Generalitat de Cataluña

  • La competencia profesional para realizar actividades de instalación elèctrica se obtiene, si el titular no dispone de una titulación que lo acredita de forma directa, una vez se ha superado la prueba que para este tipo de competencia realiza el Departamento competente de la Generalitat.

    Leer más

    A partir del 26 de marzo de 2012 desaparece la figura del carnet de instalador.

    No obstante, la instalación, el mantenimiento, la reparación y la operación de instalaciones y productos industriales se continúa realtzando por los profesionales competentes.

    La competencia de estos profesionales se puede obtener mediante una determinada titulación que le reconoce, de forma directa, para poder actuar como instalador o bien después de haber superado las pruebas que realiza el Departamento competente.

    Consultar cuadro titulación/formación

    A quién va dirigido

    A las personas físicas que quieren ser instaladores en baja tensión y que se quieren dedicar a realizar instalaciones eléctricas en la categoria básica o la categoria especialista.

    Para acceder al examen es imprescindible acreditar unos conocimientos teóricos y prácticos sobre los diferentes tipos instalaciones (cuadro titulación/formación)

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar el examen para la obtención del CQI

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Una vez aprovado el examenel órgano competente entregará un certificado que acreditará la competencia profesional correspondiente.

    Documentación

    La documentación que se debe adjuntar con la solicitud es la siguiente:

    Requisitos

    1. Tenir coneixements teòrics i pràctics (consultar el quadre de titulació/formació necessària).
    2. Ser major d'edat.

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE.
    Si el trámite se solicita por Internet, la tasa tiene una deducción del 10 %.

    Formas de pago de las tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo) la oficina OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Un vez se dispone de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "la Caixa".
    Si es usuario de linea abierta de "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de linea abierta, con tarjeta de crédito.

    Presencialmente:

    1. En la misma OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de la Generalitat de Catalunya.
    2. En cualquier oficina de "la Caixa".

    Otras informaciones

    1. Categoría básica: instalaciones eléctricas para baja tensión en edificios, industrias, infraestructuras y, en general, todas las comprendidas en el ámbito del Reglamento Electrotécnico para baja tensión que no se reservan a la categoría especialista.
    2. Categoría especialista: instalaciones de la categoría Básica y, además, las correspondientes a:
      • Sistemas de automatización, gestión técnica de la energía y seguridad para viviendas y edificios.
      • Sistemas de control distribuido.
      • Sistemas de supervisión, control y adquisición de datos.
      • Control de procesos.
      • Líneas aéreas o subterráneas para distribución de energía.
      • Locales con riesgo de incendio o explosión.
      • Quirófanos y salas de intervención.
      • Lámparas de descarga en alta tensión, letreros luminosos y similares.
      • Instalaciones generadoras de baja tensión.
    3. El examen se puede pedir en cualquier demarcación territorial, con independencia del lugar de residencia.
    4. Con el pago de la tasa de examen se puede concurrir a 2 convocatorias de examen.
    5. No se puede "elegir" día y hora; la unidad correspondiente hará la asignación en función del número de asistentes.
    6. La no presentación el día y hora en que se ha sido convocado/da implica la pérdida de la convocatoria.
    7. Fechas de examen
    8. También se considerará que se tiene la competencia profesional para actuar como instalador eléctrico categoría básica o especialista cuando el interesado disponga de una determinada titulación (cuadro de titulación/formación). En este caso no será necesario solicitar el examen
    9. La actividad de instalador de baja tensión se tiene que desarrollar en el seno de una empresa instaladora eléctrica de la categoría correspondiente.

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    Se puede presentar a:

    • Cualquier OGE/OGE Cámara de cualquier demarcación territorial, independientemente del domicilio del tiular.


  • La competencia profesional para realizar, modificar y mantener instalaciones de hidrocarburos líquidos de las clases B, C y D sin límite de almacenamiento, pero sin poder acceder a recinto confinado una vez en servicio la instalación, se puede acreditar mediante una determinada titulación que reconoce a su titular, de forma directa, la capacidad de poder actuar como profesional competente o bien después de haber realizado un curso de formación y superado las pruebas que realiza el Departamento competente de la Generalitat

    Leer más

    A partir del 26 de marzo de 2012 desaparece la figura del carnet de instalador.

    No obstante, la instalación, el mantenimiento, la reparación y la operación de instalaciones y productos industriales se continúa realtzando por los profesionales competentes.

    La competencia de estos profesionales se puede obtener mediante una determinada titulación que le reconoce, de forma directa, para poder actuar como instalador o bien después de haber superado las pruebas que realiza el Departamento competente.

    Consultar cuadro titulación/formación

    A quién va dirigido

    A las personas físicas que quieren dedicarse a la instalación de instalaciones petrolíferas de categoría 2.

    Para acceder al examen es imprescindible acreditar unos conocimientos teóricos y prácticos sobre este tipos instalaciones (cuadro titulación/formación)

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar el examen

    Plazos

    Es pot sol·licitar en qualsevol moment.

    Un cop aprovat l'examen l'òrgan competent lliurarà un certificat que acreditarà la competència professional corresponent.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar:

    Requisitos

    1. Tenir coneixements teòrics i pràctics (consultar el quadre complert de Formació necessària).
    2. Ser major d'edat.

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE
    Si el trámite se solicita por Internet, la tasa tiene una deducción del 10%.

