Servicio público que garantiza el derecho a obtener defensa y representación gratuitas por abogado y procurador cuando la persona inmersa en un procedimiento judicial acredita insuficiencia de recursos para litigar y litiga en defensa de derechos o intereses propios. Prestado por los colegios de abogados y procuradores a través del servicio de orientación jurídica y el turno de oficio, con el apoyo del Departamento de Justicia.
Leer más
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Documentación para acreditar la situación económica de la unidad familiar
Además de esta documentación, el colegio de abogados que tramite la solcitud y la comisión de asistencia jurídica gratuita pueden pedir documentación complementaria para acreditar más específicamente la situación económica de la unidad familiar según los datos que se indiquen de la persona solicitante.
Para poder acceder al derecho de asistencia jurídica gratuita, las personas físicas tienen que acreditar que no tengan patrimonio suficiente deberán acreditar unos recursos e ingresos anuales brutos de la unidad familiar que no superen los siguientes umbrales del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples) en función de los miembros que forman la unidad familiar de la persona solicitante:
Importe de l'IPREM
Unidad familiar | 1 persona | 2 o 3 personas | 4 o más personas |
Importe anual | 12.780,00 ? | 15.975,33? | 19.170,39? |
Para valorar la existencia de patrimonio suficiente se tiene en cuenta la titularidad de bienes inmuebles siempre que no constituyan la vivienda habitual del solicitante, así como los rendimientos de capital mobiliario (art. 4 de la Ley 1/1996, modificada por el Real Decreto Ley 3/2013).
Se puede presentar en diversos lugares:
Las prestaciones de asistencia sanitaria y las prestaciones farmacéuticas tienen por objeto conservar y restablecer la salud de las personas beneficiarias. En la prestación farmacéutica, la dispensa de medicamentos es gratuita y el resto de servicios se prestan con idéntica extensión que los de asistencia sanitaria y farmacéutica por enfermedad común, accidente no laboral y maternidad del régimen general de la Seguridad Social.
Estas ayudas forman parte de las prestaciones derivadas de la Ley de integración social de los minusválidos.
Estas ayudas se someterán al régimen fiscal vigente en el momento de su otorgamiento.
A las personas con discapacidad física, psíquica o sensorial que acrediten el cumplimiento de los requisitos.
Puede solicitarse en cualquier momento.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Si tenéis problemas para descargar formularios PDF con el navegador de Google Chrome, consultad esta página.
El formulario de solicitud se puede presentar en:
Los alumnos que cursan enseñanzas obligatòrias en centros sostenidos con fondos públicos y sufren una enfermedad prolongada que les impide asistir a clase pueden recibir atención educativa en el domicilio familiar o en el centro hospitalario.
Leer másEste servicio se puede solicitar en cualquier momento del curso escolar.
A alumnos de enseñanzas obligatòrias que sufren una enfermedad que les impide asitir a classe durante un perído superior a los 30 dias.
Se puede solicitar en cualquier momento del curso escolar.
El alumno o la alumna debe estar matriculado/a en una enseñanza obligatoria en un centro público o concertado y sufrir una enfermedad que le impida asistir a classe durante más de 30 días.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Si el alumno o la alumna necesita un ordenador portátil durante el período de atención domiciliaria, debe pedirlo en el momento de rellenar la solicitud.
La solicitud i la documentación se tiene que presentar en el centro donde el alumno o la alumna estan matriculados i el centro debe presentar esta documentación en los Servicios Territoriales del Departamento de Enseñanza.
La atención precoz tiene como objetivo incidir en los trastornos del desarrollo infantil y en las situaciones de riesgo que puedan provocarlos. Incluye actuaciones de carácter preventivo, detección, diagnóstico e intervención terapéutica, que tienen lugar desde el momento de la concepción hasta que el niño cumple los 6 años. Esta atención se hace desde diferentes ámbitos como puede ser el familiar, sanitario, educativo, social u otros. Esta atención se hace desde los Centros de Desarrollo Infantil y Atención Precoz (CDIAP), los cuales se extienden por todo el territorio catalán y trabajan coordinados con el resto de dispositivos implicados en la atención de la primera infancia.
Leer más
A los niños con trastornos en su crecimiento o con riego de sufrirlos, desde el momento de su concepción y, como máximo, hasta que cumplan los 6 años.
La solicitud la deben hacer los padres, tutores o guardadores de hecho del niño.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Juntamente con el formulario de solicitud se pueden adjuntar informes o dictámenes emitidos por profesionales del ámbito de la salud, servicios sociales o educación.
Los niños deben sufrir trastornos en su desarrollo o estar en situación de riesgo de sufrirlos, desde el momento de la concepción y, como máximo, hasta que cumplan los 6 años.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Duración del servicio
La duración de los servicios será la que necesite cada niño y se extenderá hasta que que las necesidades de atención las puedan cubrir los servicios de carácter general, ya sean educativos, sanitarios o sociales o, en todo caso, cuando se cumpla la edad de 6 años.
