Las especies exóticas invasoras son aquellas de origen alóctono que representan un peligro para la biodiversidad y el equilibrio de los ecosistemas autóctonos, la economía y algunas actividades humanas que quedan recogidas en un Catálogo estatal.
A todas las personas interesadas.
El plazo para presentar las declaraciones es hasta el 3 de agost de 2014.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Per construir i explotar preses i embassaments (preses, rescloses, basses) de més de 5 m dalçada o més de 100.000 m3 de capacitat, cal laprovació duna proposta de classificació en funció del seu risc potencial en cas de trencament o funcionament incorrecte, i la seva inscripció al Registre de seguretat de preses i embassaments de lAgència Catalana de lAigua a petició del titular.
Segons la normativa vigent, els titulars de preses i embassaments classificades en tipus A, B o grans preses tipus C, han de donar compliment a un seguit dobligacions: han de comptar amb unes Normes dexplotació, un Pla demergència, així com designar un Enginyer representant de lequip dexplotació. En aquestes infraestructures, shan de sotmetre a informe els projectes, obres, canvis detapa en la vida i qualsevol actuació que pugui afectar la seva seguretat.
Als titulars de les preses de les conques internes de Catalunya i basses de tot el territori català d'alçada superior als 5 metres o amb capacitat superior als 100.000 m3.
Se puede solicitar en cualquier momento, antes de poner en servicio la presa, esclusa o balsa.
Documentación que hay que adjuntar a la solicitud:
En caso de clasificación e inscripción de presas y embalses
En caso de sólo inscripción:
No hay que adjuntar documentación al formulario
En caso de modificación de datos del Registro de seguridad de presas y embalses
Documentación complementaria o la modificación de datos que se quiere llevar a cabo en CD/DVD (según las especificaciones de la documentación en formato digital) y en papel.
El titular de una presa, balsa o embalse tiene que solicitar a la Agencia Catalana del Agua (ACA) la clasificación en función del riesgo potencial en caso de rotura o funcionamiento incorrecto de presas y embalses de más de 5 metros de altura o más de 100.000 m3 de capacidad de embalse, así como su inscripción al Registro de seguridad de presas y embalses. En base a este trámite, el ACA tiene que aprobar la clasificación e inscribirla en el Registro de seguridad de presas y embalses.
Según establece la legislación vigente, quedan obligados a solicitar la clasificación y registro a los titulares de las presas y esclusas existentes, en construcción o en fase de proyecto, que se encuentren situadas en dominio público hidráulico del Distrito de cuenca fluvial de Cataluña, así como las balsas situadas fuera de dominio público hidráulico de todo el territorio catalán, y que superen los valores mencionados en el párrafo anterior.
Se exceptúan del ámbito de aplicación de este trámite los depósitos de agua, las cámaras de carga, las chimeneas de equilibrio, los diques de encauzamiento de ríos y canales y otras estructuras hidráulicas, que, tanto por la tipología como por la función, difieran sustancialmente de las presas y embalses de agua.
En caso de que la infraestructura ya se encuentre clasificada, pero no inscrita, se tendrá que solicitar al ACA la inscripción de la misma, ver la modalidad: Solicitar la inscripción al Registro, de presas, de embalses y de balsas ya clasificadas.
Asimismo, un titular con infraestructuras clasificadas e inscritas en el Registro de Seguridad de Presas y embalses, puede solicitar al ACA modificar datos y/o aportar documentación adicional que tiene que permitir mantener actualizado el mencionado Registro, ver la modalidad: Solicitar la modificación de datos del Registro.
Ver documento de tasas.
Una vez se ha rellenado la solicitud, se debe imprimir y firmar y acompañar con la documentación necesaria (en su caso).
También se puede presentar en:
Se pueden presentar en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
En caso de que el solicitante del certificado no sea el titular de la inscripción, hará falta su autorización firmada con el fin de poder emitirlo.
Si el solicitante es el titular de la inscripción, no hay que presentar documentación adicional, sólo hay que presentar la solicitud.
La Agencia Catalana del Agua (ACA) puede emitir un certificado de la inscripción al Registro de seguridad de presas y embalses a petición del titular de la presa, embalse o balsa ya inscrita.
Ver documento de tasas.