    Medios de pago de las tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo), la OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez que se disponga de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Presencialmente:

    1. En la misma OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de la Generalitat de Cataluña.
    2. En cualquier oficina de "La Caixa".

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "La Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "La Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Otras informaciones

    1. El examen se puede pedir en cualquier demarcación territorial, con independencia del lugar de residencia.
    2. Con el pago de la tasa de examen se puede participar en 2 convocatorias de examen.
    3. No se puede escoger día y hora; la unidad correspondiente hará la asignación en función del número de asistentes.
    4. La no presentación en el día y hora de la convocatoria implica la pérdida de ésta.
    5. Fechas de examen
    6. Centros autorizados a impartir cursos
    7. También se considerará que se tiene la competencia profesional para actuar como instalador petrolífero (IP2) cuando el interesado disponga de??una determinada titulación. En este caso no será necesario solicitar el examen.
    8. La actividad de instalador petrolífero IP-2 se tiene que desarrollar en el seno de una empresa instaladora de instalaciones petrolíferas de categoria 2

    Clasificación de los productos

    Clase AHidrocarburos licuados con presión absoluta de vapor superior a 1 kg/cm2 a la temperatura de 15 ºC (metano, butano, propano...).
    Clase BHidrocarburos con un punto de inflamación inferior a 55 ºC y no comprendidos en la clase A (gasolina, naftas, petróleo y disolventes).
    Clase CHidrocarburos con un punto de inflamación comprendido entre 55 ºC y 100 ºC (gasoil, fuel-oil, diesel-oil).
    Clase DHidrocarburos con un punto de inflamación superior a 100 ºC y hasta 150 ºC (asfalto, vaselinas, parafinas y lubricantes).

    Por internet

    Una vez enviada y validada la solicitud se le asigna un número de registro. Se recomienda imprimir esta página para atender cualquier gestión posterior.

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    Se puede presentar en varios lugares:

  • La competencia profesional para realizar, modificar y mantener instalaciones de hidrocarburos líquidos de las clases C y D con un límite de almacenamiento de 10.000 litros pero sin poder acceder a recinto confinado un golpe la instalación está en servicio, se puede acreditado mediante una determinada titulación que reconoce a su titular, de forma directa, la capacidad de poder actuar como profesional competente, o bien después de haber realizado un curso de formación y superado las pruebas que realiza el Departamento.

    Leer más

    A partir del 26 de marzo de 2012 desaparece la figura del carnet de instalador.

    No obstante lo anterior, la instalación, el mantenimiento, la reparación y la operación de instalaciones y productos industriales se continúa realizando por los profesionales competentes.

    La competencia de estos profesionales se puede obtener mediante una determinada titulación que le reconoce,de forma directa, para poder actuar como instalador o bien después de haber superado las pruebas que realiza el Departamento competente.

    Consultar cuadro titulación/formación

    A quién va dirigido

    A las personas físicas que quieren dedicarse a la instalación de instalaciones petrolíferas de categoría 1.

    Para acceder al examen es imprescindible acreditar unos conocimientos teóricos y prácticos sobre este tipo de instalaciones (cuadro titulación/formación).

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar el examen

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Una vez aprobado el examen el órgano competente entregará un certificado que acreditará la competencia profesional correspondiente

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    Documentación

    Requisitos

    1. Tenir coneixements teòrics i pràctics (veieu el quadre complert de Formació necessària).
    2. Ser major d'edat

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE.
    Si el trámite se solicita por Internet, la tasa tiene una deducción del 10%.

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo), la OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en la que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez que se disponga de esta carta de pago, la tasa se puede hacer efectiva:

    Presencialmente

    • En la misma OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de la Generalitat de Cataluña.
    • En cualquier oficina de "La Caixa".

    Por Internet
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "La Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "La Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Otras informaciones

    1. El examen se puede pedir en cualquier demarcación territorial, con independencia del lugar de residencia.
    2. Con el pago de la tasa de examen se puede participar en 2 convocatorias de examen.
    3. No se puede escoger día y hora; la unidad correspondiente hará la asignación en función del número de asistentes.
    4. La no presentación en el día y hora de la convocatoria implica la pérdida de esta. Fechas de examen
    5. Centros autorizados a impartir cursos: centros reconocidos oficialmente para impartir la formación necesaria para acceder al examen que hace el departamento o bien el centro autorizado.
    6. También se considerará que se tiene la competencia profesional para actuar como instalador petrolífero (IP1) cuando el interesado disponga de una determinada titulación. En este caso no será necesario solicitar el examen.
    7. La actividad de instalador petrolífero IP-1 se tiene que desarrollar en el seno de una empresa instaladora de instalaciones petrolíferas de categoría 1.

    Clasificación de los productos:

    Clase AHidrocarburos licuados con presión absoluta de vapor superior a 1 kg/cm2 a la temperatura de 15 ºC (metano, butano, propano ...)
    Clase BHidrocarburos con un punto de inflamación inferior a 55 ºC y no comprendidos en la clase A (gasolina, naftas, petróleo y disolventes).
    Clase CHidrocarburos con un punto de inflamación comprendido entre 55 ºC y 100 ºC (gasoil, fuel-oil, diesel-oil).
    Clase DHidrocarburos con un punto de inflamación superior a 100 ºC y hasta 150ºC (asfalto, vaselinas, parafinas y lubricantes)

    Por internet

    Una vez enviada y validada la solicitud se le asigna un número de registro. Se recomienda imprimir esta página para atender cualquier gestión posterior.

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    Se puede presentar en varios lugares:

  • La competencia profesional para la vigilancia, supervisión y control del correcto funcionamiento de las calderas reguladas por la normativa de equipos a presión, se puede acreditar mediante una determinada titulación que reconoce a su titular, de forma directa, la capacidad de poder actuar como profesional competente, o bien después de haber realizado un curso de formación y superado las pruebas que realiza el Departamento.

    Leer más

    A partir del 26 de marzo de 2012 desaparece la figura del carnet de instalador.

    No obstante, la instalación, el mantenimiento, la reparación y la operación de instalaciones y productos industriales se continúa realtzando por los profesionales competentes.

    La competencia de estos profesionales se puede obtener mediante una determinada titulación que le reconoce, de forma directa, para poder actuar como instalador o bien después de haber superado las pruebas que realiza el Departamento competente.

    Consultar cuadro titulación/formación

    A quién va dirigido

    A las personas físicas que quieren ser operadores industriales de calderas y que se quieren dedicar a la vigilancia, supervisión y control del correcto funcionamiento de las calderas.

    Para acceder al examen se tienen que acreditar unos conocimientos teóricos y prácticos sobre este tipo de instalaciones (cuadro titulación/formación)

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar el examen

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento después de haber realizado el correspondiente curso de formación en un centro autorizado.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    Documentación

    Requisitos

    1. Tenir coneixements teòrics i pràctics (consultar el quadre complert de Formació necessària).
    2. Ser major d'edat.

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de la OGE.
    Si el trámite se solicita por Internet, la tasa tiene una reducción del 10%.

    Medios de pago de tasas
    En el momento en que se inicia el trámite (presencialmente o por correo), la OGE correspondiente emite un recibo o carta de pago en que figura el código de barras correspondiente a la liquidación.
    Una vez que se disponga de esta carta de pago, la tasa se podrá hacer efectiva:

    Por Internet:
    Los pagos de las tasas podrán efectuarse a través de la web de "la Caixa".
    Si es usuario de línea abierta "la Caixa", con el código PIN del recibo.
    Si no es usuario de línea abierta, con tarjeta de crédito.

    Presencialmente:

    1. En la misma OGE mediante tarjeta de crédito o cheque conformado o garantizado nominativo al Tesoro de la Generalitat de Cataluña.
    2. En cualquier oficina de "la Caixa".

    Otras informaciones

    1. El examen se puede pedir en cualquier demarcación territorial, con independencia del lugar de residencia.
    2. Con el pago de la tasa de examen se puede concurrir a dos convocatorias de examen.
    3. No se puede elegir día y hora. La unidad correspondiente hará la asignación en función del número de asistentes.
    4. La no presentación el día y hora en que se ha sido convocado/da implica la pérdida de la convocatoria.
    5. También se considerará que se tiene la competencia profesional para actuar como operador industrial de calderas si el interesado dispone de una determinada titulación. En este caso no será necesario solicitar el examen.
    6. Fechas de examen
    7. Los operadores industriales de calderas con experiencia demostrada en el manejo de calderas y que para el anterior ITC AP-1 del RAPE no requerían del correspondiente carné, a pesar de que, ahora, para la ITC EP-1 del REP si que requieren (calderas pirotubulares en que el producto de la presión máxima de servicio P en bar por el volumen total de la caldera V en litros es igual o superior a 15.000 e inferior o igual a 50.000) dispondrán de un plazo de tres años, hasta el 4/08/2012 , para obtener la competencia profesional mediante la realización de un curso reducido y la posterior superación del examen hecho por el órgano competente del departamento. La experiencia se tiene que haber adquirido en los dos años anteriores a la entrada en vigor del RD 2060/2008 y, por lo tanto, como mínimo entre el 05/08/2007 y el 04/08/2009.
    8. Centros reconocidos oficialmente

    Centros reconocidos oficialmente para impartir la formación necesaria para acceder al examen que hace el departamento.

    Por internet

    Una vez enviada y validada la solicitud, se le asigna un número de registro. Se recomienda imprimir esta página para atender cualquier gestión posterior.

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    Se puede presentar en:

  • La competencia profesional para realizar, poner en servicio, mantener, reparar, modificar y desmantelar instalaciones frigoríficas, se puede acreditar mediante una determinada titulación que reconoce a su titular, de forma directa, la capacidad de poder actuar como profesional habilitado, o bien después de haber realizado un curso de formación y superado las pruebas que realiza el Departamento.

    Leer más

    Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que se tengan que utilizar, los descargéis. Si reutilizáis los documentos para otras ocasiones, puede pasar que se prente una versión obsoleta.

    Desde el 26 de marzo de 2012 ha desaparecido en Catalunya la figura del carnet de instalador.

    No obstante, la instalación, el mantenimiento, la reparación y la operación de instalaciones y productos industriales se continúa realtzando por los profesionales competentes.

    La competencia de estos profesionales se puede obtener mediante una determinada titulación que le reconoce, de forma directa, para poder actuar como instalador o bien después de haber superado las pruebas que realiza el Departamento competente.

    (cuadro formación necesaria)

    A quién va dirigido

    A las personas físicas que quieren ser operadores profesionales frigoristas y que se quieren dedicar a la puesta en servicio, mantenimiento, reparación, modificación y desmantelamiento de instalaciones frigoríficas.

