Generalitat de Cataluña

  • La Distinción Jaume Vicens Vives a la calidad docente universitaria premia la excelencia en la docencia universitaria. Los receptores y receptoras de la Distinción Jaume Vicens Vives a la calidad docente universitaria recibirán, según sean individuales o colectivos, una medalla o una placa de plata respectivamente, y una gratificación económica para proyectos relacionados con la mejora de la calidad docente. Estas distinciones a la calidad docente universitaria se otorgaran por Decreto del Gobierno de la Generalidad de Cataluña, a propuesta del consejero de Empresa y Conocimiento.

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    A quién va dirigido

    Las distinciones Jaume Vicens Vives a la calidad docente universitaria podrán otorgarse cómo premio individual a: a los profesores y profesoras de las universidades catalanas. Y cómo premio colectivo se otorga a: un equipo de profesores y/o profesoras, o a centros o departamentos universitarios que hayan contribuïdo de manera destacada en la mejora de la calidad de la docéncia universitária en Cataluña.

    Optar a la distinción

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

    Tasas

    No hay taxas asociadas a este trámite.
    Plazos
    Del10.02.2016al 06.05.2016

    Presencialmente

    Les candidatures a les distincions només es poden presentar a traves dels consell socials o patronats de les universitats:

  • El distintivo de garantía de calidad ambiental es un sistema de etiquetado ecológico de productos y servicios con el que se pretende fomentar el diseño, la producción, la comercialización, el uso y el consumo de productos que tienen una calidad ambiental que va más allá de la establecida por la normativa vigente.

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    A quién va dirigido

    • A los fabricantes de productos con instalaciones industriales en Cataluña y los distribuidores de productos con marca propia que se comercializan en Cataluña.
    • A los titulares de servicios que se prestan en el ámbito territorial de Cataluña. Si la empresa tiene diferentes establecimientos, hay que indicar claramente si la solicitud se refiere a todos, a alguno o varios de los establecimientos.

    Renovar el distintivo

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Informe de evaluación de la categoría de productos o servicios que corresponda (modelo IAD), elaborado según las directrices establecidas.
    2. Copia de la licencia ambiental en el caso de las actividades del anexo 2 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades.
    3. Copia del escrito original presentado al Ayuntamiento en el caso de actividades sometidas a régimen de comunicación.

    Requisitos

    1. Disponer de la autorización ambiental, de las actividades clasificadas en el anexo 1 de la Ley 20/2009, de prevención y control ambiental de las actividades.
    2. Es necesario que la producción, la comercialización de productos y la prestación de servicios se fabriquen o comercialicen en el ámbito territorial de Catalunya.

    Tasas

    La cuota para renovar el Distintivo de garantía de calidad ambiental es de 274,55€.

    Bonificaciones de la cuota:

    1. Reducción del 50% si el sujeto pasivo es una microempresa o una pequeña o mediana empresa. Precio de la tasa: 137,25€.
    2. Reducción del 15% a los sujetos pasivos que acrediten tener la certificación EMAS o ISO 14001. En este caso, si el sujeto pasivo es una gran empresa, el precio de la tasa es de 233,35€. Si, además, el sujeto pasivo es una microempresa o una pequeña o mediana empresa, el precio de la tasa es de 96,10€.

    Las bonificaciones de la cuota son acumulables.
    Se consideran microempresas, pequeñas y medianas empresas (PYME), según la definición que hace la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, las empresas:

    • Con menos de 250 trabajadores y con un volumen de negocios anual de hasta 50 millones de euros o cuyo balance general anual no superior a 43 millones de euros.
    • Dentro de las PYME, una empresa será "pequeña" cuando ocupe a menos de 50 trabajadores y su volumen de negocios anual o cuyo balance general del año no superen los 10 millones de euros.
    • Dentro de las PYME, una empresa será "microempresa" cuando la entidad tenga menos de 10 trabajadores y su volumen de negocios anual o cuyo balance general no sobrepase los 2 millones de euros.


    Están exentas de pago:

    1. Las empresas que tengan la etiqueta ecológica de la Unión Europea para los mismos productos o servicios para los que se solicita el distintivo de garantía de calidad ambiental, siempre que se acredite el pago de la cuota correspondiente.
    2. Las entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro.
    3. Las entidades en las que participe un organismo autónomo o una empresa dependiente de la Generalitat en más del 50% del capital.

    Ampliar el distintivo

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Informe de evaluación de la categoría de productos o servicios que corresponda (modelo IAD) elaborado según las directrices establecidas.
    2. Copia de la licencia ambiental en el caso de las actividades del anexo 2 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades.
    3. Copia del escrito original presentado al Ayuntamiento en el caso de actividades sometidas a régimen de comunicación.

    Requisitos

    1. Disponer de la autorización ambiental, de las actividades clasificadas en el anexo 1 de la Ley 20/2009, de prevención y control ambiental de las actividades.
    2. Es necesario que la producción, la comercialización de productos y la prestación de servicios se fabrique y comercialice en el ámbito territorial de Catalunya.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Altres Informacions

    1. Las condiciones para la concesión del distintivo de garantía de calidad ambiental se definen por categorías de productos y categorías de servicios.
    2. El periodo máximo de validez del distintivo para cada categoría es de tres años, prorrogables si en el momento de su vencimiento no han variado los criterios de otorgamiento ni las características del producto o del servicio.
    3. En caso de modificación de las características del producto o del servicio, el distintivo quedará sin efecto automáticamente.

    Solicitar el distintivo

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Informe de evaluación de la categoría de productos o servicios que corresponda (modelo IAD) elaborado según las directrices establecidas.
    2. Copia de la licencia ambiental en el caso de las actividades del anexo 2 de la Ley 20/2009, de 4 de diciembre, de prevención y control ambiental de las actividades.
    3. Copia del escrito original presentado al Ayuntamiento en el caso de actividades sometidas a régimen de comunicación.

