Generalitat de Cataluña

  • ## Resumen Esta subvención apoya la edición de audiolibros en catalán u occitano. Se considera audiolibro la grabación de la lectura en voz alta de un libro impreso, que se puede reproducir en dispositivos electrónicos. **Quién puede usar este servicio** Empresas y profesionales del sector editorial que no dependan de administraciones públicas. **Antes de empezar** Ten en cuenta que el trámite es totalmente online y necesitas un certificado digital. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos** * Enlace al sitio web o app donde se venda el audiolibro. * Justificación de gastos (sin necesidad de adjuntar los justificantes). * Listado de los libros que has publicado en papel el año anterior (o en el año actual si eres una editorial nueva). **Requisitos previos** * El audiolibro debe estar basado en un libro ya publicado en papel. * Debe estar a la venta al público. * La editorial debe tener un mínimo de publicaciones en papel. * El audio debe ser con voz humana, no electrónica. **Costes y plazos** * No hay tasas. * El plazo para solicitarla depende de cuándo se publicó el audiolibro. Para audiolibros publicados entre el 1 de junio y el 31 de octubre de 2024, el plazo es del 26 de septiembre al 5 de noviembre de 2024. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso** 1. **Solicitar:** Rellena el formulario online (Iniciar). 2. **Consultar el estado del trámite:** Consulta el estado de un trámite o gestión en el Area Privada de trámites gencat con el código (ID) o el número de expediente y el DNI/NIF (https://ovt.gencat.cat/carpetaciutadana360#/consulta). 3. **Recibir respuesta de la administración:** Estate atento al Tablón de la Sede electrónica de la Generalitat de Cataluña, donde se publicará la propuesta de resolución. Si es necesario, tendrás 10 días para presentar documentación adicional. 4. **Recibir la subvención:** Si todo está correcto, recibirás el pago. **Información sobre cada etapa** * La solicitud se presenta online con certificado digital. * El estado del trámite se puede consultar en el Área Privada. * La resolución se publica en el Tablón electrónico. **Tiempos de espera** La administración tiene 6 meses para responder. Si no recibes respuesta en ese tiempo, se considera que tu solicitud ha sido rechazada. ## Después de hacerlo **Qué sucede después** Una vez concedida la subvención, recibirás el pago. **Plazos de resolución** El plazo máximo es de 6 meses desde la solicitud. **Siguiente pasos** No hay más pasos. ## Ayuda **Contacto** * Consultas sobre la subvención: 93 567 35 68 y 93 554 78 55. * Consultas sobre la tramitación telemática: 93 552 91 66. * Horario: lunes a viernes de 9 a 14h. **Recursos adicionales** * Convocatoria de la subvención * Bases específicas * Modificación de las bases específicas * Segunda modificación de las bases específicas * Modificación de las bases específicas * Bases específicas * Bases generales * Tercera modificación de las bases generales * Segunda modificación de las bases generales * Modificación de las bases generales * Bases generales ##

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar y justificar subvenciones para la edición de obras literarias singulares y sobre movimientos y autores literarios. **Quién puede usar este servicio:** * Entidades o personas que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria de la subvención. ## Cómo hacerlo ### Pasos a seguir: 1. **Solicitar la subvención:** Accede al enlace: [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-ledicio-dobres-literaries-singulars-i-sobre-moviments-i-autors-literaris-CLT022?category=740579c2-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) y completa el formulario. 2. **Justificar la subvención:** Accede al enlace: [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-ledicio-dobres-literaries-singulars-i-sobre-moviments-i-autors-literaris-CLT022?category=740579c2-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) y completa el formulario. ## Información Adicional * **Fecha de actualización:** 19.02.2025

  • ## Resumen Este trámite permite acceder a las subvenciones destinadas a la edición de publicaciones periódicas culturales en lengua catalana y occitana. Se divide en dos opciones principales: la solicitud de la subvención y la justificación de la misma. ## ¿Quién puede usar este servicio? Entidades editoriales que publiquen revistas y otras publicaciones periódicas culturales en lengua catalana y occitana. ## Cómo hacerlo El proceso se divide en dos fases: ### 1. Solicitar la subvención Accede al trámite de solicitud de subvención a través de este enlace: [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-ledicio-de-publicacions-periodiques-culturals-en-llengua-catalana-i-occitana-00001?category=740579c2-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1). Sigue las instrucciones y proporciona la documentación requerida. ### 2. Justificar la subvención Una vez concedida la subvención, deberás justificar su uso. Accede al trámite de justificación a través de este enlace: [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-ledicio-de-publicacions-periodiques-culturals-en-llengua-catalana-i-occitana-00001?category=740579c2-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2). Sigue las instrucciones y proporciona la documentación requerida. ## Información Adicional Fecha de actualización: 18.07.2024