    Para acceder al examen se tienen que acreditar unos conocimientos teóricos y prácticos sobre este tipo de instalaciones (cuadro formación necesaria)

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar el examen

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Una vez aprovado el examenel órgano competente entregará un certificado que acreditará la competencia profesional correspondiente.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    Requisitos

    1. Tenir coneixements teòrics i pràctics (consultar el quadre complert de Formació necessària).
    2. Ser major d'edat.

    Tasas

    Se pueden consultar en la web de l'OGE.

    Si el trámite se solicita por Internet, la tasa tiene una reducción del 10%.

    Otras informaciones

    1. El examen se puede pedir en cualquier demarcación territorial, con independencia del lugar de residencia.
    2. Con el pago de la tasa de examen se puede concurrir a dos convocatorias de examen.
    3. No se puede elegir día y hora. La unidad correspondiente hará la asignación en función del número de asistentes.
    4. La no presentación el día y hora en que se ha sido convocado/da implica la pérdida de la convocatoria.
    5. Fechas de examen
    6. Centros autorizados para impartir cursos. Centros reconocidos oficialmente para impartir la formación necesaria para acceder al examen que hace el departamento.
    7. También se considerará que se tiene la competencia profesional para actuar como profesional frigorista cuando el interesado disponga de una determinada titulación.
    8. La actividad de professional frigorista se tiene que desarrollar en el seno de una empresa frigorista.

    Consultad las condiciciones técnicas necesarias para realitzar trámites en línea en Trámites gencat

    Por internet

    Una vez enviada y validada la solicitud se asigna un número de registro. Se recomienda imprimir esta página para atender cualquier gestión posterior.

    Presencialmente

    Descargar el formulario

    La solicitud se puede presentar en varios lugares:

  • El Real Decreto 235/2013 de certificación de eficiencia energética de edificios excluye de su ámbito de aplicación una serie de edificios, que pueden pedir un justificante de exención.

    Leer más

    Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, hace falta que cada vez que se tengan que utilizar, los descargéis. Si reutilizáis los documentos para otras ocasiones, puede pasar que se prente una versión obsoleta.

    A quién va dirigido

    Tal como se especifica en el Real Decreto 235/2012 en su artículo 2.2, no se tiene que certificar:

    • Edificio o monumento protegido oficialmente para ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico. En este sentido se incluyen los edificios o monumentos con los niveles de protección A (bien cultural de interés nacional), B (bien cultural de interés local), C (bien de interés urbanístico) y D (bien de interés documental).
    • Edificio o parte de edificio utilizado exclusivamente como lugar de culto o para actividades religiosas.
    • Construcción provisional con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.
    • Edificio industrial, de la defensa y agrícolas o partes de éstos, en su parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.
    • Edificio o parte de edificios aislados con una superficie útil total inferior en 50 m2.
    • Edificio o parte de edificio existente de vivienda, el uso del cual es inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con un consumo previsto de energía inferior al 25% de lo que resultaría de su utilización durante todo el a??o.
    • Cualquier otra tipo de transmisión del uso o de la propiedad, donación o sucesión del bien inmueble que no esté incluida al RD 235/2013, para no ser considerado alquiler o compra-venta.
    • Local sin condicionar.
      En caso de que no se disponga de la licencia de actividad, entonces no será necesario disposar del certificat y el nuevo promotor, propietario o representando asume la responsabilidad de presentar el certificado de eficiencia energética al Instituto Catalán de Energía cuando se solicite el alta de la actividad.
    • Edificio que se compra para reformas importantes (1) o derribos.
      (1)Aquesta excepción no se aplica en partes de edificios.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la exención

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Hay que adjuntar el modelo de exención adjunto rellenado y firmado.

    Requisitos

    El edificio o vivienda tiene que estar dentro de alguno de los supuestos de exención de la certificación energética de edificios.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Por internet

    Para solicitar la exención a la certificación energética de edificios hay que seguir los pasos siguientes:

    1. Descargar el formulario de solicitud (se puede acceder haciendo clic en el enlace que hay en este mismo apartado)
    2. Rellenar el formulario
    3. Llenar el modelo de exención que se encuentra en el apartado de documentación
    4. Adjuntar al modelo de exención al formulario, validarlo, firmarlo con certificado digital (lo puede firmar el titular o bien la persona que actúa en nombre suyo) y guardarlo.
    5. Volver a la página de tramitación a través del enlace del propio formulario (al final del documento, justo antes del botón de guardar), y enviar el formulario siguiendo las instrucciones indicadas al paso 3
    6. En el momento de enviar el formulario la persona que efectúe el trámite recibirá el acuse de recibo y copia del formulario enviado.

    Consultad las condiciciones técnicas necesarias para realitzar trámites en línea en Trámites gencat

  • Los centros y unidades docentes que quieran impartir formación sanitaria especializada en el ámbito territorial de Cataluña necesitan ser acreditados por el ministerio competente en materia sanitaria.

    La autorización para acreditar centros y unidades docentes requiere un informe favorable de la Dirección General de Ordenación Profesional y Regulación Sanitaria del Departamento de Salud.

    Se entiende por centro sanitario docente el hospital, la agrupación de hospitales, la agrupación de los centros de atención primaria, la agrupación funcional, las unidades docentes, las agrupaciones territoriales docentes de recursos sanitarios o cualquier otra entidad creada y acreditada para la formación de especialistas en ciencias de la salud.

