Es un trámite dirigido a realizar las diferentes comunicaciones obligatorias para la recogida de material forestal de reproducción, para la obtención de los certificados patrón.
Estas recolecciones se efectuarán a las monte catalogadas por especies en el Catálogo de materiales de base de Cataluña (Consulta catálogo de materiales de base de Cataluña para la producción de material forestal de reproducción o en materiales, del tipo pies madre , que se hayan declarado previamente como tal, con el fin de obtener materiales de reproducción).
¿Para qué sirve?
Entre otros:
1. Poder comunicar las recolecciones que interesa realizar.
2. Poder comunicar las recolecciones a fin de obtener el certificado patrón de las mismas.
Estas personas deben disponer de la autorización escrita del propietario del terreno donde se efectuará la recolección.
Hay que presentar la comunicación de recolección antes de finalizar la recolección de materiales, o en el caso de anulaciones al conocer que una intención de recolección no se producirá en realidad.
Hay que presentar el modelo de comunicación de intención de recolección (A0740.01-DO2)
Documentación que debe adjuntarse a la comunicación.
No obstante, si ya se ha presentado previamente esta documentación al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural (DAAM) y sigue vigente, no es necesario volver a presentarla.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Una vez presentada la comunicación hay que inmovilizar el material en un plazo de 2 días hábiles.
El material recolectado permanecerá, debidamente identificado, haciendo referencia a: especie, código del material de base y fecha de recolección en el lugar de almacenamiento previsto en el documento de comunicación de intención de recolección.
Descarregarse y rellenar el modelo.
Se puede presentar en:
Hay que presentar el modelo de comunicación de intención de recolección (A0740.01-DO1)
Documentación que debe adjuntarse a la comunicación.
No obstante, si ya se ha presentado previamente esta documentación al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural (DAAM) y sigue vigente, no es necesario volver a presentarla.
Es necesario disponer del permiso del propietario del terreno para comunicar la intención de recolectar.
La persona que comunica, se compromete a comunicar cualquier cambio que vaya a producirse hacia la situación ya comunicada. Para ello podrá realizar nuevas comunicaciones de intenciones y anular las comunicaciones ya realizadas.
Adicionalmente, la persona que comunica se compromete a cumplir aquellas prescripciones técnicas que le imponga el propietario de los materiales de base o el Servicio de Ordenación Agrícola.
Descarregarse y rellenar el modelo.
Se puede presentar en:
Con este reconocimiento se inscribe de oficio en la sección V del Registro Oficial de productores y operadores de medios de defensa fitosanitaria de Cataluña.
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Aquest tràmit es pot sol·licitar en qualsevol moment
Documentos que deben adjuntarse a la sol·licud de las modificaciones a presentar:
Únicamente será necesario aportar la siguiente documentación en caso de no autorizar a la Generalitat para obtenerla:
Estar inscrito en el ROPCAT en la sección V
No hi ha taxes associades a aquest tràmit
Punts de tramitació
Durante el mes de enero de cada año, o durante todo el año en caso de actualizaciones
Se debe adjuntar a la notificación la siguiente documentación:
1. Memoria que incluya:
a) Relación de cultivos y organismos nocivos que son objeto de seguimiento, número de puntos, frecuencia de las observaciones, metodología y principales resultados obtenidos.
b) Medidas de control realizadas indicando objetivo, metodología y principales resultados obtenidos.
c) Relación de socios de la ADV, con indicación de su nombre y apellidos y NIF (A0950-Do3)
d) Relación de las parcelas que están inscritas en la ADV, con indicación de su identificación SIGPAC o catastral, la superficie, en su caso, y la especie o especies vegetales presentes. (A0950-Do3)
Adicionalmente, será necesario comunicar en el plazo de 5 días por correo electrónico a las Secciones de sanidad Vegetal del Servicio Territorial correspondiente o en la dirección ssv.daam@gencat.cat la relación de socios, parcelas y cultivos (A0950-DO03) en formato electrónico que incluya los puntos c) yd) anteriores.
2. Acreditación del representante legal que firma la solicitud.
No es necesario presentar esta documentación, si ya se ha presentado previamente al Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación y sigue vigente. En este caso hay que indicar el procedimiento, año y lugar (OC, ST o SC) donde se presentó
Únicamente será necesario aportar la siguiente documentación en caso de no autorizar a la Generalitat para obtenerla:
Estar inscrito en el ROPCAT en la sección V
No hi ha taxes associades a aquest tràmit
Durante el mes de enero de cada año, las ADV deben presentar una breve memoria de las actividades realizadas durante el año.
