Generalitat de Cataluña

  • Las subvenciones están destinadas a financiar las actuaciones en la zona de influencia socioeconómica del Parque Nacional de "Aigüestortes i Estany de Sant Maurici".
    Estas actuaciones pueden ser la modernización de infraestructuras, conservación del patrimonio natural, o iniciativas de actividades económicas relacionadas con el Parque Nacional, entre otras.

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    A quién va dirigido

    • A los entes locales situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de "Aigüestortes i Estany de Sant Maurici", según el anexo 1 de la Orden MAH/497/2006, de 18 de octubre.
    • A las entidades supramunicipales, cuando uno o más de los ayuntamientos que formen parte estén situados en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de "Aigüestortes i Estany de Sant Maurici".
    • A las entidades empresariales.
    • A las personas físicas residentes en la zona de influencia.
    • A las personas jurídicas sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente, con sede social o sección o delegación en la zona de influencia socioeconómica, siempre que entre sus fines estatutarios figure expresamente la realización de actuaciones que impliquen la conservación o uso sostenible de los recursos naturales, de protección del patrimonio histórico artístico o de promoción de la cultura tradicional.
    • A las asociaciones de municipios incluidos en el área de influencia socioeconómica, constituidas por la promoción de actividades de desarrollo sostenible.

    Organismo responsable

    Normativa

    Tramitar la subvención

    Plazos

    • Plazo para presentar la solicitud: del 21 de noviembre al 9 de diciembre de 2015 (ambas fechas incluidas).
    • Plazo de ejecución y de justificación de las actuaciones: hasta el 15 de octubre de 2016.

    Documentación

    1. Formulario del 'PASO 1. Presentar la solicitud'
    2. DNI, NIF o NIE o cualquier documento que acredite a la persona solicitante o quien la represente, en caso de no haber autorizado al Departamento de Territorio y Sostenibilidad a obtener esta información.
    3. Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia, si procede.
    4. Memoria descriptiva detallada y justificativa de la actuación, firmada por la persona solicitante o su representante.
    5. Presupuesto desglosado de la actuación firmado por la persona solicitante o su representante, que deberá contener, en su caso, los siguientes apartados:
      • Estado de mediciones.
      • Precios elementales
      • Precios descompuestos
      • Precios unitarios
      • Presupuesto de ejecución.
        Si el importe del gasto subvencionable supera las cuantías establecidas en el Texto refundido de la Ley de contratos del sector público (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre), para el contrato menor, la persona beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren. La elección entre las ofertas, que deberá aportarse en la justificación, o, en su caso, en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
    6. Mapa topográfico o ortofotomapa a escala 1:10.000 o 1:5.000 donde esté definida claramente el área de la actuación o actuaciones para las que se solicita la ayuda.
    7. Proyecto técnico firmado por una persona técnica competente, si procede. El proyecto deberá estar visado por el colegio profesional competente.
    8. Si la legislación vigente lo prevé, estudio de impacto ambiental y Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o, a falta de ello, memoria ambiental y acuerdo de la Ponencia Ambiental conforme no es de aplicación el trámite de evaluación de impacto ambiental.
    9. Autorización o solicitud de autorización, en su caso, de la administración competente para aquellas actuaciones en terrenos de dominio público hidráulico.


    Si la persona solicitante es un ente local, además:

    1. Acuerdo de solicitud de la ayuda tomada por el órgano competente.


    Si la persona solicitante es una persona jurídica deberá presentar, además:

    1. Copia de las escrituras y/o estatutos registrados de la entidad solicitante, si procede. Si esta documentación está disponible en el Registro de entidades jurídicas o en el Registro de cooperativas, la administración lo verificará de oficio.
    2. Copia del certificado del acuerdo del órgano competente según los estatutos de la entidad para solicitar la ayuda y aceptar los compromisos correspondientes.


    Si la persona solicitante es empresaria autònoma deberá presentar, además:

    1. Copia del último recibo del Impuesto de Actividades Económicas o el alta censal tributaria en caso de personas no sujetas a este impuesto, si es el caso.

    Requisitos

    1. Que la cuenta donde se debe ingresar el importe de la ayuda incluida en el impreso de solicitud, pertenece a la persona beneficiaria de la ayuda.
    2. Que no ha solicitado ninguna otra ayuda para la misma finalidad. En caso de haber obtenido subvenciones para los mismos gastos subvencionables procedentes de cualquier administración o entidad pública nacional o internacional, hay que especificar la cuantía, la fecha de concesión y el ente concedente.
    3. Que no está sometido a las causas que impidan adquirir la condición de persona beneficiaria que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 99 del Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Finanzas Públicas de Cataluña.
    4. Que cumple con la cuota de reserva para la integración social del personal discapacitado que establece la legislación vigente, si procede.
    5. Que es una pequeña o mediana empresa, de acuerdo con lo establecido como definición de pyme.
    6. Que la empresa beneficiaria ha previsto, conjuntamente con los agentes sociales, los medios oportunos para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, en el supuesto de que el empresa tenga una plantilla igual o superior a veinte y cinco personas.
    7. Que la documentación que se presenta en cualquier fase de procedimiento es una copia fidedigna del original y no se han falseado los datos que se presentan.
    8. Que en el supuesto de que la empresa disponga de establecimientos abiertos al público, esta cumple con las obligaciones establecidas en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
    9. Que se es titular del bien mueble o inmueble o camino objeto de la actuación o de la explotación.
    10. Que se está al corriente de las obligaciones de carácter fiscal y con la Seguridad Social así como no tener ningún tipo de deuda con la Generalitat de Cataluña.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Municipios del área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Aigüestortes y Estany de Sant Maurici

    1. La Vall de Boí
    2. Espot
    3. Vielha e Mijaran
    4. Naut Aran
    5. Esterri d'Àneu
    6. La Torre de Cabdella
    7. Vilaller
    8. La Guingueta d'Àneu
    9. Sort
    10. Alt Àneu

    ¿Qué son las entidades empresariales?

