Ayudas a proyectos de investigación en el ámbito de la diversidad religiosa (RELIG)

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Estas bases tienen por objeto regular las ayudas a proyectos de investigación originales e inéditos en materia de diversidad religiosa, que permitan obtener resultados científicos y propuestas de intervención aplicables en este ámbito.

La dotació màxima d'aquesta convocatòria és de 18.000 euros. La dotación máxima de esta convocatoria es de 18.000 euros. L'import per ajut és d'entre 6.000 i 9.000 euros. El importe por ayuda es de entre 6.000 y 9.000 euros.

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Plazo de presentación de solicitudes: del 9 de junio al 8 de julio de 2016.

Contacto: Neus Sallés (nsalles@gencat.cat) Teléfono: 93 268 87 95

A quién va dirigido

A las universidades que forman parte del sistema universitario catalán, los centros de investigación con sede social en Cataluña dependientes o participados mayoritariamente por una administración pública y las entidades privadas con sede social en Cataluña sin finalidad de lucro que tengan la investigación como una de sus actividades principales.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Trámites relacionados

Solicitar la subvención, convocatoria 2016

Plazos

Plazo de presentación de solicitudes: del 9 de junio al 8 de julio de 2016.

Documentación

Se debe presentar el impreso de solicitud normalizado telemático, que está formado por un formulario general y un anexo normalizado que se adjuntará al formulario. Este anexo consta de:

  1. Título del proyecto.
  2. Adscripción en alguno de los ámbitos de investigación señalados en la base reguladora 5.
  3. Antecedentes y estado actual del tema que se propone para la investigación.
  4. Argumentación de los objetivos, plan de trabajo y cronograma.
  5. Metodología prevista para la investigación.
  6. Modelo de seguimiento y evaluación del proyecto.
  7. Descripción del organigrama de trabajo y coordinación.
  8. Bibliografía relacionada con la temática.
  9. Impacto y aplicabilidad del proyecto, teniendo en cuenta las propuestas de intervención que se pueden derivar.
  10. Presupuesto de la actividad, desglosado por conceptos de acuerdo con el modelo normalizado.
  11. Currículum del investigador/la investigadora principal y de los miembros del equipo de investigación en relación con el objeto de la convocatoria y el tema de la investigación.
  12. Solicitud de la matriz o matrices de datos que consta en la convocatoria, en su caso.

Además, se incorporan al formulario las declaraciones siguientes:

a) Declaración responsable de estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Agencia Tributaria de Cataluña, así como con la Tesorería General de la Seguridad Social (incorporada en el formulario de solicitud y posteriormente en la aceptación de la ayuda).

b) Declaración responsable de no tener ninguna deuda contraída con la Administración de la Generalidad de Cataluña y sus entidades autónomas (incorporada en el formulario de solicitud y posteriormente en el de aceptación de la ayuda).

c) Declaración responsable de no haber solicitado ni recibido ayudas, premios o subvenciones para el mismo proyecto de la Generalidad de Cataluña o de otras administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales. En caso contrario, hay que concretar en una hoja adjunta las ayudas, premios o subvenciones recibidos y/o solicitados (incorporada en el formulario de solicitud).

d) Declaración responsable sobre el cumplimiento de las medidas de integración social de personas discapacitadas de acuerdo con la normativa vigente (incorporada en el formulario de solicitud).

e) Declaración responsable de erradicación de la violencia machista de acuerdo con la normativa vigente (incorporada en el formulario de solicitud).

f) Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa en materia de política lingüística (incorporada en el formulario de solicitud).

g) Declaración responsable de no estar incluido en ninguna de las circunstancias que prevé el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (incorporada en el formulario de solicitud).

h) Declaración responsable de que son ciertos y completos los datos que se detallan en la solicitud, así como en toda la documentación anexa (incorporada en el formulario de solicitud).