    Requisitos

    1. Disponer de la autorización ambiental, de las actividades clasificadas en el anexo 1 de la Ley 20/2009, de prevención y control ambiental de las actividades.
    2. Es necesario que la producción, la comercialización de productos y la prestación de servicios se fabrique y comercialice en el ámbito territorial de Cataluña.

    Tasas

    La cuota para solicitar el Distintivo de garantía de calidad ambiental es de 411,65€.

    Bonificaciones de la cuota:

    1. Reducción del 50% si el sujeto pasivo es una microempresa o una pequeña o mediana empresa. Precio de la tasa: 205,85€.
    2. Reducción del 15% a los sujetos pasivos que acrediten tener la certificación EMAS o ISO 14001. En este caso, si el sujeto pasivo es una gran empresa, el precio de la tasa es de 349,90€. Si, además, el sujeto pasivo es una microempresa o una pequeña o mediana empresa, el precio de la tasa es de 144,10€.

    Las bonificaciones de la cuota son acumulables.
    Se consideran microe

  • Es un distintivo que acredita que los productos realizados por una persona artesana son de producción propia y están elaborados de manera artesanal mediante los procesos propios de su oficio y producidos en Cataluña.

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    Los formularios de solicitud permiten realizar en un documento único la presentación simultánea de las solicitudes de carné de artesano/ana, de distintivo de producto De Artesanía (D'A) y de distintivo para los establecimientos de venta de artesanía catalana. Para garantizar que se está utilizando la última versión en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que se tenga que utilizar se descarguen. Si se reutilizan los documentos para otras ocasiones se puede dar el caso de que se presente una versión obsoleta. Su presentación manuscrita no se aceptará como válida.

    A quién va dirigido

    A las personas artesanas que se dedican profesionalmente, y realizan una o diversas actividades incluidas dentro del Repertorio de familias de oficios artesanos que comportan la formación, la creación, la producción y la transformación de objetos, dando como resultado un producto artesano local, individualizado y realizado con materia prima natural o materia industrial reciclada que combine la técnica, la tradición y/o la innovación, y que en ningún caso sea susceptible de una producción industrial, totalmente mecanizada o en grandes series, para su comercialización.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Trámites relacionados

    Solicitar el distintivo

    Plazos

    Se puede presentar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación que se ha de adjuntar al formulario de solicitud:

    • Imágenes de los productos que elabora

    Las personas solicitantes que no tienen acreditada la condición de artesano/ana, también tienen que aportar:

    • Memoria gráfica, preferentemente audiovisual, donde se observe a la persona solicitante realizando una pieza de complejidad técnica alta

    Requisitos

    Lo pueden solicitar las personas artesanas que:

    • Ejerzan una o varías actividades incluidas dentro del Repertorio de familias de oficios artesanos que comporten la formación, la creación, la producción y la transformación de objetos, y que su resultado sea un producto artesano local, individualizado y realizado con materia prima natural o materia industrial reciclada que combine la técnica, la tradición y/o la innovación, y que en ningún caso sea susceptible de una producción industrial, totalmente mecanizada o en grandes series, para su comercialización
    • Estén inscritas o lleven a cabo la/las actividad/es en una empresa inscrita en la Seguridad Social y en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria en la actividad de fabricación y/o comercialización del/de los oficio/s que ejerza, y al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y la Generalitat de Catalunya y con la Seguridad Social
    • Desarrollen la/las actividad/es artesanal/es dentro del ámbito territorial de Cataluña

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Validez
    El distintivo D'A tiene validez indefinida mientras tengan vigencia los motivos por los cuales fue otorgado.

    Causas de revocación
    En el caso que el Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña detecte:

    • un uso fraudulento del distintivo: iniciará el expediente sancionador correspondiente, de acuerdo con el procedimiento y la tipificación de las infracciones previstas en el Capítulo II de la Ley 1/1990, de 8 de enero, sobre la disciplina del mercado y de defensa de los consumidores y de los usuarios
    • el incumplimiento de los requisitos exigidos para tenerlo: lo comunicará a la dirección general competente en materia de artesanía, a fin de que se ordene su revocación, con audiencia previa de la persona interesada

    Ventajas
    Acreditar que los productos elaborados por la persona artesana han sido realizados de manera artesanal mediante los procesos propios de el/los oficio/os y producidos en Cataluña.

    Autorización, uso y publicidad del distintivo
    Con la resolución de otorgamiento se autoriza la utilización del distintivo y la descarga por parte de los profesionales de las artes gráficas del diseño y su normativa gráfica.

    La impresión del distintivo va a cargo de la persona solicitante.

    Antes de proceder a la impresión definitiva del distintivo otorgado, se tienen que presentar las pruebas previas a la Unidad de Comunicación del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña, para su autorización y conformidad.

    Sólo pueden exhibir el distintivo D'A los productos de producción propia y que hayan sido elaborados de manera artesanal en Cataluña mediante los procesos propios del/de los oficio/s de la persona artesana solicitante.

    Verificación de los requisitos
    La Comisión de acreditación con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener el distintivo puede determinar la realización de pruebas prácticas, solicitar información adicional o requerir la presentación de productos que permitan conocer el dominio del/de los oficio/s de la persona solicitante.

