Declaración de Interés Comunitario (DIC): Solicitud de autorización de uso y aprovechamiento en suelo no urbanizable de Instalaciones para generación de energía renovable

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto

Autorizar excepcionalmente con determinadas condiciones y plazo usos ajenos a los propios del suelo no urbanizable en el supuesto contemplado en el artículo 24 de la Ley 10/2004, de 9 de diciembre, del Suelo no Urbanizable (DOGV nº 4900, de 10 de diciembre, modificado por el art. 112 de la Ley 14/2005).

Interesados/Solicitantes

Los particulares (personas físicas o jurídicas).

¿Dónde dirigirse?

Presencial

- Disponibilidad legal sobre los terrenos objeto de la actuación.
- Ubicación total sobre terrenos clasificados como suelo no urbanizable común según el planeamiento municipal. En ningún caso en suelo no urbanizable protegido.
- Se requiere una parcela mínima de 10.000 m2 o la que determine el planeamiento municipal si fuere mayor.

- Presentación de la documentación exigida.
- Comprobación del expediente y, si procede, admisión a trámite por el servicio territorial, ordenando simultáneamente la apertura del periodo de información pública.
- Este periodo será de un mes, anunciado en el BOP y se dará audiencia a los propietarios de fincas colindantes y titulares de bienes y derechos afectados, aprovechando el mismo para dar intervención al ayuntamiento y a los distintos órganos estatales y autonómicos competentes.
- Estudio y emisión de informe por la Comisión Informativa de la Comisión Territorial de Urbanismo.
- El procedimiento deberá resolverse y notificarse al interesado en el plazo máximo de 6 meses mediante Resolución del Conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera notificado resolución expresa se entenderá desestimada la solicitud (art. 37.3 Ley 10/2004)
- Notificación de la resolución al interesado y al ayuntamiento.

- Impreso de solicitud normalizado que podrá recogerse en los Servicios Territoriales de Ordenación Territorial anteriores o descargando el correspondiente modelo, acompañado de la totalidad de los documentos siguientes:

1. Copia compulsada del DNI/NIF del titular o representante. en el caso de no autorizar que la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio obtenga directamente los datos relativos de identificación personal, según lo previsto en los artículos 4 y 5 del Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la administración de la Generalitat y su sector público (DOCV núm 6.376 de 14.10.2010). En el supuesto que actúe otra persona en representación del interesado, debe acreditarse tal representación.
2. Justificación de la propiedad de los terrenos (copia de la escritura de propiedad o de otro documento que acredite la disponibilidad civil de los terrenos (no bastando con escritura de opción de compra).
3. Documento firmado por el solicitante donde conste literalmente el compromiso de:
- No iniciar las obras antes de obtener las licencias, autorizaciones y permisos que sean necesarios para el lícito ejercicio de la actividad.
- Inscribir en el Registro de la Propiedad la vinculación del terreno al uso y aprovechamiento autorizado con las demás condiciones establecidas en la resolución de la DIC.
- En su caso, obtener la preceptiva autorización de vertido otorgada por el Organismo de Cuenca.
- Finalizado el plazo de vigencia y salvo las prórrogas autorizadas, a ejecutar el plan de restauración, corrección de efectos y reposición de terrenos.
4. Ficha modelo de datos de emplazamiento firmada por el solicitante con indicación de la relación de titulares de las fincas colindantes (en sentido amplio) y de los titulares de bienes y derechos afectados por la actuación (bienes de dominio público), indicando nombre, apellidos y dirección de los mismos a efectos de notificaciones.
5. Ficha modelo de datos técnicos firmada por el técnico redactor del proyecto urbanístico.
6. SEIS COPIAS del siguiente PROYECTO URBANÍSTICO de la actuación suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional correspondiente (condición indispensable para someter a información pública el expediente), comprensivo de:

A) MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA, integrada por los siguientes apartados:
A.1) Descripción de la actividad y de las edificaciones e instalaciones, las existentes (en su caso) y a realizar, expresando las características del aprovechamiento necesario: superficie total de la finca, superficie que se vincula a la actividad, perímetro envolvente de la instalación, superficies ocupadas, altura máxima de las instalaciones, número y superficie ocupada por edificaciones, altura máxima de las edificaciones, número de plantas de las edificaciones, volumen edificaciones, distancia mínima a lindes de edificios e instalaciones, distancia mínima a eje de caminos de edificios e instalaciones, superficie de viales internos (rodadura) superiores a 3 metros necesarios para la actividad.

