Subvenciones para la contratación de actividades artísticas y culturales relacionadas con la conmemoración del Tricentenario de los hechos de 1714

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Son subvenciones para contribuir a la financiación de los gastos realizados por las corporaciones locales de Cataluña en la contratación de actividades artísticas y culturales relacionadas con la conmemoración del Tricentenario de los hechos de 1714.

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El plazo de presentación de las solicitudes es del 26 de marzo al 24 de abril de 2014.

Esta línea de subvenciones es de tramitación telemática obligatoria.

A quién va dirigido

Pueden optar a estas subvenciones las corporaciones locales de Cataluña siguientes: los ayuntamientos de los municipios de hasta 5.000 habitantes y las entidades municipales descentralizadas o los consejos comarcales, siempre que las actuaciones o actividades a subvencionar se lleven a cabo en municipios o núcleos de población que no superen a los 5.000 habitantes.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la subvención

Plazos

El plazo para presentar las solicitudes es del 26 de marzo al 24 de abril de 2014.

Documentación

Documentació que cal adjuntar a la sol·licitud:

  1. Proyecto de actividad o actuación según las pautas del modelo, si hay, de la línea de subvenciones correspondiendo. Este proyecto tiene que incluir la información complementaria que determine el modelo, cuando sea necesario para acreditar los requisitos que prevén las bases específicas o para valorar el proyecto.
  2. Presupuesto completo y detallado del proyecto en el cual figuren todos los gastos y los ingresos, la cuantía de la ayuda que se solicita y el detalle de las fuentes de financiación previstas, según las pautas del modelo, si hay, de la línea de subvenciones correspondiendo.

Requisitos

  1. Realizar la actividad subvencionada dentro del año natural de concesión de la subvención o lo que determinen las bases específicas.
  2. Realizar la actividad subvencionada en el ámbito territorial de Cataluña o lo que determinen las bases específicas.
  3. No encontrarse en cabeza de las circunstancias con que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE nº. 276, de 18.11.2003).
  4. Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Generalitat de Catalunya, con el Estado y con la Seguridad Social.
  5. Cumplir el requisito que establece el artículo 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, con respecto a los centros laborales y, en las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña, cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1 y 32.3 de la Ley mencionada.
  6. En caso de que disponga de una plantilla igual o superior a 50 personas, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores o trabajadoras con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con lo que disponen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de minusválidos (BOE nº. 103, de 30.4.1982); el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE nº. 94, de 20.4.2005), y el Decreto 322/2011, de 19 de abril (DOGC nº. 5864, de 21.4.2011).
  7. En caso de que tenga una plantilla igual o superior a 25 personas, disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso en razón de sexo, y para intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con los agentes sociales, y utilizarlos adecuadamente, de conformidad con los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
  8. Cuándo para la realización de la actividad objeto de la subvención se utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
  9. En el caso de las fundaciones, haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales delante del protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado para la Ley 4/2008, de 24 de abril.
  10. Todas las actividades en que hacen referencia estas bases tendrán que estar incluidas a la programación cultural elaborada en forma de catálogo oficial con ocasión de la conmemoración del Tricentenario y que se puede consultar a las páginas web: www.tricentenari.cat y http://cultura.gencat.cat/cpt
  11. Cada solicitante sólo puede presentar una solicitud de subvención.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Plazos

Del26.03.2014al 24.04.2014

Por internet


Oficinas de la administración

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Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

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