    Se entiende por unidad docente el conjunto de recursos personales y materiales pertenecientes a los dispositivos asistenciales docentes, de investigación o de cualquier otro carácter, con independencia de su titularidad, que, mediante su acreditación previa, se considere necesario para impartir formación reglada de especialidades en ciencias de la salud para el sistema de residencia, de acuerdo con lo que establecen los programas oficiales de las diferentes especialidades.

    Leer más

    Para rellenar correctamente el formulario es necesario guardarlo, en formato PDF, en su ordenador con el nombre que quiera y abrirlo con una versión actualizada del programa Adobe Reader (versión 9.1 o superior). Recuerde la carpeta donde ha guardado el fichero. En caso de duda, consulte las recomendaciones de privacidad y seguridad disponibles en Tràmits gencat o llame al 012.

    A quién va dirigido

    A los centros sanitarios o unidades docentes que quieran impartir formación sanitaria especializada en el ámbito territorial de Cataluña.

    Organismo responsable

    Normativa

    Trámites relacionados

    Solicitar el informe para la modificación de la acreditación inicial de un centro docente

    Plazos

    La solicitud del informe para la modificación de la acreditación incial del centro sanitario o unidad docente para impartir formación sanitaria especializada se tiene que presentar antes de poner en marcha la modificación de la acreditación inicial.

    Documentación

    Junto con la solicitud de informe se tienen que presentar los documentos siguientes:

    • Certificado de la comisión de docencia del centro en que conste que ésta emite un informe favorable sobre la solicitud.
    • Acta de la comisión de docencia en que se apruebe la solicitud.
    • Toda la documentación prevista en la normativa estatal que regula el procedimiento de acreditación de centros y unidades docentes de formación sanitaria especializada (ver la web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad). Dicha documentación hay que enviarla previamente por correo electrónico a la dirección ordenació.professions.salut@gencat.cat, e indicarlo así en la solicitud de informe; o bien se puede adjuntar mediante un dispositivo físico electrónico (CD, DVD, lápiz de memoria, etc.).

    Tasas

    No existen tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    ? Son estructuras sanitarias docentes los centros sanitarios docentes y las unidades docentes, que se gestionan mediante órganos docentes de carácter colegiado, como las comisiones de docencia, y órganos docentes de carácter unipersonal, como jefes de estudios, presidentes de subcomisiones, tutores, colaboradores docentes, coordinadores docentes, jefes de unidades asistenciales y personal técnico de apoyo a la formación.

    ? Para el desarrollo de las unidades docentes de carácter troncal, también por medio de una resolución de la dirección general competente en materia de planificación e investigación en salud, hay que adscribirlas a una comisión de docencia ya constituida o a una comisión de docencia específicamente creada para uno o varios troncos, si así lo aconseja el número de residentes, el grado de dispersión, la naturaleza múltiple de los dispositivos formativos u otras características derivadas de criterios docentes y organizativos.

    ? Las unidades docentes de carácter multiprofesional se adscriben a las comisiones de docencia de un centro o una unidad docente, en función de sus características, del número de residentes que se formen y del ámbito asistencial en que se realice mayoritariamente la formación.

    Para completar correctamente el formulario debe guardarlo, en formato PDF, en su ordenador y abrirlo con una versión actualitzada del programa Adobe Reader (versió 9.1 o superior. En caso de duda sobre la tramitación en línia, consulte las condiciones técnicas necesarias y las recomendaciones de seguridad disponibles en Tràmites gencat o llame al servicio de atención telefónica del 012.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    La solicitud y la documentación requerida se pueden presentar directamente ante las oficinas de gestión empresarial (OGE), y se recomienda que se realice así de forma preferente. Para consultar la oficina más próxima puede llamar al teléfono de información de la Generalitat de Cataluña (012) o bien visitar la web de Canal Empresa .

    De acuerdo con lo que dispone el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, también se pueden presentar en cualquier registro de la Administración de la Generalitat y de los organismos y entidades públicas vinculados o dependientes. Puede informarse de las oficinas de registro propias y de las concertadas de la Generalitat de Cataluña llamando al 012 o consultando la página web http://sac.gencat.cat/sacgencat/AppJava/registre.jsp.

    Tambien se pueden presentar a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

    Solicitar el informe para la acreditación como centro docente sanitario

    Plazos

    La solicitud del informe para la acreditación de centro sanitario o unidad docente para impartir formación sanitaria especializada se puede presentar en cualquier momento.

    Documentación

    Junto con la solicitud de informe se tienen que presentar los documentos siguientes:

    • Certificado de la comisión de docencia del centro en que conste que ésta emite un informe favorable sobre la solicitud.
    • Acta de la comisión de docencia en que se apruebe la solicitud.
    • Toda la documentación prevista en la normativa estatal que regula el procedimiento de acreditación de centros y unidades docentes de formación sanitaria especializada (ver la web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad). Dicha documentación hay que enviarla previamente por correo electrónico a la dirección ordenació.professions.salut@gencat.cat, e indicarlo así en la solicitud de informe; o bien se puede adjuntar mediante un dispositivo físico electrónico (CD, DVD, lápiz de memoria, etc.).

    Tasas

    No existen tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    ? Son estructuras sanitarias docentes los centros sanitarios docentes y las unidades docentes, que se gestionan mediante órganos docentes de carácter colegiado, como las comisiones de docencia, y órganos docentes de carácter unipersonal, como jefes de estudios, presidentes de subcomisiones, tutores, colaboradores docentes, coordinadores docentes, jefes de unidades asistenciales y personal técnico de apoyo a la formación.