Excepcionalmente, el procedimiento se podrá iniciar de oficio por los CDIAP directamente o a partir de los servicios sanitarios, servicios sociales o servicios educativos/enseñanza.
Red de Centros de Desarrollo Infantil y Atención Precoz (CDIAP).
El acceso a los servicios de atención precoz se efectua mediante una solicitud de los padres, tutores o guardadores de hecho del niño, dirigida al Centro de Desarrollo Infantil y Atención Precoz (CDIAP) competente por razón de territorio.
Debéis dirigiros al CDIAP que os corresponde por zona de residencia para que os facilite el formulario de solicitud correspondiente. Podéis consultar la relación de centros en la Red de Centros de Desarrollo Infantil y Atención precoz (CDIAP). Una vez rellenado el formulario se debe presentar preferiblemente en el mismo CDIAP.
También se puede presentar en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
El Centro Cultural Blanquerna (CCB) de Madrid tiene unas aulas en las que se ofrecen cursos de catalán tanto para adultos como para los más jóvenes para aprender y perfeccionar la lengua, con respecto al catalán oral y escrito. Los niveles que proporcionan las aulas son: básico, elemental, intermedio, de suficiencia y superior.
Leer másPlazo prorrogado hasta el 15 de octubre de 2015.
A personas adultas (a partir de 16 años) y a niños y jóvenes de 5 a 15 años.
Plazo prorrogado hasta el 15 de octubre de 2015.
Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:
Sólo en el caso de aquellas personas que hayan hecho un curso y quieran acceder a un nivel superior, será necesario que acrediten su nivel de catalán.
Inicio del curso: semana del 1 de octubre
Horarios y lugar de los cursos
Consultar los horarios y lugar de los cursos
Descripción de los niveles de catalán
Bibliografía para el curso 2014-2015
Plazos
Del14.09.2015al 15.10.2015
Puntos de tramitación
Plazo de matrícula: del 17 al 19 de septiembre de 2014.
45 ? por curso.
Inicio de curso: 6 de octubre de 2014.
Horarios niños de 5 a 15 años: lunes de las 17:30 a las 19.00 horas.
Una vez hecha la inscripción, si el alumno/a decide no asistir al curso o retirarse del mismo, en ningún caso se devolverá el importe de la matrícula.
El importe de la matrícula del curso es anual.
Plazos
Del14.09.2015al 17.09.2015
Puntos de tramitación
El formulario de solicitud estará disponible cuando se abra la próxima convocatoria.
Este servicio consiste en el cálculo y la impresión de la autoliquidación de la tasa de control e inspección sanitaria en mataderos, salas de despiece y establecimientos de transformación de la caza, establecida por la normativa en materia de tasas.
Leer másSe aplicará una bonificación del 10% de la tasa si el trámite se hace por Internet.
A los sujetos pasivos titulares de los establecimientos, ya sean personas físicas o jurídicas, donde se realicen las operaciones de sacrificio, despiece o transformación de la caza, que sean objeto de actuaciones de control e inspección sanitarios por parte del Departamento de Salud.
La presentación de la autoliquidación y el pago de los importes resultantes deben realizarse entre el 1 y el 15 del mes siguiente al trimestre natural liquidado o día hábil immediatamente posterior.
Modelo de solicitud de autoliquidación de la tasa con los datos.
Las tasas varían en función de los datos de producción de las actividades que correspondan del trimestre que se tenga que liquidar.
El pago de la tasa se puede realizar:
La presentación fuera de plazo de las autoliquidaciones lleva asociado un recargo, según que su presentación se haya efectuado dentro de los 3, 6 o 12 meses siguientes a la finalización del periodo voluntario de pago, del 5, 10 i 15 por ciento, respectivamente.
Este recargo se calcula sobre el importe total (cuota integra menos deducciones específicas de la tasa), resultante de las autoliquidaciones y excluye las posibles sanciones que se pudieran exigir.
Este recargo tendrá una bonificación del 25% siempre que:
En el caso que, una vez notificado el recargo con la bonificación del 25 %, el interesado no efectúe el pago dentro del mismo plazo establecido, se le requerirá el pago de la bonificación aplicada.
Las autoliquidaciones, el plazo de presentación es voluntaria de la cuáles haya finalizado con más de 12 meses de retraso, no se podrán tramitar mediante este sistema.
Plazos
Del01.10.2016al 15.10.2016
Se aplicará una bonificación del 10% de la tasa si el trámite se hace por Internet.
Hay que acceder al formulario electrónico de pago de autoliquidación de la tasa de control e inspección sanitaria en mataderos, salas de despiece y establecimientos de transformación de la caza
Para cumplimentar el formulario en PDF existen varias opciones:
? Abrirlo y rellenarlo directamente en línea.
? Descargarlo y rellenarlo en local.