    Criterios de valoración de la Comisión de acreditación

    • Titulaciones de estudios finalizados profesionales y académicos, así como los cursos del oficio y/o de perfeccionamiento realizados
    • Memoria del proceso de fabricación de la especialidad solicitada
    • El dominio técnico del oficio de la persona solicitante
    • El tiempo de ejercicio del oficio
    • Los trabajos realizados por la persona solicitante

    Titulaciones oficiales aceptadas

    • Ciclos formativos de grado superior de enseñanzas artísticas y diseño. Se admite de grado medio cuando los estudios en cuestión no disponen de grado superior de la especialidad.
    • Grados en Arte y Diseño, en Arte o en Diseño

    a) Rama de Artes y Humanidades:

    a.1) Artes y Diseño
    a.2) Bellas Artes
    a.3) Diseño (sólo las especialidades que tienen vinculación con las familias de oficios artesanos)

    b) Rama de ingeniería y arquitectura (sólo las especialidades que tienen vinculación con las familias de oficios artesanos)

    b.1) Diseño
    b.2) Ingeniería agrícola
    b.3) Ingeniería de tecnología y diseño textil

    • Titulaciones equivalentes a grados adscritos a la escuela superior de Diseño y Artes Plásticas (ESDAP)
    • Titulaciones equivalentes a grados adscritos al Instituto del Teatro (sólo las especialidades que tienen vinculación con las familias de oficios artesanos)
    • Certificados de profesionalidad del Servicio de Ocupación de Cataluña (niveles 2 y 3) de la familia Artes y Artesanía y aquellas especialidades de las familias Artes Gráficas; Madera, Mueble y Corcho; Textil, Confección y Piel; y Vidrio y Cerámica, que tengan vinculación con las familias de oficios artesanos del Repertorio.
    • Las titulaciones de estudios y académicos obtenidas fuera de Cataluña se convalidan de acuerdo con la Directiva de reconocimiento de calificaciones profesionales 2005/36/CE así como las posteriores modificaciones, permitiendo los profesionales de otro Estado Miembro acceder en las mismas condiciones que los nacionales.

    Requerimiento de productos que permitan conocer el dominio del oficio
    Las personas solicitantes que reciban el requerimiento para aportar productos que permitan conocer el dominio del oficio, los tienen que entregar al Órgano Técnico (Área de Artesanía - c. Banys Nous, 11 de Barcelona) presencialmente del lunes al viernes de 9 a 14 horas o mediante servicio de mensajería con portes pagados.
    Excepcionalmente, se pueden entregar en los centros de la Oficina de Gestión Empresarial (OGE) las piezas que reúnan las siguientes características:

    • que no sean frágiles
    • que no sobrepasen los 2 kg de peso
    • que la mayor dimensión de largo, de ancho y de alto no exceda de 60 cm

    No se pueden entregar productos a las oficinas OGE-Cambra.

    El Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (CCAM) y los centros de la Oficina de Gestión Empresarial (OGE) no se hacen responsables de cualquier tipo de desperfecto, sustracción o desaparición, incluidos los casos de fuerza mayor que se puedan ocasionar en los productos aportados, en las siguientes situaciones:

    • durante el tiempo que éstos permanezcan en sus instalaciones
    • envío mediante valija
    • retorno mediante Correos

    Productos entregados en el Área de Artesanía del CCAM:
    El plazo de tiempo fijado para recogerlos es de un mes, a contar desde el día siguiente de recibir la notificación de resolución, superado este plazo, se entenderá que la persona propietaria renuncia y cede los productos aportados al Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña para que haga el uso que considere oportuno.

    Productos entregados en las oficinas OGE:
    Se devolverán a la persona solicitante

    Consultad las condiciciones técnicas necesarias para realitzar trámites en línea en Trámites gencat

    Por internet

    Anexo de datos específicos en la solicitud de carné de artesano/ana y/o distintivos de Artesanía (G346NCCAM-027-00)

    ¿Cómo hacerlo?

    • Descargar el formulario de solicitud y el anexo de datos específicos a la solicitud de carné de artesano/ana y/o distintivos de Artesanía. que se encuentra en este mismo apartado.
    • Llenar el formulario y el anexo de datos específicos a la solicitud de carné de artesano/ana y/o distintivos de Artesanía.
    • Adjuntar en el apartado "Otra documentación adjunta" del formulario:
      • anexo de datos específicos en la sol·licitud de carné de artesano/ana y/o distintivos de Artesanía, llenado
      • fotografía tamaño DNI
      • memoria gráfica, si se requiere
      • memoria descriptiva del proceso de aprendizaje, si se requiere
    • Validar el formulario, firmarlo con certificado digital (se puede optar por no firmarlo) y guardarlo en vuestro ordenador.
    • Volver a la página de tramitación a través del enlace del propio formulario (al final del documento, justo antes del botón de guardar), y enviar el formulario
    • La persona solicitante recibirá el acuse de recibo y copia del formulario enviado. Si no se recibe esta información quiere decir que el proceso no se ha finalizado correctamente.

    Para poder obtener la identificación digital las personas solicitantes se pueden dirigir a las oficinas incluidas en la web del idCAT. Se puede consultar también el dossier "qué hay que hacer cuando quiero utilizar un certificado digital".

    Si hacéis el trámite sin certificado digital es imprescindible que, una vez enviado el formulario, se imprima el acuse de recibo de la solicitud que se reciba, se firma manualmente y en un plazo máximo de diez días hábiles, se presente en cualquiera de los centros de la Oficina de Gestión Empresarial (OGE), en el Centro de Artesanía Cataluña o en la sede del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (CCAM).

    En el caso que el peso de todos los ficheros con la documentación a aportar, superen los 5 MB, se tendrán que seguir las instrucciones complementarias que se puede encontrar en el apartado de documentación relacionada en el documento: "Instrucciones complementarias envío ficheros".

    Presencialmente

    Las solicitudes se tienen que dirigir al Área de Artesanía del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (CCAM):

    Por los medios que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

  • Es un distintivo que permite a las personas compradoras, tener la garantía que están adquiriendo auténtica artesanía catalana.