Seguridad de presas y embalses (Web de la Agencia Catalana del Agua).
Una vez se ha rellenado la solicitud, se debe imprimir y firmar y acompañar con la documentación necesaria (en su caso).
También se puede presentar en:
Se pueden presentar en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Este trámite puede realizarse en cualquier momento.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Una vez se ha rellenado la solicitud, se debe imprimir y firmar y acompañar con la documentación necesaria (en su caso).
También se puede presentar en:
Se pueden presentar en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El titular de una presa, balsa o embalse tiene que someter a aprobación de la Agencia Catalana del Agua (ACA) las normas de explotación y el ingeniero representante del equipo de explotación de presas, embalses o balsas clasificados en las categorías A o B o bien que en función de sus dimensiones sean consideradas grandes presas. También tiene que proceder en el mismo sentido por los planes de emergencia de presas y embalses clasificados en las categorías A o B. En base a este trámite, el ACA tiene que aprobar los documentos presentados.
Ver documento de tasas.
Los aparatos sometidos a control metrológico no podrán ser fabricados, importados, comercializados ni utilizados mientras no hayan superado los procesos de control que les sean de aplicación. Dependiendo del momento en que se haga el control, hay diferentes tipos de verificaciones de los productos:
A los fabricantes y titulares de productos sometidos a control metrológico que se quieren comercializar.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud
Las tasas se pueden consultar en la web de la OGE.
Se puede presentar en varios lugares:
Se puede solicitar en cualquier momento
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Las tasas se pueden consultar en la web de la OGE.
Se puede presentar en varios lugares:
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Las tasas se pueden consultar en la web de la OGE.
Se puede presentar en varios lugares:
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Las tasas se pueden consultar en la web de la OGE.
Este trámite se aplica a instrumentos de pesaje, sobre todo a balanzas, para comprobar si se han hecho las pruebas de calibración y de funcionamiento en el laboratorio oficial correspondiente. A la vista del informe del laboratorio, el organismo competente emite el correspondiente certificado.
Se puede presentar en varios lugares:
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Las tasas se pueden consultar en la web de la OGE.
Este trámite se aplica a instrumentos de pesaje, sobre todo a balanzas, para comprobar si se han hecho las pruebas de calibración y funcionamiento en el laboratorio oficial correspondiente. A la vista del informe del laboratorio, el organismo competente emite el correspondiente certificado.
Se puede presentar en varios lugares:
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Las tasas se pueden consultar en la web de la OGE.
Se puede presentar en varios lugares:
Las funciones de aplicador o aplicadora de las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing sólo pueden ser ejercidas por las personas que puedan acreditar, antes de iniciar la actividad, que reúnen los requisitos de formación correspondientes.
La formación se puede adquirir en un centro de formación homologado por el Departamento de Salud o se puede convalidar una actividad de formación ya realizada, siempre que los contenidos formativos sean de características y duración equivalentes a los de los cursos homologados.
La Dirección General de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria puede convalidar, a efectos del ejercicio de las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing, estos cursos de formación autorizados en otras Comunidades Autónomas del territorio español y/o otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre que los contenidos de éstos sean equiparables.
Las personas que dispongan de determinadas titulaciones regladas o que puedan acreditar determinadas competencias pueden ejercer la actividad sin tener que realizar la formación específica ni tener que tramitar la convalidación.
La convalidación de las actividades formativas supone, a instancia del organismo o entidad organizadora, la inscripción del personal aplicador habilitado para el ejercicio de las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing en el Registro de las personas formadas de forma preceptiva para trabajar como profesionales aplicadores de tatuajes, micropigmentaciones y piercings, para realizar el mantenimiento de instalaciones susceptibles de contaminar por legionela o para trabajar con aparatos de bronceado, adscrito al Departamento de Salud.
Para rellenar correctamente el formulario se debe guardar en formato PDF en el ordenador, darle un nombre y abrirlo con una versión actualizada del programa Adobe Reader (versió 9.1 o superior). Recordar siempre la localización de la carpeta donde ha guardado el fichero. En caso de duda, consulte les recomendaciones de seguridad disponibles en Trámites gencat o llamad al servicio de atención telefónica del 012.