    1. Empresas pequeñas y medianas con su sede y actividad principal en la zona de influencia del Parque Nacional de Aigüestortes y Estany de Sant Maurici.
    2. Empresarios autónomos cuando tengan su sede y actividad en la zona de influencia socioeconómica o cuando siendo residentes deseen implantar una nueva actividad. Y cuando no residan en la zona de influencia socioeconómica pero estén realizando en el interior del parque actividades productivas del sector primario, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación del parque.

    Actuaciones subvencionables

    1. Iniciativas públicas tendentes a la modernización de las infraestructuras urbanas, periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como a la diversificación y mejora de los servicios prestados por la Administración Local, cuando guarden una relación directa con las finalidades y objetivos que establecen las normas de declaración del Parque Nacional o sus instrumentos de planificación.
    2. Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural, siempre que presenten un manifiesto valor ecológico a escala local.
    3. Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio arquitectónico, así como aquellas que contribuyan a la recuperación de la tipología constructiva tradicional, siempre que se demuestre que presentan un manifiesto valor histórico-artístico o cultural.
    4. Iniciativas públicas o privadas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre los valores naturales o culturales que justificaron la creación del Parque Nacional, incluido el impacto visual sobre la percepción estética del Parque Nacional ocasionado por infraestructuras preexistentes.
    5. Iniciativas públicas o privadas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y los usos tradicionales con la finalidad y objetivos del Parque Nacional.
    6. Iniciativas privadas destinadas a la puesta en marcha de actividades económicas relacionadas con el Parque Nacional, en particular las relacionadas con la prestación de servicios de atención a visitantes y la comercialización de productos artesanos.
    7. Iniciativas privadas destinadas al mantenimiento o la recuperación de la tipología constructiva tradicional de los edificios que constituyen la primera residencia de sus propietarios (se excluyen los edificios de nueva construcción) o que tienen un uso directamente relacionado con la actividad productiva asociada al sector primario.


    Obligaciones de las personas beneficiarias

    1. Llevar a cabo las actuaciones de acuerdo con el proyecto presentado y cumplir las condiciones de las bases reguladoras y la resolución de concesión.
    2. Justificar la actuación objeto de subvención en plazo y condiciones.
    3. Comunicar al Departamento de Territorio y Sostenibilidad la solicitud o la obtención de subvenciones, no indicadas en la solicitud, para la misma finalidad procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada, nacional o internacional. En caso de recibir otras subvenciones para la misma actuación subvencionada de acuerdo con estas bases, ser procederá la reducción de la cuantía de la subvención para la misma cantidad recibida con la otra subvención.
    4. Los beneficiarios deberán divulgar adecuadamente que la actividad ha sido total o parcialmente financiada con cargo al programa de subvenciones de la Red de Parques Nacionales del Departamento de Territorio y Sostenibilidad. Durante el periodo de ejecución se señalizarán las actividades subvencionadas de acuerdo con el Manual técnico de señalización en los espacios naturales protegidos de la Dirección General de Políticas Ambientales, que se puede consultar en la página web de Parcs de Catalunya.
    5. En caso de que la subvención esté destinada a la financiación de bienes inventariables, los beneficiarios deberán destinarlos a la finalidad concreta de la subvención durante un periodo mínimo de cinco años (si estos bienes son inscribibles en un registro público) y de dos años para el resto de bienes.
    6. Obtener todos los permisos y autorizaciones que la actuación subvencionada requiera de acuerdo con la legislación vigente.
    7. Las personas beneficiarias están obligadas a facilitar toda la información que les sea requerida por la Intervención General de la Generalitat, la Sindicatura de Cuentas u otros órganos competentes de acuerdo con la normativa aplicable. En consecuencia, los beneficiarios deberán conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.

    Plazos

    Del21.11.2015al 09.12.2015

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    También se puede tramitar:

    Se recomienda preferentemente presentar la solicitud directamente en el Parque Nacional de Aigüestortes y Estany de Sant Maurici.

  • ## Resumen Este trámite permite acceder a las subvenciones destinadas a financiar los monitores/as de centros privados concertados de educación especial. A continuación, encontrarás las opciones vinculadas al trámite, organizadas por curso académico. Selecciona la que corresponda a tu caso para acceder a la información y condiciones de tramitación. ## Opciones disponibles * [Curs 2024-2025](/es/tramits/tramits-temes/subvencions-monitors-privats-concertats-ee?category=bd1b6d64-ca6f-11e5-8c48-005056924a59&moda=1) * [Curs 2023-2024](/es/tramits/tramits-temes/subvencions-monitors-privats-concertats-ee?category=bd1b6d64-ca6f-11e5-8c48-005056924a59&moda=2) **Fecha de actualización:** 07.02.2025