Esta memoria no debe presentarse si ya se ha presentado junto con la documentación necesaria para recibir las ayudas establecidas por el sector agrícola en materia de sanidad vegetal, siempre que tenga los contenidos señalados en los puntos a), b), c) y d ).
De acuerdo con el art 29.1.b) del Decreto 61/2015, de 28 de abril, el hecho de haber estado dos años consecutivos sin tener actividad o sin haber presentado la memoria de actividades a que hace referencia el artículo 28 conlleva la retirada del reconocimiento. Este plazo comienza a contabilizarse desde el 31 de enero del año en que se presentó la última memoria de actividades al departamento competente en materia de agricultura.
Por tanto, os recordamos que en caso de no presentarse la información correspondiente durante un período de dos años consecutivos, se iniciará un expediente de retirada de reconocimiento, de acuerdo con el artículo 29.2 del Decreto 61/2015, de 28 de abril.
Puntos de tramitación
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
a) Memoria descriptiva de las actividades en función de los cultivos que incluya:
Relación de cultivos y organismos nocivos que son objeto de seguimiento, número de puntos, frecuencia de las observaciones, metodología y principales resultados obtenidos.
Medidas de control realizadas indicando el objetivo, metodología y principales resultados obtenidos.
b) Tabla A0950-DO3 con:
c) Copia de la escritura constitución sociedad o estatutos entidades, en su caso. Si esta información está disponible en el Registro de entidades jurídicas o en el Registro de cooperativas, el Departamento lo verificará de oficio.
d) Acreditación del representante legal que firma la sol·licitud.
Únicamente deberá aportar la siguiente documentación en caso de no autorizar a la Generalitat para obtenerla:
e) Copia del DNI / NIF / NIE del / de la representante de la entidad
Sin embargo, no es necesario presentar la documentación que ya se haya presentado anteriormente en el departamento competente en materia de agricultura o en cualquier otro organismo de la Administración y los datos de la que no hayan variado y continúen siendo vigentes. En este caso, cuando se inicie el procedimiento administrativo en una oficina del departamento competente en materia de agricultura diferente de aquella donde se presentó la documentación o en la Red de Oficinas de Gestión Empresarial, hay que indicar en el impreso de sol solicitud en qué procedimiento y unidad se presentó la documentación.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato en una declaración responsable comporta, previa audiencia a la persona interesada, dejar sin efecto el trámite correspondiente e impide el ejercicio del derecho o de la actividad afectada. Entienden de carácter esencial los datos identificativos de la persona solicitante, la previsión de las actividades a desarrollar y la información indicada en las letras b) 1 yb) 2.
Finalidades de las ADVs
a) Luchar de forma colectiva contra los agentes nocivos de los vegetales colaborando con el departamento competente en materia de agricultura.
b) Aplicar la gestión integrada de plagas en las explotaciones de sus asociados.
c) Promover la utilización de métodos alternativos a la lucha química en la lucha contra las plagas de los vegetales en las explotaciones de sus asociados.
d) Promover un uso sostenible de los productos fitosanitarios en las explotaciones de sus asociados.
Obligaciones de las ADV
Las ADV están obligadas a colaborar con el departamento competente en materia de sanidad de los vegetales en la lucha contra:
a) Las plagas de cuarentena.
b) Las plagas calificadas de utilidad pública.
c) Las sometidas a medidas de la Unión Europea de emergencia y / o de control.
d) Otras plagas que consten en la lista de alertas de la Organización Europea para la Protección de las Plantas (OEPP-EPPO), que se puedan introducir en el territorio.
e) Las plagas comunes por las que se desarrolle una campaña de lucha colectiva.
Durante el mes de enero de cada año, las ADV deben presentar una breve memoria de las actividades realizadas durante el año anterior, indicando:
a) Relación de cultivos y organismos nocivos que son objeto de seguimiento, número de puntos, frecuencia de las observaciones, metodología y principales resultados obtenidos.
b) Medidas de control realizadas indicando objetivo, metodología y principales resultados obtenidos.
c) Relación de socios de la ADV, con indicación de su nombre y apellidos y NIF.
d) Relación de las parcelas que están inscritas en la ADV, con indicación de su identificación SIGPAC o catastral, la superficie, en su caso, y la especie o especies vegetales presentes.
Esta memoria no es necesario presentarla si ya se ha presentado junto con la documentación necesaria para recibir las ayudas establecidas por el sector agrícola en materia de sanidad vegetal, siempre que tenga los contenidos señalados en el punto anterior.