A las personas que quieran realizar prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing en Cataluña y que hayan realizado cursos de formación autorizados en otras Comunidades Autónomas del territorio español y/o otros Estados Miembros de la Unión Europea.
La solicitud de convalidación se puede solicitar en cualquier momento pero siempre antes de iniciar la actividad.
La resolución de convalidación tiene una vigencia de 10 años y hay que renovarla antes de que finalice el periodo de vigencia correspondiente de la resolución de convalidación.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Copia simple de la titulación oficial acreditativa de los conocimientos profesionales sanitarios para el ejercicio de las prácticas de tatuaje, micropigmentación y/o piercing.
La formación realizada comporta haber superado unos contenidos formativos de características y duración equivalentes en las previstas en el anexo 3 A del Decreto 90/2008, de 22 de abril, por el cual se regulan las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing.
No hay tasas asociadas a este trámite
Las personas que dispongan de determinadas titulaciones regladas o que puedan acreditar determinadas competencias pueden ejercer la actividad sin tener que realizar la formación específica ni tener que tramitar la convalidación.
Están exentas de la obligación de acreditar los requisitos de formación las personas que dispongan de alguna de las siguientes titulaciones:
Licenciatura en medicina y cirugía
Licenciatura en farmacia
Licenciatura en biología
Licenciatura en odontología
Diplomatura en enfermería
Diplomatura en podología
Título de formación profesional de técnico/a superior en estética
Título de formación profesional de técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería
También quedan exentas las personas que obtengan la acreditación de la competencia correspondiente de las unidades de competencia de:
Realizar y supervisar procesos de micropigmentación.
Realizar y supervisar técnicas de tatuaje artístico.
Ambas vinculadas a la calificación profesional de maquillaje integral, de la familia profesional de imagen personal.
Los datos comunicados a la Administración se incorporan al Registro de las personas formadas de forma preceptiva para trabajar com profesionales aplicadores de tatuajes, micropigmentaciones y piercings, para hacer el mantenimiento de instalaciones susceptibles de contaminar por legionela o para trabajar con aparatos de bronceado, que mantiene la Dirección General de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria.
Para rellenar correctamente el formulario se debe guardar en formato PDF en el ordenador, darle un nombre y abrirlo con una versión actualizada del programa Adobe Reader (versió 9.1 o superior). Recordar siempre la localización de la carpeta donde ha guardado el fichero. En caso de duda, consulte les recomendaciones de seguridad disponibles en Trámites gencat o llamad al servicio de atención telefónica del 012.
La solicitud y la documentación requerida se pueden presentar directamente en las oficinas de gestión empresarial (OGE) y se recomienda que se haga así de manera preferente.
De acuerdo con lo que dispone el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento administrativo de las administraciones públicas de Cataluña, también se pueden presentar en cualquier registro de la Administración de la Generalitat o de los organismos y de las entidades públicas vinculados o que dependen de ella. Se puede obtener información de las oficinas de registro propias y las concertadas de la Generalitat de Catalunya llamando al 012 o consultando la página web Buscador de oficinas de registro.
También se pueden presentar a través del resto de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
La solicitud de renovación de la convalidación debe presentarse antes de que finalice el periodo de vigencia correspondiente de la resolución de convalidación.
Copia simple del documento que acredite la superación del módulo de actualización de la formación.
Superación de un módulo de actualización de la formación homologado oficialmente:
Antes de que finalice el periodo de vigencia correspondiente de la resolución de convalidación la persona titular, si pretende continuar ejerciendo la actividad de aplicador o aplicadora de las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing, tiene que superar un módulo de actualización de la formación homologado oficialmente, de acuerdo con lo que establece el anexo 3 C del Decreto 90/2008, de 22 de abril, por el cual es regulan las práctica de tatuaje, micropigmentación y piercing.
La superación del módulo de actualización homologado conlleva el derecho a la expedición de un certificado de formación. La expedición del certificado de formación la tiene que llevar a cabo el centro de formación donde el alumno o alumna haya realizado el módulo de actualización y haya superado la prueba de evaluación correspondiente.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Los datos comunicados a la Administración se incorporan al Registro de las personas formadas de forma preceptiva para trabajar com profesionales aplicadores de tatuajes, micropigmentaciones y piercings, para hacer el mantenimiento de instalaciones susceptibles de contaminar por legionela o para trabajar con aparatos de bronceado, que mantiene la Dirección General de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria.
