Autorización a la Administración para consultar de forma telemática datos necesarios para la percepción de becas, ayudas, premios, distinciones y subvenciones del Institut Cartogràfic Valencià (ICV).
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¿Qué se puede solicitar?
Nombre del trámite
Autorización a la Administración para consultar de forma telemática datos necesarios para la percepción de becas, ayudas, premios, distinciones y subvenciones del Institut Cartogràfic Valencià (ICV).
Objeto del trámite
Autorización para que el Institut Cartogràfic Valencià (ICV) compruebe los datos de estar al corriente en los pagos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Hacienda Autonómica, Tesorería General de la Seguridad Social, identidad y residencia de los interesados o representantes de las entidades interesadas en la percepción de becas, ayudas, premios, distinciones y subvenciones de la Conselleria de Bienestar Social.
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¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Personas, físicas o jurídicas, que deseen ser beneficiarias de becas, ayudas, premios, distinciones y subvenciones del Institut Cartogràfic Valencià (ICV).
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¿Cuándo solicitarlo?
Plazo de presentación
En el plazo establecido por la Administración en el procedimiento de concesión de becas, ayudas, premios, distinciones y subvenciones.
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¿Dónde dirigirse?
Presencial
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en:INSTITUT CARTOGRÀFIC VALENCIÀ
C/ DE LA DEMOCRACIA, 77. CIUDAD ADVA. 9 DE OCTUBRE -TORRE 1
46018 València
Tel: 012 -
¿Qué documentación se debe presentar?
Impresos asociados
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Fuentes jurídicas y/o documentales
Normativa
- Artículo 14 e) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE núm. 276, de 18/11/2003).
- Artículo 5 del Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la administración de la Generalitat y su sector público (DOCV núm. 6376, de 14/10/2010).Lista de normativa
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La Generalitat desea que esta información le sea de utilidad.
La presente información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las intrucciones específicas.