  • Subvenciones para programas de tres años de duración para proyectos con masa crítica suficiente que traten prioridades sistémicas de salud, mediante el trabajo conjunto de agentes con capacitaciones complementarias que permitan abordar actividades científicas en la frontera del conocimiento. Son programas de alcance territorial que se tienen que desarrollar en la forma de modalidades temáticas específicas, concretamente las siguientes:

    1. Medicina personalizada.

    2. Medicina regenerativa.

    3. Investigación clínica cooperativa independiente.

    4. Estudios de cohortes.

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    Puede consultar la lista provisional de admitidos y excuídos enmendables (requerimiento) en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Recuerde que dispone de 10 días hábiles (del 1 al 16 de diciembre de 2016, ambos incluidos) para realizar la tramitación correspondiente a través de la modalidad de "Aportar documentos de la subvención". Consulte el Paso 2. Consulte la Resolución provisional de admitidos y excluídos enmendables

    Para rellenar correctamente los formularios es necesario que los guarde, en formato PDF, en su ordenador con el nombre que quiera y los abra con una versión actualizada del programa Adobe Reader (versión 9.1 o superior). Es importante que recuerde la carpeta donde haya guardado los ficheros. En caso de duda sobre la tramitación en línea, consulte los subapartados Cómo tramitar en línea y las recomendaciones de Privacidad y seguridad disponibles en el apartado Trámites del portal Gencat o bien llame al 012.

    También puede enviar un correo electrónico a: peris@gencat.cat

    A quién va dirigido

    1. En las modalidades de medicina personalizada y medicina regenerativa, a las fundaciones que gestionen las actividades de investigación de centros del ámbito asistencial del SISCAT o del ámbito de la salud pública, incluyendo los institutos de investigación sanitaria (IRS). Asimismo, pueden participar en la composición de los grupos de investigación los centros de investigación que pertenecen al programa CERCA, o al Programa de instalaciones científicas singulares y que tienen actividad de investigación en el ámbito de la salud aunque no tengan actividad asistencial.

    2. En la modalidad de investigación clínica, a las fundaciones que gestionen actividades de investigación de centros del ámbito asistencial del SISCAT o del ámbito de la salud pública, incluyendo los IRS.

    3. En la modalidad de estudios de cohortes, las fundaciones que gestionen la actividad de investigación en salud tanto si tienen actividad asistencial como si no.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Trámites relacionados

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar la solicitud es del 28 de octubre al 17 de noviembre de 2016, ambos días incluidos.

    Documentación

    Documentación que hay que presentar en el Paso 1, Solicitar la subvención:

    1. Solicitud de la subvención. Se tiene que presentar una solicitud separada para cada programa de investigación por el que se pide la ayuda.

    2. Memoria científico-técnica, en la que se describa la propuesta en el ámbito de la investigación e innovación en el cual se incorpora el científico o científica o el tecnólogo o tecnóloga, de acuerdo con el modelo normalizado.

    3. Currículum del investigador o investigadora principal, de acuerdo con el modelo normalizado que se puede crear/descargar a través de la página web de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología.

    Importante: la memoria científico-técnica i el currículum del investigador o investigadora principal no tienen carácter enmendable una vez finalizado el periodo de presentación de solicitudes.

    Requisitos

    Requisitos del grupo de investigación:

    1. El grupo de investigación receptor debe estar dirigido por un investigador o investigadora principal que tenga una trayectoria reconocida en el campo de estudio específico y que pertenezca a un IRS, que actúa como centro coordinador de la actividad científica.

    2. Un grupo de investigación específico puede participar sólo en un único programa por cada modalidad.

    Requisitos de la entidad beneficiaria:

    1. El objeto social de la entidad tiene que ser conforme con la actuación subvencionable de acuerdo con los programas en función de los cuales se pide la subvención.

    2. La entidad debe estar dada de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas en los supuestos en que sea obligatorio, y tiene que estar inscrita, en su caso, en el registro correspondiente.

    3. En caso de que la entidad tenga una plantilla igual o superior a cincuenta personas, es necesario que cumpla lo que establece el artículo 42 del Real decreto legislativo 1/2013, de 24 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y, en su caso, el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad.

    4. En caso de que la entidad tenga una plantilla igual o superior a veinticinco personas, es necesario que presente una declaración de los medios que se utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de género, y para intervenir en ellos, de acuerdo con el artículo 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

    5. Tiene que cumplir lo que establecen los artículos 33 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

    6. No se puede encontrar en ninguna de las circunstancias que prevé el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

    7. No puede haber sido sancionada por una resolución firme, durante los últimos tres años, por la comisión de una infracción grave en materia de integración laboral de las personas discapacitadas, o por la comisión de una infracción muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de prevención de riesgos laborales, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, y la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales.

    8. No ha haber sido sancionada o condenada por una resolución administrativa o sentencia firme, durante los últimos tres años, por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género, de conformidad con la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de hombres y mujeres.

    9. Es necesario que disponga de los medios humanos y materiales necesarios y que tenga asignados los recursos económicos necesarios para realizar la actividad de prevención de riesgos laborales en la empresa, de acuerdo con lo que dispone la Ley 31/1995, de 8 de noviembre.

    10. No tiene que haber recibido ni pedido subvenciones por la misma actividad que puedan otorgar la Administración de la Generalitat de Catalunya, la Administración del Estado o las demás administraciones públicas o entes de naturaleza pública o privada, nacionales o internacionales.