Para rellenar correctamente el formulario se debe guardar en formato PDF en el ordenador, darle un nombre y abrirlo con una versión actualizada del programa Adobe Reader (versió 9.1 o superior). Recordar siempre la localización de la carpeta donde ha guardado el fichero. En caso de duda, consulte les recomendaciones de seguridad disponibles en Trámites gencat o llamad al servicio de atención telefónica del 012.
La solicitud y la documentación requerida se pueden presentar directamente en las oficinas de gestión empresarial (OGE) y se recomienda que se haga así de manera preferente.
De acuerdo con el que dispone el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento administrativo de las administraciones públicas de Cataluña, también se pueden presentar en cualquier registro de la Administración de la Generalitat o de los organismos y de las entidades públicas vinculados o que dependen de ella. Se puede obtener información de las oficinas de registro propias y las concertadas de la Generalitat de Catalunya llamando al 012 o consultando la página web Buscador de oficinas de registro.
También se pueden presentar a través del resto de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
El artículo 92.bis.6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local establece que el Gobierno regulará mediante Real Decreto las especialidades correspondientes de la forma de provisión de puestos reservados a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. En todo caso, el concurso será el sistema normal de provisión de estos puestos de trabajo. El ámbito territorial de los concursos será de carácter estatal.
En cuanto al concurso ordinario, que es de carácter anual, las corporaciones locales con puestos vacantes aprobarán las bases del concurso ordinario, de acuerdo con el modelo de convocatoria y bases comunes que se aprueben en el Real Decreto previsto en el apartado anterior, y efectuarán las convocatorias, remitiéndose a la correspondiente Comunidad Autónoma para su publicación simultánea en los diarios oficiales.
Esta remisión se efectuará en la Dirección General de Administración Local del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales.
A los entes locales.
Los diez primeros días hábiles de febrero.
No hay tasas asociadas a este trámite.
También se puede presentar por alguna de las diferentes vías que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
La convocatoria de investigación clínica y en servicios sanitarios que gestiona la Agencia de Evaluación de Tecnología e Investigación Médicas, a partir de la iniciativa del Departamento de Salud, tiene como objetivo la concesión de ayudas destinadas a la realización de proyectos de investigación clínica y en servicios sanitarios presentados para unas temáticas priorizadas según las necesidades identificadas.
Leer másEsta información corresponde a la última convocatoria. Los diferentes apartados se actualizarán cuando se disponga de los nuevos datos.
A la comunidad científica y profesional de Cataluña.
El plazo para presentar la solicitud finaliza el 15 de marzo de 2010.
La convocatoria se hace pública bienalmente, por lo que se pueden presentar solicitudes de proyectos cada dos años. Previamente, se hace público el Call for Topics para que la comunidad científica y profesional haga propuestas de temas relevantes para su investigación.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Para cualquier consulta se puede contactar con:
Plazos
Del16.02.2010al 15.03.2010
El proceso de propuesta de temas (Call for topics) de la convocatoria de Investigación 2010 de la Agencia de Evaluación de Tecnología e Investigaciones Médicas se puede hacer a través de este enlace.
El objeto de esta convocatoria es otorgar, ayudas para la celebración de simposios conjuntos entre grupos de investigación de Cataluña y del Campus SUNY (The State University of New York, http://www.suny.edu).
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Contacto: Elsa Alonso Aznárez (ealonsoa@gencat.cat)
El plazo de presentación de solicitudes es desde el 2 de diciembre de 2015 hasta el 29 de enero de 2016.
Pueden beneficiarse de esta convocatoria las universidades públicas y privadas del sistema universitario de Cataluña, que realicen un simposio conjunto con un grupo del Campus SUNY.
Se pueden presentar propuestas de simposios donde participe más de una universidad catalana. En este caso se deberá especificar cual actúa como coordinadora, que será la beneficiaria de la ayuda.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto desde el día siguiente de la publicación de la Resolución en el DOGC hasta el 29 de enero de 2016.