    ? Para el desarrollo de las unidades docentes de carácter troncal, también por medio de una resolución de la dirección general competente en materia de planificación e investigación en salud, hay que adscribirlas a una comisión de docencia ya constituida o a una comisión de docencia específicamente creada para uno o varios troncos, si así lo aconseja el número de residentes, el grado de dispersión, la naturaleza múltiple de los dispositivos formativos u otras características derivadas de criterios docentes y organizativos.

    ? Las unidades docentes de carácter multiprofesional se adscriben a las comisiones de docencia de un centro o una unidad docente, en función de sus características, del número de residentes que se formen y del ámbito asistencial en que se realice mayoritariamente la formación.

    Para completar correctamente el formulario debe guardarlo, en formato PDF, en su ordenador y abrirlo con una versión actualitzada del programa Adobe Reader (versió 9.1 o superior. En caso de duda sobre la tramitación en línia, consulte las condiciones técnicas necesarias y las recomendaciones de seguridad disponibles en Tràmites gencat o llame al servicio de atención telefónica del 012.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    La solicitud y la documentación requerida se pueden presentar directamente ante las oficinas de gestión empresarial (OGE), y se recomienda que se realice así de forma preferente. Para consultar la oficina más próxima puede llamar al teléfono de información de la Generalitat de Cataluña (012) o bien visitar la web de Canal Empresa.

    De acuerdo con lo que dispone el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, también se pueden presentar en cualquier registro de la Administración de la Generalitat y de los organismos y entidades públicas vinculados o dependientes. Puede informarse de las oficinas de registro propias y de las concertadas de la Generalitat de Cataluña llamando al 012 o consultando la página web http://sac.gencat.cat/sacgencat/AppJava/registre.jsp.

    Tambien se pueden presentar a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

    Solicitar la desacreditación como centro docente

    Plazos

    La solicitud de informe para la desacreditación como centro o unidad docente se puede presentar en cualquier momento.

    Documentación

    Junto con la solicitud de informe se tiene que adjuntar la documentación siguiente:

    • Toda la documentación prevista en la normativa estatal que regula el procedimiento de acreditación de centros y unidades docentes de formación sanitaria especializada (ver la web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad). Dicha documentación hay que enviarla previamente por correo electrónico a la dirección ordenació.professions.salut@gencat.cat, e indicarlo así en la solicitud de informe; o bien se puede adjuntar mediante un dispositivo físico electrónico (CD, DVD, lápiz de memoria, etc.).

    Tasas

    No existen tasas asociadas a este trámite

    Para rellenar correctamente el formulario es necesario guardarlo, en formato PDF, en su ordenador con el nombre que quiera y abrirlo con una versión actualizada del programa Adobe Reader (versión 9.1 o superior). Recuerde la carpeta donde ha guardado el fichero. En caso de duda, consulte las recomendaciones de privacidad y seguridad disponibles en Tràmits gencat o llame al 012.

    Presencialmente


    Puntos de tramitación

    La solicitud y la documentación requerida se pueden presentar directamente ante las oficinas de gestión empresarial (OGE), y se recomienda que se realice así de forma preferente. Para consultar la oficina más próxima puede llamar al teléfono de información de la Generalitat de Cataluña (012) o bien visitar la web de Canal Empresa .

    De acuerdo con lo que dispone el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, también se pueden presentar en cualquier registro de la Administración de la Generalitat y de los organismos y entidades públicas vinculados o dependientes. Puede informarse de las oficinas de registro propias y de las concertadas de la Generalitat de Cataluña llamando al 012 o consultando la página web http://sac.gencat.cat/sacgencat/AppJava/registre.jsp.

    Tambien se pueden presentar a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la

  • La capitalización o pago único de la prestación contributiva por desempleo es una medida para fomentar y facilitar iniciativas de empleo autónomo a través del abono del valor actual del importe de la prestación por desempleo de nivel contributivo.

    Las personas que quieran iniciar un negocio como autónomas o mediante una sociedad mercantil, o bien quieran incorporarse a una cooperativa o sociedad laboral (ya existente o de nueva creación) pueden recibir anticipadamente la prestación de desempleo que les corresponde y tienen pendiente de cobrar.

    Modalidades de la capitalización:

    1. Total: se recibe por adelantado el 100% de la prestación pendiente de recibir, para gastos de puesta en marcha del negocio o de incorporación a la cooperativa o sociedad laboral o mercantil.
    2. Parcial: se recibe un porcentaje de la prestación pendiente de recibir, y el resto se destina al abono mensual de las cuotas de la Seguridad Social que correspondan.
    3. Sólo cuotas: se destina el importe de la prestación pendiente de recibir, únicamente, a abonar las cuotas en la Seguridad Social que correspondan hasta percibir la totalidad de la prestación.
    Leer más

    A quién va dirigido

    A personas perceptoras de prestaciones por desempleo (con más de tres meses pendientes de cobro).

