Solicitud de la licencia de apertura y uso de centros de culto

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Las iglesias, confesiones y comunidades religiosas que deseen abrir un centro de culto deben solicitar la licencia de apertura en el ayuntamiento donde estará emplazado.

No es necesario que soliciten la licencia los lugares de culto ubicados en centros hospitalarios, asistenciales, educativos, cementerios, tanatorios y centros penitenciarios, así como los situados en espacios de titularidad pública o privada destinados a otras actividades principales.

La licencia se sustituye por una comunicación previa en el caso de centros de titularidad pública o privada que tengan por finalidad la realización continuada en el tiempo de una actividad de culto cuando los espacios útiles para el culto no superen los cien metros cuadrados y el aforo previsto no supere las noventa personas.

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A quién va dirigido

A iglesias, confesiones y comunidades religiosas inscritas en el registro estatal de entidades religiosas.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la licencia

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  1. Acreditación de que la iglesia, la confesión o la comunidad religiosa está inscrita en el registro competente de entidades religiosas o certificación de la autoridad eclesiástica o religiosa competente.
  2. Una declaración responsable de suscribir un seguro de responsabilidad civil antes del inicio de las actividades del centro de culto.
  3. Proyecto, en el supuesto de obras de nueva planta o de ampliación, reforma o rehabilitación de edificaciones o construcciones preexistentes, que incluya tanto las determinaciones urbanísticas como las técnicas necesarias. Si, de acuerdo con la legislación, el proyecto no es preceptivo, es necesario aportar un plano de distribución interior del inmueble y una memoria descriptiva de las actividades a realizar.
  4. Previsión del aforo que la actividad o actividades puede conllevar.

Requisitos

Las iglesias, confesiones y comunidades religiosas deberán estar inscritas en el registro estatal de entidades religiosas.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Presencialmente

La solicitud de licencia debe presentarse en el registro del ayuntamiento correspondiente, el cual puede poner a disposición de los interesados un modelo normalizado de solicitud.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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