar 12,24 euros.

Las presentes tasas se fijan al amparo de lo dispuesto en el artículo 133 del Decreto Legislativo 1/2005, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat y específicamente lo indicado al respecto en la Ley 16/2010, del Consell

Las exenciones o minoraciones en el importe de las tasas serán las contempladas en el artículo 132 del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat Valenciana:

- "Se encontrarán exentos del pago los sujetos pasivos que se encuentren inscritos como demandantes legales de empleo, con una antigüedad mínima de 3 meses, referida a la fecha de la respectiva inscripción"
- Tienen derecho a una bonificación del 50 por 100 de la cuota "los discapacitados con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100".

El plazo de confirmación será de 14 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el DOCV nº 7394, de 03/11/14.


Oficinas de la administración

Fundación para el Fomento de la Investigación Sanitaria y Biomédica de la Comunitat Valenciana

Avenida Cataluña 21, 46020, Valencia

Tel. 961925700

Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo

Calle C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 2 77, 46018, Valencia

Tel. 961209322

Dirección General de Administración Local

Plaza PL. MANISES, 1 1, 46003, Valencia

Tel. 963868061

Subdirección General del Instituto Valenciano de Administración Pública (IVAP)

Plaza PL. CARMEN, 4 4, 46003, Valencia

Tel. 963108802

Secretaría General Administrativa - Presidencia de la Generalitat

Calle C/ en Bou, 9 - 11 9, 46001, Valencia

Tel. 963131000

Intervención Delegada en Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

Calle C/ Castán Tobeñas,77. Ciudad Administrativa 9 de Octubre-Torre 4 77, 46018, Valencia

Tel. 961209003

Departamento de Salud de la Ribera

Carretera Corbera Km. 1, 46600, Alzira

Tel. 962458100

Departamento de Salud de Gandia

Avinguda de la Medicina 6, 46702, Gandia

Tel. 962849500

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat

Calle Vinatea 14, 46001, Valencia

Tel. 961964700

Departamento de Salud de Alicante - Hospital General

Calle pintor baeza 12, 03010, Alicante/Alacant

Tel. 965933000

Unidad del Cuerpo Nacional de Policía Adscrita a la Comunidad Valenciana

Calle C/ CRONISTA RIVELLES, 1 1, 46009, Valencia

Tel. 963175400

Centro Territorial de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT) - Alicante

Calle C/ HONDÓN DE LOS FRAILES, 1 1, 03005, Alicante/Alacant

Tel. 965934922

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