    Leer más

    Los formularios de solicitud permiten realizar en un documento único la presentación simultánea de las solicitudes de carné de artesano/ana, de distintivo de producto De Artesanía (D'A) y de distintivo para los establecimientos de venta de artesanía catalana. Para garantizar que se está utilizando la última versión en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que se tenga que utilizar se descarguen. Si se reutilizan los documentos para otras ocasiones se puede dar el caso de que se presente una versión obsoleta. Su presentación manuscrita no se aceptará como válida.

    A quién va dirigido

    A las personas artesanas que disponen de un punto de venta directa al público, propio y permanente, de sus productos, se dedican profesionalmente, y realizan una o diversas actividades incluídas en el Repertorio de familias de oficios artesanos.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Trámites relacionados

    Solicitar el distintivo

    Plazos

    Se puede presentar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación a adjuntar al formulario de solicitud:

    • Imágenes del establecimiento:
    • del exterior (donde se observe: el letrero, la fachada y el escaparate)
    • del interior

    Las personas solicitantes que no tienen acreditada la condición de artesano/ana, también tienen que aportar:

    • Memoria gráfica, preferentemente audiovisual, donde se observe a la persona solicitante realizando una pieza de complejidad técnica alta

    Requisitos

    Lo pueden solicitar las personas artesanas que:

    • Dispongan de un punto de venta directa al público, propio y permanente, de sus productos
    • Ejerzan una o varías actividades incluidas dentro del Repertorio de familias de oficios artesanos que comporten la formación, la creación, la producción y la transformación de objetos, y que su resultado sea un producto artesano local, individualizado y realizado con materia prima natural o materia industrial reciclada que combine la técnica, la tradición y/o la innovación, y que en ningún caso sea susceptible de una producción industrial, totalmente mecanizada o en grandes series, para su comercialización
    • Estén inscritas o lleven a cabo la /las actividad/es en una empresa inscrita en la Seguridad Social y en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria en la actividad de fabricación y/o comercialización del/de los oficio/s que ejerza, y al corriente de las obligaciones tributarias con el Estado y la Generalitat de Catalunya y con la Seguridad Social
    • Desarrollen la/las activitad/es artesanal/es dentro del ámbito territorial de Cataluña

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Altres Informacions

    Validez
    El distintivo D'A tiene validez indefinida mientras tengan vigencia los motivos por los cuales fue otorgado.
    Causas de revocación
    En el caso que el Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña detecte:

    • un uso fraudulento del distintivo: iniciará el expediente sancionador correspondiente, de acuerdo con el procedimiento y la tipificación de las infracciones previstas en el Capítulo II de la Ley 1/1990, de 8 de enero, sobre la disciplina del mercado y de defensa de los consumidores y de los usuarios
    • el incumplimiento de los requisitos exigidos para tenerlo: lo comunicará a la dirección general competente en materia de artesanía, a fin de que se ordene su revocación, con audiencia previa de la persona interesada


    Finalidad del distintivo
    Garantizar que se está adquiriendo auténtica artesanía catalana y promover su comercialización.
    Autorización e impresión del distintivo
    Con la resolución de otorgamiento se autoriza la utilización del distintivo y la descarga por parte de los profesionales de las artes gráficas del diseño y su normativa gráfica.
    La impresión del distintivo va a cargo de la persona solicitante.
    Antes de proceder a la impresión definitiva del distintivo otorgado, se tienen que presentar las pruebas previas a la Unidad de Comunicación del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña, para su autorización y conformidad.
    Verificación de los requisitos
    La Comisión de acreditación con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos para obtener el distintivo puede determinar la realización de pruebas prácticas, solicitar información adicional o requerir la presentación de productos que permitan conocer el dominio del/de los oficio/s de la persona solicitante.
    Criterios de valoración de la Comisión de acreditación

    • Titulaciones de estudios finalizados profesionales y académicos, así como los cursos del oficio y/o de perfeccionamiento realizados
    • Memoria del proceso de fabricación de la especialidad solicitada
    • El dominio técnico del oficio de la persona solicitante
    • El tiempo de ejercicio del oficio
    • Los trabajos realizados por la persona solicitante


    Titulaciones oficiales aceptadas

    • Ciclos formativos de grado superior de enseñanzas artísticas y diseño. Se admite de grado medio cuando los estudios en cuestión no disponen de grado superior de la especialidad.
    • Grados en Arte y Diseño, en Arte o en Diseño

    a) Rama de Artes y Humanidades:

    a.1) Artes y Diseño
    a.2) Bellas Artes
    a.3) Diseño (sólo las especialidades que tienen vinculación con las familias de oficios artesanos)

    b) Rama de ingeniería y arquitectura (sólo las especialidades que tienen vinculación con las familias de oficios artesanos)

    b.1) Diseño
    b.2) Ingeniería agrícola
    b.3) Ingeniería de tecnología y diseño textil

    • Titulaciones equivalentes a grados adscritos a la escuela superior de Diseño y Artes Plásticas (ESDAP)
    • Titulaciones equivalentes a grados adscritos al Instituto del Teatro (sólo las especialidades que tienen vinculación con las familias de oficios artesanos)
    • Certificados de profesionalidad del Servicio de Ocupación de Cataluña (niveles 2 y 3) de la familia Artes y Artesanía y aquellas especialidades de las familias Artes Gráficas; Madera, Mueble y Corcho; Textil, Confección y Piel; y Vidrio y Cerámica, que tengan vinculación con las familias de oficios artesanos del Repertorio.
    • Las titulaciones de estudios y académicos obtenidas fuera de Cataluña se convalidan de acuerdo con la Directiva de reconocimiento de calificaciones profesionales 2005/36/CE así como las posteriores modificaciones, permitiendo los profesionales de otro Estado Miembro acceder en las mismas condiciones que los nacionales.