    11. Es necesario que cumpla la normativa sobre propiedad intelectual.

    12. En el caso de asociaciones y fundaciones, debe tener adaptados sus estatutos de acuerdo con la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.

    13. En el caso de las fundaciones, tiene que cumplir el deber de presentar las cuentas anuales ante el protectorado, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.

    14. Se tiene que adherir al código ético que se incorpora como anexo 2 de las bases reguladoras de estas subvenciones, y que recoge el anexo del Acuerdo del Gobierno GOV/85/2016, de 28 de junio, por el que se aprueba la modificación del modelo tipo de bases reguladoras aprobado por el Acuerdo del Gobierno GOV/110/2014, de 22 de julio, por el que se aprueba el modelo tipo de bases reguladoras de los procedimientos para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, tramitados por la Administración de la Generalidad y su sector público, y se aprueba su texto íntegro, al amparo de lo que establece el artículo 55.2 de la Ley 19/2014, de 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

    15. En el caso de las subvenciones para acciones plurienales, es necesario que acredite documentalmente que el proyecto tiene continuidad al menos durante el periodo para el cual se ha solicitado la plurienalidad, con indicación de los fondos de financiación previstos, así como la viabilidad económica para desarrollar el proyecto durante el periodo para el cual se solicita la plurienalidad.

    16. En el caso de proyectos o actuaciones que impliquen contacto habitual con menores, tiene que presentar una declaración responsable conforme se dispone de las certificaciones que regula el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación parcial del Código civil y de la ley de enjuiciamiento criminal, o bien conforme se han solicitado previamente en la publicación de la propuesta de resolución provisional de concesión, para acreditar que el personal de las entidades cuyas actividades supongan el acceso y ejercicio en las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores no ha sido condenado por ninguna sentencia firme con respecto a delitos contra la libertad e indemnidad sexual, que incluyen la agresión y abuso sexual, el acoso sexual, el exhibicionismo y la provocación sexual, la prostitución y la explotación sexual y la corrupción de menores, así como por tráfico de seres humanos, y que, en caso de que cambie alguna persona adscrita al proyecto, se compromete a realizar la comprobación oportuna con respecto al caso.

    17. Las personas jurídicas que puedan percibir una subvención por un importe superior a 10.000 euros tienen que comunicar al órgano concedente, mediante una declaración responsable, la información relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración, a fin de que el órgano concedente las haga públicas.

    18. Tiene que disponer de un protocolo único firmado por los diferentes centros participantes y el centro coordinador del programa. Este protocolo se tiene que aportar con la justificación de la primera anualidad.

    19. Tiene que cumplir los requisitos de estas bases generales, así como cualquier otra obligación legal o reglamentaria que pueda afectarlos.

    Requisitos del programa de investigación

    1. Es necesario que cumpla los principios y las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y, en concreto, los del punto 4 de la convocatoria.

    2. Tiene que disponer del informe de la comisión de investigación u órgano equivalente del centro al cual pertenezca el investigador o investigadora principal, que debe declarar la viabilidad de los programas en todos sus términos.

    3. Es necesario que disponga de los informes y autorizaciones del comité ético de investigación clínica y los demás órganos colegiados responsables de velar por el cumplimiento de los convenios y normas existentes en materia de investigación que se consideren necesarios. En caso de que no se disponga de este informe en el momento de finalización del plazo de solicitud, es suficiente la posesión de su certificado de presentación al citado Comité, siempre y cuando dicho informe esté emitido en el momento de la publicación de la convocatoria.

    Requisitos de las personas participantes en los equipos de investigación:

    1. Deben tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria, laboral o de formación remunerada con cualquiera de las entidades que pueden presentar solicitudes a esta actuación, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión.

      En el momento en que pierdan esta vinculación con posterioridad a la notificación de la resolución de concesión, dejan de pertenecer al equipo de investigación.

    1. En casos excepcionales, cuando su contribución se considere necesaria para la viabilidad del programa, los equipos de investigación pueden incorporar personal cuya vinculación contractual sea con entidades sin domicilio social en Cataluña. Este tipo de personal no puede superar el 25% del total de los miembros del equipo.

    Requisitos de los investigadores principales:

    1. Deben pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante o de alguna de las que establece el artículo 6.2 y tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral, como mínimo, durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión. La pérdida de la vinculación del investigador o investigadora principal antes de la resolución de concesión determina la baja en el programa, y no es posible sustituirlo, lo que conlleva que no se efectúe la valoración del programa y se desestime la solicitud.

    2. No pueden estar realizando un programa de FSE, ni un contrato de formación predoctoral o de perfeccionamiento posdoctoral de cualquier naturaleza (contratos Sara Borrell, Juan de la Cierva, o contratos de programas de las comunidades autónomas), ni un contrato Río Hortega de formación en investigación para profesionales que hayan finalizado la FSE.

    3. Deben tener dedicación única al programa solicitado dentro de cada modalidad.

    Incompatibilidades:

    1. No puede estar inmerso en ninguno de los supuestos que prevé el régimen de incompatibilidades que establecen los puntos 42 y 50 de la convocatoria.

    2. El régimen de incompatibilidades lo fija el número de programas en los cuales participa un investigador o investigadora, así como su dedicación a los programas, y es el siguiente:

      1. Se entiende por dedicación única la participación en una única solicitud por cada modalidad de un programa específico.

