Programa de Cupones a la internacionalización

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Este Programa ofrece ayudas a las empresas catalanas que quieren iniciar o consolidar las primeras etapas de su internacionalización, para la contratación de servicios profesionales orientados a los mercados internacionales.

El Programa de Cupones a la Internacionalización ofrece ayudas a empresas para la contratación de servicios orientados a su internacionalización, cuyos proveedores serán las entidades empresariales acreditadas por ACCIÓ como Agentes de Apoyo a la Internacionalización, dentro de las categorías "Entidades de Asesoramiento especializadas en procesos de internacionalización" y "Entidades de formación".

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Plazo de solicitud: del 29 de julio al 30 de noviembre de 2016

A quién va dirigido

A empresas que exporten un máximo del 15% de su facturación, en base a los datos del último ejercicio cerrado.

A efectos de esta convocatoria se entiende como empresa toda entidada, cualquier que sea su forma jurídica, legalmente constituída en el momento de la presentación de la solicitud y que ejerza una actividad económica.

Un mismo beneficiario puede solicitar, por servicios diferentes, más de una ayuda por este programa, pero con un coste subvencionable máximo de 5.000 euros por el conjunto de solicitudes realizadas.

Organismo responsable

Normativa

Solicitar la ayuda

Plazos

El plazo para presentar la solicitud es del 29 de julio al 30 de noviembre de 2016.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  1. Documento acreditativo de poderes para actuar como representante legal de la entidad solicitante, en caso de que éste no esté inscrito en el Registro Mercantil.
  2. Si las hay, detalle de otras ayudas recibidas y / o solicitadas para los mismos gastos subvencionables, procedentes de cualquiera de las administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, especificando la cuantía, la fecha de concesión y el ente otorgante.
  3. Si los hay, detalle de las ayudas de minimis recibidas en los dos ejercicios fiscales anteriores y en el ejercicio fiscal en curso, especificando la cuantía, la fecha de concesión y el ente otorgante.

En caso de que alguno de estos documentos ya haya sido aportado a ACCIÓ en convocatorias anteriores, no será necesario presentarlo en ésta, siempre que el solicitante adjunte una declaración responsable en la que se especifique este documento, la fecha en que lo presentó en ACCIÓ y haga constar que sigue siendo vigente.

La documentación 2 y 3 forma parte del formulario de solicitud.

Requisitos

  1. En el caso de empresas con 50 o más trabajadores, cumplir con la obligación que establece el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, y la disposición transitoria del Decreto del Gobierno de la Generalidad de Cataluña 238/1987, de 20 de julio, de dar ocupación al menos a un 2% de trabajadores con disminución sobre el número total de trabajadores de la entidad, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con el Real decreto 364/2005, de 8 de abril (BOE núm. 94, de 20.4.2005); el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales (BOE núm. 45, de 21.2.2004), y el Decreto 246/2000, de 24 de julio (DOGC núm. 3196, de 2.8.2000).
  2. Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad de Cataluña, así como las obligaciones ante la Seguridad Social, y no tener deudas con ACCIÓ ni con sus empresas participadas.
  3. Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
  4. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y cumplir las obligaciones establecidas en los artículos 90 bis, apartados a), b), c), d) y e) y 92.2.i) del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
  5. No haber sido sancionados, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de discapacitados, o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, de conformidad con el Texto Refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
  6. Las empresas con una plantilla igual o superior a 25 trabajadores tienen la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de indicar los medios que utilizan para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con la modificación del Texto Refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña realizada por la Ley 5/2008, de 24 de abril, de derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

El cumplimiento de estos requisitos deberá acreditarse mediante la firma de las declaraciones que incluye el impreso de solicitud de la ayuda. El hecho de presentar estas declaraciones responsables faculta al órgano competente de la Administración a hacer, en cualquier momento, telemáticamente o por otros medios, las comprobaciones por muestreo o exhaustivas necesarias para verificar la conformidad de los datos de estas declaraciones.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Servicios subvencionables

Realizados por Entidades de Asesoramiento especializadas en procesos de internacionalización:

  • Diagnóstico del potencial de internacionalización de la empresa solicitante.
  • Planes de promoción internacional. Debe incluir los siguientes estadios: selección de producto/servicio a internacionalizar, preselección de países, selección de países, selección de canal de distribución, listado de potenciales clientes.
  • Diseño de web para mercados internacionales.
  • Posicionamiento de la web en los mercados internacionales.
  • Posicionamiento internacional en redes sociales.
  • Subcontratación Export Manager.
  • Gestión concursos y licitaciones internacionales.
  • Gestión de registro de marca y patentes a mercados internacionales.
  • Acompañamiento y asesoramiento para la participación en Ferias Internacionales.

Realizados por Entidades de Formación:

  • Formación en comercio internacional.

Los proyectos que se presenten para obtener estas ayudas deberán iniciarse a partir de la fecha de presentación de la solicitud de la subvención y dentro del año de la convocatoria y deberán finalizar en un plazo máximo de 6 meses.

El coste subvencionable máximo será de 5.000 euros. La intensidad de la ayuda será del 80% del coste del servicio, con un máximo de 4.000 euros.

El procedimiento de concesión será el de concurrencia no competitiva y las solicitudes se resolverán por orden de entrada de los expedientes en el registro y hasta el agotamiento del presupuesto.

Observaciones
La lista de proveedores acreditados se podrá consultar en la página web de ACCIÓ

Plazos

Del29.07.2016al 30.11.2016

Por internet

Las solicitudes deben ir dirigidas al/a la consejero/a delegado/a de ACCIÓ.

Los pasos a seguir son los siguientes:

  1. Ver el manual de instrucciones para instalar, configurar y utilizar la aplicación de solicitud.
  2. Descargar el formulario que se encuentra en este mismo apartado (Aplicación de solicitud).
  3. Rellenar el formulario.
  4. Descargar, rellenar y adjuntar la memoria técnica en el apartado correspondiente dentro de la aplicación de solicitud (en formato pdf y con un máximo de 15MB).
  5. Obtener el código de ACCIÓ (hay que estar conectado a internet), imprimir y firmar el formulario de solicitud.
  6. Consultar la documentación legal que, si procede, se debe presentar.

Esta posibilidad no excluye la obligación de presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de la solicitud, en cualquiera de las delegaciones territoriales o por correo administrativo.

Presencialmente


Puntos de tramitación

Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de solicitud a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa (puede acceder a la aplicación de solicitud desde el apartado 'Por Internet').

Por correo postal

Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de solicitud a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa (puede acceder a la aplicación de solicitud desde el apartado 'Por Internet').


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

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Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

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