Generalitat de Cataluña

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones para proyectos de gestión y conservación del patrimonio cultural en Cataluña, cofinanciadas por el Programa Operativo FEDER de Cataluña 2014-2020. **¿Quién puede usar este servicio?** Entidades que realicen operaciones de gestión y conservación del patrimonio cultural arquitectónico, arqueológico y paleontológico. ## ¿Qué necesitas? Dependiendo de si quieres solicitar o justificar la subvención, necesitarás diferente documentación. Consulta los enlaces a continuación para ver los requisitos específicos. ## Cómo hacerlo El proceso se divide en dos opciones: 1. **Solicitar la subvención:** Accede al enlace correspondiente y sigue los pasos indicados. 2. **Justificar la subvención:** Accede al enlace correspondiente y sigue los pasos indicados. * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-al-cofinancament-pel-PO-FEDER-de-Catalunya-2014-2020-doperacions-en-lambit-de-la-gestio-i-conservacio-del-patrimoni-cultural-arquitectonic-arqueologic-i-paleontologic?category=740af80a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-al-cofinancament-pel-PO-FEDER-de-Catalunya-2014-2020-doperacions-en-lambit-de-la-gestio-i-conservacio-del-patrimoni-cultural-arquitectonic-arqueologic-i-paleontologic?category=740af80a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones para la cofinanciación por el PO FEDER de Cataluña 2014-2020 de operaciones en el ámbito de los equipamientos de artes escénicas y musicales. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-al-cofinancament-pel-PO-FEDER-de-Catalunya-2014-2020-doperacions-en-lambit-dels-equipaments-darts-esceniques-i-musicals?category=74099878-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-al-cofinancament-pel-PO-FEDER-de-Catalunya-2014-2020-doperacions-en-lambit-dels-equipaments-darts-esceniques-i-musicals?category=74099878-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones para la cofinanciación de operaciones en el ámbito de los equipamientos museísticos a través del Programa Operativo FEDER de Cataluña 2014-2020. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-al-cofinancament-pel-PO-FEDER-de-Catalunya-2014-2020-doperacions-en-lambit-dels-equipaments-museistics?category=740838e6-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-al-cofinancament-pel-PO-FEDER-de-Catalunya-2014-2020-doperacions-en-lambit-dels-equipaments-museistics?category=740838e6-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones destinadas a la colaboración en la elaboración del Catálogo colectivo del patrimonio bibliográfico de Cataluña y la digitalización y difusión de fondos bibliográficos patrimoniales. **Quién puede usar este servicio:** Entidades que colaboren en la elaboración del Catálogo colectivo del patrimonio bibliográfico de Cataluña y en la digitalización y difusión de fondos bibliográficos patrimoniales. ## Cómo hacerlo Para realizar este trámite, tiene las siguientes opciones: * **Solicitar la subvención:** * Acceda al siguiente enlace: [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-collaboracio-en-lelaboracio-del-Cataleg-collectiu-del-patrimoni-bibliografic-de-Catalunya-i-la-digitalitzacio-i-difusio-de-fons-bibliografics-patrimonials-CLT501?category=73a99e16-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * **Justificar la subvención:** * Acceda al siguiente enlace: [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-collaboracio-en-lelaboracio-del-Cataleg-collectiu-del-patrimoni-bibliografic-de-Catalunya-i-la-digitalitzacio-i-difusio-de-fons-bibliografics-patrimonials-CLT501?category=73a99e16-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) ## Información Adicional * **Fecha de actualización:** 27.01.2025

  • ## Resumen Este trámite te permite acceder a las subvenciones para becas de alojamiento y manutención si eres beneficiario del programa Eurodyssey en Cataluña. A continuación, encontrarás las opciones disponibles según tu necesidad. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles y selecciona la que corresponda a tu caso: * [Solicitar la beca. Convocatoria anticipada 2024](/es/tramits/tramits-temes/Beques-Eurodissea.-Practiques-professionals-a-lestranger?category=&temesNom=Treball&moda=1) * [Aportar documentación](/es/tramits/tramits-temes/Beques-Eurodissea.-Practiques-professionals-a-lestranger?category=&temesNom=Treball&moda=2) **Fecha de actualización:** 21.01.2025