      2. Se entiende por dedicación compartida la participación en un máximo de dos solicitudes por modalidad.

    3. No se aplica el sistema de incompatibilidades que hace referencia a actuaciones financiadas por los programas del Plan estatal de investigación científica y técnica, ni específicamente las actuaciones financiadas por la Acción estratégica en salud del Instituto de Salud Carlos III.

    La Administración está facultada para verificar los datos declarados. La inexactitud, falsedad u omisión de carácter esencial en cualquier dato o documento que acompañe esta declaración conllevan, previa audiencia de la persona interesada, que se deje sin efecto este trámite e impiden el ejercicio del derecho o la actividad afectada desde el momento en que se conocen.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Aspectos importantes para rellenar el formulario de solicitud:

    1. En el apartado de ?Datos de identificación de la persona, institución o entidad solicitante?, debe mantener seleccionado el tipo de persona ?Persona jurídica? que está seleccionado por defecto.

    2. Después del apartado ?Datos de la propuesta, proyecto o programa de investigación e innovación en salud? y antes del apartado ?Solicitud del anticipo del 80% de la subvención otorgada?, encontrará datos específicos de cada una de las líneas de la convocatoria. Sólo tiene que rellenar los datos de la línea concreta por la que pide la subvención.

    3. En el apartado de ?Subvenciones para la investigación e innovación 2017-2019?, es necesario que dé de alta un bloque de información para cada una de las anualidades para las que se solicita la subvención. Es decir, que es necesario que rellene los datos para el año 2017, para el año 2018 y para el año 2019.

    4. Si se quiere el anticipo del 80% de la subvención, hay que marcar la casilla ?Solicitud del anticipo del 80% de la subvención otorgada?.

    5. En el apartado ?Declaración de otras subvenciones o ayudas para la misma actividad procedente de otros departamentos, administraciones y entidades públicas o privadas?, en el epígrafe ?Ha recibido o pedido otras ayudas para la misma finalidad?, tiene que marcar la opción ?No?.

    6. En el apartado de "Declaración" hay que indicar la opción que aplica a la entidad solicitante en cada una de las declaraciones de las materias siguientes: ocupación de personas discapacitadas, prevención de riesgos laborales y retribuciones de los cargos directivos.

    7. El código ORCID, que se pide para cada miembro del equipo investigador en la memoria científico-técnica, consiste en un código digital que identifica unívocamente a cada investigador o investigadora. Lo puede pedir/consultar en la web de la organización ORCID. En todo caso no es obligatorio rellenar este campo del formulario.

    La entidad coordinadora solicitante tiene que presentar una solicitud para cada programa por el que pide una ayuda.

    Programas subvencionables

    Son susceptibles de financiación los programas de calidad contrastada que tengan como objetivos principales los siguientes:

    1. Para la modalidad de medicina personalizada: desarrollar modelos de atención sanitaria dirigidos a pacientes específicos, y priorizar las áreas temáticas de la oncología y las enfermedades minoritarias, utilizando el conocimiento derivado de las tecnologías denominadas ómicas y que permitan la integración de las ciencias clínicas, la capacidad de estudio del genoma humano y la capacidad de integración y análisis de la información genómica, en un modelo único en que la colaboración interdisciplinaria de diferentes equipos de investigación permita abordar todo el continuo de conocimiento que va desde la secuenciación del genoma hasta la toma de decisiones en situaciones clínicas específicas.

    2. Para la modalidad de medicina regenerativa: desarrollar estrategias dirigidas a implementar la medicina regenerativa y la terapia celular como una herramienta del arsenal terapéutico, haciendo énfasis en establecer actuaciones especificas interdisciplinarias entre investigadores clínicos e investigadores básicos y potenciar las estructuras y los grupos de investigación de Cataluña especialistas en medicina regenerativa con el fin de incrementar su visibilidad en el ámbito internacional.

    3. Para la modalidad de investigación clínica cooperativa independiente: crear herramientas y estrategias para mejorar el conocimiento de la investigación clínica y la clínico-epidemiológica en Cataluña no vinculada a su industria farmacéutica y su proyección tanto interna como externa, así como facilitar y promover la asociación de intereses entre las diferentes instituciones de investigación del territorio, con el fin de aprovechar al máximo las sinergias en investigación clínica de calidad, con el objetivo de convertir Cataluña en un referente internacional. En esta modalidad se priorizan la investigación clínica y la clínico-epidemiológica independiente sobre problemas de alto impacto en la salud de la ciudadanía y los que deriven de problemas de salud pública.

    4. Para la modalidad de estudios de cohortes: promover la agregación de equipos de investigación de diferentes instituciones para explotar el conocimiento epidemiológico derivado del análisis de cohortes poblacionales y de cohortes de patologías especificas existentes en Cataluña, que aporten conocimientos de valor en el desarrollo de la historia natural de las enfermedades como una herramienta de investigación epidemiológica que Cataluña pueda aportar al conjunto de la comunidad científica global.

    Gastos subvencionables

    Los gastos subvencionables son los que indica el punto 38 de la convocatoria.

    En todo caso tienen que ser gastos que de forma inequívoca respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.

    Puede consultar las tablas de costes máximos de contratación imputables a la subvención.

    Procedimiento de concesión

    El procedimiento de concesión de las subvenciones se tramita en régimen de concurrencia competitiva.

    Criterios de valoración y puntuación

    La evaluación de las solicitudes de la acción instrumental de los programas de investigación orientados se realiza conforme a los siguientes criterios:

    1. Valoración de los equipos de investigación: hasta 25 puntos.

      Se valoran: historial científico (proyectos, publicaciones y patentes) del investigador o investigadora principal y del equipo de investigación en relación con la temática del programa; participación en programas internacionales de I+D+I; calidad y liderazgo; capacidad formativa del investigador o investigadora principal y de los equipos y financiación obtenida de recursos humanos en convocatorias competitivas. Resultados previos obtenidos en el ámbito del programa; trayectoria contrastada o potencial del investigador o investigadora principal y del equipo de investigación en el desarrollo de las actividades de I+D+I en el ámbito específico del programa.

    2. Valoración del programa: hasta 75 puntos.

      Se valoran: calidad, viabilidad, relevancia, interés, aplicabilidad y capacidad de transferencia del programa desde la ciencia básica a la ciencia clínica; capacidad de las instituciones participantes de aportar las competencias necesarias para el desarrollo del programa; capacidad del programa para generar mejoras en la prevención, diagnóstico y tratamiento de las enfermedades y en las actividades de promoción de la salud pública y los servicios de salud y para generar sinergias, impulsar el talento y la empleabilidad y fortalecer las estructuras de gobernanza que agreguen las capacidades científico-técnicas de los centros asistenciales en Cataluña; impacto; calidad del programa de formación; plan de difusión y de transferencia de tecnología y de resultados; adecuación de la propuesta a los objetivos y prioridades que establece el PERIS en las diferentes actuaciones y complementariedad de la propuesta con otras actuaciones de I+D+I nacionales, internacionales o autonómicas.

    En el caso de los investigadores de la categoría a) que establece el punto 20, se valora especialmente la capacidad de liderazgo, reflejada en la posición de autoría de correspondencia de sus comunicaciones o publicaciones.

    Número mínimo de participantes

    La composición de los equipos que forman parte de cada programa tiene que ser, como mínimo:

    • Medicina personalizada: 6 grupos de investigación y 3 instituciones.

    • Medicina regenerativa: 3 grupos de investigación y 3 instituciones.

    • Investigación clínica cooperativa independiente: 3 grupos de investigación y 3 instituciones.

    • Estudios de cohortes: 2 grupos de investigación y 2 instituciones.

    Contingentes de solicitudes

    El número máximo de solicitudes es el siguiente:

    • Medicina personalizada: 2 solicitudes para la fundación que gestione la actividad de investigación del IRS.

    • Medicina regenerativa: 2 solicitudes para la fundación que gestione la actividad de investigación del IRS.

    • Investigación clínica cooperativa independiente: 4 solicitudes para la fundación que gestione la actividad de investigación del IRS.

    • Estudios de cohortes: 4 solicitudes para la fundación que gestione la actividad de investigación del IRS.

    Notificaciones electrónicas

    Los requerimientos y demás actos administrativos se notifican a las personas interesadas por medios electrónicos en los términos que establecen los apartados 3 y 5 del artículo 43 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

    Para más información, consulte el apartado de Notificaciones electrónicas de la web del Departamento de Salud.

    Seguimiento del estado de la tramitación

    Si ha iniciado el trámite mediante el canal telemático, puede realizar el seguimiento del estado de la solicitud en Trámites gencat, accediendo al espacio Mi carpeta, mediante firma electrónica, o bien accediendo al espacio Estado de mis gestiones, sin firma electrónica.

    Plazos

    Del28.10.2016al 17.11.2016

    Documentación

  • Concesión de subvenciones con el objetivo de incentivar la contratación y la creación de empleo de las personas mayores de 45 años que, con motivo de la situación económica de los últimos años, se encuentran apartadas del mercado laboral y con dificultades para reincorporarse mediante una ayuda a las empresas que contraten estos trabajadores y trabajadoras.

    Leer más

    Plazos:

    • Convocatoria 2016: del 1 de enero al 30 de noviembre de 2016.
    • Convocatoria 2015: del 10 de octubre al 30 de noviembre de 2015 (cerrada).

    A quién va dirigido

    A las personas físicas y jurídicas con capacidad para contratar laboralmente, con centro de trabajo en Cataluña. No se consideran entidades beneficiarias las administraciones públicas y sus entidades dependientes o vinculadas, las empresas de inserción y las empresas de trabajo temporal.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la ayuda

    Plazos

    Convocatoria 2016:

    • El plazo para presentar la solicitud es del 1 de enero al 30 de noviembre de 2016.


    Convocatoria 2015
    :

    • El plazo para presentar la solicitud es del 10 de octubre al 30 de noviembre de 2015 (cerrada).

    Documentación

    El formulario en formato PDF que se debe presentar para poder solicitar la subvención se encuentra accediendo al apartado llamado 'Paso 1 Solicitar - Por Internet'. Este formulario debe incluir la documentación anexa obligatoria y, en su caso, la documentación opcional.

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Anexo de datos específicos (G146NFIN-001).
    2. Solicitud de transferencia bancaria para pagos de la Tesorería de la Generalitat de Cataluña (Área SEPA).
    3. Declaración genérica en relación con las medidas de prevención y detección de los casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo (G146NIA-196).
    4. Contrato de trabajo firmado por las partes, de acuerdo con los requisitos previstos en las bases 6 y 22.2 de la Orden EMO/311/2015, de 2 de octubre, debidamente comunicado mediante Contrat@ (original y fotocopia o copia compulsada).
      Los trabajadores pueden acreditar la condición de 6 meses continuados en situación de desempleo, e inscripción como demandante de empleo no ocupado (DONO) en el Servicio Público de Empleo de Cataluña en la fecha inmediatamente anterior a la fecha de firma del contrato, mediante un certificado emitido por su Oficina de Trabajo.
    5. Informe de datos para la cotización a la Seguridad Social (IDC), debidamente firmado (original y fotocopia o copia compulsada).
    6. Documentación acreditativa de la representación con que actúa, si no se ha inscrito en un registro público o en el Registro electrónico general de representación.

    Las personas físicas y jurídicas que tengan negociada con la Administración una prórroga, aplazamiento, moratoria o cualquier otra condición especial en relación con las deudas tributarias y/o de Seguridad Social, es necesario que aporten documentación acreditativa de esta prerrogativa especial.


    Requisitos

    Los establecidos en la Base 4 de la Orden EMO/311/2015, de 2 de octubre.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Plazos

    Del01.01.2016al 30.11.2016

    Por internet

    Las solicitudes deben ir dirigidas a la dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña junto con la documentación correspondiente.

  • ## Resumen Este trámite permite a los Centros Especiales de Trabajo (CET) solicitar subvenciones para fomentar la integración laboral de personas con discapacidad. **Quién puede usar este servicio:** Centros Especiales de Trabajo (CET). **Antes de empezar:** Es importante revisar las bases de la convocatoria correspondiente para conocer los requisitos específicos, plazos y documentación necesaria. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** La documentación varía según la convocatoria y el trámite específico (solicitud, aportación de documentación o justificación). **Costes y plazos:** Este trámite es gratuito. Los plazos de solicitud varían según la convocatoria. ## Cómo hacerlo Para realizar este trámite, debes seleccionar la opción correspondiente a tu caso: * [Solicitar la subvención (Convocatoria extraordinaria - noviembre 2024)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-les-activitats-dels-centres-especials-de-treball-linia-1?category=76d429a4-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación (Convocatoria extraordinaria - noviembre 2024)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-les-activitats-dels-centres-especials-de-treball-linia-1?category=76d429a4-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Justificar la subvención (Convocatoria extraordinaria - noviembre 2024)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-les-activitats-dels-centres-especials-de-treball-linia-1?category=76d429a4-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3) * [Aportar documentación (Convocatoria anticipada - Febrero 2024)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-les-activitats-dels-centres-especials-de-treball-linia-1?category=76d429a4-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=4) * [Justificar la subvención (Convocatoria anticipada - Febrero 2024)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-les-activitats-dels-centres-especials-de-treball-linia-1?category=76d429a4-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=5) * [Justificar la subvención (Convocatoria extraordinaria - Noviembre 2023)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-les-activitats-dels-centres-especials-de-treball-linia-1?category=76d429a4-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=6) * [Aportar documentación (Segunda convocatoria- Mayo 2023) ](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-les-activitats-dels-centres-especials-de-treball-linia-1?category=76d429a4-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=7) * [Justificar la subvención (Segunda convocatoria - Mayo 2023)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-les-activitats-dels-centres-especials-de-treball-linia-1?category=76d429a4-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=8) * [Aportar de documentación y otras peticiones 2023 (Primera convocatoria- Enero 2023)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-les-activitats-dels-centres-especials-de-treball-linia-1?category=76d429a4-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=9) * [Justificar la subvención (Primera convocatoria- Enero 2023)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-les-activitats-dels-centres-especials-de-treball-linia-1?category=76d429a4-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=10) * [Aportar documentació (convocatòria extraordinària novembre 2022)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-les-activitats-dels-centres-especials-de-treball-linia-1?category=76d429a4-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=11) * [Aportar documentación (convocatoria julio 2022)](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-les-activitats-dels-centres-especials-de-treball-linia-1?category=76d429a4-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=12) ## Después de hacerlo Una vez presentada la solicitud, se realizará un proceso de evaluación. Si la solicitud es aprobada, se procederá al pago de la subvención. Posteriormente, deberás justificar el uso de los fondos recibidos. ## Ayuda Para cualquier duda o consulta, puedes contactar con el Departamento de Empresa y Trabajo.

  • ## Resumen Estas subvenciones buscan impulsar la producción de largometrajes (ficción, documental y animación) en coproducción internacional donde la participación española sea minoritaria. El objetivo es fomentar el intercambio creativo y profesional en el ámbito cinematográfico. **Quién puede solicitarlo:** Empresas de producción audiovisual independientes. **Plazo de presentación:** Del 26 de junio al 16 de julio de 2024 (fuera de plazo actualmente). ## Lo que necesitas **Documentación:** * Guion del largometraje (o tratamiento literario para documentales). * Memoria descriptiva del proyecto (aspectos creativos, técnicos y artísticos). * Memoria sobre medidas medioambientales y de sostenibilidad. * Certificados bancarios de saldo medio (si se aportan recursos propios). * Contratos de capitalización de honorarios (si aplica). * Documentación de cesión de derechos del guion. * Contrato de coproducción internacional (si ya está aprobado). * Proyecto de actividad y presupuesto detallado. * Plan de financiación. * Estrategia de marketing. **Requisitos:** * Ser una empresa de producción audiovisual independiente. * La empresa solicitante debe encargarse de la producción ejecutiva. * Incorporar un alumno en prácticas de estudios audiovisuales. * La obra debe incluir versión doblada o subtitulada en catalán. * La obra debe estar finalizada en un plazo máximo. * Tener suscrito el contrato de coproducción internacional. * Aportación global minoritaria. * Ceder los derechos del guion. * Coste total mínimo del largometraje. * Tener garantizada la financiación. ## Cómo hacerlo 1. **Solicitar:** Presentar la solicitud y la documentación requerida a través de la sede electrónica de la Generalitat de Catalunya. 2. **Consultar el estado del trámite:** Verificar el estado de la solicitud en el apartado de "Estado de mis gestiones" en la web de la Generalitat. 3. **Recibir respuesta de la administración:** Se publicará una propuesta de resolución provisional en el Tablero de la Sede electrónica. Los solicitantes tendrán un plazo para presentar reformulaciones o documentación adicional. 4. **Recibir la subvención:** El pago se realizará en tres abonos. 5. **Justificar la subvención:** Presentar la documentación justificativa requerida al Área del Audiovisual del Instituto Catalán de las Empresas Culturales. ## Después de hacerlo * La obra debe estrenarse en cines comerciales de Cataluña en un plazo máximo. ## Ayuda * **Contacto:** * Dudas sobre la subvención: margaritagomez@gencat.cat 93 116 34 09, claudiabarbal@gencat.cat 93 513 13 98 * Dudas técnicas: 93 552 91 66 * **Normativa:** * Convocatoria para la concesión de subvenciones para fomentar las coproducciones internacionales minoritarias de largometrajes * Texto refundido de las bases específicas * Modificación de las bases específicas * Bases específicas que regirán la concesión de subvenciones para fomentar las coproducciones internacionales minoritarias de largometrajes cinematográficos * Texto refundido de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concessión de ayudas del ICEC * Tercera modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concessión de ayudas del ICEC * Segunda modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia del Instituto Catalán de las Empresas Culturales * Modificación de las bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia del Instituto Catalán de las Empresas Culturales * Bases generales reguladoras de los procedimientos para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia del Instituto Catalán de las Empresas Culturales

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar subvenciones para la implantación y renovación de sistemas voluntarios de gestión ambiental (EMAS). **Quién puede usar este servicio:** Empresas y organizaciones que deseen implementar o renovar sus sistemas de gestión ambiental. **Antes de empezar:** * Revisa las bases de la convocatoria para asegurarte de cumplir con los requisitos. ## Lo que necesitas **Documentos requeridos:** * La documentación necesaria variará según la opción que elijas (solicitud, aportación de documentos, etc.). Consulta los detalles en cada caso. **Requisitos previos:** * Cumplir con los criterios de elegibilidad establecidos en la convocatoria. **Costes y plazos:** * Este trámite no tiene coste. * Los plazos de resolución dependerán de la convocatoria. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Solicitar la subvención:** Accede al enlace correspondiente y sigue las instrucciones. [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-implantar-i-renovar-sistemes-voluntaris-de-gestio-ambiental-EMAS?category=&temesNom=Medi%20ambient&moda=1) 2. **Aportar documentación, alegar o desistir:** Si es necesario, utiliza el enlace correspondiente. [Aportar documentación, alegar o desistir](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-implantar-i-renovar-sistemes-voluntaris-de-gestio-ambiental-EMAS?category=&temesNom=Medi%20ambient&moda=2) ## Ayuda **Contacto:** * Departamento de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica. **Recursos adicionales:** * Consulta las bases de la convocatoria para obtener información detallada.

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar subvenciones para impulsar y crear Áreas de Promoción Económica Urbana (APEU) en los Polígonos de Actividad Económica. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar la subvención 2023](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-crear-Arees-de-Promocio-Economica-Urbana-en-els-poligons-dActivitat-Economica-00001?category=7524cc0e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación 2023](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-crear-Arees-de-Promocio-Economica-Urbana-en-els-poligons-dActivitat-Economica-00001?category=7524cc0e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar, aportar documentación o justificar subvenciones para impulsar y crear Áreas de Promoción Económica Urbana en los Polígonos de Actividad Económica. ## ¿Qué necesitas hacer? Selecciona la opción que corresponda a tu caso: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-crear-Arees-de-Promocio-Economica-Urbana-en-els-poligons-dActivitat-Economica?category=7524cc0e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Aportar documentación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-crear-Arees-de-Promocio-Economica-Urbana-en-els-poligons-dActivitat-Economica?category=7524cc0e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-crear-Arees-de-Promocio-Economica-Urbana-en-els-poligons-dActivitat-Economica?category=7524cc0e-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3)

  • ## Resumen Este trámite te permite acceder a las subvenciones del Departament d'Empresa i Treball destinadas a impulsar la competitividad a través de los agentes dinamizadores de clústeres. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda a tu situación: * [Solicitar la ayuda](/es/tramits/tramits-temes/23816_-_Subvencions-per-a-iniciatives-de-reforc-de-la-competitivitat-per-agents-dinamitzadors-de-clusters?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=1) * [Aportar documentación](/es/tramits/tramits-temes/23816_-_Subvencions-per-a-iniciatives-de-reforc-de-la-competitivitat-per-agents-dinamitzadors-de-clusters?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=2)

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