La ADV debe velar para que en todas las explotaciones que tiene asociadas se aplican los principios de la gestión integrada de plagas que establece la Directiva 2009/128 / CE del Consejo, de 21 de octubre de 2009, o norma que la sustituya.
Superficies mínimas que debe tener una ADV.
Superficies mínimas que ha de tener una ADV
Asesoramiento de la ADV
Los miembros de la ADV son asesorados en la aplicación correcta de la gestión integrada de plagas y del resto de fines de la ADV por una persona física asesora técnica reconocida de acuerdo con el Decreto 61/2015
En aquellas ADV que, por su dimensión, requieran la participación de varias personas asesoras técnicas, se designará un responsable técnico de la ADV que se encargue de la coordinación técnica dentro de la ADV.
La persona física asesora técnica debe asesorar a los socios de la ADV en la aplicación correcta de la gestión integrada de plagas y del resto de fines de la ADV.
Las personas físicas asesoras técnicas de las ADV deben asistir, cuando se las convoque, a las actividades de formación, reciclaje y coordinación técnica que programe la dirección general competente en materia de sanidad vegetal.
No existen tasas asociadas a este trámite.
Retirada del reconocimiento
La retirada del reconocimiento se produce en los siguientes casos:
a) A petición de la entidad.
b) Haber sido dos años consecutivos sin tener actividad o sin haber presentado la memoria de actividades. Este plazo comienza a contabilizarse desde el 31 de enero del año en que se presentó la última memoria de actividades al departamento competente en materia de agricultura.
c) Por incumplimiento de las obligaciones establecidas en este Decreto.
En el caso de los apartados b) yc) se inicia un expediente de retirada de reconocimiento. A estos efectos, se envía a la entidad una propuesta de resolución de retirada de reconocimiento en la que se indicarán las causas que han dado lugar al inicio de este expediente.
Transcurrido el plazo de diez días para presentar alegaciones y la documentación que se considere adecuada en defensa de sus derechos e intereses, la persona titular de la dirección general competente en materia de agricultura del departamento competente en materia de agricultura dicta resolución. Contra esta resolución se puede interponer recurso de alzada ante el consejero o la consejera del departamento competente en materia de agricultura en el plazo de un mes a contar de la notificación.
Puntos de tramitación
El reconocimiento habilita para ejercer como persona asesora en gestión integrada de plagas en todo el territorio nacional.
El asesor / a en gestión integrada de plagas es cualquier persona que haya adquirido unos conocimientos adecuados y asesore sobre la gestión integrada de plagas y el uso seguro de los productos fitosanitarios, a título profesional o como parte de un servicio comercial, incluidos los servicios autónomos privados, los servicios de las agrupaciones de defensa vegetal reconocidas oficialmente, los servicios de las entidades inscritas en el registro de entidades de asesoramiento agrario de Cataluña, y los servicios de asesoramiento público, operadores comerciales, productores de alimentos y minoristas en su caso.
A todas las personas físicas que tengan su domicilio legal en Cataluña, que quieran ejercer como asesores en gestión integrada de plagas y que tengan la titulación habilitante.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Únicamente será necesario aportar esta documentación en caso de no autorizar a la Generalitat para obtenerla la copia DNI / NIF / NIE del solicitante.
Tener la titulación habilitante para ser persona asesora en gestión integrada de plagas y tener el domicilio legal en Cataluña.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Formación necesaria
A) La titulación habilitante para ejercer como persona asesora en gestión integrada de plagas comprende licenciaturas, ingenierías superiores, ingenierías técnicas, títulos de grado, másters o tercer ciclos, y títulos de formación profesional superior, que cumplen la condición de sumar en su conjunto 40 ECTS (European Credit Transfer System) en materias relacionadas directamente con la producción vegetal, y en particular en aquellas que, además de la denominación particular que reciban en el plan de estudios correspondiente, respondan de manera inequívoca a los siguientes contenidos:
- Edafología
- Fisiología vegetal
- Botánica
- Mejora vegetal
- Fitotecnia
- Cultivos herbáceos
- Cultivos hortícolas
- Cultivos leñosos
- Silvicultura
- Planificación general de los cultivos y aprovechamientos forestales
- Evaluación del impacto ambiental
- Mecanización agraria
- Protección vegetal
- Entomología agrícola o forestal
- Patología vegetal
- Malherbología
- Química agrícola
De los 40 ECTS mencionados, al menos 12 deben ser de materias que estén relacionadas directamente con la protección vegetal, y en particular aquellas que, además de la denominación particular que reciban en el plan de estudios correspondiente, respondan de manera inequívoca a los siguientes contenidos :
- Protección vegetal
- Entomología agrícola o forestal
- Patología vegetal
- Malherbología
- Mecanización (Maquinaria y equipos para la protección de los cultivos)
B) Las titulaciones universitarias oficiales con planes de estudio anteriores al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) que cumplen estas condiciones son:
- Ingeniería agrónoma
- Ingeniería técnica agrícola
- Ingeniería forestal
- Ingeniería técnica forestal
C) Cumplen también las condiciones especificadas en el punto 1 las titulaciones de formación profesional:
- Técnico / a superior en paisajismo y medio rural
- Técnico / a superior en gestión forestal y del medio natural
C) Otras titulaciones:
- Las titulaciones universitarias oficiales con planes de estudio anteriores al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) cuando sus titulares puedan acreditar haber recibido formación equivalente a la que recoge el apartado 1.