Debe tramitar su autoliquidación también en el caso que el importe a liquidar sea ?0? (sin actividad de sacrificio o transformación de la caza, o bien no se haya realizado ninguna inspección en la sala de despiece). La presentación de la autoliquidación es obligatoria, aunque no haya actividad en el trimestre.
Para rellenar correctamente el formulario es necesario guardarlo, en formato PDF, en su ordenador con el nombre que quiera y abrirlo con una versión actualizada del programa Adobe Reader (versión 9.1 o superior). Recuerde la carpeta donde ha guardado el fichero. En caso de duda, consulte las recomendaciones de privacidad y seguridad disponibles en Tràmits gencat o llame al 012.
Sin perjuicio de lo que dispone el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, las solicitudes se pueden presentar en el Servicio de Tasas y Patrimonio de la Dirección de Servicios del Departamento de Salud(calle de Roc Boronat, 81-95, 4ª planta, Barcelona).
Para realizar la autoliquidación se deben seguir los siguientes pasos:
Enviada la autoliquidación, se iniciará el proceso administrativo que corresponda. En caso de que se haya presentado la autoliquidación y no se haya efectuado el pago, una vez transcurrido el plazo voluntario de pago, se iniciará la tramitación de los correspondientes requerimientos.
Debe tramitar su autoliquidación también en el caso que el importe a liquidar sea ?0? (sin actividad de sacrificio o transformación de la caza, o bien no se haya realizado ninguna inspección en la sala de despiece). La presentación de la autoliquidación es obligatoria, aunque no haya actividad en el trimestre.
El cànon sobre la incineració controlada de residus municipals és un impost ecològic que incentiva un comportament més respectuós amb el medi ambient i impulsa mesures de minimització i valorarització material dels residus.
Aquest cànon és un instrument econòmic que contribueix al finançament del cost que comporta la implantació de la gestió sostenible dels residus municipals.
Leer másLas autoliquidaciones se presentarán en los 20 días siguientes al trimestre natural de devengo del canon. p>
A les persones físiques o jurídiques titulars de les instal·lacions de dipòsit controlat, tant públiques com privades.
El ingreso y la presentación documental de la Autoliquidación se hará durante los veinte primeros días naturales del mes siguiente al período de liquidación trimestral correspondiente.
No hay tasas associadas a este trámite.
Puntos de tramitación
Una vez hecho el trámite es necesario traer la documentación impresa a la Agència de Residus de Catalunya.
Calle del Doctor Roux, 80
08017 Barcelona
El canon sobre la deposición controlada de los residuos de la construcción es un impuesto ecológico que incentiva un comportamiento más respetuoso con el medio ambiente e impulsa medidas de minimización y valorización material de los residuos.
Este canon es un instrumento económico que contribuye a la financiación del coste que conlleva la implantación de la gestión sostenible de los residuos de la construcción.
Leer másLas autoliquidaciones deberán presentarse en los 20 días siguientes al trimestre natural de devengo del canon.
A las personas físicas o jurídicas titulares de las instalaciones de depósito controlado, tanto públicas como privadas.
El ingreso y la presentación documental de la Autoliquidación se hará durante los veinte primeros días naturales del mes siguiente al período de liquidación trimestral correspondiente.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Calle del Doctor Roux, 80
08017 Barcelona
El canon sobre la deposición controlada de residuos municipales es un impuesto ecológico que incentiva un comportamiento más respetuoso con el medio ambiente e impulsa medidas de minimización y valorización material de los residuos. p> Este canon es un instrumento económico que contribuye a la financiación del coste que conlleva la implantación de la gestión sostenible de los residuos municipales y penaliza la entrada del rechazo a los depósitos. p>
Leer másLas autoliquidaciones se presentarán en los 20 días siguientes al trimestre natural de devengo del canon. p>
Las personas físicas o jurídicas titulares de las instalaciones de depósito controlado, tanto públicas como privadas.
El ingreso y la presentación documental de la Autoliquidación se hará durante los veinte primeros días naturales del mes siguiente al período de liquidación trimestral correspondiente.
No hi ha tasas associadas a este trámite.
Puntos de tramitación
Carrer del Doctor Roux, 80
08017 Barcelona
El canon sobre la deposición de residuos industriales es un impuesto ecológico que incentiva un comportamiento más respetuoso con el medio ambiente e impulsa medidas de minimización y valorización material de los residuos. p>Este canon es un instrumento económico que contribuye a la financiación del coste que comporta la implantación de la gestión sostenible de los residuos industriales.
Leer másLas autoliquidaciones se presentarán en los 20 días siguientes al trimestre natural de devengo del canon. p>
Las personas físicas o jurídicas titulares de las instalaciones de depósito controlado, tanto públicas como privadas.
El ingreso y la presentación documental de la Autoliquidación se hará durante los veinte primeros días naturales del mes siguiente al período de liquidación trimestral correspondiente.
No hi ha tasas associadas a este trámite.
Puntos de tramitación
Carrer del Doctor Roux, 80
08017 Barcelona