    Requerimiento de productos que permitan conocer el dominio del oficio
    Las personas solicitantes que reciban el requerimiento para aportar productos que permitan conocer el dominio del oficio, los tienen que entregar al Órgano Técnico (Área de Artesanía - c. Banys Nous, 11 de Barcelona) presencialmente del lunes al viernes de 9 a 14 horas o mediante servicio de mensajería con portes pagados.
    Excepcionalmente, se pueden entregar en los centros de la Oficina de Gestión Empresarial (OGE) las piezas que reúnan las siguientes características:

    • que no sean frágiles
    • que no sobrepasen los 2 kg de peso
    • que la mayor dimensión de largo, de ancho y de alto no exceda de 60 cm

    No se pueden entregar productos a las oficinas OGE-Cambra.
    El Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (CCAM) y los centros de la Oficina de Gestión Empresarial (OGE) no se hacen responsables de cualquier tipo de desperfecto, sustracción o desaparición, incluidos los casos de fuerza mayor que se puedan ocasionar en los productos aportados, en las siguientes situaciones:

    • durante el tiempo que éstos permanezcan en sus instalaciones
    • envío mediante valija
    • retorno mediante Correos


    Productos entregados en el Área de Artesanía del CCAM:
    El plazo de tiempo fijado para recogerlos es de un mes, a contar desde el día siguiente de recibir la notificación de resolución, superado este plazo, se entenderá que la persona propietaria renuncia y cede los productos aportados al Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña para que haga el uso que considere oportuno.
    Productos entregados en las oficinas OGE:
    Se devolverán a la persona solicitante

    Consultad las condiciciones técnicas necesarias para realitzar trámites en línea en Trámites gencat

    Por internet

    Anexo de datos específicos en la solicitud de carné de artesano/ana y/o distintivos de Artesanía (G346NCCAM-027-00)

    ¿Cómo hacerlo?

    • Descargar el formulario de solicitud y el anexo de datos específicos a la solicitud de carné de artesano/ana y/o distintivos de Artesanía. que se encuentra en este mismo apartado.
    • Llenar el formulario y el anexo de datos específicos a la solicitud de carné de artesano/ana y/o distintivos de Artesanía.
    • Adjuntar en el apartado "Otra documentación adjunta" del formulario:
      • anexo de datos específicos en la sol·licitud de carné de artesano/ana y/o distintivos de Artesanía, llenado
      • fotografía tamaño DNI
      • memoria gráfica, si se requiere
      • memoria descriptiva del proceso de aprendizaje, si se requiere
    • Validar el formulario, firmarlo con certificado digital (se puede optar por no firmarlo) y guardarlo en vuestro ordenador.
    • Volver a la página de tramitación a través del enlace del propio formulario (al final del documento, justo antes del botón de guardar), y enviar el formulario
    • La persona solicitante recibirá el acuse de recibo y copia del formulario enviado. Si no se recibe esta información quiere decir que el proceso no se ha finalizado correctamente.

    Para poder obtener la identificación digital las personas solicitantes se pueden dirigir a las oficinas incluidas en la web del idCAT. Se puede consultar también el dossier "qué hay que hacer cuando quiero utilizar un certificado digital".

    Si hacéis el trámite sin certificado digital es imprescindible que, una vez enviado el formulario, se imprima el acuse de recibo de la solicitud que se reciba, se firma manualmente y en un plazo máximo de diez días hábiles, se presente en cualquiera de los centros de la Oficina de Gestión Empresarial (OGE), en el Centro de Artesanía Cataluña o en la sede del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (CCAM).

    En el cas que el pes de tots els fitxers amb la documentació a aportar, superin els 5 MB, s?hauran de seguir les instruccions complementàries que podeu trobar en el document: "Instruccions complementàries enviament fitxers".

    Presencialmente

    Las solicitudes se tienen que dirigir al Área de Artesanía del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (CCAM):

    Por los medios que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

  • La distribución del retorno de los canones es el pago que se hace a los entes locales que justifican la recogida y entrega de sus residuos. Cada año se publica la Guia de orientació para los entes locales sobre la aplicación del retorno de los canones sobre la disposición del rechazo de los residuos municipales donde se establecen los retornos correspondientes a cada año.

    Leer más

    El periodo de solicitud se acaba en el mes de marzo del año en curso.

    A quién va dirigido

    Els beneficiaris del Fons de gestió de residus són els Ens locals tant municipals com supramunicipals, altres entitats competents, mancomunitats i consorcis constituïts per la prestació de serveis i per inversions destinades a la gestió de residus municipals. Cada any es publica la Guia d'Orientació per als ens locals sobre la disposició del rebuig dels residus municipals on s'estableixen els criteris de retorn.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar

    Plazos

    El período de presentación es entre el 1 y el 31 de marzo del año en curso.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Del01.01.1970

    Solicitar el retornodel canon con el Sistema Documental de Residuos , este generara el documento R801 en formato pdf que tendra que firmarse electronicament a través de la plataforma EACAT. Una vez finalizado todo el proceso se tiene que hacer la presentación telemática a la Agència de Residus de Catalunya a través de la plataforma EACAT.

    Instrucciones para la presentación de la solicitud de retorn a través de EACAT

    Por internet

  • EcoviaT es el portal donde se pueden registrar los vehículos que cumplan los requisitos de baja emisión, y que quieran disfrutar del descuento del 30% en las autopistas y/o obtener acreditación para circular por el carril bus-VAO de la C -58.