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones para la edición de discos y vídeos musicales que tengan un especial valor cultural y patrimonial. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Edicio-discografica-i-videografica-de-produccions-musicals-especial-interes?category=74099878-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Edicio-discografica-i-videografica-de-produccions-musicals-especial-interes?category=74099878-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones para la realización de obras de conservación y mantenimiento en inmuebles de notable valor cultural. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-lexecucio-dobres-de-conservacio-i-manteniment-dimmobles-de-notable-valor-cultural-CLT504?category=740af80a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-lexecucio-dobres-de-conservacio-i-manteniment-dimmobles-de-notable-valor-cultural-CLT504?category=740af80a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • Son subvenciones para contribuir económicamente durante un periodo bienal a la ejecución de obras de consolidación o restauración en inmuebles situados en Cataluña y protegidos en calidad de bienes culturales de interés nacional (BCIN) o bienes culturales de interés local (BCIL).
    importante
    Las personas físicas pueden tramitar la ayuda telemáticamente. El resto de destinatarios deberá hacerlo por la vía telemática. Para ello, necesitará un certificado digital. Ofrecemos un servicio para ayudarle a cumplimentar y tramitar las solicitudes telemáticamente. Puede pedir cita previa para hacer uso de este servicio: osic@gencat.cat
    A la hora de enviar la solicitud a trámite, en caso de interrupción ajena al usuario del funcionamiento de Trámites gencat, será necesario que envíe al buzón de contacto un mensaje informando del error y que se adjuntan una captura de pantalla (tecla Impr Pant) en el que se pueda ver el mensaje de error que le devuelva el sistema.

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    Plazo de solicitud: del 8 al 26 de septiembre de 2016. A causa de una incidencia en la plataforma de tramitación, el período de solicitud se prorroga hasta el 29 de septiembre de 2016.

    Solo se aceptarán las solicitudes que puedan acreditar, mediante una captura de pantalla, que se ha intentado enviar a trámite el formulario el 26 de septiembre sin éxito.

    A quién va dirigido

    • Los entes locales y los entes dependientes.
    • A las personas físicas.
    • A las fundaciones, a otras entidades privadas sin ánimo de lucro.
    • A las agrupaciones de personas físicas y de entidades sin ánimo de lucro que no tengan personalidad jurídica.
    • A otros tipos de unidad económica y patrimonio separado no tengan ánimo de lucro.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar las solicitudes es del 8 al 26 de septiembre de 2016. A causa de una incidencia en la plataforma de tramitación, el período de solicitud se prorroga hasta el 29 de septiembre de 2016.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Proyecto de actividad o actuación
    2. Presupuesto completo y detallado del proyecto
    3. Calendario de ejecución de la obra.
    4. Plan de mantenimiento del edificio.
    5. Declaración del título que tenga sobre el inmueble (propiedad, arrendamiento, usufructo) que consta en el formulario normalizado de solicitud.

    Requisitos

    1. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones , que imposibilitan convertirse en beneficiario de las subvenciones.
    2. En cumplimiento del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ninguna entidad (pública o privada) podrá ser beneficiaria de una subvención si se encuentra en una de las circunstancias de crisis que establece la UE en el Reglamento 651/2014. Esta medida afecta a las sociedades mercantiles (SA, SL) públicas y privadas, pero también asociaciones, fundaciones, cooperativas, autónomos o profesionales, ONG, etc. que tengan una actividad económica. Por actividad económica se entiende el ofrecimiento de bienes y servicios en un mercado para conseguir unos ingresos, a pesar de que su finalidad sea social o sin ánimo de lucro.
    3. Cumplir con las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, y con las obligaciones de la Seguridad Social.
    4. Adherirse a las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia publicadas en el DOGC núm. 7178, del 5 agosto de 2016.
    5. Los inmuebles deben estar situados en Cataluña y protegidos en calidad de bienes culturales de interés nacional (BCIN) o bienes culturales de interés local (BCIL), entendiendo por BCIL los que han sido declarados de acuerdo con el artículo 17 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, y los que lo son por la disposición adicional 1.1 de la Ley mencionada.

