Convalidación o renovación de la convalidación de la formación del personal aplicador de tatuajes, micropigmentaciones y piercings

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Las funciones de aplicador o aplicadora de las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing sólo pueden ser ejercidas por las personas que puedan acreditar, antes de iniciar la actividad, que reúnen los requisitos de formación correspondientes.

La formación se puede adquirir en un centro de formación homologado por el Departamento de Salud o se puede convalidar una actividad de formación ya realizada, siempre que los contenidos formativos sean de características y duración equivalentes a los de los cursos homologados.
La Dirección General de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria puede convalidar, a efectos del ejercicio de las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing, estos cursos de formación autorizados en otras Comunidades Autónomas del territorio español y/o otros Estados Miembros de la Unión Europea, siempre que los contenidos de éstos sean equiparables.
Las personas que dispongan de determinadas titulaciones regladas o que puedan acreditar determinadas competencias pueden ejercer la actividad sin tener que realizar la formación específica ni tener que tramitar la convalidación.
La convalidación de las actividades formativas supone, a instancia del organismo o entidad organizadora, la inscripción del personal aplicador habilitado para el ejercicio de las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing en el Registro de las personas formadas de forma preceptiva para trabajar como profesionales aplicadores de tatuajes, micropigmentaciones y piercings, para realizar el mantenimiento de instalaciones susceptibles de contaminar por legionela o para trabajar con aparatos de bronceado, adscrito al Departamento de Salud.

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Para rellenar correctamente el formulario se debe guardar en formato PDF en el ordenador, darle un nombre y abrirlo con una versión actualizada del programa Adobe Reader (versió 9.1 o superior). Recordar siempre la localización de la carpeta donde ha guardado el fichero. En caso de duda, consulte les recomendaciones de seguridad disponibles en Trámites gencat o llamad al servicio de atención telefónica del 012.

A quién va dirigido

A las personas que quieran realizar prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing en Cataluña y que hayan realizado cursos de formación autorizados en otras Comunidades Autónomas del territorio español y/o otros Estados Miembros de la Unión Europea.

Solicitar la convalidación de la formación

Plazos

La solicitud de convalidación se puede solicitar en cualquier momento pero siempre antes de iniciar la actividad.

La resolución de convalidación tiene una vigencia de 10 años y hay que renovarla antes de que finalice el periodo de vigencia correspondiente de la resolución de convalidación.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

Copia simple de la titulación oficial acreditativa de los conocimientos profesionales sanitarios para el ejercicio de las prácticas de tatuaje, micropigmentación y/o piercing.

Requisitos

La formación realizada comporta haber superado unos contenidos formativos de características y duración equivalentes en las previstas en el anexo 3 A del Decreto 90/2008, de 22 de abril, por el cual se regulan las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing.

 

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Otras informaciones

Las personas que dispongan de determinadas titulaciones regladas o que puedan acreditar determinadas competencias pueden ejercer la actividad sin tener que realizar la formación específica ni tener que tramitar la convalidación.
Están exentas de la obligación de acreditar los requisitos de formación las personas que dispongan de alguna de las siguientes titulaciones:
• Licenciatura en medicina y cirugía
• Licenciatura en farmacia
• Licenciatura en biología
• Licenciatura en odontología
• Diplomatura en enfermería
• Diplomatura en podología
• Título de formación profesional de técnico/a superior en estética
• Título de formación profesional de técnico/a en cuidados auxiliares de enfermería
También quedan exentas las personas que obtengan la acreditación de la competencia correspondiente de las unidades de competencia de:
• Realizar y supervisar procesos de micropigmentación.
• Realizar y supervisar técnicas de tatuaje artístico.
Ambas vinculadas a la calificación profesional de maquillaje integral, de la familia profesional de imagen personal.
Los datos comunicados a la Administración se incorporan al Registro de las personas formadas de forma preceptiva para trabajar com profesionales aplicadores de tatuajes, micropigmentaciones y piercings, para hacer el mantenimiento de instalaciones susceptibles de contaminar por legionela o para trabajar con aparatos de bronceado, que mantiene la Dirección General de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria.

Para rellenar correctamente el formulario se debe guardar en formato PDF en el ordenador, darle un nombre y abrirlo con una versión actualizada del programa Adobe Reader (versió 9.1 o superior). Recordar siempre la localización de la carpeta donde ha guardado el fichero. En caso de duda, consulte les recomendaciones de seguridad disponibles en Trámites gencat o llamad al servicio de atención telefónica del 012.

Presencialmente


Puntos de tramitación

La solicitud y la documentación requerida se pueden presentar directamente en las oficinas de gestión empresarial (OGE) y se recomienda que se haga así de manera preferente.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento administrativo de las administraciones públicas de Cataluña, también se pueden presentar en cualquier registro de la Administración de la Generalitat o de los organismos y de las entidades públicas vinculados o que dependen de ella. Se puede obtener información de las oficinas de registro propias y las concertadas de la Generalitat de Catalunya llamando al 012 o consultando la página web Buscador de oficinas de registro.

También se pueden presentar a través del resto de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

 

Solicitar la renovación de la convalidación de la formación del personal aplicador de tatuajes, micropigmentaciones y piercings

Plazos

La solicitud de renovación de la convalidación debe presentarse antes de que finalice el periodo de vigencia correspondiente de la resolución de convalidación.

Documentación

Copia simple del documento que acredite la superación del módulo de actualización de la formación.

Requisitos

Superación de un módulo de actualización de la formación homologado oficialmente:

Antes de que finalice el periodo de vigencia correspondiente de la resolución de convalidación la persona titular, si pretende continuar ejerciendo la actividad de aplicador o aplicadora de las prácticas de tatuaje, micropigmentación y piercing, tiene que superar un módulo de actualización de la formación homologado oficialmente, de acuerdo con lo que establece el anexo 3 C del Decreto 90/2008, de 22 de abril, por el cual es regulan las práctica de tatuaje, micropigmentación y piercing.

La superación del módulo de actualización homologado conlleva el derecho a la expedición de un certificado de formación. La expedición del certificado de formación la tiene que llevar a cabo el centro de formación donde el alumno o alumna haya realizado el módulo de actualización y haya superado la prueba de evaluación correspondiente.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Para rellenar correctamente el formulario se debe guardar en formato PDF en el ordenador, darle un nombre y abrirlo con una versión actualizada del programa Adobe Reader (versió 9.1 o superior). Recordar siempre la localización de la carpeta donde ha guardado el fichero. En caso de duda, consulte les recomendaciones de seguridad disponibles en Trámites gencat o llamad al servicio de atención telefónica del 012.

Presencialmente


Puntos de tramitación

La solicitud y la documentación requerida se pueden presentar directamente en las oficinas de gestión empresarial (OGE) y se recomienda que se haga así de manera preferente.

De acuerdo con el que dispone el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento administrativo de las administraciones públicas de Cataluña, también se pueden presentar en cualquier registro de la Administración de la Generalitat o de los organismos y de las entidades públicas vinculados o que dependen de ella. Se puede obtener información de las oficinas de registro propias y las concertadas de la Generalitat de Catalunya llamando al 012 o consultando la página web Buscador de oficinas de registro.

También se pueden presentar a través del resto de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

 


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

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Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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