    Leer más

    En el caso de los vehículos eléctricos se amplía con carácter temporal el descuento indicado del 30% al 100%

    A quién va dirigido

    Este trámite se dirige a personas que disponen de vehículos que cumplen los requisitos de baja emisión.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar el alta

    Plazos

    Este trámite se puede solicitar en cualquier momento

    Documentación

    Documentación que se ha de adjuntar a la solicitud:

    1. Ficha técnica del vehículo donde figure el nivel de emisiones. En caso de que no figure el nivel de emisiones, certificado oficial emitido por el fabricante donde figure este dato.
    2. Permiso de circulación.

    Requisitos

    Criterios

    • Los criterios para determinar si un vehículo puede acreditarse como vehículo de baja emisión son los siguientes:
    • Tipo de vehículo: turismo.
    • Vehículos matriculados en cualquier país miembro de la Unión Europea.
    • Requerimientos técnicos según tipo de combustible:
    • Vehículos eléctricos, GLP, Gas natural, Hidrógeno: todos.
    • Vehículos de gasóleo y biodiésel: emisión de CO2 inferior a 108 gr / km.
    • Vehículos de gasolina, bioetanol y demás combustibles: emisión de CO2 inferior a 120 gr / km.

    Y para disfrutar de los descuentos en autopistas de peaje:

    • Pago con la tarjeta Teletac VIAT.
    • Descuento aplicable de lunes a viernes no festivos.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Por internet

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

  • Próximamente habrá elecciones agrarias para determinar la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias.
    Para la confección del censo electoral definitivo para realizar las elecciones para determinar la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias, se encuentran en periodo de exposición pública cada Ayuntamiento los listados de personas físicas y jurídicas que la Ley considera electores, con el fin, en su caso, se presenten las alegaciones oportunas.
    Dentro de este trámite se pueden encontrar todos los documentos y las instrucciones, para su confección, que se deben tener en cuenta para efectuar las pertinentes alegaciones.

    Leer más

    A quién va dirigido

    A cualquier persona física o jurídica que quiera ejercer su derecho de participar en las elecciones.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Alegar nombramiento de miembro de la mesa electoral

    Plazos

    Plazos para presentar la solicitud: entre el 29 de enero y el 5 de febrero de 2016.

    Documentación

    Adicionalmente a la solicitud deberá adjuntarse:

    • La documentación acreditativa de alegado.
    • En caso de actuar un representante debe presentar la acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia.

    Únicamente será necesario aportar esta documentación en caso de no autorizar al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación para obtenerla:

    • Copia DNI/NIF/NIE del solicitante o representante.

    Requisitos

    Personas designadas en mesas electorales de las elecciones agrarias.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Del29.01.2016al 05.02.2016

    Presencialmente

    Se debe presentar la solicitud en:
    ? Oficinas Comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
    ? Para el resto de medios establecidos en la Ley 26/2010, de 3 de agosto y el artículo 38.4 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    Hacer alegaciones al censo electoral

    Plazos

    Del 5 de noviembre al 26 de noviembre de 2015, ambos inclusive.

    Documentación

    En el documento de alegaciones necesario aportar la documentación necesaria para acreditar el hecho alegado.
    En las alegaciones presentadas de forma presencial, en caso de ser necesario, para acreditar el cumplimiento de requisito de actividad por parte de personas jurídicas, hay que aportar el modelo de declaración responsable cumplimentado.

    Requisitos

    No hay requisitos para hacer alegaciones.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Del05.11.2015al 26.11.2015

    Por internet

    Presencialmente

    Si se quiere acreditar que se realiza más de un 25% de actividad agraria por parte de un persona jurídica hay que rellenar el siguiente modelo de declaración.
    Se debe presentar la solicitud a:

    Solicitar el voto por correo

    Plazos

    Plazos para presentar la solicitud: entre el 4 de enero y el 6 de febrero de 2016.

    Documentación

    Solicitud de voto por correo

    Requisitos

    Figurar inscrito en el censo electoral. Esta circunstancia se verificará por parte de la Oficina Comarcal.

    Tasas

    No hi ha taxes associades a aquest tràmit

    Otras informaciones

    • Del mismo modo que en comicios agrarios anteriores, las oficinas comarcales del DARP tienen asignada la gestión de los electores que quieran ejercer su derecho de voto por correspondencia.
    • Procedimiento a seguir:
    1. El elector que quiera emitir su voto por correo, lo puede solicitar personalmente ante cualquier oficina comarcal del DARP desde el día 4 de enero hasta el 6 de febrero.
    2. El elector deberá identificarse con su DNI ante un funcionario de la oficina comarcal, el cual comprobará si se encuentra inscrito en el censo definitivo, que está disponible en la página web de las elecciones agrarias 2016: http://agricultura.gencat.cat/ca/departament/dar_estadistiques_observatoris/eleccions-agraries/cens-electoral/
    3. La Oficina del Censo expedirá certificado conforme el solicitante se encuentra debidamente inscrito en el censo y hará la correspondiente anotación a fin de que el día de las elecciones no haga el voto personalmente y entregará el certificado a la Junta Electoral.
    4. La Junta Electoral enviará al interesado, a la dirección indicada en la solicitud, el certificado de la oficina del censo junto con las papeletas de todas las candidaturas y el sobre electoral y un sobre donde figurará la dirección de la mesa donde le corresponde votar.
    5. La entrega del voto para aquellas personas que lo hayan solicitado antes de que el OC disponga de papeletas lo podrá hacer cualquier persona autorizada no es imprescindible que sea el elector.
    6. En el caso de que en la oficina comarcal dispongan de las papeletas y los sobres oficiales para las elecciones agrarias 2016, podrá realizar la votación en la misma sede de la oficina en un lugar que garantice la privacidad del voto.
    7. El sobre que contenga el voto, debidamente cerrado y junto con el certificado censal, será introducido por el interesado dentro del sobre dirigido a la Junta Electoral y lo entregará en la oficina comarcal, que lo custodiará hasta el día de la votación, cuando lo entregue al presidente de la mesa electoral.
    8. El día 28 de febrero de 2016, día de la votación, a partir de las 10:00 horas, la oficina comarcal hará entrega en mano a los presidentes de las mesas correspondientes de los votos por correspondencia que haya recibido.