Las solicitudes se dirigirán al Servicio de Sanidad Vegetal del Departamento de Agricultura.
Se puede presentar en diversos lugares:
Las instituciones o entidades no universitarias vinculadas al mundo de la enseñanza pueden llevar a cabo actividades formativas dirigidas al profesorado no universitario. El Departamento de Educación establece el procedimiento para reconocer estas actividades y los requisitos que deben cumplir.
Leer másLas solicitudes se pueden presentar durante todo el año.
El reconocimiento se puede solicitar en cualquier momento, dos meses antes de llevar a cabo la actividad.
Cada solicitud de reconocimiento se tiene que presentar acompañada de:
Requisitos de las entidades
Requisitos de las actividades
No hay tasas asociadas a este trámite.
No hay un modelo estándar de solicitud. Se tiene que presentar un escrito dirigido a la Dirección General de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato del Departament d?Ensenyament donde se indique:
La dependencia es un estado de carácter permanente en qué se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad y relacionadas con la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesitan de la atención de otra persona o de ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
El reconocimiento oficial de la situación de dependencia en alguno de los grados establecidos es un requisito básico para poder acceder a las prestaciones económicas y de servicios sociales reconocidos por la Ley de la dependencia.
Leer másIMPORTANTE: es conveniente presentar el documento de la declaración responsable conjuntamente con cualquiera de los formularios de solicitud relacionados en el apartado Formularios y documentación.
A las personas que se encuentran en situación de dependencia que quieran acceder a las prestaciones económicas y de servicios sociales reconocidas por la Ley de la dependencia.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Novedad desde mayo de 2014:
Es conveniente que la persona solicitante presente, juntamente con el formulario de solicitud, la declaración responsable (con los datos para calcular su capacidad económica), y la documentación siguiente:
Datos personales y administrativos:
(1) En caso de autorizar al Departamento a consultar los datos a otra administración u organismo no será necesario aportar esta documentación.
(2) En el caso del NIE, dado que no se puede hacer la consulta ante el organismo correspondiente se deberá aportar fotocopia compulsada o bien original y fotocopia del documento identificativo de la persona solicitante.
Persona con nacionalidad de otro país de la Unión Europea:
Persona con nacionalidad de terceros países y familiares de miembros de la Unión Europea:
Datos de salud:
Documentación específica:
Si la persona solicitante no aporta la documentación que se solicita, la Administración la requerirá, procediendo a emitir la resolución de desistimiento si no se facilita en el plazo establecido.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia:
Información y orientación: las personas solicitantes pueden obtenir información y orientación sobre cualquier cuestión relacionada con las situaciones de dependencia en las oficinas de los servicios sociales básicos de los ayuntamientos o de los consejos comarcales y en las áreas básicas de salud (centros de atención primaria).
Las personas ingresadas en un centro se pueden dirigir al servicio de trabajo social del mismo centro. También se puede obtener información sobre el estado de trámite del expediente llamando al 012.
Datos bancarios: en el formulario de solicitud hay un espacio destinado a informar los datos bancarios dónde se recibirá, si cabe, la prestación económica. La persona beneficiaria de la prestación ha de ser la titular o cotitular de la libreta o de la cuenta corriente y que la oficina de la entidad bancaria esté ubicada dentro del ámbito territorial de Cataluña. Si se informa por primera vez de estos datos a la Generalitat de Cataluña, o han transcurrido más de 5 años desde la última vez que se han informado, o bien se han modificado, es preciso que la entidad bancaria dé conformidad de estos datos con su sello y la firma del/la director/a de la entidad en la misma solicitud.
Novedad desde mayo de 2014:
Es conveniente presentar la Declaració responsable, con los datos para calcular la capacidad económica debidamente rellenada y firmada, junto con el formulario de solicitud.