    6. Tener el inmueble en propiedad o estar formalmente autorizado por el propietario para efectuar las obras.
    7. La ejecución de las obras mencionadas se debe realizar durante el bienio objeto de la convocatoria, y, en todo caso, deben terminar antes del 30 de noviembre del segundo año.

    8. Quedan excluidos los inmuebles que reciban apoyo económico a través del uno por ciento cultural o de inversiones programadas por el Departamento de Cultura durante el bienio objeto de la convocatoria correspondiente.

    9. Cada solicitante solo puede presentar una solicitud por el mismo inmueble.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Cuantía

    La cuantía de la subvención es de un mínimo de 8.000,00 euros y un máximo de 200.000,00 euros y en ningún caso puede ser superior al 70% del coste total de las obras.

    Se inadmitirán las solicitudes de subvención de importe inferior a 8.000,00 euros o que contengan un presupuesto del proyecto inferior a 11.428,00 euros. Asimismo se denegarán las solicitudes de subvención para proyectos que, una vez valorados, solo puedan obtener una subvención inferior a 8.000,00 euros.

    Criterios de valoración

    Las solicitudes serán valoradas de acuerdo con la aplicación de los siguientes criterios:

    a) Intervenciones llevadas a cabo en bienes culturales de interés nacional (BCIN) (2 puntos).

    b) Intervenciones que impliquen la puesta en uso del inmueble o una parte de él (hasta 1,5 puntos).

    c) Intervenciones que impliquen la rehabilitación integral del inmueble o de una parte unitaria completa como subsistema de este (hasta 1,5 puntos).

    d) Existencia de un plan de viabilidad en la puesta en uso del inmueble o bien en su continuidad (hasta 1,5 puntos).

    e) Existencia de patologías de gravedad y urgencia que aconsejen priorizar la intervención (hasta 2 puntos).

    f) Dinamización y funcionalidad dentro del territorio (hasta 1,5 puntos).

    Comisión de valoración

    Los nombres de las personas que forman parte de la comisión de valoración se publicaran en breve.

    Plazos

    Del08.09.2016al 29.09.2016

    Para tramitar la solicitud necesitará tener un certificado digital.
    El Departamento de Cultura es entidad certificadora para personas físicas. Puede obtener el certificado digital en el mismo Departamento y en los Servicios Territoriales .
    Los entes locales tendrán que presentar las solicitudes a través firma electrónica reconocida.
    Más información sobre los sistemas de firma electrónica