  • El objeto de estas subvenciones es la conservación preventiva y la conservación-restauración de bienes culturales muebles que forman parte del patrimonio cultural catalán.
    Las actuaciones de conservación deben ser de las especialidades de pintura y escultura sobre madera, pintura sobre tela, pintura mural, arte contemporáneo en cualquier formato, escultura sobre piedra, materiales arqueológicos y paleontológicos, materiales inorgánicos, materiales etnológicos, bienes técnicos, tejidos, muebles, documento y obra sobre papel y fotografía.

    Estas subvenciones son de tramitación telemática obligatoria y necesitará disponer de un certificado digital para poder tramitar la solicitud.


    Ofrecemos un servicio para ayudarle a cumplimentar y tramitar las solicitudes telemáticamente. Puede enviar un correo electrónico a osic@gencat.cat para acogerse a este servicio

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    Plazo de solicitud: del 12 al 25 de abril de 2016.

    A quién va dirigido

    a) A los entes locales de Cataluña y los organismos dependientes.

    b) A los consorcios locales con domicilio en Cataluña.

    c) A las entidades privadas sin finalidad de lucro que tengan domicilio en Cataluña.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar las solicitudes es del 12 al 25 de abril de 2016.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Proyecto de actividad o actuación
    2. Presupuesto completo y detallado del proyecto
    3. El currículum del responsable de la actuación tan detallado como sea posible donde consten los estudios y la trayectoria profesional del técnico que hará la actuación, y la experiencia concreta en la especialidad correspondiente al bien cultural objeto de la actuación.
    4. Declaración responsable, que consta en el formulario de solicitud, conforme el solicitante es propietario del bien o, en el caso de que no lo sea, conforme tiene la autorización del propietario para hacer la actuación correspondiente.
    5. Declaración responsable, que consta en el formulario de solicitud, conforme se compromete a que el autor o autora de la memoria de restauración prevista en la base 8.2 ceda al Departamento de Cultura, con carácter no exclusivo, de manera indefinida y para todos los países del mundo, los derechos de propiedad intelectual, en cualquiera de sus modalidades de explotación, así como el derecho de publicación de la memoria con carácter preferente durante los dos primeros años.
    6. Declaración responsable, que consta en el formulario de solicitud, conforme se dispone de los recursos económicos para financiar, como mínimo, el 50% del coste de la actuación objeto de subvención

    A partir del día siguiente de la publicación de la relación provisional de subvenciones concedidas, los solicitantes propuestos dispondrán de 10 días hábiles para presentar la documentación siguiente:

    1. Documento de aceptación de la subvención
    2. Documentación acreditativa de la propiedad del bien o autorización correspondiente.
    3. Documentación acreditativa de la disposición de los recursos económicos para financiar, como mínimo, el 50% del coste de la actuación objeto de subvención.

    Requisitos

    1. Realizar la actividad subvencionada dentro del año natural.
    2. Realizar la actividad subvencionada en el ámbito territorial de Cataluña.
    3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones , que imposibilitan convertirse en beneficiario de las subvenciones.
    4. En cumplimiento del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ninguna entidad (pública o privada) podrá ser beneficiaria de una subvención si se encuentra en una de las circunstancias de crisis que establece la UE en el Reglamento 651/2014. Esta medida afecta a las sociedades mercantiles (SA, SL) públicas y privadas, pero también asociaciones, fundaciones, cooperativas, autónomos o profesionales, ONG, etc. que tengan una actividad económica. Por actividad económica se entiende el ofrecimiento de bienes y servicios en un mercado para conseguir unos ingresos, a pesar de que su finalidad sea social o sin ánimo de lucro.
    5. Cumplir con las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, y con las obligaciones de la Seguridad Social.
    6. Cumplir con los requisitos que la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística , establece en los artículos siguientes:
      • Artículo 36.4, que obliga a que los carteles de los centros de trabajo y las informaciones que haya en su interior, estén por lo menos en catalán.
      • Artículos 32.1 y 32.3, que obligan a que las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña puedan atenderlo en catalán y que tanto la señalización y carteles como la documentación de su oferta comercial estén al menos en catalán.
    7. Si se dispone de una plantilla igual o superior a 50 personas, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas que establecen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril , el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril , y el Decreto 322/2011, de 19 de abril .
    8. Si la plantilla es igual o superior a 25 personas, disponer, con el acuerdo de los agentes sociales, de los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y utilizarlos adecuadamente, tal como disponen los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril , del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
    9. Si para la realización de la actividad objeto de la subvención se utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, debe cumplirse con lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
    10. Las personas solicitantes tienen que ser propietarias o poseedoras de un bien cultural mueble o de un bien inmueble del patrimonio cultural catalán en que se integran los elementos históricos y artísticos objeto de la solicitud y que se proponga para una actuación de conservación preventiva o restauración.