El formulario de solicitud se puede presentar en:
Se realizará cuando la persona cambie de domicilio y este cambio implique una modificación de Comunidad Autónoma.
Novedad desde mayo de 2014:
Es conveniene que la persona solicitante presente, juntamente con el formulario de solicitud/reclamación, la declaración responsable (con los datos para calcular su capacidad económica), y la documentación siguiente:
(1) En caso que autorizéis al Departamento a consultar vuestros datos en otra administración u organismo, no hará falta aportar esta documentación.
(2) En el caso del NIE, como no se puede efectuar la consulta delante del organismo correspondiente, se deberá aportar fotocopia compulsada o bien original y fotocopia, del documento identificativo de la persona solicitante.
Solicitud de traslado de Cataluña a otra Comunidad Autónoma:
Se debe rellenar el formulario de Solicitud de traslado a otra comunidad autónoma del expediente de dependencia (ver el Paso 1 Solicitar).
No hay tasas asociadas a este trámite.
Cuando la persona que quiere solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia ya tiene una resolució de otra comunidad autónoma, no tiene que presentar una nueva solicitud en Cataluña, sino que debe solicitar un traslado de expediente. También han de solicitar el traslado de expediente las personas que cambien su domicilio para irse fuera de Catalunya a vivir a otra comunidad aútonoma.
Novedad desde mayo de 2014:
Es conveniente presentar la Declaració responsable, con los datos para calcular la capacidad económica debidamente rellenada y firmada, junto con el formulario de solicitud de traslado.
El formulario de solicitud se puede presentar en:
El plazo para presentar el recurso de alzada es de un mes a contar desde la fecha de la notificación de la resolución de reconocimiento de la situación de dependencia. Si no se hubiera recibido la resolución de reconocimiento de la situación de dependencia, el plazo es de tres meses a contar desde el día siguiente de la fecha en qué se producen los efectos del silencio administrativo.
(1) En el caso del NIE, debido a no poder realizarse la consulta ante el organismo correspondiente, se deberá aportar fotocopia compulsada o bien original y fotocopia, del documento identificador de la persona solicitante.
De acuerdo con la habilitación legal establecida en la disposición adicional 7a de la Ley 2/2014, no se deberá aportar: DNI/NIF de la persona representante legal o NIF de la entitad tutelar.
Novedad desde mayo de 2014:
Es conveniente que la persona solicitante presente, juntamente con el recurso de alzada, la declaración responsable (con los datos para calcular su capacidad económica) y la documentación detallada arriba.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Novedad desde mayo de 2014:
Es conveniente presentar la Declaració responsable, con los datos para calcular la capacidad económica debidamente rellenada y firmada, junto con el recurso de alzada.
El formulario de solicitud se puede presentar en:
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Novedad desde mayo de 2014:
Es conveniente que la persona solicitante presente, juntamente con la solicitud de revisión del grado de dependencia la declaración responsable (con los datos para calcular su capacidad económica), y la documentación siguiente:
(1) En el caso de autorizar al Departamento de Bienestar Social y Familia a consultar vuestros datos en otra administración u organismo, no hará falta aportar esta documentación.
(2) En el caso del NIE, como no puede efectuarse la consulta ante el organismo correspondiente, se deberá aportar fotocopia compulsada o bien original y fotocopia, del documento identificativo de la persona solicitante.
Des de la data de la valoració anterior cal que s?hagi produït un canvi (millora o empitjorament) en la situació de dependència amb una evolució de sis mesos a la qual s?hagin aplicat les mesures terapèutiques i rehabilitadores i que a criteri mèdic estigui en situació d?estabilització.
No hay tasas asociadas a este trámite.
El procedimiento de la revisión del grado de dependencia es el mismo que se sigue cuando se solicita el reconocimiento de la situación de dependencia; por tanto, una vez presentada la solicitud deberá esperarse a que un profesional de los Servicios de Valoración de la Dependencia (SEVAD) contacte telefónicamente con la persona solicitante.
Novedad desde mayo de 2014:
Se podrá crear una nueva universidad privada mediante una Ley del Parlamento de Cataluña, que la reconocerá dentro del sistema universitario, para prestar el servicio público de educación universitaria y desarrollar su actividad de investigación, docencia y estudio, en el ámbito territorial de Cataluña.
Leer másEl funcionamiento de la universidad estará condicionada al cumplimiento permanente de los reconocimientos y al cumplimiento de la normativa universitaria vigente.