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la capitalización

    Plazos

    No hay establecido un plazo para la presentación de la solicitud de capitalización. Ahora bien, se puede solicitar la capitalización en cualquier momento, siempre que se tenga pendiente de percibir, como mínimo, tres mensualidades de la prestación contributiva de la que sea perceptor.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud, según la modalidad de capitalización solicitada:

    1. Memoria abreviada (G146NCAP-007)
    2. Contenido de la memoria (G146NCAP-008)
    3. Memoria del pago único de la prestación contributiva (G146NCAP-009)
    4. Documentación para solicitar el pago de la prestación contributiva para iniciar actividad por cuenta propia (G146NCAP-010)
    5. Documentación para solicitar abono de cuotas a la Seguridad Social para iniciar actividad por cuenta propia (G146NCAP-011)
    6. Documentación para solicitar el pago único para la nueva creación de una sociedad (G146NCAP-012)
    7. Documentación para solicitar el pago único para la incorporación a una sociedad (G146NCAP-013)
    8. Modelo de certificado de incorporación de socio/socia (G146NCAP-014)

    Requisitos

    1. Estar en situación de desempleo.
    2. Ser beneficiario de una prestación contributiva por desempleo y tener pendiente de recibir a fecha de solicitud, al menos tres mensualidades.
    3. No haber hecho uso de la capitalización, en cualquiera de sus modalidades, en los cuatro años inmediatamente anteriores.
    4. Los que sean titulares del derecho a la prestación por cese de actividad es necesario que tengan pendiente de percibir un periodo de, al menos, seis meses.
    5. Iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes desde la resolución de concesión del derecho y, en todo caso, con fecha posterior a la solicitud.
    6. No haber compatibilizado la prestación de desempleo con trabajo por cuenta propia durante los últimos 24 meses.
    7. Las personas que tengan reconocida la prestación contributiva de cese de actividad como autónomas.
    8. En caso de haber impugnado ante la jurisdicción social la ruptura de la relación laboral que da derecho a la prestación por desempleo cuya capitalización se solicita, no se puede presentar la solicitud de pago único hasta después de obtener la resolución del procedimiento.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Destinatarios de la capitalización
    Según la actividad que se prevé realizar:

    1. Como trabajador autónomo o socio de una entidad mercantil:
      • Se abonará como pago único la cuantía de la prestación, calculada en días completos, de la cual se reducirá el importe relativo al interés legal del dinero. Se puede solicitar y obtener exclusivamente la cantidad que se justifica como inversión con un máximo del 100% del importe de la prestación. Se incluyen las cargas tributarias para el inicio de la actividad.
      • O bien, se puede destinar el pago único a los gastos de constitución y funcionamiento de la nueva sociedad mercantil así como al pago de tasas y tributos.
      • También se puede destinar hasta el 15% de la cuantía de la prestación capitalizada al pago de servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender.
    2. Como socio trabajador o de trabajo de carácter estable en cooperativa o en sociedad laboral:
      • Se puede solicitar y obtener en un solo pago la cantidad que se tenga que desembolsar como aportación al capital social, o bien para financiar la cuota de ingreso a la cooperativa o para la adquisición de acciones o participaciones en la sociedad, sin que se puedan financiar desembolsos futuros o pagos aplazados.
      • Se abonará como pago único la cuantía de la prestación, calculada en días completos, de la cual se reducirá el importe relativo al interés legal del dinero.
      • Además, el importe de la prestación se puede destinar a sufragar los gastos de constitución y puesta en funcionamiento de la entidad, así como al pago de las tasas y el precio de servicios específicos de asesoramiento, formación e información relacionados con la actividad a emprender.

    En todas las modalidades permitidas para la capitalización, si no se obtiene el total de la cuantía de la prestación en un solo pago, de acuerdo con los apartados anteriores, se puede solicitar simultáneamente el abono del importe restante como subvención para la cotización a la Seguridad Social durante el desarrollo de vuestra actividad. Se hará mediante abonos mensuales. O bien, se puede solicitar y obtener exclusivamente el importe total de la prestación pendiente de percibir para subvencionar la cotización del trabajador en la Seguridad Social. Se hará mediante abonos mensuales.

    ¿A qué se puede destinar la capitalización?

    1. A los gastos de constitución y puesta en marcha de un negocio, incluidas las tasas y los tributos.
    2. A gastos de asesoramiento, información y formación (con un límite del 15% del total en el caso personas trabajadoras autónomas y sociedades mercantiles).
    3. En el caso de autónomos, a la inversión prevista en activo fijo o circulante para realizar la actividad.
    4. A la aportación de capital social en la cooperativa, incluida la cuota de alta.
    5. A la compra de acciones o participaciones de la sociedad laboral o mercantil.
    6. A las cuotas de la Seguridad Social.

    ¿Para qué se puede solicitar?

    1. Para iniciar un negocio como persona trabajadora autónoma.
    2. Para iniciar un negocio mediante una sociedad mercantil de la que se tenga el control efectivo (de nueva creación o constituida en los últimos 12 meses).
    3. Para incorporarse como a socio/socia en una cooperativa o
    4. Sociedad laboral (de nueva creación o ya existente).

    ¿Cómo se abona la prestación capitalizada?

    1. Se abonará como pago único la cantidad de la prestación, calculada en días completos, de la que se deducirá el importe relativo al interés legal del dinero.
    2. Si no se obtiene la prestación totalmente, el importe restante se podrá obtener mediante abonos mensuales para subvencionar la cotización del trabajador en la Seguridad Social.

    Obligaciones como beneficiarios de la capitalización:

    1. Una vez recibido el importe de la prestación, iniciar la actividad en el plazo máximo de un mes.
    2. Presentar ante la entidad gestora la documentación acreditativa del inicio de la actividad.
    3. Destinar la cantidad percibida a la aportación social obligatoria, en el caso de cooperativas o sociedades laborales o mercantiles, o a la inversión necesaria para desarrollar la actividad, en el caso de trabajadores autónomos.