    Plazos

    Del04.01.2016al 06.02.2016

    Presencialmente

    Se debe presentar la solicitud a:
    ? Oficinas Comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
    ? Para el resto de medios establecidos en la Ley 26/2010, de 3 de agosto y el artículo 38.4 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre.

  • Con estat certificaciones se evalúa la actividad docente. Las solicitudes para obtener estas certificaciones se deben dirigir al presidente de la Comisión de Evaluación de la Calidad de AQU Cataluña y se deben presentar en soporte papel.

    Corresponde a las universidades determinar en sus concursos de acceso qué contratos deben ser cubiertos para hacer docencia. Por tanto, la certificación se convierte en un requisito si así lo establece la universidad.

    El solicitante se puede encontrar en uno de estos dos supuestos:

    • Profesores de universidades catalanas con un Manual de Evaluación Docente certificado por AQU Catalunya (UB, UAB, UPC, UPF, UdG, UdL, URV) y un informe favorable de su vicerrector de profesorado.
    • Otros casos.
    Leer más

    A quién va dirigido

    Solicitar el certificado

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. El informe o informes favorables de la evaluación de la actividad docente del candidato, emitidos por la Universidad o institución que corresponda, en los que se hará constar, como mínimo: 
      • La experiencia y los méritos docentes del interesado que hayan sido objeto de evaluación.
      • El periodo de tiempo evaluado.
      • La referencia expresa al procedimiento y los criterios utilizados para efectuar la evaluación, de acuerdo con el punto 4 de este acuerdo.
    2. La Agencia podrá pedir que se corrigan o completen la solicitud y/o documentación cuando no se haya presentado o sea incompleta, en el plazo de 10 días desde su notificación. En el caso que la persona interesada no aporte la información y/o documentación solicitada se podrá entender que desiste de la su solicitud.
    3. Excepcionalmente, en el supuesto que la persona interesada no pueda aportar, por razones justificadas a criterio de la Comisión Específica de Evaluación de los Méritos y Actividades Individuales, el informe favorable de evaluación de la su actividad docente, deberá especificar a la solicitud esta circunstancia y aportar un currículum vitae de acuerdu con el modelo publicado al web de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña, a los efectos de la su evaluación por la Agencia.
    4. En el procedimiento regulado por este Acuerdo, no deberá aportar la documentación que ya esté en poder de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña, excepto si ha sido modificada.
    5. Otros documentos incluídos en el formulario de solicitud.

    Requisitos

    El solicitante se puede encontrar en uno de estos dos casos:

    1. Profesores de universidades catalanas con un Manual de Evaluación Docent certificado por AQU Cataluña (UB, UAB, UPC, UPF, UdG, UdL, URV) y un informe favorable de su vicerector de profesorado
    2. Otros casos

    Para el caso 1, el procedimiento de certificación es el siguiente:
    El interesado debe dirigirse a la universidad donde presta sus servicios y pedir un informe favorable sobre su actividad docente, de acuerdo con el protocolo de evaluación publicado por AQU Cataluña. Este informe favorable debe estar firmado por el vicerector de profesorado. El profesor interesado deberá hacer llegar, junto con la solicitud y la documentación correspondiente, a AQU Cataluña para que ésta emita la certificación positiva.
    A la solicitud se debe adjuntar el informe favorable de la evaluación de la actividad docente del candidato de acuerdo con el protocolo de evaluación adjunto (emitidos por la universidad o institución que corresponda) en el cual se hará constar, como  mínimo:

    1. La experiencia y los méritos docentes del interesado que hayan sido objeto de evaluación
    2. El periodo de tiempo evaluado
    3. La referencia expresa al procedimiento y los criterios utilizados para efectuar la evaluación

    Para el caso 2, el procedimiento de evaluación es el siguiente:
    El interesado ha de dirigirse a la universidad donde presta sus servicios y pedir un informe favorable sobre su actividad docente de acuerdo con el protocolo publicado para AQU Cataluña. A la solicitud se debe adjuntar:

    1. Una fotocopia compulsada del informe favorable emitido por una agencia o institución diferente a AQU Cataluña, de acuerdo con el protocolo publicado por AQU Catalunya
    2. Un currículum vitae de acuerdo con el modelo de AQU Cataluña

    Excepcionalmente, en el caso que el solicitante no pueda aportar, por razones justificadas a criterio de la Comisión de Evaluación de los Méritos y Actividades Individuales, el informe favorable de evaluación de su actividad docente, deberá especificar a la solicitud esta circunstancia y aportar un currículum vitae de acuerdo con el modelo de AQU Cataluña.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Procedimiento para la redacción del informe de evaluación:
    Las universidades que tienen certificado el Manual de Evaluación Docente para la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña deberán evaluar la actividad docente de la persona candidata según el Manual certificado, siguiendo el protocolo publicado al web de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Cataluña.

    Cabe recordar
    Toda la documentación que ya esté en poder de AQU Cataluña de los candidatos que se deben solicitar la acreditación de investigación y investigación avanzada no se debe volver a enviar.