    11. El proyecto lo tiene que hacer una persona profesional con titulación reglada, con experiencia probada y capacitación en el campo específico de la conservación-restauración, y con la participación del personal técnico o los especialistas necesarios.

    12. Las personas solicitantes tienen que disponer de recursos económicos para financiar, como mínimo, el 50% del coste de la actuación objeto de subvención.

    13. Las actuaciones se tienen que llevar a cabo en los talleres del Centro de Restauración de Bienes Muebles de Cataluña, excepto aquellas que se realicen sobre elementos integrados en bienes inmuebles o que, por razones técnicas, el Centro considere que se tienen que hacer in situ, y en todos los supuestos, se tienen que hacer bajo la supervisión técnica del Centro de Restauración de Bienes Muebles de Cataluña.

      No obstante, si la actuación se ha hecho anteriormente a la solicitud de la subvención, es suficiente que esta se haya hecho bajo la supervisión técnica del Centro.

    14. El transporte va a cargo de la entidad beneficiaria de la subvención, y los gastos de material fungible, las analíticas, las radiografías y las fotografías, las asume el Centro de Restauración de Bienes Muebles de Cataluña.

    15. La Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural, en colaboración con el personal técnico del Centro de Restauración de Bienes Muebles de Cataluña, tiene que hacer el seguimiento de cada actuación.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Criterios de valoración

    Las solicitudes tienen que ser valoradas de acuerdo con los criterios siguientes:

    a) Categoría de protección de los bienes objeto de actuación: bienes culturales de interés nacional, bienes catalogados y el resto de bienes del patrimonio cultural catalán con un valor destacado (hasta 5 puntos).

    b) Estado de la conservación actual de los bienes que son objeto de la solicitud (hasta 5 puntos).

    c) Condiciones ambientales y de seguridad del lugar donde irá expuesto el bien cultural así como la accesibilidad o difusión de los bienes (hasta 5 puntos).

    d) Interés y calidad del proyecto presentado así como la capacitación, formación y especialización de las personas profesionales que elaboran la propuesta, y de las que harán la actuación (hasta 5 puntos).

    En las actuaciones de pintura mural y escultura en piedra que se lleven a cabo in situ, no se valoran los criterios de la letra c del apartado 7.1 y, por lo tanto, la puntuación máxima de 20 se distribuye, a partes iguales, entre los criterios de las letras a, b y d.

    Comisión de valoración

    Los nombres de las personas que forman parte de la comisión de valoración se publicarán en breve.