A.2) Justificación que la actuación cumple la legislación sectorial que le sea de aplicación.

A.3) Justificación que la actuación cumple con el artículo 24 de la Ley 10/2004, los artículos 97, 100 y 451 del Decreto 67/2006, modificado por el Decreto 36/2007 (en adelante ROGTU), así como con las determinaciones del vigente planeamiento territorial y municipal.

A.4) Valoración de las siguientes cuestiones:
- Imposibilidad física de ubicar la actividad en otro tipo de suelo así como la mayor oportunidad y conveniencia de la localización propuesta frente a otras zonas del suelo no urbanizable.
- Incidencia de la actividad en el desarrollo sostenible o la recuperación natural de las zonas deprimidas, haciendo especial mención a la racional utilización del territorio.
- Cercanía de la actividad a las redes de infraestructuras ya existentes.
- Contribución de la actividad a mejorar los niveles de ocupación laboral de la zona.
- Otros parámetros a tener en cuenta para la justificación particularizada de la necesidad de emplazamiento en suelo no urbanizable.
- Descripción sobre el entorno de un radio de dos kilómetros alrededor de la actividad.

A.5) Estudio justificativo del sistema de abastecimiento de agua potable, saneamiento y depuración de aguas residuales y recogida y gestión de residuos, haciendo mención expresa sobre la posibilidad de acometida a la red pública.

A.6) Propuesta de canon y modalidad de pago (calculada según Orden de 15-05-2007, DOCV nº. 5517 de 22-05-2007).

A.7) Propuesta de plazo de vigencia (art. 35 LSNU).

A.8) Plan de restauración o de obras y trabajos para la corrección de los efectos derivados de las actividades o usos desarrollados y la reposición de terrenos, al finalizar el plazo de vigencia. (art. 462 ROGTU).


B) PLANOS DE INFORMACIÓN Y DE ORDENACIÓN:
B.1) Plano de situación a escala, referido al de clasificación del suelo del planeamiento general vigente (señalando el nº del plano del que es copia), que contenga las indicaciones precisas para identificar la parcela y que refleje los lindes de la finca.
B.2) Plano de emplazamiento de la parcela referido al plano catastral, indicando la superficie en m2.
B.3) Plano de ordenación de la finca, a escala mínima 1:2.000, en el que se reflejen las distintas zonas (construcciones, instalaciones y viales internos) acotando las distancias a lindes y señalando la solución de conexión con la Red Eléctrica (si procede).
B.4) Plano señalando el itinerario de accesos a la actividad desde la red general de comunicaciones.
B.5) Información gráfica sobre el entorno de un radio de dos kilómetros alrededor de la actividad, recogiendo todas edificaciones existentes, cuenten o no con licencia municipal.
B.6) Fichas de datos de consulta descriptiva y gráfica de las parcelas afectadas extraídas de la Oficina Virtual del Catastro en la siguiente dirección de internet: http://ovc.catastro.minhac.es/

7. DOS COPIAS del ESTUDIO DE INTEGRACIÓN PAISAJÍSTICA, redactado según Decreto 120/2006 (DOGV de 16-08-2006).

8. DOS COPIAS del ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL. No será exigible en los siguientes supuestos.:
- En instalaciones generadoras de energía solar fotovoltaica cuya potencia sea mayor a 10 kW y hasta 250 kW, con una ocupación máxima de perímetro envolvente de la instalación completa de los paneles de 3.750 m2, siempre y cuando la altura de dichas instalaciones no supere los 6 m. y abarquen la parcela mínima exigible por el planeamiento urbanístico no inferior a una hectárea.
- En instalaciones de energía eólica para consumo propio cuya potencia de producción energética sea menor a 15 kW.

Durante todo el año

SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN DE USO Y APROVECHAMIENTO EN SUELO NO URBANIZABLE: DECLARACIÓN DE INTERÉS COMUNITARIO PARA GENERACIÓN DE ENERGÍA RENOVABLE
FICHA RESUMEN DE DATOS TÉCNICOS
FICHA RESUMEN DE DATOS DEL EMPLAZAMIENTO

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