A las personas físicas y jurídicas que quieran crear una universidad privada, para impartir estudios universitarios conduentes a la obtención de títulos oficiales con validez en todo el terrotirio del Estado español.
Se puede solicitar el reconocimiento en cualquier momento.
Memoria para el reconocimiento de una universidad privada que contenga:
En todo caso, antes del inicio de las actividades, habrá que garantizar que se dispone del/s edificio/s y las instalaciones adecuados y suficientes para la implantación completa de los estudios, mediante la documentación técnica siguiente:
Este trámite no está sujeto a tasa
Este trámite se debe presentar electrónicamente, de acuerdo con el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común.
El reconocimiento de discapacidad es el documento administrativo que acredita legalmente el grado de discapacidad. Este documento facilita el acceso a diversos derechos, servicios, programas y prestaciones que tienen como objeto compensar las desventajas sociales derivadas de la discapacidad o de las barreras sociales que limitan la participación plena y efectiva en la sociedad de las personas que las presentan.
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Las personas que tengan reconocida una pensión de la Seguridad Social por incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez o que tengan reconocida una pensión de Clases Pasivas por jubilación o retiro de incapacidad permanente para el servicio o inutilidad, se consideran afectadas por una discapacidad en grado igual al 33% a todos los efectos; el documento que acredita esta circunstancia es la resolución del INSS o de las Clases pasivas y, por lo tanto, no hará falta solicitar el reconocimiento de discapacidad. En el caso de considerar que la discapacidad puede ser superior a este grado, se debe realizar la solicitud de reconocimiento normalizada.
A las personas que presentan enfermedades congénitas o adquiridas que originan deficiencias de caracter previsiblemente permanente y conllevan restricción o absencia en la capacidad para realizar las actividades de la vida diaria, en la forma o dentro del margen que se considera normal.
Estas enfermedades han de estar previamente diagnosticadas por los organismos competentes y documentadas.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
En el caso de presentar el formulario por Internet, la documentación se deberá anexar en los formatos electrónicos que admite la solicitud (ver el apartado Por Internet del PAS 1 Solicitar).
La documentación a adjuntar presencialmente, juntamente con el formulario de solicitud, es:
Datos personales y administrativos:
En el supuesto de que la persona beneficiaria sea pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, se deberá aportar:
Declaraciones responsables que se han de hacer mediante el formulario de solicitud: se entiende por declaración responsable el documento subscrito por la persona interesada en qué declara, bajo su responsabilidad, que dispone de la documentación acreditativa correspondiente y que se compromete a mantener el complimiento durante su vigencia. La presentación de la declaración responsable faculta al Departamento a verificar la conformidad de los datos que se contienen siempre que sea posible, o bien a efectuar el requerimiento de la documentación cuando sea necesario. Les declaraciones responsables son:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Para solicitar por Internet la revisión del reconocimiento del grado de discapacidad es necesario disponer de certificado digital válido.
Si en el formulario autorizáis al Departamento a consultar vuestros datos en otras administraciones, deberéis adjuntar la siguiente documentación:
Si en el formulario no autorizáis al Departamento a consultar vuestros datos en otras administraciones, además se deberá aportar:
Sólo cuando sea necesario:
Consultad las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat.
Para dudas o incidencias durante la tramitación por Internet podéis llamar al 012.
El formulario de solicitud se puede presentar en:
Se puede solicitar en cualquier momento.
En el caso de presentar el formulario por Internet, la documentación se deberá anexar en los formatos electrónicos que admite la solicitud (ver el apartado Por Internet del PAS 1 Solicitar).
La documentación a adjuntar presencialmente, juntamente con el formulario de solicitud, es:
Datos personales y administrativos:
En el supuesto de que la persona beneficiaria sea pensionista por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, se deberá aportar:
Declaraciones responsables que se han de hacer mediante el formulario de solicitud: se entiende por declaración responsable el documento subscrito por la persona interesada en qué declara, bajo su responsabilidad, que dispone de la documentación acreditativa correspondiente y que se compromete a mantener el complimiento durante su vigencia. La presentación de la declaración responsable faculta al Departamento a verificar la conformidad de los datos que se contienen siempre que sea posible, o bien a efectuar el requerimiento de la documentación cuando sea necesario. Les declaraciones responsables son:
No hay tasas asociadas a este trámite.
La valoración la hacen los equipos de valoración y orientación (EVO), que están formados por un/a médico, un/a asistente social y un/a psicólogo/a.
Los EVO dependen orgánicamente de los/las jefes/as de Servicio de Atención a las Personas de los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias, en función del ámbito territorial que corresponda en función del domicilio de la persona interesada.