    Incompatibilidades
    Si se percibe la prestación en la modalidad de pago único, no se podrá volver a percibir ninguna prestación de desempleo hasta que no pase un periodo de tiempo igual al que se ha tenido en cuenta para capitalizar la prestación, ni solicitar una capitalización nueva hasta que no hayan pasado, como mínimo, cuatro años.

    Enlaces de interés

    1. Información genérica sobre capitalización
    2. Impulso a tu proyecto de empresa (Xarxa Emprèn)
    3. Montar tu empresa

    Presencialmente

    ¿Cómo se solicita la capitalización?
    La solicitud tendrá que ser con fecha anterior a la de incorporación en la cooperativa o sociedad laboral o a la del inicio de la actividad como trabajador autónomo o como socio de la entidad mercantil y se considerará que este inicio coincide con la fecha que como tal figura en la solicitud de alta del trabajador en la Seguridad Social.

    Se puede presentar conjuntamente con la solicitud de la prestación contributiva de desempleo o en cualquier momento posterior, siempre que se tenga pendiente de percibir, como mínimo, tres mensualidades y no se haya iniciado la actividad.

    Una vez rellenada la solicitud de capitalización, se debe presentar en la oficina de trabajo que os corresponda por código postal, junto con la documentación requerida, según la modalidad de capitalización solicitada.

    Consultad la Oficina de Trabajo que os corresponda por código postal

  • Las iglesias, confesiones y comunidades religiosas que deseen abrir un centro de culto deben solicitar la licencia de apertura en el ayuntamiento donde estará emplazado.

    No es necesario que soliciten la licencia los lugares de culto ubicados en centros hospitalarios, asistenciales, educativos, cementerios, tanatorios y centros penitenciarios, así como los situados en espacios de titularidad pública o privada destinados a otras actividades principales.

    La licencia se sustituye por una comunicación previa en el caso de centros de titularidad pública o privada que tengan por finalidad la realización continuada en el tiempo de una actividad de culto cuando los espacios útiles para el culto no superen los cien metros cuadrados y el aforo previsto no supere las noventa personas.

    Leer más

    A quién va dirigido

    A iglesias, confesiones y comunidades religiosas inscritas en el registro estatal de entidades religiosas.

    Organismo responsable

    Normativa

    Solicitar la licencia

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Documentación

    Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

    1. Acreditación de que la iglesia, la confesión o la comunidad religiosa está inscrita en el registro competente de entidades religiosas o certificación de la autoridad eclesiástica o religiosa competente.
    2. Una declaración responsable de suscribir un seguro de responsabilidad civil antes del inicio de las actividades del centro de culto.
    3. Proyecto, en el supuesto de obras de nueva planta o de ampliación, reforma o rehabilitación de edificaciones o construcciones preexistentes, que incluya tanto las determinaciones urbanísticas como las técnicas necesarias. Si, de acuerdo con la legislación, el proyecto no es preceptivo, es necesario aportar un plano de distribución interior del inmueble y una memoria descriptiva de las actividades a realizar.
    4. Previsión del aforo que la actividad o actividades puede conllevar.

    Requisitos

    Las iglesias, confesiones y comunidades religiosas deberán estar inscritas en el registro estatal de entidades religiosas.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Presencialmente

    La solicitud de licencia debe presentarse en el registro del ayuntamiento correspondiente, el cual puede poner a disposición de los interesados un modelo normalizado de solicitud.

  • La Escuela de Administración Pública de Cataluña pone al servicio de los entes locales una aplicación informática (GEXAM) que permite, mediante la plataforma EACAT, la solicitud, envío y recepción cifrada de propuestas de preguntas tipo test y pruebas de catalán para su utilización en los procesos de selección de personal.
    Las pruebas que se ofrecen son las siguientes:

    • Pruebas para acreditar el conocimiento de lengua catalana de nivel A básico, A elemental, B y C.
    • Propuestas de preguntas tipo test para los grupos A1, A2, B, C1, C2 y AP, basadas en la parte general de los temarios de los entes locales publicados en la página web de la Escuela, con las correspondientes respuestas correctas.

    Para obtener más información sobre la tramitación completa del proceso, se puede consultar el Manual de la aplicación

    Leer más

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    A quién va dirigido

    A entes locales que convocan los procesos selectivos.

    Organismo responsable

    Normativa

    Documentación relacionada

    Solicitar las propuestas

    Plazos

    Se puede solicitar en cualquier momento.

    Tasas

    No hay tasas asociadas a este trámite.

    Otras informaciones

    Para obtener más información sobre la tramitación completa del proceso, se puede consultar el Manual de la aplicación .

    Plazos

    Del01.03.2014al 31.05.2014

    Por internet

    Los entes locales también pueden enviar la solicitud de las pruebas en la Escuela de Administración Pública de Cataluña (EAPC), a través del EACAT .

    Para poder acceder a este servicio hay que hacer una acción previa que permitirá acceder al apartado de EACAT donde se puede hacer la petición: solicite a su gestor de EACAT que active la pestaña correspondiente a Trámites> Secretaría> "Peticiones de exámenes en la EAPC", desde donde podrá hacer la correspondiente solicitud de exámenes en línea.
    El descifrado de los exámenes una vez recibidos se lleva a cabo desde la pestaña Inicio> Utilidades de firma> "Cifre y descifre documentos" de EACAT.

    Puede contactar con la EAPC a través del correo: seleccio.local.eapc@gencat.cat.

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.