Préstamos participativos IFEM. Coinversión para el emprendimiento corporativo

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Financiación para el impulso de la emprendeduría corporativa, mediante préstamos participativos en condiciones preferentes de garantías, otorgados por IFEM, en co-inversión con ampliaciones de capital mediante aportaciones dinerarias por parte de inversores corporativos.

El objeto de la financiación es el desarrollo del plan de negocio de las pequeñas empresas participantes en proyectos de emprendimiento corporativo. Se financiarán los gastos asociados al desarrollo del plan de negocio objeto de la solicitud. Se entiende como proyecto de emprendimiento corporativo aquel en el que un inversor corporativo entra en el capital de una pequeña empresa para desarrollar un plan de negocio que da respuesta a una necesidad de innovación y/o crecimiento del inversor corporativo.

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Plazo de solicitud: hasta el 31 de diciembre de 2015.

A quién va dirigido

A pequeñas empresas con establecimiento operativo en Cataluña, constituidas según alguna de las formas jurídicas: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima y sociedad limitada nueva empresa.

Organismo responsable

Normativa

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Plazos

El plazo para presentar la solicitud finaliza el 31 de diciembre de 2015.

Documentación

Documentación que se debe adjuntar a la solicitud:

  1. Memoria del proyecto en un documento PDF, según el modelo que está disponible en la página web de ACCIÓ.
  2. Escritura de constitución o de adaptación de estatutos debidamente registrada, en el caso que esta no esté inscrita en el Registro mercantil o de cooperativas.
  3. Documento acreditativo de poderes para actuar como representate legal de la entidad solicitante, en caso de que no esté inscrito en el Registro mercantil.
  4. Plan de negocio del proyecto empresarial que responda a una necesidad de innovación del inversor corporativo, que tendrá que incluir, como mínimo, los apartados seguientes: resumen ejecutivo, descripción de la empresa, estudio de mercado, analisis de la competencia, plan de márqueting y ventas, plan de operaciones, equipo gestor y plan de recursos humanos, y plan financiero.
  5. Modelo financiero en Excel.
  6. Cuentas anuales de los últimos dos ejercicios cerrados.
  7. Último cierre disponible del año en curso.
  8. Declaració anual de operaciones (mod. 347).
  9. Carta de intenciones vinculante o comprobante de la inversión si esta ya se ha materializado (escritura de ampliación de capital del inversor corporativo).
  10. Memoria con detalle de la experiencia en inversión del inversor corporativo.
  11. Composición accionarial con detalle de las diferentes ampliaciones de capital.
  12. Currículum vitae del equipo emprendedor.
  13. Contrato de acuerdos de accionistas, si lo hay.

En el formulario de sol·licitud se deberá indicar la dirección a un enlace a Dropbox o WeTransfer donde la empresa solicitante deberá guardar esta documentación adicional.
En el caso de que alguno de estos documentos ya haya sido presentado en convocatorias anteriores de ACCIÓ, no será necesario presentarlo de nuevo, siempre que el solicitante presente una declaración responsable en la que se especifique ese documento, la fecha en la que se presentó en ACCIÓ y se haga constar que sigue vigente.

Requisitos

  1. Cumplir las obligaciones tributarias ante el Estado español y la Generalidad de Cataluña, así como las obligaciones ante la Seguridad Social, y no tener deudas con ACCIÓ ni con sus empresas participadas.
  2. Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
  3. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
  4. No haber sido sancionadas, en resolución firme, por la comisión de infracción grave en materia de integración laboral de discapacitados o muy grave en materia de relaciones laborales o en materia de seguridad y salud en el trabajo, durante el año anterior a la convocatoria, de conformidad con el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones del orden social, aprobado por Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, o, si han sido sancionadas, hayan aplicado las medidas correctoras previstas y abonado las cantidades requeridas por ese concepto.
  5. Las empresas con una plantilla igual o superior a 25 trabajadores/as tienen la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de adoptar los medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo e intervenir en sus centros de trabajo, de acuerdo con la modificación del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña hecha por la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
  6. Disponer de un sistema de organización y de gestión de la prevención, según la Ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales; el Real decreto 39/1997, de 1 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención, así como de acuerdo con las modificaciones posteriores introducidas por la Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de los riesgos laborales.
  7. Cumplir con la obligación de respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con este fin, adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre hombres y mujeres.
  8. Cumplir lo dispuesto en el artículo 92.5 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña en cuanto al cumplimiento de la cuota de reserva para la integración social de los minusválidos establecida por la legislación vigente.

El cumplimiento de estos requisitos deberá acreditarse mediante la firma de las declaraciones que incluye el impreso de solicitud de la ayuda. El hecho de presentar estas declaraciones responsables faculta al órgano competente de la Administración para hacer, en cualquier momento, telemáticamente o por otros medios, las comprobaciones por muestreo o exhaustivas necesarias para verificar la conformidad de los datos de esas declaraciones.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Se consideran inversores corporativos, las empresas con establecimiento operativo en Cataluña, con capacidad de invertir en pequeñas empresas. A los efectos de esta convocatoria se entenderá que una empresa tiene la capacidad de invertir, si su volumen de negocio o su balance general anual, correspondiente al cierre del último ejercicio, es superior a 5 millones de euros.

Condiciones del préstamo

  • Importe: entre 50.000? y 200.000? por proyecto.
  • Finalidad: Financiación del plan de negocio que se haga constar como objeto de la su solicitud.
  • Plazo: máximo 5 años.
  • Amortización: Única al vencimiento.
  • Interés fijo: 4% con liquidaciones trimestrales.
  • Interés variable: se determinará en función del porcentaje de cumplimiento del plan de negocio. Máximo 18% en total (incluyendo el fijo).
  • Comisiones: de gestión 0,5%.
  • Garantías: estos préstamos contarán con un ayuda en forma de garantía del DEMO por el 80% del importe del riesgo vivo de los préstamos formalizados.

Intensidad

El aval del 80% del préstamo conlleva la concesión de una ayuda que se calculará conforme al Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L 352 de 24.1.2013).

Plazos

Del22.05.2015al 31.12.2015

Por internet

Las solicitudes deben ir dirigidas al/a la consejero/a delegado/a de ACCIÓ.

Los pasos a seguir son los siguientes:

  1. Ver el manual de instrucciones para instalar, configurar y utilizar la aplicación de solicitud.
  2. Descargar el formulario que se encuentra en este mismo apartado (Aplicación de solicitud).
  3. Rellenar el formulario.
  4. Descargar, rellenar y adjuntar la memoria técnica en el apartado correspondiente dentro de la aplicación de solicitud (en formato pdf y con un máximo de 15MB).
  5. Obtener el código de ACCIÓ (se requiere estar conectado a internet), imprimir y firmar el formulario de solicitud.
  6. Consultar la documentación legal que, si procede, se debe presentar.

Esta posibilidad no excluye la obligación de presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de la solicitud, en cualquiera de las delegaciones territoriales o por correo administrativo.

Consultar el horario de registro de documentación

Presencialmente


Puntos de tramitación

Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de solicitud (podéis acceder a la aplicación de solicitud desde el apartado 'Por Internet'), a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa.

Consultar el horario de registro de documentación

Por correo postal

Se debe presentar la solicitud en formato papel, debidamente firmada, junto con el resto de la documentación exigida en el formulario de solicitud (podéis acceder a la aplicación de solicitud desde el apartado 'Por Internet'), a ACCIÓ ya sea presencialmente o por vía administrativa.

Consultar las instrucciones para el registro administrativo


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