    Por internet

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones para la restauración y conservación de inmuebles de notable valor cultural. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-lexecucio-dobres-de-restauracio-i-consolidacio-dimmobles-de-notable-valor-cultural?category=740af80a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-lexecucio-dobres-de-restauracio-i-consolidacio-dimmobles-de-notable-valor-cultural?category=740af80a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones destinadas a museos de Cataluña para la realización de obras, la compra y la instalación de equipamiento. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-lexecucio-dobres-i-per-a-ladquisicio-i-la-installacio-dequipaments-als-museus-de-Catalunya-CLT508?category=740af80a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-lexecucio-dobres-i-per-a-ladquisicio-i-la-installacio-dequipaments-als-museus-de-Catalunya-CLT508?category=740af80a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar subvenciones para crear materiales que promocionen internacionalmente obras de literatura catalana y aranesa. El objetivo es impulsar la traducción y adaptación de estas obras. **Quién puede usar este servicio:** * Empresas y profesionales del sector editorial y agencias literarias. * Entidades públicas o privadas, tanto españolas como extranjeras. **Antes de empezar:** * Ten en cuenta que el plazo de solicitud ya ha finalizado para la convocatoria de 2024 (del 12 de febrero al 16 de mayo). ## Lo que necesitas * **Documentación:** Deberás presentar una cuenta justificativa con los comprobantes de los gastos realizados. * **Requisitos:** Los materiales deben estar destinados exclusivamente a la promoción internacional de los derechos de transformación de las obras (traducción y/o adaptación). * **Costes:** Este trámite no tiene tasas asociadas. * **Plazos:** El plazo de presentación de la documentación justificativa es de un mes a partir de la finalización de la actividad subvencionada, con fecha límite el 15 de noviembre del año de la convocatoria. ## Cómo hacerlo 1. **Solicitar la subvención:** La solicitud se realiza telemáticamente a través de la sede electrónica del Institut Ramon Llull. * [Iniciar solicitud](https://oficinavirtual.llull.cat/ov/es) * También se puede presentar presencialmente en las oficinas del Institut Ramon Llull ([https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=12863](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=12863)) 2. **Recibir la respuesta de la Administración:** La resolución se notificará en un plazo máximo de seis meses desde la publicación de la convocatoria. 3. **Recibir la subvención:** El pago del 100% se realizará tras presentar la documentación justificativa. 4. **Justificar la subvención:** Presenta la cuenta justificativa con los comprobantes de gasto en el plazo indicado. ## Después de hacerlo * Una vez justificada la subvención, se verificará la documentación y se procederá al pago. * El plazo máximo de resolución es de seis meses desde la publicación de la convocatoria. ## Ayuda * **Contacto:** * [Departament de Cultura](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=2221) * [Institut Ramon Llull](https://web.gencat.cat/ca/adreces-i-telefons/detall/index.html?codInf=12863) * **Normativa:** * [1a convocatoria 2024](https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/index.html?documentId=977520) * [Modificación de bases](https://dogc.gencat.cat/es/document-del-dogc/index.html?documentId=976654)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar subvenciones para la elaboración de materiales de promoción internacional de obras de literatura catalana y aranesa. El objetivo es impulsar la difusión internacional de estas obras y sus derechos de traducción y adaptación. **Quién puede usar este servicio:** * Editoriales y agencias literarias, tanto personas físicas (empresarios) como personas jurídicas (públicas o privadas), españolas o extranjeras. **Antes de empezar:** * Es importante revisar los requisitos y plazos establecidos en la convocatoria. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * Cuenta justificativa con justificantes de gasto. **Requisitos previos:** * Cumplir con los requisitos generales de la Ley General de Subvenciones. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * Presentar declaración sobre otras ayudas solicitadas u obtenidas. * Cumplir con la normativa sobre propiedad intelectual. * Estar dado de alta en el IAE si es obligatorio. * Estar inscritas en el registro correspondiente (entidades sin ánimo de lucro). * Cumplir con la cuota legal de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad (empresas con más de 50 empleados). * Indicar los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual (empresas con más de 25 empleados). * Cumplir con la Ley de Política Lingüística. * Haber adaptado los estatutos según la normativa vigente (fundaciones y asociaciones). * Haber presentado las cuentas anuales ante el protectorado (fundaciones). * No haber sido sancionadas por prácticas laborales discriminatorias. * Respetar las condiciones de la Ley de igualdad de trato y no discriminación. * Presentar declaración responsable de otras ayudas de *minimis*. * Adherirse al código ético establecido. * Respetar la Ley de igualdad efectiva de mujeres y hombres. **Costes y plazos:** * Este trámite no tiene tasas asociadas. * El plazo para solicitar la subvención fue del 13 de febrero al 17 de mayo de 2023. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitar la subvención:** A través de la sede electrónica del Institut Ramon Llull (https://oficinavirtual.llull.cat/ov/es). 2. **Recibir la respuesta de la Administración:** La resolución se notificará en un plazo máximo de seis meses. 3. **Justificar la subvención:** Presentar la cuenta justificativa en el plazo de un mes desde la finalización de la actividad subvencionada, y en todo caso, antes del 31 de enero del año siguiente al de la convocatoria. 4. **Realizar el pago:** El Institut Ramon Llull iniciará el pago del 100% del importe otorgado una vez realizada la actividad subvencionada y presentada la documentación justificativa. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Se realiza el pago de la subvención tras la justificación. **Plazos de resolución:** * El plazo máximo para resolver es de 6 meses desde la publicación de la convocatoria. ## Ayuda **Contacto:** * Departament de Cultura * Institut Ramon Llull **Recursos adicionales:** * RESOLUCIÓN de 18 de enero de 2023, por la que se abre la 1ª convocatoria del año 2023 para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la elaboración de materiales de promoción internacional de obras de literatura catalana y aranesa * RESOLUCIÓN de 8 de junio de 2023, por la que se modifica la dotación presupuestaria de la 1ª convocatoria 2023 para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la elaboración de materiales de promoción internacional de obras de literatura catalana * RESOLUCIÓN de 9 de enero de 2023, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Dirección de fecha 15 de diciembre de 2022, por el que se modifican las bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de pública concurrencia del Consorcio del Instituto Ramon Llull.

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