La solicitud incorpora una autorización a la AGAUR para hacer las consultas necesarias a efectos de verificar los datos de identidad de la persona firmante y los datos de identificación fiscal de la entidad solicitante, así como de comprobar que la entidad solicitante está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En caso de que no se autorice la comprobación, la entidad tiene que enviar junto con la solicitud una fotocopia compulsada del documento de identidad de la persona firmante y del documento de identificación fiscal de la entidad solicitante, así como los certificados acreditativos correspondientes.

La presentación de la solicitud comporta la plena aceptación de las bases reguladoras.

La AGAUR puede pedir toda la información complementaria que considere necesaria para evaluar las solicitudes.

Las personas solicitantes pueden disponer de la última actualización de la matriz de datos del Barómetro de las religiones y del Mapa religioso de Cataluña. La petición se puede hacer mediante el impreso normalizado de solicitud de la ayuda.

Requisitos

Actividades y conceptos subvencionables y plazo de ejecución:

Los trabajos de investigación tienen que versar sobre alguno de los temas incluidos en los ámbitos de investigación siguientes:

  • Gestión pública de la diversidad cultural y religiosa
  • La gestión de la diversidad religiosa en los espacios públicos
  • El derecho a la libertad religiosa: ciudadanía, convivencia y pluralismo
  • Tratamiento de las simbologías religiosas en el espacio público
  • El sistema de indicadores de evaluación de la gestión de la diversidad religiosa
  • Prospectiva respecto del encaje de la diversidad religiosa en Cataluña
  • Participación de las comunidades religiosas en una cultura pública común
  • Evolución de las dinámicas comunitarias de los colectivos religiosos
  • Culturas, religiones y derechos humanos en la sociedad actual
  • Relación entre religión y movimientos sociales
  • Relación entre política y religión
  • Religión, democracia y actitud ante las minorías
  • Religión, derecho y sociedad
  • Religión y jóvenes
  • Religión y nuevas tecnologías
  • Fomento de la lengua catalana en el ámbito religioso como elemento de cohesión social
  • Diálogo intercultural e interreligioso, diálogo entre una determinada fe y la cultura catalana y occidental actual y/o diálogo entre ateísmo o agnosticismo y religión o fe.

Restan excluidos del objeto de estas ayudas los trabajos de tesis doctoral. Tampoco son subvencionables los proyectos que tengan como objeto la organización y la realización de cursos, seminarios o congresos.
Los proyectos, así como los materiales y la documentación que se relacione, se tendrán que presentar al menos en lengua catalana.
Las propuestas tienen que ser proyectos originales que no hayan recibido financiación de la Generalitat de Catalunya o de otras administraciones o de entidades públicas o privadas y tienen que crear nuevo conocimiento que tenga aplicabilidad e impacto en la sociedad catalana.

Son gastos subvencionables las derivadas de:

  1. La incorporación de personal de soporte a la investigación, mediante cualquier modalidad de adscripción laboral temporal o de becarios, de acuerdo con la normativa que sea aplicable al centro que recibe la ayuda.
  2. La adquisición de material inventariable o bibliográfico directamente relacionado con el objeto de la ayuda.
  3. La adquisición de material fungible.
  4. Los desplazamientos para hacer trabajo de campo directamente vinculado a la investigación, hasta un máximo del 20% del importe otorgado.
  5. Otros gastos, debidamente justificados y directamente relacionados con la consecución de los objetivos del proyecto de investigación, hasta un máximo del 20% del importe otorgado.

Los beneficiarios podrán subcontratar servicios o actividades relacionados con el objeto de la ayuda y que no puede asumir directamente el equipo de investigación, siempre que se indique previamente en el presupuesto y no supere el 40% del importe otorgado.

Son gastos subvencionables los que de manera inequívoca respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo y condiciones que determinan estas bases.

No son gastos subvencionables los gastos derivados de:

  1. Las retribuciones de personal funcionario ni de personal fijo vinculado estatutàriament o contractualmente a la entidad solicitante.
  2. La adquisición de maquinaria, utillaje, mobiliario y equipamientos nuevos, incluidos los equipos informáticos, así como los trabajos de instalación y montaje que requieran.
  3. Los gastos protocolarios y los costes indirectos.
  4. Los impuestos directos, como el IRPF, o indirectas, como el IVA, el cual sólo será subvencionable en los casos que la entidad sea consumidora final de IVA.