    Criterios de evaluación de la docencia y publicidad
    La Agencia valorará especialmente, los efectos de la emisión del certificado correspondiente, que en el informe se hayan tenido en consideración los criterios siguientes:

    1. Existencia de un documento que recoja las evidencias aportadas por el candidato evaluado y que incluya un análisis del conjunto de aspectos de su actividad docente.
    2. Tipología de la experiencia docente, que valore la docencia universitaria impartida en primer, segundo y tercer ciclos, la participación en materias obligatorias y la diversidad de materias impartidas.
    3. Grado de cumplimiento del encargo docente y de la realización de tareas relacionadas con la docencia.
    4. Calidad de la planificación docente atendiendo el diseño y adecación del plan docente así como los recursos y material docente utilizado.
    5. Calidad del desarrollo y actuación como profesor universitario incluyendo la formación para la actividad docente, la participación en proyectos de innovación docente en convocatorias competitivas y en tareas de transición al espacio europeo.
    6. Adecuación de los resultados de la actividad docente desarrollada.
    7. Grado de satisfacción de los estudiantes y graduados.
    8. Participación en la promoción y la evaluación de la calidad docente.
    9. Reconocimiento externo de la calidad docente.

    Presencialmente

    Descargar el formulario 

    Se debe presentar en:

  • Se trata de una encuesta de producción de productos para alimentación animal que se envía anualmente a los fabricantes para que la rellenen e informen dando cumplimiento a lo que establece la legislación vigente.

    Leer más

    Plazo de solicitud: hasta el 28 de febrero de 2014.

    A quién va dirigido

    A los fabricantes de productos de alimentación animal de Cataluña.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Responder la encuesta

    Plazos

    El plazo para presentar la encuesta finaliza el 28 de febrero de 2014.

    Documentación

    Nota aclaratoria para complementar la encuesta

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    El Decreto 81/2012, de 10 de julio, por el que se crea y regula el Registro del sector de la alimentación animal y del ámbito de los subproductos animales y productos derivados no destinados al consumo humano, establece que los fabricantes de los productos destinados a la alimentación animal deberán comunicar anualmente los datos de fabricación de productos para la alimentación animal mediante una encuesta de producción de cada establecimiento.
    En caso de que una empresa disponga de más de un establecimiento en Cataluña, hay que rellenar una encuesta para cada uno de ellos, es decir, crear un archivo Excel para cada uno y llenar, en cada caso, las tablas que correspondan a las actividades que realiza el establecimiento: fabricación de piensos compuestos, premezclas, aditivos, materias primas y / o piensos medicamentosos.El / los fichero / s se ha / n de rellenar, renombrar y enviar a la dirección de correo. El / los fichero / s se ha / n de renombrar de acuerdo con lo siguiente:

    "2013" + "_" + "n º de registro sin ?-" + ". Xls"

    Por ejemplo:

    si el número de registro es ESP08123456, el archivo se le debe dar el siguiente nombre: 2013_ESP08123456.xls
    si el número de registro es ?-ESP25123456, el archivo se le debe dar el siguiente nombre: 2013_ ESP25123456.xls.

    Plazos

    Hasta al 28.02.2014

    Por correo electrónico

    Se debe descargar el fichero, rellenarlo y adjuntarlo a la dirección segram.daam@gencat.cat. En los casos en que el DAAM tenga una dirección de correo electrónico de la empresa, también se debe facilitar el fichero por correo electrónico.

    En la primera pestaña del documento encontrará unas aclaraciones.

  • El Centro de Mecanización Agraria es el encargado de realizar los ensayos de laboratorio y de campo destinados a evaluar las prestaciones técnicas de máquinas, equipos y materiales presentes en el mercado o de sus prototipos. Estos ensayos se llevan a cabo a petición de las empresas interesadas.

    Leer más

    A quién va dirigido

    A las empresas agrarias, fabricantes e importadores de maquinaria y materiales agrícolas.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar el ensayo

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    A las solicitudes, se adjuntará la documentación que se detalla a continuación.
    Sin embargo, no será necesario presentar la documentación que ya se haya presentado anteriormente en el DAAM y los datos de la que no hayan variado y continúen siendo vigentes.
    En este caso, cuando se inicie el procedimiento administrativo en una oficina del DAAM distinta de aquella donde se presentó la documentación, se deberá indicar en el impreso de solicitud en qué procedimiento, campaña o año y unidad del DAAM se aportar la documentación requerida.
    1. Verificación de los datos de identidad de la persona solicitante o de quien la represente correspondientes al DNI / NIF / NIE u otro documento que lo acredite, en su caso, en caso de no haber autorizado al DAAM a obtener esta información.
    2. Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia, si procede.
    3. En el caso de personas jurídicas, copia de las escrituras y / o estatutos registrados de la entidad solicitante, si procede. Si esta documentación está disponible en el Registro de entidades jurídicas o en el Registro de cooperativas, el DAAM lo verificará de oficio.
    4. Cualquier documentación necesaria para la realización del ensayo.

    Tasas

    Se especifican en el anexo 1 de la Orden AAR/403/2008 de 25 de agosto por la que se aprueban los precios públicos del Centro de Mecanización Agraria, de la Escuela de Capacitación Náutico-pesquera de Cataluña, y de los centros y escuelas de capacitación agraria.

    Presencialmente

    El formulario de solicitud se puede enviar por correo electrónico a la dirección: alba.fillat@gencat.cat. Esta vía es, en todo caso, complementaria y es obligatorio presentarlo también por alguna de las vías legalmente determinadas, es decir, por correo administrativo a través de una oficina de Correos o presencialmente en el Registro Oficial del Centro de Mecanización Agraria (Rovira Roure, 191, 25198 Lleida).
    Para cualquier consulta sobre el tema, diríjanse a Francesc Solanelles (fsolanelles@gencat.cat) o Alba Fillat (alba.fillat@gencat.cat).

    Se debe presentar en:

    Centro de Mecanización Agraria

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.