La resolución que emitan tiene validez en todo el Estado español.
En el momento de la visita se pueden aportar informes médicos, psicológicos o sociales de profesionales autorizados, aunque estos informes no son vinculantes para la Administración, ya que no se valoran las enfermedades de la persona, sino las consecuencias que estas tienen en el desarrollo de las actividades de la vida diaria cuando se han hecho crónicas o permanentes.
El reconocimiento del grado de discapacidad tendrá efectos desde la fecha de presentación de la solicitud, independientemente de la fecha en que se emita la resolución.
Las personas que puedan acreditar el grado de disminución podrán beneficiarse de diferentes prestaciones que tiene el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias y de todas las acciones asistenciales existentes para personas con disminución:
Se puede obtener más información en los equipos de orientación laboral y los servicios de valoración y orientación para personas con discapacidad (CAD). También en las Oficinas de Atención Ciudadana del Departamento y en las oficinas de Bienestar Social y Familia.
En caso de que la persona a la que se le reconozca una disminución vaya a vivir a otra comunidad autónoma, deberá pedir un traslado del expediente en la consejería correspondiente que tenga la competencia para emitir los reconocimientos de minusvalías.
En caso de defunción, hay que dirigirse a un Centro de Atención a las personas con discapacidad (CAD), a una Oficina de Atención Ciudadana o a una de las oficinas de Bienestar Social y Familia y aportar el certificado de defunción de la persona titular del expediente de discapacidad. También se puede notificar por correo adjuntando la documentación acreditativa.
Enlaces de interés
Ventajas vinculadas a la tarjeta acreditativa de la discapacidad
Para solicitar por Internet el reconocimiento del grado de discapacidad es necesario disponer de certificado digital válido.
Si en el formulario autorizáis al Departamento a consultar vuestros datos en otras administraciones, deberéis adjuntar la siguiente documentación:
Si en el formulario no autorizáis al Departamento a consultar vuestros datos en otras administraciones, además se deberá aportar:
Sólo cuando sea necesario:
Consultad las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat.
Para dudas o incidencias durante la tramitación por Internet, podéis llamar al 012.
El formulario de solicitud se puede presentar en:
Por período de conversión agrícola se entiende el tiempo necesario desde que en una parcela se empiezan a aplicar las normas de producción ecológica hasta que las plantas y los productos vegetales recogidos en ella se pueden comercializar con calificación ecológica.
Los periodos normales son :
A pesar de todo, hay casos en que cabe reconocer con carácter retroactivo como parte de este período de conversión, periodos anteriores en los que se pueda justificar que en estas parcelas no se han utilizado productos no autorizados en producción ecológica, como por ejemplo en el caso de terrenos agrícolas abandonados .
A los titulares de explotaciones agrícolas ecológicas que cumplan los requisitos.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Se puede reconocer con carácter retroactivo como parte del período de conversión, todo período anterior en el que:
No hay tasas asociadas a este trámite.
En el caso de que haya alguna otra situación distinta de las enunciadas en el caso de parcelas naturales o agrícolas que se considere compatible con la falta de tratamientos con productos no autorizados, desde la Oficina comarcal correspondiente se deberá informar detalladamente de esta situación y justificar cualquier informe favorable en función de la información existente o de la recavada por ésta, teniendo en cuenta la existencia de pruebas satisfactorias suficientes del cumplimiento de las condiciones durante el período mínimo de tres años.
Se debe presentar en:
Tienen la consideración de Comunidades Catalanas del Exterior las entidades asociativas, fundacionales y otras personas jurídicas, sin ánimo de lucro, constituidas legalmente fuera de Cataluña, por gente catalana o catalanófila que tienen como finalidad la promoción de Cataluña y el apoyo a la Comunidad Catalana residente fuera del territorio catalán que cumplan los requisitos de reconocimiento oficial de acuerdo con la normativa vigente.
Este reconocimiento oficial se lleva a cabo por acuerdo del Gobierno de la Generalitat, con la solicitud previa de la entidad interesada en la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea.
La Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea se encarga de la inscripción de oficio en el Registro de centros de los casales catalanes, las federaciones y confederaciones reconocidos por el Gobierno.
Leer másUn casal catalán puede convertirse en beneficiario de las prestaciones previstas cuando previamente ha sido reconocido como tal.
A las Comunidades Catalanas del Exterior que quieran ser reconocidas por la Generalitat de Cataluña (entidades asociativas, fundacionales y otras personas jurídicas, sin ánimo de lucro, constituidas legalmente fuera de Cataluña).