Los proyectos se tienen que realizar en el periodo máximo de un año a contar de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda. Excepcionalmente, y con solicitud previa motivada de la entidad interesada, la Dirección General de Asuntos Religiosos puede otorgar una prórroga, que en ningún caso puede ser superior a tres meses. En caso de solicitar la ampliación, la solicitud se tiene que presentar antes de que finalice el periodo inicial de ejecución.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

En la solicitud se tiene que determinar la persona responsable de la ejecución del proyecto.

La ejecución del proyecto corresponde a un equipo de investigación adscrito a la entidad beneficiaria.

Los equipos de investigación tienen que estar constituidos por:

a) Un mínimo de cuatro personas investigadoras con dos doctores/oras, de las cuales, como mínimo dos tienen que tener dedicación completa y estar vinculadas estatutàriament o contractualmente en la plantilla universitaria o del centro de investigación.
Una de estas dos personas asume la responsabilidad del proyecto y puede actuar en nombre y representación de la entidad beneficiaria.
Las personas con contratas ICREA, Ramón y Cajal u otras contratas posdoctorales con una duración mínima de dos años computan como miembros del equipo de investigación con vinculación permanente.
b) El resto del equipo puede tener la composición siguiente: personal vinculado contractualmente o estatutàriament a las personas beneficiarias, becarios, personal contratado predoctoral o posdoctoral con credencial o personal técnico de soporte a la investigación, que puede formar parte del equipo siempre que tenga carácter investigador.
c) Pueden formar parte de los equipos de investigación personas no vinculadas a otras instituciones o entidades no universitarias ni de investigación relacionadas con el tema de estudio de la propuesta.

No puede constar ninguna persona como miembro de dos o más equipos de investigación.

Los miembros de los equipos de investigación pueden ser de diferentes universidades o centros de investigación, pero el proyecto, a efectos económicos y administrativos, queda vinculado a la institución de adscripción de la persona responsable.

Plazos

Del09.06.2016al 08.07.2016

En el formulario de solicitud se tienen que especificar:

  • Datos de la persona responsable del proyecto.
  • Institución solicitante (perceptora de la ayuda).
  • Título y breve resumen del proyecto.
  • Relación de los miembros que integran el equipo de investigación (incluida la persona responsable).

El formulario de solicitud debe presentarse en soporte electrónico.

Por internet

El impreso de solicitud normalizado está formado por un formulario general y un anexo normalizado que se tiene que adjuntar al formulario.

Instrucciones:

  • Una vez se ha rellenado la solicitud, si la persona solicitando se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica admitidos por la sede electrónica corporativa de la Generalitat de Catalunya, puede completar el proceso de presentación de la solicitud adjuntando por vía electrónica la documentación exigida.
  • En caso de que la persona solicitando no disponga de ningún sistema de identificación de los aceptados por la sede electrónica, una vez cumplimentada la solicitud de manera electrónica, podrá completar el proceso de presentación de la solicitud adjuntando por vía electrónica la documentación exigida. En este último caso, el AGAUR comprobará a través de la Plataforma de Integración y Colaboración Administrativa (PICA) los datos identificativos del solicitante. En caso de que esta comprobación no sea posible, se requerirá a la persona solicitando que presente la documentación identificativa correspondiente.
  • En ambos casos, el registro electrónico corporativo de la Generalitat de Catalunya S@rCat emite de manera automática el recibo de presentación correspondiente, que consiste en una copia autenticada del escrito, la solicitud o la comunicación de que se trate, e incluye la fecha y la hora de presentación y el número de registro de entrada.
  • De acuerdo con lo que establece el artículo 3.9 de la Ley 59/2003, de 9 de diciembre, de firma electrónica, el AGAUR reconoce la validez y la eficacia de las solicitudes presentadas por vía electrónica siempre que se cumpla el mecanismo de acreditación de la identidad de la persona solicitando.
  • En todo caso, será de aplicación lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El formulario de solicitud debe presentarse en soporte electrónico.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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