El impreso de solicitud está formado por:
Las solicitudes deben presentarse telemáticamente y en formato papel en el registro de AGAUR. Ante cualquier incidencia o diferencia entre los impresos presentados, siempre prevalece la solicitud en formato papel.
Los simposios deben:
Se pueden invitar ponentes externos, ajenos a los grupos de investigación involucrados en el simposio, de forma justificada.
No hay tasas asociadas a este trámite
Duración:
Los simposios deben llevarse a cabo en el periodo comprendido entre la resolución de concesión y el mes de diciembre de 2016, en Cataluña o en los EEUU.
Importe:
El importe máximo de la ayuda para los beneficiarios de Cataluña es de 4.000 euros. Este importe subvencionará parcialmente el coste total del gasto y se destinará a cubrir gastos directamente relacionados con el desarrollo del simposio.
Se pueden solicitar gastos para desplazamientos y alojamiento de los miembros de las entidades catalanas beneficiarias y/o universidades colaboradoras de la ayuda y otros gastos relacionados con el desarrollo del simposio, como el alquiler de salas, la contratación de servicios o la difusión.
En el caso de incluir gastos relacionados con expertos externos, será necesario justificar debidamente la contribución al simposio y serán financiables los gastos de desplazamientos y alojamiento y / o una posible gratificación.
Plazos
Del02.12.2015al 29.01.2016
La solicitud consta de un formulario general y un documento annexo que se tiene que convertir a PDF y adjuntar al formulario. Siguiendo las instrucciones del formulario, es necesario enviarlo telemáticamente, imprimirlo, firmarlo (por el responsable del simposio a Cataluña y el representante legal de la universidad) y entregarlo al registro de AGAUR (Paseo Lluís Companys, 23, 08010, Barcelona) en el plazo establecido.
Consultar las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea.
És imprescindible enviar la solicitud telematicamente y en formato papel para completar el paso de solicitud.
En caso de que un usuario quiera obtener una copia auténtica de la tarjeta de inspección técnica del vehículo (ITV), deberá solicitarla al órgano competente, el cual previa presentación del original del documento, compulsará la copia aportada, que podrá ser sustituida por el original.
El conductor de un vehículo tiene la obligación de estar en posesión y exhibir ante los agentes de la autoridad si fuera necesario la siguiente documentación:
Estos documentos tienen que ser originales o copias auténticas.
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A los titulares de vehículos.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que hay que adjuntar a la solicitud
Se pueden consultar en la web de la OGE.
Las solicitudes también se pueden enviar por correo ordinario a las Oficines de Gestió Empresarial o en cualquier lugar habilitado como oficina de registro de entrada (en este caso, la resolución no será inmediata).
Corresponde a la Comisión de Delimitación Territorial, a iniciativa propia o a petición del titular del Departamento de Gobernación y Relaciones Institucionales, elaborar las propuestas para la corrección de disfunciones territoriales en los términos municipales.
Son disfunciones territoriales:
Las correcciones de disfunciones territoriales deben ser anotadas en el Registro de entes locales de Cataluña y se publicarán en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña y en el Boletín Oficial del Estado.
A los municipios.
En cualquier momento.
No hay tasas asociadas a este trámite.
El departamento competente en materia de urbanismo, los consejos comarcales, las diputaciones provinciales y los municipios afectados, y la Comisión Jurídica Asesora deben emitir informe sobre la propuesta de corrección elaborada por la Comisión de Delimitación Territorial.
También se puede presentar por alguna de las diferentes vías que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Un partido político es un ente privado con base asociativa, formado a partir de una ideología y unos intereses determinados. Pretende obtener representación en las instituciones a través de las elecciones democráticas, unir convicciones y esfuerzos para incidir en los asuntos públicos y en la vida democrática de un territorio, contribuir a la financiación institucional y fomentar cambios y mejoras desde el poder político.
A todo aquel que desee crear un partido político.
Se puede solicitar la constitución del partido en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Los partidos políticos adquieren personalidad jurídica por la inscripción en el Registro de Partidos Políticos, existente en el Ministerio del Interior.
Puede consultar aquí las instrucciones del Ministerio del Interior sobre la inscripción de un partido político.
Solicitud de inscripción, modificación y cancelación
Se tiene que presentar: