Generalitat de Cataluña

  • ## Resumen Este trámite permite a las asociaciones de transporte de mercancías por carretera solicitar subvenciones para sus actividades. **¿Quién puede usar este servicio?** Asociaciones de transporte de mercancías por carretera. ## Cómo hacerlo Consulta las opciones disponibles y selecciona la convocatoria correspondiente al año que te interesa: * [Tramitar la subvención de la convocatoria del año 2024](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-activitats-dassociacions-de-transport-de-mercaderies-per-carretera?category=&temesNom=Mobilitat%20i%20transport&moda=1) * [Tramitar la subvención de la convocatoria del año 2023](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-activitats-dassociacions-de-transport-de-mercaderies-per-carretera?category=&temesNom=Mobilitat%20i%20transport&moda=2)

  • Son subvenciones para actividades de danza de carácter profesional de acuerdo con las modalidades siguientes :

    a) Apoyo a la organización de actividades de formación para profesionales.

    b ) Apoyo a la creación , producción y presentación pública de espectáculos. A los efectos de estas bases, se puede solicitar la subvención para aquellas producciones entendidas como nuevo espectáculo, o bien para proyectos en residencia. También se entienden como nuevo espectáculo, las reposiciones o revisiones de aquellas creaciones en las que la producción originaria tenga, como mínimo, 4 años de antigüedad.

    c) Apoyo a la exhibición de espectáculos.

    d) Apoyo a actividades de difusión a través de muestras, festivales y eventos similares.

     

    Estas subvenciones son de tramitación telemática obligatoria y necesitará disponer de un certificado digital para poder hacer la solicitud.

     

     

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    Plazo de solicitud: del 12 al 25 de abril de 2016.

    A quién va dirigido

    A entidades privadas sin ánimo de lucro con domicilio en Cataluña que realicen la totalidad o parte de su actividad en el ámbito de la danza y las artes del movimiento.

    A agrupaciones sin personalidad jurídica que se reúnen para proyectos conjuntos, siempre que todos sus miembros, que tendrán la consideración de beneficiarios, reúnan las condiciones que exigen las bases.

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar las solicitudes es del 17 de marzo al 1 abril de 2015.

    Documentación

    Documentación que debe acompañar a la solicitud:

    1. Proyecto de actividad o actuación
    2. Presupuesto completo y detallado del proyecto
    3. Contrato de coproducción, si procede.

    Requisitos

     

    1. Realizar la actividad subvencionada dentro del año natural.
    2. Realizar la actividad subvencionada en el ámbito territorial de Cataluña, en otras comunidades autónomas del Estado o en el extranjero.
    3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones , que imposibilitan convertirse en beneficiario de las subvenciones.
    4. Cumplir con las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, y con las obligaciones de la Seguridad Social.
    5. Cumplir con los requisitos que la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística , establece en los artículos siguientes:
      • Artículo 36.4, que obliga a que los carteles de los centros de trabajo y las informaciones que haya en su interior, estén por lo menos en catalán.
      • Artículos 32.1 y 32.3, que obligan a que las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña puedan atenderlo en catalán y que tanto la señalización y carteles como la documentación de su oferta comercial estén al menos en catalán.
    6. Si se dispone de una plantilla igual o superior a 50 personas, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas que establecen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril , el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril , y el Decreto 322/2011, de 19 de abril .
    7. Si la plantilla es igual o superior a 25 personas, disponer, con el acuerdo de los agentes sociales, de los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y utilizarlos adecuadamente, tal como disponen los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril , del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
    8. Si para la realización de la actividad objeto de la subvención se utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, debe cumplirse con lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
    9. Los solicitantes deben presentar una única solicitud para un máximo de cuatro modalidades.
    10. Los solicitantes tienen que presentar el/los proyecto/s en una única solicitud para un máximo de cuatro modalidades.
    11. En caso de actividades de formación (modalidad a) de la base 1.1), esta deberá ser presencial, de pago y en Cataluña.
    12. En caso de creación, producción y presentación pública de espectáculos (modalidad b) de la base 1.1), estos se deberán estrenar durante el año natural de concesión de la subvención y se deberá prever un mínimo de 10 representaciones, de las que 3 deberán ser en Cataluña, en un periodo máximo de 18 meses después de la fecha del estreno. No computan las actuaciones hechas en locales de ensayo.  En caso de proyectos en residencia, la actividad se llevará a cabo en el ámbito territorial de Cataluña, sin necesidad de prever un mínimo de representaciones.
    13. En caso de exhibición de espectáculos (modalidad c) de la base 1.1), se harán un mínimo de 10 representaciones, durante el año natural de concesión de la subvención, del conjunto de estos espectáculos por los que se pide subvención, y se deberá acreditar la realización de un mínimo de 5 representaciones en Cataluña, en los dos años anteriores al año de concesión de la subvención.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Otras informaciones

    Criterios de valoración

    La valoración de los proyectos se realizará de acuerdo con los siguientes criterios

    a) El interés cultural y artístico del proyecto (hasta 4 puntos)

    • Trayectoria profesional del solicitante y los integrantes del equipo artístico, técnico y / o formativo incluido en la propuesta.

    • Grado de interés del proyecto y de su desarrollo.

    • Aportación significativa de contenidos al contexto artístico o formativo.

    • Autoría catalana del proyecto presentado. En el caso de la modalidad a) de la base 1.1, la autoría del contenido de la actividad formativa. En el caso de la modalidad b) yc) de la base 1.1, la autoría de las obras que se representen que forman parte del proyecto artístico presentado. En el caso de la modalidad d) de la base 1.1, la autoría del contenido de la actividad de difusión.

    A los efectos de estas bases, se entiende por autor catalán el que reside en Cataluña y, en caso de autores fallecidos, los que nacieron o residieron la mayor parte de su vida en Cataluña.

     b) Retorno social del programa de actividades (hasta 3 puntos)

    • Contribución a la creación, generación y fidelización de públicos o fomento de la especialización del profesional en el caso de la formación.

    • Coherencia del plan de comunicación.

    • Valoración del plan de explotación del proyecto y de su capacidad de internacionalización.

    c) Viabilidad del proyecto y calidad de la gestión (hasta 3 puntos)

    • Adecuación del presupuesto a los recursos necesarios para la realización del proyecto.

    • Grado de especialización profesional de los equipos artísticos y técnicos participantes.

    • Grado de financiación previsto al margen de la ayuda de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural.

     

    Criterios adicionales

    a) Repercusión importante de la actividad en una zona del territorio catalán donde es poco habitual hacer este tipo de iniciativas (hasta 0,5 puntos).

    b) Proyecto en calidad de residencia (0,5 puntos).

    c) Proyectos presentados por creadores emergentes entendidos como el primer proyecto profesional que promueva un creador (0,5 puntos).

    d) Aportación significativa del proyecto a la difusión en Cataluña de figuras internacionales de prestigio de la danza (hasta 0,5 puntos).

    e) Espectáculos coproducidos por: (0,5 puntos)

    e.1) Equipamientos públicos de artes escénicas, festivales públicos o residencias en centros de creación públicos con apoyo de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural.

    e.2) Los cinco mercados siguientes: "Fira Tàrrega"; "La Muestra de Igualada Feria de Teatro Infantil y Juvenil"; "Trapezi de Reus Feria del Circo de Cataluña"; "Festival Sismògraf"; "Fira Mediterrània".

    Para optar a las subvenciones las solicitudes deberán obtener una puntuación mínima de 5 puntos en el conjunto de los criterios generales. A esta puntuación se sumará la puntuación obtenida con los criterios adicionales.

    Comisión de valoración

    Los nombres de las personas que forman parte de la comisión de valoración se podrán consultar en breve.

    Plazos
    Del12.04.2016al 25.04.2016

    Por internet

    Este formulario requiere la identificación y autentificación a través de firma electrónica.

    El Departamento de Cultura es entidad certificadora para personas físicas. Puede obtener el certificado digital en el mismo Departamento  y en los Servicios Territoriales .

    Más información sobre los sistemas de firma electrónica 

  • ## Resumen Este trámite te permite solicitar o justificar subvenciones para actividades que buscan atraer a más gente a la cultura. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-creacio-de-publics?category=74099878-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-la-creacio-de-publics?category=74099878-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones para actividades de formación y documentación relacionadas con la cultura popular y tradicional catalana. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-activitats-en-materia-de-formacio-i-de-documentacio-relacionades-amb-la-cultura-popular-i-tradicional?category=73fa5630-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-activitats-en-materia-de-formacio-i-de-documentacio-relacionades-amb-la-cultura-popular-i-tradicional?category=73fa5630-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar o justificar subvenciones para actividades que promuevan la investigación, conservación y difusión del patrimonio etnológico de Cataluña. ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta las opciones disponibles: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-activitats-que-fomentin-la-recerca-conservacio-i-difusio-del-patrimoni-etnologic-de-Catalunya?category=73fa5630-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-per-a-activitats-que-fomentin-la-recerca-conservacio-i-difusio-del-patrimoni-etnologic-de-Catalunya?category=73fa5630-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2)

  • Son subvenciones para contribuir a la financiación de actividades culturales relacionadas con la cultura popular y tradicional catalana y el asociacionismo cultural organizadas por corporaciones locales y por entidades privadas sin ánimo de lucro.

    La tipología de las actividades objeto de subvención es la siguiente:

    a) Las actividades que fomenten o difundan la cultura popular y tradicional catalana y el asociacionismo cultural o el patrimonio etnológico.

    b) Las representaciones no profesionales de teatro popular catalán.

    c) La restauración de elementos de imaginería festiva (gigantes, enanos y bestiario), así como la restauración y la confección de su indumentaria.

    d) Conmemoraciones de aniversarios de personalidades, hechos o entidades dirigidas a la conservación y la difusión de la memoria cultural colectiva.

    e) Congresos y jornadas de carácter nacional o internacional hechos en Cataluña.

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    Plazo de solicitud: del 4 al 18 de abril de 2016.

    A quién va dirigido

    Pueden optar a estas subvenciones las corporaciones locales o los entes que dependen de ellas, las fundaciones y las asociaciones con domicilio social en Cataluña, que hayan hecho o tengan previsto hacer alguna de las actividades culturales que prevén estas bases.

    No pueden optar a esta línea de subvenciones las federaciones de entidades.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar la subvención

    Plazos

    El plazo para presentar las solicitudes es del 10 al 23 de febrero de 2015.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Proyecto de actividad o actuación
    2. Presupuesto completo y detallado del proyecto
    3. Documentación acreditativa de la colaboración, si procede, con otras entidades o agentes culturales para organizar la actividad, emitida por los responsables de estas instituciones, en que se especifique el tipo de colaboración.

    A partir del día siguiente de la publicación de la relación provisional de subvenciones concedidas, los solicitantes propuestos dispondrán de 10 días hábiles para presentar la documentación siguiente:

    1. Documento de aceptación de la subvención

    Requisitos

    1. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones , que imposibilitan convertirse en beneficiario de las subvenciones.
    2. Cumplir con las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, y con las obligaciones de la Seguridad Social.
    3. Cumplir con los requisitos que la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, establece en los artículos siguientes:
      • Artículo 36.4, que obliga a que los carteles de los centros de trabajo y las informaciones que haya en su interior, estén por lo menos en catalán.
      • Artículos 32.1 y 32.3, que obligan a que las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña puedan atenderlo en catalán y que tanto la señalización y carteles como la documentación de su oferta comercial estén al menos en catalán.
    4. Si se dispone de una plantilla igual o superior a 50 personas, dar ocupación, al menos, a un 2% de trabajadores con disminución sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas que establecen el artículo 38 de la Ley 13/1982, de 7 de abril , el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril , y el Decreto 322/2011, de 19 de abril .
    5. Si la plantilla es igual o superior a 25 personas, disponer, con el acuerdo de los agentes sociales, de los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo y utilizarlos adecuadamente, tal como disponen los artículos 5 y 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril , del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
    6. Si para la realización de la actividad objeto de la subvención se utiliza cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, debe cumplirse con lo que dispone la normativa sobre propiedad intelectual.
    7. Pueden optar a estas subvenciones las entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas y con domicilio social en Cataluña, que hayan realizado o tengan previsto realizar alguna de las manifestaciones culturales previstas en estas bases, que tengan la actividad cultural como objeto principal en sus estatutos.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Otras informaciones

    Exclusiones:

    Quedan excluidas de esta línea de subvenciones:

    • Los cursos o actividades de tipo formativo en el campo de la cultura popular y tradicional catalana y el asociacionismo cultural.

    • Los viajes y desplazamientos para participar en festivales, ferias o encuentros de especial relevancia fuera de Cataluña, y los viajes de carácter recreativo o turístico.

    • Los festivales y encuentros nacionales de cultura popular y tradicional catalana, las programaciones artísticas en que participen principalmente artistas profesionales y la producción de espectáculos, exposiciones o material fonográfico o audiovisual.

    • Las actividades destinadas a la catalogación, la preservación, la digitalización y la difusión de fondos documentales sobre aspectos de la cultura popular y tradicional de Cataluña.

    • La edición en lengua catalana o aranesa de trabajos relacionados con la difusión de la cultura popular y tradicional catalana y del patrimonio etnológico de Cataluña.

    • Las actividades deportivas.

    • Las actividades dirigidas prioritariamente a la promoción social de colectivos.

    • Las actividades de carácter escolar.

    • Comidas populares.

    • Las actividades dirigidas a la promoción comercial de empresas o grupos de empresas.

    • Adquisición de bienes muebles que supongan un incremento en el patrimonio de la entidad.

    • Los proyectos que no utilicen el catalán o el aranés en la difusión de sus actividades.

    • Las fiestas mayores y otras fiestas tradicionales de carácter local.

    • Las actividades que sean objeto de subvención de otras líneas de ayudas de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural o de entes vinculados al Departamento de Cultura; las que no tengan relación con el marco de actuación establecido por la Ley 2/1993, de 5 de marzo, de fomento y protección de la cultura popular y tradicional y del asociacionismo cultural, o las que, en razón de la actividad o el destinatario, sean competencia de otros departamentos de la Generalidad.

    Criterios de valoración

    La valoración de los proyectos se deberá hacer de acuerdo con los criterios siguientes:

    • a) El interés cultural de la actividad teniendo en cuenta su calidad, la transmisión de valores, el fomento de la cohesión social, y las posibilidades de incidencia en el incremento de públicos, o la captación de nuevos públicos en el ámbito de la cultura popular y tradicional catalana o del asociacionismo cultural. También se debe valorar el hecho de que una o más de las actividades programadas estén vinculadas directamente con la celebración del Día del Asociacionismo Cultural (hasta 4 puntos).
    • b) El hecho de que el solicitante gestione directamente un equipamiento cultural o que la actividad se desarrolle en el marco de fiestas o elementos festivos declarados de acuerdo con lo que establece el Decreto 389/2006, de 17 de octubre, del patrimonio festivo de Cataluña (hasta 1 punto).
    • c) La valía histórica o etnológica del elemento de imaginería a restaurar, en el caso de la tipología c) de la base 1.2, o en el resto de tipologías, la repercusión territorial del proyecto (hasta 2 puntos).
    • d) Que el solicitante organice actividades culturales de manera continuada a lo largo del año, o en el caso de restauración, que se trate de un elemento de imaginería festiva con un mínimo de 50 años de antigüedad (hasta 1 punto).
    • e) La viabilidad económica de las acciones de la actividad valorada por la financiación obtenida (hasta 1 punto).
    • f) El plan de comunicación y difusión (hasta 1 punto).

    5.2 En función de la disponibilidad presupuestaria y a la vista de las solicitudes presentadas, se puede acordar que, para optar a las ayudas, sea suficiente un porcentaje de puntuación inferior al que prevé la base general 9.4.

    Comisión de valoración

    Los nombres de las personas que forman parte de la comisión de valoración se pueden consultar en el DOGC nº 6868-11.5.2015.

    Quedan excluidas de esta línea de subvenciones las federaciones de entidades. Esta línea de subvenciones es de tramitación telemática obligatoria.

    Plazos

    Del05.04.2016al 18.04.2016

    Por internet

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar, adjuntar documentación o justificar subvenciones para mejorar la eficiencia energética en pequeñas, medianas y grandes empresas del sector industrial. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda a tu situación: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-eficiencia-energetica-pime-i-sector-industrials?category=75236c7c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Adjuntar documentación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-eficiencia-energetica-pime-i-sector-industrials?category=75236c7c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-eficiencia-energetica-pime-i-sector-industrials?category=75236c7c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=3)

  • ## ¿Qué necesitas hacer? Consulta a continuación todas las opciones vinculadas al trámite. Selecciona la que se corresponda con tu caso y podrás acceder a toda la información y condiciones de tramitación. * [Adjuntar documentación](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-eficiencia-energetica-pime-i-sector-industrials-00001?category=75236c7c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=1) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/Subvencions-eficiencia-energetica-pime-i-sector-industrials-00001?category=75236c7c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c&moda=2) Fecha de actualización 30.06.2021

  • El objetivo de estas subvenciones es dar apoyo a los ayuntamientos y entidades municipales descentralizadas para actuaciones urgentes de adaptación a la seguridad, la habitabilidad o la funcionalidad de los equipamientos deportivos existentes.

    Leer más

    Fuera de plazo.

    Las actuaciones objeto de subvención se tienen que empezar a partir del 1 de enero de 2015 y tienen que finalizar como máximo el 2 de noviembre de 2015.

    Podéis consultar la lista de solicitantes beneficiarios y solicitantes en lista de reserva.

    A quién va dirigido

    A los ayuntamientos y entidades municipales descentralizadas de Cataluña titulares, o que dispongan de la cesión del derecho de uso, del equipamiento deportivo por el cual se solicita la subvención.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la subvención

    Plazos

    Plazo de solicitude: del 4 de abril al 6 de mayo de 2015.

    Documentación

    1. Formulario normalizado de la solicitud de subvención, el cual incorpora la siguiente documentación:Declaración responsable del representante legal de la entidad conforme se ha emitido certificado del órgano competente donde consta la aprobación de la realización de la actuación para la que se solicita la subvención.
      • Declaración responsable conforme se ha emitido certificado de la Intervención u órgano de control económico equivalente donde consta que hay recursos suficientes para atender la financiación de la actuación
      • Declaración responsable del representante legal de la entidad conforme el equipamiento donde se realizará la actuación a subvencionar es de titularidad de la entidad solicitante o dispone del derecho de uso, en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud, libre de cargas o gravámenes que puedan afectar a la viabilidad de las obras.
      • Cuestionario de datos para poder aplicar los criterios de valoración.
      • Las acreditaciones mediante las declaraciones o la memoria.
    2. Formulario normalizado de memoria técnica firmada por el personal técnico competente con el visto bueno de la Secretaría de la entidad solicitante en la que conste:
      • Descripción general del estado actual de la instalación y de la parte reformar en particular.
      • Descripción de la solución adoptada.
      • Relación de la normativa de obligado cumplimiento que es de aplicación a esta actuación.
      • Justificación del cumplimiento de la normativa técnica del PIEC.
      • Presupuesto final con IVA con el detalle de las mediciones y precios unitarios.
    3. Fotografías que reflejen los espacios o elementos constructivos sobre los que se actúa.
    4. Planos de la actuación, si son necesarios.
    5. Ficha del Censo de Equipamientos Deportivos de Cataluña de la instalación motivo de la actuación, disponible en http://esports.gencat.cat/ca/serveis_i_tramits/cens_dequipaments_esportius_de_catalunya_CEEC/

    Requisitos

    Las actuaciones a subvencionar, dentro de los ámbitos expuestos en la anterior base, deben cumplir los siguientes requisitos:

    1. Se realizarán en instalaciones deportivas de titularidad de las entidades solicitantes, o que dispongan de la cesión del derecho de uso, que tengan una antigüedad mínima de 10 años y que se encuentren incluidas en el Censo de equipamientos deportivos de Cataluña (CEEC). Si ya se hubiera hecho un remodelado que hubiera afectado a la actuación para la que se solicita la subvención, la fecha del remodelado debe tener una antigüedad mínima de 10 años. Se consideran que tienen una antigüedad de 10 años, las instalaciones que la obra constructiva o el remodelado haya recepcionado durante el año 2005.
    2. Deben ser obras menores, con un presupuesto de contrato no inferior a dos mil quinientos euros (2.500 ?) ni superior a sesenta mil euros (60.000 ?), ambos con el IVA incluido, de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de contratos del sector público.
    3. Se iniciarán a partir del 1 de enero de 2015.
    4. Deben estar terminadas y justificadas como máximo el 2 de noviembre de 2015.
    5. Deben estar consignadas en el capítulo de inversiones del presupuesto de la entidad solicitante.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite

    Plazos

    Del04.04.2015al 06.05.2015

    Por internet

    La presentación de la solicitud se hace mediante el portal EACAT, accediendo a los servicios de tramitación interadministrativa y siguiendo la ruta de navegación siguiente:

    Pestaña Trámites > Subvenciones > PRE-CCE-Ayudas al remodelado urgente equipamientos deportivos.

  • ## Resumen Este trámite permite a los centros de la Red Punto TIC solicitar subvenciones para la adquisición de hardware destinado a proyectos y actividades de innovación social digital y colaborativa. ## ¿Qué necesitas hacer? Elige la opción que corresponda a tu situación: * [Solicitar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/21577_Subvencions-maquinari-vinculat-a-projectes-i-activitats-dels-centres-de-la-Xarxa-Punt-TIC?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=1) * [Aportar documentación a la solicitud](/es/tramits/tramits-temes/21577_Subvencions-maquinari-vinculat-a-projectes-i-activitats-dels-centres-de-la-Xarxa-Punt-TIC?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=2) * [Justificar la subvención](/es/tramits/tramits-temes/21577_Subvencions-maquinari-vinculat-a-projectes-i-activitats-dels-centres-de-la-Xarxa-Punt-TIC?category=1f54214c-36ac-11e5-be5c-005056924a59&moda=3)

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