Puede solicitarse en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Los casales catalanes, para su reconocimiento oficial, deben acreditar el cumplimiento de los requisitos siguientes:
No hay tasas asociadas a este trámite
El Registro de CCE tiene carácter público y puede expedir, si se solicitan previamente por escrito, certificaciones de inscripción y copias de los estatutos. También puede editar un listado en el que consten todas las CCE, federaciones y confederaciones inscritas, con el nombre y la dirección de la entidad y el nombre de su representante legal.
Las CCE pueden constituir federaciones y confederaciones para defender e integrar sus intereses y facilitar el cumplimiento conjunto y coordinado de las finalidades y objetivos que les son comunes.
Puntos de tramitación
Hay que presentar un escrito donde se indique el nombre y apellidos de la persona, los hechos y las razones de la petición, dirección donde quiere que se le notifiquen las respuestas de la administración, lugar y fecha, firma de la persona que solicita y nombre del órgano al cual se dirige la solicitud, tal como se explica en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, firmada por el representante legal de la entidad y en el que debe constar el nombre del representante y el nombre y el domicilio de la entidad.
Con carácter excepcional el CatSalut puede aprobar la reducción del porcentaje de aportación económica sobre el precio de venta de los medicamentos que tiene asignado de acuerdo con su nivel de renta a un 10%, con un límite máximo de aportación mensual de 8,26?. Esta reducción se autoriza para los medicamentos financiados por el Sistema Nacional de Salud (SNS) a ciudadanos asegurados a cargo del CatSalut en situación de fragilidad social y económica.
Leer más
A las personas que tengan diagnosticada una patología grave de larga duración o enfermedad crónica, reciban un tratamiento farmacológico para esta patología prescrito por un profesional del sistema sanitario público y presenten una situación económica de vulnerabilidad respecto al acceso a este tratamiento.
A partir del 1 de mayo se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación a adjuntar o bien autorización al CatSalut para que la consulte en línea a otras administraciones o entidades públicas:
Fotocopia del DNI, NIE o permiso de residencia (en su caso).
Certificado de empadronamiento colectivo de la unidad de convivencia en un municipio de Cataluña, con la fecha de emisión inferior a 3 meses, en el caso de que el municipio de empadronamiento esté incluido en el listado de poblaciones conectadas al padrón municipal de habitantes (ajuntamientos conectados al Padrón).
Fotocopia de la última declaración del IRPF de todos los miembros de la unidad de convivencia familiar o del certificado de imputaciones de la Agencia Tributaria.
Documentación que debe acompañar con la solicitud:
Reconocimiento del grado de disminución. Fotocopia de la notificación de la Resolución por la que se califica el grado de disminución igual o superior al 65% y del resumen del dictamen técnico de la revisión de grado, emitido por el Departamento de Bienestar y Familia o por el organismo correspondiente de otra comunidad autónoma.
Fotocopia del certificado de empadronamiento colectivo de la unidad de convivencia en un municipio de Cataluña, con la fecha de emisión inferior a 3 meses, en el caso de que el municipio de empadronamiento no esté incluido en el listado de poblaciones conectadas al padrón municipal de habitantes (ajuntamientos que no estan conectados al Padrón).
La persona solicitante debe cumplir los siguientes requisitos:
Ser asegurada del CatSalut en condición de activo.
Tener diagnosticada una patología grave de larga duración o enfermedad crónica por un médico del sistema sanitario público.
Recibir un tratamiento farmacológico para esta patología prescrito por un médico del sistema sanitario público.
Tener reconocido un grado de disminución igual o superior al 65%.
Disponer de una renta familiar bruta máxima anual de la unidad familiar o de la unidad económica de convivencia de 24.000 euros al año.
Presentar una situación económica y social por la que el gasto mínimo mensual que genera el acceso a la prestación farmacéutica conlleve una situación de vulnerabilidad en el derecho a la salud. Este gasto debe suponer un porcentaje determinado que variará en función del nivel de renta bruta de la unidad familiar o de la unidad económica de convivencia. El gasto mínimo mensual y los porcentajes son los que establece el anexo I de la Instrucción 03/2014 del CatSalut.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Con carácter general la duración de la concesión de la reducción del porcentaje de aportación es de 3 años, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos establecidos mientras dure este período. Pasados estos 3 años se tiene que hacer la renovación.
Durante este periodo el CatSalut puede solicitar en cualquier momento a los beneficiarios de esta reducción que acrediten el cumplimiento anual de los requisitos que dieron lugar a su otorgamiento.
Plazos
Del01.05.2014
Se puede presentar en su centro de atención primaria (CAP).