    Plazos

    Del12.04.2016al 25.04.2016

    Por internet

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones para la conservación y restauración de bienes muebles y elementos arqueológicos y artísticos que forman parte del patrimonio inmueble. ## Cómo hacerlo El trámite se divide en dos opciones: * **Solicitar la subvención:** Para iniciar el proceso de solicitud. * **Justificar la subvención:** Para presentar la documentación justificativa una vez concedida la subvención. Accede a la opción correspondiente a través de los siguientes enlaces: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-conservacio-restauracio-de-bens-mobles-i-dels-elements-arqueologics-i-artistics-integrats-en-el-patrimoni-immoble?category=740af80a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-conservacio-restauracio-de-bens-mobles-i-dels-elements-arqueologics-i-artistics-integrats-en-el-patrimoni-immoble?category=740af80a-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite permite acceder a las subvenciones destinadas a fomentar la contratación laboral de personas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad. A continuación, encontrarás las opciones disponibles para realizar este trámite. Selecciona la opción que corresponda a tu situación para acceder a la información y condiciones específicas. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda a tu necesidad: * [Solicitar la subvención. Convocatoria 2024](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-contractacio-laboral-de-persones-en-situacio-de-major-vulnerabilitat?category=&temesNom=Treball&moda=1) * [Aportar documentación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-contractacio-laboral-de-persones-en-situacio-de-major-vulnerabilitat?category=&temesNom=Treball&moda=2) *Fecha de actualización 08.08.2024*

  • Son subvenciones para contribuir a la financiación de los gastos realizados por las corporaciones locales de Cataluña en la contratación de actividades artísticas y culturales relacionadas con la conmemoración del Tricentenario de los hechos de 1714.

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    El plazo de presentación de las solicitudes es del 26 de marzo al 24 de abril de 2014.

    Esta línea de subvenciones es de tramitación telemática obligatoria.

    A quién va dirigido

    Pueden optar a estas subvenciones las corporaciones locales de Cataluña siguientes: los ayuntamientos de los municipios de hasta 5.000 habitantes y las entidades municipales descentralizadas o los consejos comarcales, siempre que las actuaciones o actividades a subvencionar se lleven a cabo en municipios o núcleos de población que no superen a los 5.000 habitantes.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar las solicitudes es del 26 de marzo al 24 de abril de 2014.

    Documentación

    Documentació que cal adjuntar a la sol·licitud:

    1. Proyecto de actividad o actuación según las pautas del modelo, si hay, de la línea de subvenciones correspondiendo. Este proyecto tiene que incluir la información complementaria que determine el modelo, cuando sea necesario para acreditar los requisitos que prevén las bases específicas o para valorar el proyecto.
    2. Presupuesto completo y detallado del proyecto en el cual figuren todos los gastos y los ingresos, la cuantía de la ayuda que se solicita y el detalle de las fuentes de financiación previstas, según las pautas del modelo, si hay, de la línea de subvenciones correspondiendo.

    Requisitos

    1. Realizar la actividad subvencionada dentro del año natural de concesión de la subvención o lo que determinen las bases específicas.
    2. Realizar la actividad subvencionada en el ámbito territorial de Cataluña o lo que determinen las bases específicas.
    3. No encontrarse en cabeza de las circunstancias con que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18.11.2003).
    4. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalitat de Catalunya, con el Estado y con la Seguridad Social.
    5. Cumplir el requisito que establece el artículo 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, con respecto a los centros laborales y, en las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña, cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1 y 32.3 de la Ley mencionada.
    6. En caso de que disponga de una plantilla igual o superior a 50 personas, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores o trabajadoras con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos (BOE nº. 103, de 30.4.1982); el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE nº. 94, de 20.4.2005), y el Decreto 322/2011, de 19 de abril (DOGC nº. 5864, de 21.4.2011).
    7. En caso de que tenga una plantilla igual o superior a 25 personas, disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso en razón de sexo, y para intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con los agentes sociales, y utilizarlos adecuadamente, de conformidad con los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
    8. Cuándo para la realización de la actividad objeto de la subvención se utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
    9. En el caso de las fundaciones, haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales delante del protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado para la Ley 4/2008, de 24 de abril.
    10. Todas las actividades en que hacen referencia estas bases tendrán que estar incluidas a la programación cultural elaborada en forma de catálogo oficial con ocasión de la conmemoración del Tricentenario y que se puede consultar a las páginas web: www.tricentenari.cat y http://cultura.gencat.cat/cpt
    11. Cada solicitante sólo puede presentar una solicitud de subvención.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Del26.03.2014al 24.04.2014

    Por internet

  • Para favorecer la creación, la diversificación de la actividad económica y la generación de puestos de trabajo, se da continuidad al Programa de Agentes de empleo y desarrollo local (AEDL). El objetivo del programa es dinamizar, promover y ejecutar, en colaboración con otros actores del territorio como son los agentes sociales, económicos, empresariales y otros, las políticas y los programas que favorezcan la promoción económica del territorio de actuación, mediante un desarrollo socioeconómico generador de empleo lo más integrado, equilibrado, equitativo y sostenible posible.

