Elecciones agrarias
Próximamente habrá elecciones agrarias para determinar la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias.
Para la confección del censo electoral definitivo para realizar las elecciones para determinar la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias, se encuentran en periodo de exposición pública cada Ayuntamiento los listados de personas físicas y jurídicas que la Ley considera electores, con el fin, en su caso, se presenten las alegaciones oportunas.
Dentro de este trámite se pueden encontrar todos los documentos y las instrucciones, para su confección, que se deben tener en cuenta para efectuar las pertinentes alegaciones.
A quién va dirigido
A cualquier persona física o jurídica que quiera ejercer su derecho de participar en las elecciones.
Organismo responsable
- Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació
- Secretaria General d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació
Normativa
Documentación relacionada
- Document d?al·legacions (R0278-DO1) [39,04 KB ]
- Declaració responsable acreditativa de l?activitat agrària (R0278-DO2) [48,5 KB ]
- Sol·licitud de certificació per al vot per correspondència (R0278-DO4) [0 Bytes ]
- Document para hacer alegaciones [40,9 KB ]
Alegar nombramiento de miembro de la mesa electoral
Plazos
Plazos para presentar la solicitud: entre el 29 de enero y el 5 de febrero de 2016.
Documentación
Adicionalmente a la solicitud deberá adjuntarse:
- La documentación acreditativa de alegado.
- En caso de actuar un representante debe presentar la acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia.
Únicamente será necesario aportar esta documentación en caso de no autorizar al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación para obtenerla:
- Copia DNI/NIF/NIE del solicitante o representante.
Requisitos
Personas designadas en mesas electorales de las elecciones agrarias.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Plazos
Del29.01.2016al 05.02.2016
Presencialmente
Se debe presentar la solicitud en:
? Oficinas Comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
? Para el resto de medios establecidos en la Ley 26/2010, de 3 de agosto y el artículo 38.4 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Hacer alegaciones al censo electoral
Plazos
Del 5 de noviembre al 26 de noviembre de 2015, ambos inclusive.
Documentación
En el documento de alegaciones necesario aportar la documentación necesaria para acreditar el hecho alegado.
En las alegaciones presentadas de forma presencial, en caso de ser necesario, para acreditar el cumplimiento de requisito de actividad por parte de personas jurídicas, hay que aportar el modelo de declaración responsable cumplimentado.
Requisitos
No hay requisitos para hacer alegaciones.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Plazos
Del05.11.2015al 26.11.2015
Por internet
Presencialmente
Si se quiere acreditar que se realiza más de un 25% de actividad agraria por parte de un persona jurídica hay que rellenar el siguiente modelo de declaración.
Se debe presentar la solicitud a:
- Oficinas comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
Por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Solicitar el voto por correo
Plazos
Plazos para presentar la solicitud: entre el 4 de enero y el 6 de febrero de 2016.
Documentación
Requisitos
Figurar inscrito en el censo electoral. Esta circunstancia se verificará por parte de la Oficina Comarcal.
Tasas
No hi ha taxes associades a aquest tràmit
Otras informaciones
- Del mismo modo que en comicios agrarios anteriores, las oficinas comarcales del DARP tienen asignada la gestión de los electores que quieran ejercer su derecho de voto por correspondencia.
- Procedimiento a seguir:
- El elector que quiera emitir su voto por correo, lo puede solicitar personalmente ante cualquier oficina comarcal del DARP desde el día 4 de enero hasta el 6 de febrero.
- El elector deberá identificarse con su DNI ante un funcionario de la oficina comarcal, el cual comprobará si se encuentra inscrito en el censo definitivo, que está disponible en la página web de las elecciones agrarias 2016: http://agricultura.gencat.cat/ca/departament/dar_estadistiques_observatoris/eleccions-agraries/cens-electoral/
- La Oficina del Censo expedirá certificado conforme el solicitante se encuentra debidamente inscrito en el censo y hará la correspondiente anotación a fin de que el día de las elecciones no haga el voto personalmente y entregará el certificado a la Junta Electoral.
- La Junta Electoral enviará al interesado, a la dirección indicada en la solicitud, el certificado de la oficina del censo junto con las papeletas de todas las candidaturas y el sobre electoral y un sobre donde figurará la dirección de la mesa donde le corresponde votar.
- La entrega del voto para aquellas personas que lo hayan solicitado antes de que el OC disponga de papeletas lo podrá hacer cualquier persona autorizada no es imprescindible que sea el elector.
- En el caso de que en la oficina comarcal dispongan de las papeletas y los sobres oficiales para las elecciones agrarias 2016, podrá realizar la votación en la misma sede de la oficina en un lugar que garantice la privacidad del voto.
- El sobre que contenga el voto, debidamente cerrado y junto con el certificado censal, será introducido por el interesado dentro del sobre dirigido a la Junta Electoral y lo entregará en la oficina comarcal, que lo custodiará hasta el día de la votación, cuando lo entregue al presidente de la mesa electoral.
- El día 28 de febrero de 2016, día de la votación, a partir de las 10:00 horas, la oficina comarcal hará entrega en mano a los presidentes de las mesas correspondientes de los votos por correspondencia que haya recibido.
Plazos
Del04.01.2016al 06.02.2016
Presencialmente
Se debe presentar la solicitud a:
? Oficinas Comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
? Para el resto de medios establecidos en la Ley 26/2010, de 3 de agosto y el artículo 38.4 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)
Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs
Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya
Calle Provença 339, 08037, Barcelona
Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)
Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus
Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)
Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona
Tel. 932723100
Consorci Hospitalari de Vic
Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic
Tel. 938891111
Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)
Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona
Tel. 932275706
Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)
Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona
Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)
Carrer Girona 20, 08010, Barcelona
Consorci del Parc Fluvial del Llobregat
Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella
Tel. 938250689
Cataluña Radio
Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona
Institut Català de Ciències del Clima (IC3)
Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona
Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona
Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona
Tel. 902627781
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