    La convocatoria de 2016 contempla tanto el apoyo a las prórrogas de las contrataciones subvencionadas en convocatorias anteriores como la oportunidad de solicitar esta subvención para nuevas contrataciones.

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    A quién va dirigido

    A las entidades locales de Cataluña, sus organismos autónomos y las entidades con competencias en materia de desarrollo local y promoción del empleo, dependientes o vinculadas a aquellas.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud finaliza el 9 de septiembre de 2016.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    Mediante la plataforma EACAT:

    1. Currículum y copia de la titulación universitaria de cada AEDL que se propone contratar (sólo se presentará cuando se trate de nuevas candidatos en caso de prórrogas o bien de nuevas solicitudes de AEDL).
    2. Certificado del órgano que resulte competente, de aprobación del Plan de trabajo y de la solicitud de la subvención.
    3. Certificado emitido por el/la secretario/a en relación a que el proceso de selección del candidato se ha realizado según lo establecido en la normativa reguladora, en el caso de que se trate de un candidato distinto al contratado el ejercicio anterior, donde consten los datos de la persona seleccionada, según modelo que se encuentra en el apartado correspondiente de la web del Servicio Público de Empleo de Cataluña, y el catálogo de formularios (sólo se presentará cuando se trate de nuevas candidatos en caso de prórrogas o bien de nuevas solicitudes de AEDL).
    4. En caso de que la entidad local solicitante sea un organismo autónomo u otras entidades jurídicas de creación voluntaria, dependientes o vinculadas a una administración local, el acuerdo o acuerdos municipales por los que se decide su creación, los estatutos y/o otros documentos fundacionales (sólo si esta documentación no ha sido publicada en un boletín oficial).
    5. Solicitud de transferencia bancaria debidamente cumplimentada, de acuerdo con el modelo del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda, (si es la primera vez, han transcurrido más de 5 años o se ha modificado su contenido).
    6. Informe sobre la actividad llevada a cabo por cada agente de empleo y desarrollo local hasta el momento de la solicitud (sólo en el caso de prórrogas).
    7. Plan de acción de desarrollo económico local o supralocal (sólo para nuevos AEDL o si ha habido alguna modificación).
    8. Plan de trabajo anual para cada agente de empleo y desarrollo local, que incluirá también en el caso de cambio de la AEDL, los instrumentos e infraestructuras de que dispondrá la AEDL para la realización de su plan de trabajo, y el Plan de adaptación de la AEDL a su puesto de trabajo.

    En caso de que alguno de los documentos exceda de 10 Mb se deberá presentar en soporte digital (CD, DVD, USB) en el registro del Servicio Público de Empleo de Cataluña en Barcelona, calle Llull, 297-307, 08019 Barcelona, dirigida al Servicio de Desarrollo Económico Local.
    Presencialmente:

      1. Currículum y copia de la titulación universitaria de cada AEDL que se propone contratar (sólo se presentará cuando se trate de nuevas candidatos en caso de prórrogas o bien de nuevas solicitudes de AEDL).
      2. Certificado del órgano que resulte competente, de aprobación del Plan de trabajo y de la solicitud de la subvención.
      3. Certificado emitido por el/la secretario/a en relación a que el proceso de selección del candidato se ha realizado según lo establecido en la normativa reguladora, en el caso de que se trate de un candidato distinto al contratado el ejercicio anterior, donde consten los datos de la persona seleccionada, según modelo que se encuentra en el apartado correspondiente de la web del Servicio Público de Empleo de Cataluña, y el catálogo de formularios (sólo se presentará cuando se trate de nuevas candidatos en caso de prórrogas o bien de nuevas solicitudes de AEDL).
      4. En caso de que la entidad local solicitante sea un organismo autónomo u otras entidades jurídicas de creación voluntaria, dependientes o vinculadas a una administración local, el acuerdo o acuerdos municipales por los que se decide su creación, los estatutos y/o otros documentos fundacionales (sólo si esta documentación no ha sido publicada en un boletín oficial).
      5. Solicitud de transferencia bancaria debidamente cumplimentada, de acuerdo con el modelo del Departamento de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda, (si es la primera vez, han transcurrido más de 5 años o se ha modificado su contenido).
      6. Informe sobre la actividad llevada a cabo por cada agente de empleo y desarrollo local hasta el momento de la solicitud (sólo en el caso de prórrogas).
      7. Plan de acción de desarrollo económico local o supralocal (sólo para nuevos AEDL o si ha habido alguna modificación).
      8. Plan de trabajo anual para cada agente de empleo y desarrollo local, que incluirá también en el caso de cambio de la AEDL, los instrumentos e infraestructuras de que dispondrá la AEDL para la realización de su plan de trabajo, y el Plan de adaptación de la AEDL a su puesto de trabajo.

    (De toda esta documentación se presentará en un único ejemplar, salvo el impreso de solicitud se ha de presentar el original y copia).
    Asimismo, se presentará en soporte digital (CD, DVD, USB), la siguiente documentación:

    • Informe sobre la actividad llevada a cabo por cada agente de empleo y desarrollo local hasta el momento de la solicitud (sólo en el caso de prórrogas).
    • Plan de acción de desarrollo económico local o supralocal de la entidad solicitante (sólo para nuevos AEDL o si ha habido alguna modificación).
    • Plan de trabajo anual para cada agente de empleo y desarrollo local, que incluirá también los Instrumentos e infraestructuras de que dispondrá la AEDL para la realización de su plan de trabajo, y el plan de adaptación de la AEDL a su puesto de trabajo.

    En la web del Servicio Público de Empleo de Cataluña, encontrará la Guía de Prescripciones Técnicas del Programa de Agentes de empleo y desarrollo local 2016, que desarrolla los contenidos del Plan de acción de desarrollo económico local y del Plan de Trabajo de los agentes de empleo y desarrollo local, así como las condiciones y los guiones para la elaboración de los documentos para la correcta justificación técnica de las acciones subvencionadas.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Este programa se concreta en dos tipos de acciones:

    • Contratación de agentes de empleo y desarrollo local.
    • Prórroga de la contratación de los agentes de empleo y desarrollo local.

    Beneficiarios
    Las personas candidatas debe estar en posesión de una titulación universitaria oficial de Grado o haber superado el primero o segundo ciclo de educación universitaria y tienen que estar inscritas como personas demandantes de empleo, cuando menos con carácter previo a su contratación.

    Agentes de empleo y desarrollo local

    1. Los AEDL son técnicos/as, titulados/as superiores o de grado medio, que trabajan a tiempo completo en un proyecto de desarrollo local impulsado por los entes locales o por entidades dependientes o vinculadas a una administración local.
    2. La misión de los agentes de empleo y desarrollo local es dinamizar, promover y ejecutar en concertación con otros agentes del territorio (agentes sociales, económicos, empresariales y otros) políticas y programas que favorezcan la promoción económica en su territorio de actuación, buscando un crecimiento económico sostenible generador de empleo.

    Cuantía de las subvenciones
    La cuantía total de la subvención podrá ascender hasta el 80% del coste salarial total anual, incluida la cotización empresarial en la Seguridad Social, del agente de empleo y desarrollo local, con un tope máximo de 27.045,55 euros para cada contratación.

    Plazos

    Del13.07.2016al 09.09.2016

    Por internet

    Las solicitudes de subvención del Programa de agentes de empleo y desarrollo local (AEDL), se presentarán preferentemente por medios telemáticos a través de la extranet de las administraciones públicas catalanas, plataforma EACAT

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    Las solicitudes no telemáticas deben ir dirigidas al/a la director/a del Servicio Público de Empleo de Cataluña.
    La solicitud de subvención incluye las declaraciones responsables que debe hacer la entidad solicitante.

    Las solicitudes también se pueden presentar en cualquiera de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.